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PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

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Presentación del tema: "PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO"— Transcripción de la presentación:

1 PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

2 BENEFICIOS EN LOS PROCESOS DE DETERMINACIÓN (Arts. 55, 56, 57)

3 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Artículo 56°. Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios. Facúltese a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos, en materia tributaria aduanera y cambiaria, de acuerdo con los siguientes términos y condiciones:

4 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 )
Parágrafo 4. Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que no hayan sido notificados de requerimiento especial o de emplazamiento para declarar, que voluntariamente acudan ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales hasta el veintisiete (27) de febrero de 2015, serán beneficiarios de transar el valor total de las sanciones, intereses y actualización según el caso, siempre y cuando el contribuyente o el responsable, agente retenedor o usuario aduanero, corrija o presente su declaración privada y pague el ciento por ciento (100%) del impuesto o tributo.

5 Término del beneficio: Hasta el 27 – 02 – 2015
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Término del beneficio: Hasta el 27 – 02 – 2015 - Dirigido a: contribuyentes, agentes de retención, responsables de iva e ipoconsumo y demás impts, nales, usurios aduaneros y del régimen cambiario… - Inexactos y Omisos… -Sin: Requerto Especial, Emplazato para Declarar…

6 Períodos No indica, pero ha de entenderse…
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Períodos No indica, pero ha de entenderse… Inexactos corregir: Declaraciones no en firme Omisos presentar: Declaraciones últimos 5 años Extiende termino corrección del art 588, 709, 713 -Beneficio Sin sanción corrección o extemporaneidad Sin intereses de mora.

7 Beneficio: $ 54.518.000 Renta 2012 Saldo a pagar inicial $ 200.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Inexacto Renta 2012 Saldo a pagar inicial $ Saldo a pagar corrección Mayor impuesto Sanción corrección 10% $ IM a fecha del pago ( ) $ Total $ Pago con beneficio= Beneficio: $

8 DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Inexacto (oficio del ) DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO 1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago- vs 2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+ vs

9 DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Inexacto (oficio del ) DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO 1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago- 2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+ NOTA: Las correcciones del IMAS están sometidas a firmeza de 6 meses, mas NO la solicitud de devolución en caso de saldos a favor, la cual se rige por la regla general (2 años) concepto del

10 Beneficio 2.768.000 DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Inexacto (oficio del ) DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO 1. Declaró por IMAS, debiendo ser ORDINARIA: Pago- Sanción de corrección x10% Intereses de mora al Total sanción + intereses Beneficio

11 DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Inexacto ((concepto del ) DECLARACIÓN RENTA PN CON SISTEMA ERRADO 2. Declaró por ORDINARIA, pudiendo ser IMAS: Pago+ vs Para este evento presentar proyecto de corrección

12 Beneficio: $ 56.221.000 Renta 2010 (mas de 20 meses)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar Sanción Extemporaneidad $ Total saldo a pagar IM a fecha del pago ( ) $ Total $ Pago con beneficio= Beneficio: $

13 1. Retención en la fuente por falta de pago A titulo de Renta
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACES 1. Retención en la fuente por falta de pago A titulo de Renta A titulo de CREE Nota: Marcadas o no como ineficaces

14 Beneficio: $ 54.000.000 Retención Mayo 2014 (vto 10-06-2014)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Retención Mayo 2014 (vto ) Saldo a pagar inicial (pre oport sin pago) Intereses de mora un día Saldo pagado Estado: Omiso - no valida por ineficaz Sanción a : 9 mese x 5% Beneficio: $

15 2. Retención en la fuente por período errado
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACES 2. Retención en la fuente por período errado Mensual debiendo ser cuatrimestral Cuatrimestral debiendo ser mensual Nota 1: Marcadas o no como ineficaces Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor

16 Debiendo ser mensual así:
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Autoretenciones CREE Enero a Abril 2014 Presenta cuatrimestral pagando Debiendo ser mensual así: Enero (vto ) Febrero (vto ) Marzo (vto ) Abril (vto ) Total Estado de las mensuales: Omiso – por no presentación Estado de la cuatrimestral: Ineficaz

17 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Sanción a : Enero (Extemp 13 ms sobre ) Febrero (Extemp 12 ms sobre ) Marzo (Extemp 11 ms sobre ) Abril (Extemp 10 ms sobre ) Total sanciones NOTA : Los de retención ya se pagaron Beneficio

18 3. Impuesto sobre las ventas por período errado
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES INEFICACES 3. Impuesto sobre las ventas por período errado Cuatrimestral debiendo se bimestral y Viceversa Anual debiendo ser bimestral y Viceversa Anual debiendo ser cuatrimestral y Viceversa Nota 1: Marcadas o no como ineficaces Nota 2: Anulables o no por el agente retenedor

19 Estado: Las declaraciones cuatrimestrales son ineficaces.
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Declaraciones IVA 6 bimestres (exportador) Presenta oportuna cuatrimestral debiendo ser bimestrales así: Enero-Abril (vto ) Saldo Favor Mayo-Agosto (vto ) Saldo Favor Sept-Diciem (vto ) Saldo Favor Total Estado: Las declaraciones cuatrimestrales son ineficaces.

20 Estado: Omiso – por no presentación
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Declaraciones IVA 6 bimestres (exportador) Las bimestrales se debieron presentar así: Enero-Febrero (vto ) Saldo Favor Marzo-Abril (vto ) Saldo Favor Mayo-Junio (vto ) Saldo Favor Julio-Agosto (vto ) Saldo Favor Sept-Octubre (vto ) Saldo Favor Nov-Diciemb (vto ) Saldo Favor Total Estado: Omiso – por no presentación

21 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) Ejemplo omiso por ineficacia Declaraciones IVA 6 bimestres (exportador) La sanción de extemporaneidad determinada, sobre ingresos, es: Enero-Febrero (vto ) Marzo-Abril (vto ) Mayo-Junio (vto ) Julio-Agosto (vto ) Sept-Octubre (vto ) Nov-Diciemb (vto ) Total sanciones Beneficio

22 1. Renta para la Equidad CREE sin pago
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 PARAGRAFO 4 ) BENEFICIO APLICA PARA DECLARACIONES CON CAUSAL PARA DARSE POR NO PRESENTADA 1. Renta para la Equidad CREE sin pago 2. Las demás por falta de firmas de RL o RF Nota: Con o sin Auto Declarativo

23 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56)
Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario a quienes se les haya notificado antes de la entrada en vigencia de esta ley, requerimiento especial, liquidación oficial, resolución del recurso de reconsideración o resolución sanción, podrán transar con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, hasta el día 30 de octubre de 2015, el valor total de las sanciones, intereses y actualización, según el caso, siempre y cuando el contribuyente o responsable, agente retenedor o usuario aduanero, corrija su declaración privada y pague el ciento por ciento (100%) del impuesto o tributo, o del menor saldo a favor propuesto o liquidado.

24 1. Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 ) 1. Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015 Actos Admitivos cubiertos (notificados antes ) -Requerimiento Especial Liquidación Oficial de Revisión Resolución del Recurso de Reconsideración

25 Beneficio: Sin Sanción ni Interés Requisitos:
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 ) Beneficio: Sin Sanción ni Interés Requisitos: Corregir (Inexacto) o Presentarla (Omiso) Pago del 100% de mayores impuestos liquidados No haber incumplido los acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.

26 Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000 IM a 20-02-2015 $ 55.353.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Renta 2012 Vto Mayor impuesto $ Sanción Inexactitud (160%) $ IM a $ Total $ Corrección sin reforma Paga Sanción Requerimiento Especial Sanción Liquidación Oficial Sanción Resolución de Recurso

27 Sanción Inexactitud (160%) $ 160.000.000 IM a 20-02-2015 $ 55.353.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Renta 2012 Vto Mayor impuesto $ Sanción Inexactitud (160%) $ IM a $ Total $ Con reforma Paga Beneficio con Requerimiento Especial Beneficio con Liquidación Oficial Beneficio con Resolución de Recurso

28 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56)
Cuando se trate de pliegos de cargos y resoluciones mediante las cuales se impongan sanciones dinerarias, en las que no hubiere impuestos o tributos aduaneros en discusión, la transacción operará respecto del cincuenta por ciento (50%) de las sanciones actualizadas, para lo cual el obligado deberá pagar en los plazos y términos de esta ley, el cincuenta por ciento (50%) de la sanción actualizada.

29 Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 ) Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015 2. Actos Admitivos cubiertos (notificados antes ) - Pliegos de Cargo Resolución Sanción

30 Sanción por no enviar información sin reforma
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Sanción por no enviar información sin reforma Valor sanción $ Total $ Con Pliego de Cargos Con Resolución Sanción Con Recurso de Recons

31 Sanción por no enviar información con reforma
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Sanción por no enviar información con reforma Valor sanción $ Total $ Beneficio con Pliego de Cargos Beneficio con Resolución Sanción Beneficio con Recurso de Recons

32 TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO CON PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56)
En el caso de los pliegos de cargos por no declarar, las resoluciones que imponen la sanción por no declarar, y las resoluciones que fallan los respectivos recursos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN podrá transar el setenta por ciento (70%) del valor de la sanción e intereses, siempre y cuando el contribuyente presente la declaración correspondiente al impuesto o tributo objeto de la sanción y pague el ciento por ciento (100%) de la totalidad del impuesto o tributo a cargo y el treinta por ciento (30%) de las sanciones e intereses.

33 Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS (ART. 56 ) Término del beneficio: Hasta el 30 – 10 – 2015 Actos Admitivos cubiertos (notificados antes ) - Pliegos de Cargo por No Declarar (Entiéndase E.D) Resolución Sanción por no Declarar Resolución que Falla el Recurso

34 Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ 15.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Omiso 1. CON EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción de extempo en Emplaz Declarar Total sanción mas intereses Beneficio San con Emplazto para Declar ( x 70%) Beneficio Intereses ( x 70%) Total beneficio

35 Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ 15.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Omiso Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción de extempo en Emplaz Declarar Total sanción mas intereses Impuesto 100% Deberá pagar 30% de la sanción Deberá pagar 30% de los intereses Total a pagar

36 Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ 15.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Omiso Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción de extempo en Emplaz Declarar Total impuesto + sanción + intereses Menos: Beneficio (70% de san e int) Saldo a pagar

37 2. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (antes de recurso)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. Ejemplo Omiso 2. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (antes de recurso) Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción de extempo en Emplaz Declarar Sanción por no declarar en Resol San $ Reducción antes de interponer recurso Sin exceder la extemporaneidad

38 Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ 15.000.000
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Omiso Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción por no declarar Total impuesto sanción mas intereses Menos: Beneficio (70% de san e int) Saldo a pagar

39 3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Omiso 3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso) Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción por no declarar en Resol San $ Beneficio San con recurso ( x 70%) Beneficio Intereses ( x 70%) Total beneficio

40 3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso)
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO SIN PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. Ejemplo Omiso 3. CON RESOLUCIÓN SANCIÓN (luego de recurso) Omiso Renta 2010 (mas de 20 meses) Impuesto a cargo $ -Retenciones Fuente Saldo a pagar IM a $ Sanción por no declarar en Resol San $ Total impuesto sanción mas intereses Menos: Beneficio (70% de san e int) Saldo a pagar

41 Sanción por Devolución y/o compensación improcedente
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Sanción por Devolución y/o compensación improcedente Valor Devolución Improcedente Intereses de mora hasta Sanción Dev Imp (50% de los Int) Total Beneficio: (70% de ) Paga:

42 La terminacion por mutuo acuerdo presta merito ejecutivo
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Apuntes La terminacion por mutuo acuerdo presta merito ejecutivo Su cumplimiento da por extinguida toda suma discutida Puede aplicarse por entes territoriales Puede aplicarse por la UGPP

43 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Artículo 55°. Conciliación contencioso administrativa tributaria, aduanera y cambiaria. Facúltese a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para realizar conciliaciones en procesos contenciosos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de acuerde con los siguientes términos y condiciones: Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que hayan presentado demanda de nulidad ~ restablecimiento del derecho ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, podrán concilia el valor de las sanciones e intereses según el caso, discutidos en procesos contra liquidaciones oficiales, mediante solicitud presentada ante la UAE. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, así:

44 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Término del beneficio: Hasta el Acto conciliable: Liquidaciones Oficiales con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes vigencia ley) 1. Instancia: Única o primera Ante quien: Juez o Tribunal Administrativo Beneficio: Sanción e interés se reducen en 30%

45 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Renta 2010 Vto Mayor impuesto $ Sanción Inexactitud (160%) $ IM a $ Total $ Instancia: Única o primera Beneficio sanción x 30% Beneficio intereses x 30% Total beneficio A pagar

46 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Término del beneficio: Hasta el Acto conciliable: Liquidaciones Oficiales con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes vigencia ley) 2. Instancia: Segunda Ante: Tribunal Administrativo o Consejo de Estado Beneficio: Sanción e interés se reducen en 20%

47 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Renta 2010 Vto Obligación principal $ Sanción Inexactitud (160%) $ IM a $ Total $ Instancia: Segunda Beneficio sanción x 20% Beneficio intereses x 20% Total beneficio A pagar

48 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55)
Término del beneficio: Hasta el Acto conciliable: Resolución Sanción con Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante jurisdicción de lo contencioso administrativo (antes vigencia ley) Instancia: Única, Primera o Segunda Ante: Juez o Tribunal Administrativo o Consejo de Estado Beneficio: Sanción se reducen en 50%

49 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55
Sanción por no enviar información Valor sanción $ Total $ Instancia: Primera o Segunda Beneficio sanción x 50% A pagar

50 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (ART. 55
Sanción por Devolución y/o compensación improcedente Valor Devolución Improcedente Intereses de mora hasta Sanción Dev Imp (50% de los Int) Total Beneficio: (50% de ) Paga:

51 CONCILIACION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA TRIBUTARIO (ART. 55)
Requisitos Haber presentado antes vigencia de la Ley Demanda admitida antes de solicitar conciliación Que no exista sentencia en firme Adjuntar prueba de pago de lo acordado Prueba de pago por periodos 2014, según el caso Presentar solicitud de conciliación hasta , suscribirse hasta el y presentarse ante Juez o Corporación dentro de 10 siguientes

52 La conciliación presta merito ejecutivo
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Apuntes La conciliación presta merito ejecutivo Su cumplimiento da por extinguida toda suma discutida Puede aplicarse por entes territoriales No haber incumplido os acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.

53 CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 )
Término del beneficio: PAGO Hasta el 23–10–2015 Obligaciones objeto del beneficio: Periodos gravables 2012 y anteriores. Beneficio: Sanción e interés se reducen Condición: haber sido objeto de sanciones

54 Obligación principal $ 100.000.000 Sanción actualizada $ 15.000.000
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) 1. CON pago Renta 2010 Vto Obligación principal $ Sanción actualizada $ IM a $ Total $ Beneficio Sanción ( x80%) Beneficio Intereses ( x80%) Total beneficio Total a pagar

55 Obligación principal $ 100.000.000 Sanción actualizada $ 15.000.000
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) 2. CON pago entre y Renta 2010 Vto Obligación principal $ Sanción actualizada $ IM a $ Total $ Beneficio Sanción ( x60%) Beneficio Intereses ( x60%) Total beneficio Total a pagar

56 Valor en Resolución Sanción $ 100.000.000
CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES (Art. 57 ) 1. CON pago Valor en Resolución Sanción $ Beneficio ( x 50%) A pagar 2. CON pago entre y Beneficio ( x 30%) A pagar

57 Se extingue acción penal para responsables y retenedores
TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS ART. 56 Ejemplo Apuntes Se extingue acción penal para responsables y retenedores Puede aplicarse por entes territoriales No haber incumplido los acuerdos de pago fundamentados en Leyes 1066/06, 1175/07, 1430/10 y 1607/2012.

58 ASPECTOS VARIOS

59 REGULACIÓN DE INEFICACIAS Articulo 8
"Artículo Declaración y pago voluntarios. Quienes no estén obligados a declarar el Impuesto a la Riqueza de que trata el artículo de este Estatuto podrán, libre y espontáneamente, liquidar y pagar el Impuesto a la Riqueza. Dicha declaración producirá efectos legales y no estará sometida a lo previsto en el artículo del Estatuto Tributario."

60 EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVA Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así: "Parágrafo 4. La exención prevista en el numeral 10 procede también para las personas naturales clasificadas en la categoría de empleados cuyos pagos o abonos en cuenta no provengan de una relación laboral, o legal y reglamentaria, de conformidad con lo previsto en los artículos 329 y 383 del Estatuto Tributario.

61 EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVA Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así: “…Estos contribuyentes no podrán solicitar el reconocimiento fiscal de costos y gastos distintos de los permitidos a los trabajadores asalariados involucrados en la prestación de servicios personales o de la realización de actividades económicas por cuenta y riesgo del contratante.

62 EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVA Articulo 26
Artículo 26°. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 206 del Estatuto Tributario el cual quedaré así: "Lo anterior no modificará el régimen del impuesto sobre las ventas aplicable a las personas naturales de que trata el presente parágrafo, ni afectará el derecho al descuento del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, en los términos del artículo 488 del Estatuto Tributario, siempre y cuando se destinen a las operaciones gravadas con el impuesto sobre las ventas.”

63 EMPLEADOS RENTA vs EMPLEADOS IVA Articulo 26
-El empleado, así no tenga vinculo laboral legal o reglamentario, tiene derecho a renta exenta del 25% -Por lo tanto, NO puede solicitar deducciones diferentes a las reclamadas por los primeros -En materia de IVA no habrá efecto alguno, ed: Sus ingresos cuenta para RS o RC Tiene derecho a descontables a pesar de la no deducibilidad en renta del gasto que los origina

64 IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN Articulo 33
1. El IMAS cuando … en el respectivo año hayan obtenido ingresos brutos inferiores a UVT ($ ), y hayan poseído un patrimonio líquido inferior a UVT ($ ). 2. Antes RGA superior a UVT ($ ) sin tope de patrimonio 3. Para año gravable 2014 no aplica 1 sino 2.

65 IMAS EMPLEADOS vs APLICACIÓN Articulo 33
Parágrafo. Para el período gravable 2014, el artículo 334 del Estatuto Tributario será aplicable en las condiciones establecidas eh la Ley 1607 de 2012 en relación con la tabla de tarifas, el tope máximo de renta alternativa gravable para acceder al IMAS y demás condiciones establecidas para acceder al sistema de determinación simplificado. 11

66 DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR Articulo 42
Obligados: Contribuyentes renta complementarios Tipo activo: Cualquier naturaleza poseído en exterior Inicio: A partir de 2015 Poseídos: A enero 1 de cada año

67 DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR Articulo 42
CONTENIDO Formulario establecido por la DIAN Identificación del contribuyente Con relación a activos superiores a UVT ($ ) Valor Patrimonial Jurisdicción donde están localizados Naturaleza y tipo de activo

68 DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR Articulo 42
CONTENIDO Formulario establecido por la DIAN Identificación del contribuyente Con relación a activos inferiores a UVT ($ ) Valor patrimonial De manera agregada de acuerde con la jurisdicción donde estén localizados - Firma de quien debe declarar


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