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Publicada porSaulo Lucas Modificado hace 10 años
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El papel de la policía municipal en el Sistema Penal Acusatorio.
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La primera tesis es aquella que afirma que el Sistema Federal Mexicano fue copiado del Federalismo Estadounidense, quedando plasmado primeramente en la Constitución de 1824, luego en la de 1857 hasta persistir en la de 1917 que es la que actualmente rige en la organización del Estado Mexicano. La segunda tesis señala que las comunidades regionales prehispánicas, las circunscripciones geográficas y sociales de la colonia, hasta las diputaciones provinciales nacidas en 1812, han persistido la idea y las bases del Federalismo, por lo que su inicio se encuentra en las organizaciones indígenas.
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Por ello, fue necesario emprender la ruta hacia un Auténtico Federalismo a través de una serie de consideraciones de cambios dentro de las dimensiones político-institucional, hacendaria, administrativa, de desarrollo regional y municipal. La construcción del federalismo en México se había desarrollado a partir de esfuerzos aislados, estrategias divergentes y prácticas que se habían limitado a resolver problemas coyunturales, especialmente en el terreno de la coordinación fiscal. Enfrentar el reto de construir un Auténtico Federalismo condujo a replantear la forma en que se estructuraban y relacionaban las autoridades de los tres órdenes de gobierno: Federal, Estatal y Municipal.
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2,440 son el total de Municipios que integran a los 31 Estados de la República Mexicana y 16 Delegaciones del Distrito Federal.
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FACULTADES Formular, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas y estrategias en materia de seguridad pública. Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia. OBJETIVOS Contar con servicios de información efectivos en el combate a la delincuencia y la corrupción. Reforzar y fomentar esquemas de interacción y coordinación interinstitucional.
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VISIÓN El Sistema Nacional de Seguridad Pública cuenta con la aceptación ciudadana y sus reglas son observadas; sus instrumentos, instituciones, organizaciones y normas están perfectamente articulados; previene y/o controla lo previsible y reacciona actuando sobre lo imprevisible; mantiene condiciones favorables para el desarrollo humano y social, por lo que no es perceptible por la sociedad por su grado de eficacia; hay confianza de que atiende los fenómenos delictivos; es un sistema periférico y no central. MISIÓN Articular y coordinar a las instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno a través de establecer directrices, alinear las políticas públicas, establecer sistemas de planeación estratégica, así como de evaluación y transparencia, constituyéndose en un Sistema confiable, legítimo y eficaz, buscando el respeto a la integridad física, moral y patrimonial de las personas y sociedad, facilitando con ello su desarrollo y plenitud.
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A partir de la reforma en materia de seguridad y justicia a nivel constitucional de junio del 2008, se plantea un servicio de justicia transparente y evaluable que genera necesariamente una reconversión integral en todos y cada uno de sus actores. En este sentido, los fundamentos, racionalidad y operación de la Institución encargada de la investigación de los delitos y la persecución penal se ve impactada, haciendo obligatoria una verdadera y profunda transformación. A lo anterior se suman, las Instituciones Policiales que con motivo de su participación en una detención en flagrancia, en la preservación o procesamiento del lugar de intervención, o en la realización de actos de investigación bajo el mando y conducción del Ministerio Público participan activamente en el procedimiento penal.
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Por tanto, esquemas y protocolos de actuación homologados en la investigación de los distintos actores que convergen en la misma permiten establecer claramente las funciones y competencias de cada uno de ellos con el objetivo de generar información de calidad que permita al Ministerio Público una persecución penal acorde a las exigencias del sistema acusatorio. El primero relacionado con su participación en detenciones en flagrancia, el segundo dentro de la preservación y procesamiento de indicios y el tercero respecto a la realización de actos de investigación a solicitud del Ministerio Público.
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No adscrito a Instituciones de Procuración de Justicia -seguridad pública-: Es quien dentro del procedimiento penal acusatorio participará como primer respondiente en el lugar de los hechos/hallazgo, en detenciones en flagrancia o, a solicitud del Ministerio Público bajo su mando y conducción. Policía de instituciones de seguridad pública no adscritos a instituciones de procuración de justicia: participar como primer respondiente en el lugar de intervención a través de las detenciones en flagrancia, preservación y/o procesamiento de indicios, realizar actos de investigación a solicitud del Ministerio Público y en su caso, declarar en la audiencia de juicio respecto a las actividades realizadas durante la investigación.
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El programa operativo es un programa concreto de acción de corto plazo, que emerge del plan de largo plazo, y contiene los elementos (objetivo, estrategia, meta y acción) que permiten la asignación de recursos humanos y materiales a las acciones que harán posible el cumplimiento de las metas y objetivos de un proyecto específico. Los programas operativos se confeccionan en términos de unidades físicas de producto final o volumen de trabajo. Calculando los costos sobre los resultados esperados y distribuyendo los recursos financieros necesarios por partidas, según el objeto del gasto (clasificación contable), para solventar los costos a través de un presupuesto.
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