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Registro Único de Proponentes

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Presentación del tema: "Registro Único de Proponentes"— Transcripción de la presentación:

1 Registro Único de Proponentes
Normatividad, Decreto 1510 de 2013

2 2012 (Anti-trámites). TITULO ¿QUE ES?

3 ¿En qué casos no se requiere estar inscrito?
2012 (Anti-trámites). TITULO ¿En qué casos no se requiere estar inscrito? Contratación directa, contratos para la prestación de servicios de salud, contratos de minima cuantia, enajenación de bienes del estado, contratos para adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria

4 2012 (Anti-trámites). TITULO Normatividad

5 TITULO Normatividad Ley 80 de 1993 Estatuto General de Contratación
Ley 1150 de 2007 Modifica y dicta disposiciones Decreto 19 de Procedimientos y trámites innecesarios Decreto 1510 de 2013 (RUP) Artículos 8 al 14 y 162 Normatividad

6 TITULO El nuevo modelo RUP incrementará la participación en la Contratación Pública Conocer el régimen de transición le permitirá hacer valer sus derechos en las convocatorias públicas Con el nuevo sistema de clasificación podrá ofrecer un catálogo más amplio de productos, bienes y servicios Text El nuevo periodo de renovación garantizará reglas y condiciones iguales para los proponentes La información financiera es básica y de fácil acreditación

7 TITULO El nuevo modelo RUP incrementará la participación en la Contratación Pública El modelo de contratación plantea un nuevo concepto de experiencia. En adelante la Capacidad de Organización estará medida en el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado Text La permanencia de los reportes de multas y sanciones se ajusta a los parámetros contemplados en la ley 1474 de 2011.

8 PRIMERA ETAPA TITULO 2012 (Anti-trámites).
Conocer el régimen de transición le permitirá hacer valer sus derechos en las convocatorias públicas PRIMERA ETAPA

9 TITULO Régimen de Transición 31 de Diciembre 17 de Julio 15 de Agosto
(Expedición del Decreto) 17 de Julio (Expedición del Decreto) 15 de Agosto (Expedición del Decreto) Se suspende la cesación de efectos. Fecha límite para que las Entidades estatales expidan Acto Administrativo en el que declaren si se acogen al regímen de transcición ( ) o si de lo contrario empiezan a aplicar el Decreto 1510. Fin del régimen de transición, todas las Entidades Estatales a partir del primero de enero deben estructurar las convocatorias bajo el 1510 de 2013 y el nuevo sistema de clasificación Se suspende el trámite de renovación hasta tanto las cámaras esten en la posibilidad de implementar el nuevo registro (2 de enero de 2013). El hecho que no se reciban renovaciónes, no implica que el proponente no puede actualizar su registro. (Trámite de Actualizción) Régimen de Transición

10 TITULO Problemática de los regímenes de transición Inscripción
Actualización Cualquier proponente que tenga su inscripción vigente bajo el régimen anterior, podrá ajustar su información a los requisitos del 734 de 2012. Proponentes Inscritos bajo el régimen del D de 2010, cuando deban renovar su registro se ajustarán al D-734 de 2012. Proponentes que pretendan inscribirse a partir del 1 de septiembre de 2012, deberán hacerlo cumpliendo los requisitos establecidos en el 734 de 2012. Inscripción Renovación Problemática de los regímenes de transición

11 TITULO Problemática de los regímenes de transición 1ero de Septiembre
30 de Noviembre 1 de Diciembre Problemática de los regímenes de transición

12 Balances de Corte Intermedio
TITULO Balances de Corte Intermedio Enero Febrero Marzo Problemática de los regímenes de transición

13 Los regímenes de transición no pueden ser una excusa frente al deber del proponente de actualizar su registro TITULO Problemática de los regímenes de transición

14 SEGUNDA ETAPA TITULO TITULO
2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites). TITULO TITULO Con el nuevo sistema de clasificación podrá ofrecer un catálogo más amplio de productos, bienes y servicios SEGUNDA ETAPA

15 TITULO Sistema de Clasificación Abandono del Código CIIU
Sistema que limitaba la capacidad jurídica del proponente Nuevas solicitudes de inscripción bajo el Decreto 734 de 2012 sin exigir Código CIIU Con el nuevo Clasificador no se cotejará el Registro Mercantil Sistema de Clasificación

16 2012 (Anti-trámites). TITULO

17 TITULO Código Estandar de Productos y Servicios (UNSPSC)

18 TITULO Código Estandar de Productos y Servicios (UNSPSC)

19 TITULO ¿Se requiere un experto?
Segmento –Servicios Educativos y de Formación Familia Formación Profesional Clase Servicios de Capacitación vocacional no científica Producto Capacitación Administrativa ¿Se requiere de logística? Segmento Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa Familia Comercialización y Distribución Clase –Actividades de Ventas y Promoción de Negocios Producto –Gestión de Eventos ¿Se requiere de Calculadoras Científicas para Uniempresarial? Segmento Equipos de Oficina, Accesorios y Suministros Familia Maquinaria, suministros y accesorios de oficina Clase Máquinas calculadoras y accesorios Producto Calculadoras científicas

20 TITULO Código Estandar de Productos y Servicios (UNSPSC)

21 2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites). TITULO TITULO El nuevo periodo de renovación garantizará reglas y condiciones iguales para los proponentes TERCERA ETAPA

22 Nuevo periodo de Renovación
2012 (Anti-trámites). TITULO Garantiza que terminado el periodo renovación las entidades solo evaluarán al proponente con información a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior La vigencia es inferior a un año, teniendo en cuenta que el periodo de renovación se planteó similar al del Registro Mercantil Renovación desde el primero de enero y hasta el quinto día hábil del mes de abril Nuevo periodo de Renovación

23 Información financiera básica y fácil de acreditar
2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites). TITULO TITULO Información financiera básica y fácil de acreditar CUARTA ETAPA

24 Capacidad Financiera Decreto 734
Indicadores Financieros Nivel de endeudamiento Capital de Trabajo Capital Real Liquidez Indicador de Riesgo Indicador de Crecimiento EBITDA Rotación de Inventario Indicador EBITDA Capacidad Financiera Decreto 734

25 TITULO TITULO Indicadores Financieros
(Pasivo total/Activo total) Nivel de endeudamiento (Activo corriente/Pasivo corriente) Liquidez Razón de cobertura de intereses (Utilidad operacional/gasto de intereses) TITULO TITULO Se pasa de un mecanismo complejo, a uno más sencillo basado cuentas principales Indicadores Financieros Indicadores Financieros Decreto 1510

26 El modelo de contratación plantea un nuevo concepto de “Experiencia”.
2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites). TITULO TITULO QUINTA ETAPA

27 TITULO TITULO Nuevo Concepto de Experiencia
2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites). TITULO TITULO Text No hay límite para el reporte de contratos ejecutados Se acredita con certificación entidad estatal o copia del contrato más declaración de clasificaciones del proponente Se elimina el concepto de experiencia probable dando paso a la Experiencia como reporte de contratos ejecutados Text Nuevo Concepto de Experiencia Text

28 TITULO TITULO SEXTA ETAPA 2012 (Anti-trámites). 2012 (Anti-trámites).
Text La Capacidad de Organización estará medida en el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado Text SEXTA ETAPA Text

29 TITULO Capacidad de Organización
Indicadores Financieros Rentabilidad del patrimonio (Utilidad operacional/ Patrimonio) Rentabilidad de los activos Activo total) TITULO Se elimina el concepto de Capacidad de Organización Técnica (Personal). Capacidad de Organización

30 2012 (Anti-trámites). TITULO La permanencia de los reportes de multas y sanciones se ajusta a los parámetros contemplados en la ley 1474 de 2011. SEPTIMA ETAPA

31 Reportes de Contratos Multas y Sanciones
TITULO Text Las Cámaras de Comercio certificarán los contratos adjudicados y ejecutados, además de los contratos en ejecución, multas y sanciones en firme que ya se venían certificando Reportes de Contratos Multas y Sanciones Text

32 OTROS ASPECTOS DE IMPORTANCIA
2012 (Anti-trámites). TITULO OTROS ASPECTOS DE IMPORTANCIA DECLARACION LEY 789 DE 2002

33 TITULO Clasificación del tamaño empresarial 2012 (Anti-trámites).
La información del tamaño de la empresa se sigue certificando (Ley 590 de 2000 Ley 905 de 2004 Certificación Rl y Rf Clasificación del tamaño empresarial

34 Certificado de existencia y representación legal no superior a 2 meses
Personas Naturales -Cédula de Ciudadanía -RUT -Declaración de no pertenencia a un grupo empresarial DOCUMENTO DE IDENTIFACIÓN DEL PROPONENTE Personas Jurídicas Para proponentes inscritos en el RM o ESALES, la Cámara recurrirá únicamente a la información que reposa en dichos registros Cédula de Ciudadanía RUT Certificado de existencia y representación legal no superior a 2 meses Capacidad Jurídica

35 TITULO El nuevo modelo RUP incrementará la participación en la Contratación Pública Conocer el régimen de transición le permitirá hacer valer sus derechos en las convocatorias públicas Con el nuevo sistema de clasificación podrá ofrecer un catálogo más amplio de productos, bienes y servicios Text El nuevo periodo de renovación garantizará reglas y condiciones iguales para los proponentes La información financiera es básica y de fácil acreditación

36 TITULO El nuevo modelo RUP incrementará la participación en la Contratación Pública El modelo de contratación plantea un nuevo concepto de experiencia. En adelante la Capacidad de Organización estará medida en el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado Text La permanencia de los reportes de multas y sanciones se ajusta a los parámetros contemplados en la ley 1474 de 2011.

37 TITULO Retos Modificación de la Plataforma Tecnológica
Modificación Formulario y Certificado Modificación ABC, Guías y Página Web TITULO Capacitaciones Masivas para proponentes y entidades estatales

38 2012 (Anti-trámites). TITULO GRACIAS.


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