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El Convenio de Trabajo Marítimo 2006: Principios y Estructura Barcelona 30 de Septiembre de 2010. Año Internacional del Marino Seminario APB – Stella Maris.

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1 El Convenio de Trabajo Marítimo 2006: Principios y Estructura Barcelona 30 de Septiembre de Año Internacional del Marino Seminario APB – Stella Maris Jean Yves Legouas. Jaime Rodrigo de Larrucea

2 El presente estudio pretende mostrar, con carácter general, las previsiones normativas del más importante Convenio del Trabajo Marítimo, elaborado por la OIT, llamado por su amplitud y objetivos, el “súper convenio”, en atención a su carácter instrumental de clave de bóveda en el ámbito laboral marítimo y por su gran amplitud normativa. En el plano conceptual dos son las aportaciones decisivas y sumamente valiosas: la atribución real y efectiva de un “Estatuto jurídico para la Gente de Mar” efectivo y realista, en un contexto de globalización y alta desprotección social y la integración de las relaciones laborales en el tratamiento integral de la seguridad marítima, formando un aspecto indisociable de la Navegabilidad del buque (seaworthisness). A partir del Convenio el ámbito laboral se integra en el objeto de estudio del derecho marítimo

3 Visión de conjunto y novedades del Convenio Marítimo 2006
Combina lo “mejor de lo anterior con lo mejor del nuevo”, la particularidad de este Convenio es que presenta un formato nuevo que tiene como objetivo su aceptación universal y un nuevo enfoque para asegurar el cumplimiento de los actuales Convenios Marítimos y la posibilidad de ser actualizado rápidamente desde el punto de vista técnico. Elaborado sobre la base de las mejores experiencias y enfoques desarrollados en otros Convenios Marítimos como OMI STCW y SOLAS. A diferencia de otros Convenios de la OIT, no tendrá un número. Puede ser enmendado en el futuro (en lugar de pasar por la revisión o por otro Convenio siguiente). ________________________________________

4 Visión de conjunto y novedades del Convenio Marítimo 2006
El Convenio adopta un enfoque similar al Convenio STCW de la OMI, el cual contiene tres partes diferentes, Artículos, Reglamento Código de dos partes (Parte A Normas obligatorias, Parte B guía no obligatoria) Existe una nota explicativa sobre el Reglamento y el Código del Convenio que se presenta al final de los artículos que brinda informaciones adicionales y sirve de guía, en particular para los Gobiernos, sobre las relaciones entre sus diferentes partes. ________________________________________

5 Visión de conjunto y novedades del Convenio Marítimo 2006
“integrado verticalmente” presentado a través de Reglamentos y Códigos (Parte A y B) las disposiciones organizadas bajo 5 Títulos por nro. e incluye los reglamentos, las Normas y las Guías. Título 1: Requisitos Mínimos para trabajar a bordo de buques Título 2: Condiciones de empleo Título 3: Alojamiento, instalaciones de esparcimiento, alimentación y servicios de fonda Título 4: Protección de la salud, atención médica, bienestar y protección social Título 5: Cumplimiento y control de la aplicación

6 Formato & Contenido Niveles Enmiendas Familias Cumplimiento Título 1
Articulos Procidimiento de enmienda Especial Obligatorio Nivel 2 Reglamentos Reglamentos Reglamentos Reglamentos Reglamentos Codigo: Parte A Codigo: Parte A Codigo: Parte A Codigo: Parte A Codigo: Parte A Codigo: Parte A Nivel 3 Procedimiento de enmienda simplificada No Nivel 4 Codigo: Parte B Codigo: Parte B Codigo: Parte B Codigo: Parte B Codigo: Parte B obligatorio Nivel 1: Principios fundamentales y clausulas finales Título 1: Requisitos mínimos para trabajar a bordo de buques Nivel 2: Principios y derechos Título 2: Condiciones de Empleo Nivel 3: Implementacíon detallada Título 3: Alojamiento, Installaciones de esparcimiento, alimentacíon y servicios de fonda Nivel 4: Pauta (Guía) Título 4: Proteccíon de la Salud, attencíon médica, bienestar y proteccíon social Título 5: Cumplimiento y control de la aplicacíon

7 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Cada Titulo comprende un nro. de reglas, Normas y Guías sobre diferentes tópicos Título 1. Requisitos mínimos para trabajar a bordo de buques Regla 1.1 – Edad Mínima Regla 1.2 – Certificado Médico Regla 1.3 – Formación y calificaciones Regla 1.4 – Contratación y colocación

8 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Título 2 Condiciones de empleo Regla Acuerdos para el empleo de la gente de mar Regla Salarios Regla Horas de trabajo y descanso Regla Derecho a vacaciones Regla Repatriación Regla Indemnización de la gente de mar en caso de pérdida del buque o de naufragio Regla Niveles de dotación Regla Progresión profesional y desarrollo de las aptitudes y oportunidades de empleo de la gente de mar

9 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Título 3 Alojamiento, instalaciones de esparcimiento, alimentación y servicios de fonda Regla Alojamiento e instalaciones de esparcimiento Regla Alimentación y servicios de fonda Titulo 4 Protección de la salud, atención médica, bienestar y protección social Regla Atención médica a bordo de buques y en tierra Regla Responsabilidad del armador Regla Protección de la seguridad y la salud y prevención de accidentes Regla Acceso a instalaciones de bienestar en tierra Regla Seguridad social

10 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Titulo 5 Cumplimiento y control de la aplicación Introducción Regla 5.1- Responsabilidades del Estado de Pabellón Regla 5.2 – Responsabilidades del Estado Rector del Puerto Regla 5.3 – Responsabilidades en relación con el suministro de mano de obra Además, el Título 5, Parte A del Código tiene tres anexos y la Parte B tiene uno.

11 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Apéndice A5-1, Responsabilidades del Estado del pabellón. Apéndice A5-III, Responsabilidades en relación con el suministro de mano de obra. Apéndice A5-II “modelo”de documento para facilitar el sistema de inspección y certificación establecido en el Título 5: Certificado de Trabajo Marítimo Declaración de conformidad Marítima Apéndice B5-I – un Ejemplo, contiene una guía sobre como debe ser compilada la Declaración.

12 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Otras novedades: Un sistema nuevo para la imposición eficaz y la aplicación –sistema de certificación para las condiciones de “trabajo decente” Certificado del Trabajo Marítimo & Declaración de Conformidad Laboral Marítima será emitido por el Estado del Pabellón o por una Organización reconocida para actuar en lugar del Estado La certificación del Estado del Pabellón y del sistema de inspección del Estado del Puerto se aplica sólo en buques de arqueo bruto igual o superior a 500 que operan desde un puerto, o entre puertos de otro país. No obstante, el certificado puede ser solicitado por un armador si lo solicita al Estado miembro del que se trate. El Certificado y la Declaración mostrarán prima facie la evidencia del cumplimiento de los requisitos que tiene este Convenio (Artículos, Reglas y el Código, Parte A) ________________________________________

13 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
(continuación): El sistema de certificación: Excepcionalmente y en situaciones específicas en las que se haga necesaria una inspección detallada, cualquier inspección en un puerto extranjero se limitará al control del Certificado y la Declaración. Una disposición sobre ”la nación favorita” para ayudar a garantizar un mínimo nivel ( en el contexto de las medidas de control en los Estados). ________________________________________

14 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Áreas sujetas a la flexibilidad nacional Las disposiciones detalladas de la Parte del código no son obligatorias, sin embargo, se solicita al Gobierno dar la “apropiada consideración” al contenido de las mismas en la implementación de sus obligaciones. Los “Derechos en el Empleo y derechos sociales de la gente de mar” escritos en el Artículo IV deben ser cumplidos en su totalidad, “de acuerdo con los requisitos de este Convenio” (disposiciones relevantes de los Artículos, Reglas y Parte A del Código), sin embargo, “.. Salvo, diferente disposición de este Convenio, esa implementación debe ser lograda por leyes nacionales o reglas que puedan ser negociadas en la contratación colectiva u otras medidas según las prácticas”.

15 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Continuación Implementación de parte A del Código (fuera del Título 5) puede ser lograda a través de medidas que equivalentes en la sustancia. Los requisitos del Convenio, además del sistema de certificación, se aplicarán a la mayoría de otros tipos de buques (con algunas excepciones: pesca, o buques de guerra). La aplicación de algunas estipulaciones del Código pueden ser, hasta cierto punto, relajadas en buques de 200 TRB y menores que no efectúen navegación internacional. Este determinación debe de ser efectuada en consulta con las organizaciones involucradas, tanto de armadores como de gente de mar. Las disposiciones que afectan la construcción de embarcaciones y su equipo no serán aplicables a buques construidos antes de que el Convenio entre en vigor en el país en cuestión.

16 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Otras novedades: Procedimientos de queja, las cuales pueden ser efectuadas tanto a tierra como a bordo, con la finalidad de promover la resolución rápida a los problemas, cuando esto sea posible. Un sistema de queja e inspección el cual esta enlazado al sistema de supervisión de la OIT. Disposiciones que establecen estándares internacionales para los Estados de Bandera que delegan algunas funciones a organizaciones reconocidas. Un sistema de gestión moderno, basado en el enfoque de salud y seguridad ocupacional. procedimiento de enmienda acelerada para actualizar las disposiciones del Código, con mayor agilidad y menor costo, con la finalidad de acompañar los cambios del sector.

17 El Convenio Marítimo 2006 Formato & Contenido
Otras novedades: Un Comité Marítimo Tripartita Especial: Mantener la aplicación de la Convención, bajo una revisión permanente. Identificar y procesar enmiendas por medio de un procedimiento simplificado. Las enmiendas serán adoptadas por el Comité Marítimo Especial. Aprobación o rechazo por la CIT. Aceptación tácita en vez de ratificación: Sumisión a los Estados miembros. Entre en vigor, a menos que 1/3 de estados expreso se oponga. Posibilidad por un Estado de expresar su desacuerdo formal.

18 Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 ¿Cuándo empezará a aplicarse?
El convenio entrará en vigor: “doce meses después de la fecha en que se hayan registrado las ratificaciones de al menos 30 Miembros que posean en conjunto el 33 por ciento como mínimo del arqueo bruto de la flota mercante mundial.” Este nivel de ratificación es mucho más elevado de lo habitual (para convenios de la OIT) y pretende asegurar un mayor impacto real La Conferencia adoptó una Resolución (en gran parte por motivos administrativos nacionales) que, en el caso de buques específicos, concedería un tiempo adicional a los 30 primeros Estados Miembros de la OIT ratificantes, tras la entrada en vigor inicial del convenio, para la expedición de certificados de trabajo marítimo destinados a sus buques. También relaja las medidas de control por el Estado rector del puerto establecidas por el Convenio a este respecto.

19 Resumen de la situación actual
Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, (“Guidelines for port State control officers carrying out inspections under the Maritime Labour Convention, 2006”). Las pautas constituyen un importante recurso internacional para la adopción de las responsabilidades del Estado del puerto con arreglo al Convenio sobre el trabajo marítimo (CTM) de 2006. Pautas para las inspecciones por el Estado del pabellón con arreglo al Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006. Las pautas constituyen un importante recurso para la adopción de las responsabilidades del Estado del pabellón con arreglo al Convenio sobre el trabajo marítimo (CTM) de 2006. Las dos pautas fueron adoptadas por la OIT en septiembre de 2008.

20 Resumen de la situación actual
MLC 2006 adoptado en febrero de 2006. El programa de acción comenzó en septiembre de 2006 Ratificaciones: Bahamas 11:02:2008 Bosnia y Herzegovina 18:01:2010 Bulgaria 12:04:2010 Canadá 15:06:2010 Croacia 12:02:2010 España 04:02:2010 Islas Marshall 25:09:2007 Liberia 07:06:2006 Noruega 10:02:2009 Panamá 06:02:2009. 5 países de abanderamiento importantes con el 44 por ciento de la flota del mundo. Entrada en vigor: 30 Estados miembros con el 33 por ciento de la flota del mundo. Necesidad 20 más ratificaciones.

21 Gracias


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