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Publicada porMartín Verdugo Modificado hace 10 años
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Ley General de Aguas: Abriendo el debate
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Desde mi óptica, es un hecho que la Ley General de Aguas que se discutirá en la Cámara de Diputados, si tiene una orientación privatizadora y lo más grave es que se institucionalizará la represión legal sobre el uso humano de un bien de interés colectivo que no tiene nada difuso.
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Lo sustantivo de esta transgresión velada, es una traición social en contra de los intereses colectivo- humanos sobre el agua, que en el fondo, responden a la necesidad de allanar mediante un circuito legislativo secundario a “las necesidades” que demandaran las reformas estructurales, en este caso particular la energética.
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Esta propuesta legislativa del gobierno federal, responde en el fondo en adecuar las necesidades de las grandes empresas nacionales y extranjeras que explotarán los hidrocarburos.
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Es obvio que pretenden tomar decisiones sobre el agua sin sustento-conceso ciudadano y ejecutarlas con el apoyo de la fuerza pública.
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Caso particular son los artículos 55 a 57 del dictamen, los cuales establecen que los concesionarios tendrían voz y voto en los consejos de cuenca, lo cual abre la puerta a la privatización. Es decir menos Estado Social y más participación de lo privado, al puro estilo neoliberal, ni los panistas de atrevieron a tanto.
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Es muy grave lo dispuesto por artículo 263 del dictamen, en cuanto a facultar a la Comisión Nacional del Agua el solicitar el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir con sus determinaciones, esto es represión.
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Con esta propuesta de dictamen, se sientan los precedentes a la privatización vulgar y majadera del agua mediante la concesión de grandes obras hidráulicas en torno a grandes ciudades y de los sistemas municipales y de saneamiento para que sean operados por particulares.
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Ante el afán depredador del interés privado, está corriendo el riesgo de sobrexplotar cuencas y acuíferos, con la posibilidad de que legalice el despojo de un bien colectivo como lo es el agua, tanto a pueblos indígenas como campesinos, para que sea explotada por grandes corporaciones nacionales o multinacionales.
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Otro aspecto más concreto, que se debe analizar, son las concesiones de aguas nacionales, las cuales seguirán siendo otorgadas por la Conagua por periodos de cinco hasta 30 años, prorrogables, heredables y sujetas a dinámicas de un mercado de compraventa, en violación de estudios de disponibilidad y a pesar de las afectaciones a ecosistemas y terceros, de acuerdo con los artículos 88 al 112.
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En cuanto a lo ejidal y comunal, es necesario una revisión de los artículos 160 y 161 los cuales establecen, que al rentar sus parcelas, los comuneros y ejidatarios cederían sus derechos al agua y al pasar al dominio pleno, tendrían que solicitar una concesión, perdiéndose el sentido social de lo ejidal y comunal.
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La Conagua manejaría bancos de agua para “proyectos energéticos, es necesario en este aspecto mayor claridad sustantiva sobre lo que son socialmente los “proyectos energéticos”.
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Para mí la única obligación de la autoridad sería garantizar un promedio de litros diarios a los habitantes en asentamientos humanos.
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E dictamen garantiza la recuperación de inversiones a través de tarifas blindadas ante la presión social –artículos 250, 256, 257 y 258–, mientras que los gobiernos tendrían que subsidiar las tarifas a poblaciones vulnerables.
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El dictamen asegura que el agua para uso minero no requerirá concesión ya que cae en la definición de uso industrial.
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En todo el cuerpo del dictamen hay un dejo de impunidad en cuanto a la contaminación del agua.
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El artículo 39 es aberrante y regresivo al siglo XIX, en cuanto a que el Estado promoverá la participación “ voluntaria” en esquemas de auditoría y evaluación en el sector hídrico para cuantificar el cumplimiento de la normatividad, entonces para que diablos sirve el Estado en México, si para cumplimiento del interés colectivo de la Nación en materia hídrica, ahora será voluntario, lo cual permitirá evadir responsabilidades por la mala calidad del agua potable.
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En suma se está induciendo a la privatización de los recursos naturales y la infraestructura relacionada con el agua, asociada a omisiones de procedimientos en los que ocurra contaminación de acuíferos subterráneos, garantizando que millones de metros cúbicos de agua, implicados en operaciones de trasvase, ahora se destinen sin restricción alguna al método de facturación hidráulica o “fracking”, lo que puede propiciar la violación del derecho al acceso al agua, las condiciones de inequidad y acaparamiento del recurso.
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Derogar la Ley de Aguas Nacionales en vigor, si bien busca transformar el actual régimen de concesiones, sin embargo lejos de eso, es un hecho que los cambios propuestos operarán en favor de los grandes concesionarios, al tiempo.
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