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Carlos Enrique Lüdert León Despacho de Abogados is a member of Baker & McKenzie International, a Swiss Verein with member law.

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Presentación del tema: "Carlos Enrique Lüdert León Despacho de Abogados is a member of Baker & McKenzie International, a Swiss Verein with member law."— Transcripción de la presentación:

1 Carlos Enrique Lüdert León carlos.ludert@bakernet.com Despacho de Abogados is a member of Baker & McKenzie International, a Swiss Verein with member law firms around the world. In accordance with the common terminology used in professional service organizations, reference to a “partner” means a person who is a partner, or equivalent, in such a law firm. Similarly, reference to an “office” means an office of any such law firm. Despacho de Abogados Miembro de Evolución de las obligaciones económicas empresariales en la actividad antidroga

2 ©2005 Baker & McKenzie 2 1.Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas (G.O. del 30 de sep. 1993)  Artículo 101: Empresas privadas con 200 ó más trabajadores, debían destinar el 1% de su ganancia neta anual, en programas de prevención antidrogas para sus trabajadores.  El Ministerio del Trabajo supervisaba, imponiendo multas por infracción entre 170 y 335 salarios mínimos urbanos.

3 ©2005 Baker & McKenzie 3 2. Providencia de la CONACUID (G.O. del 24 de mar. 2003)  El 1% debía destinarse primero para evitar el consumo y tráfico de drogas entre sus propios trabajadores.  Si quedaba algún remanente, podía utilizarse para: (i) Entrenamiento contra el lavado de dinero (Instituciones Financieras); ó (ii) Donarse a instituciones relacionadas con la prevención del consumo de drogas o la rehabilitación de consumidores, previa aprobación de la CONACUID.

4 ©2005 Baker & McKenzie 4 3. Instructivo de la CONACUID (G.O. del 25 de ago. 2004)  Instructivo sobre “Asistencia técnica, evaluación y seguimiento” por parte de la CONACUID, sobre los programas referidos en el artículo 101 de la Ley Antidrogas.  Tenía por objeto orientar a las empresas en el diseño, ejecución y evaluación de los programas de prevención contra el tráfico y consumo de drogas para los trabajadores.

5 ©2005 Baker & McKenzie 5 4. Ley Org. Contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sust. Estup. y Psicot. (G.O. del 5 de oct. 2005)  Artículo 96: Las empresas públicas y privadas con 50 ó más trabajadores, deben declarar y pagar el 1% de su ganancia neta anual, dentro de los primeros 15 días continuos de cada año calendario, al órgano desconcentrado en la materia (ONA).  Aplicación de la teoría de los grupos de empresas.

6 ©2005 Baker & McKenzie 6 5. Primera reimpresión de la nueva Ley por error material (G.O. del 26 de oct. 2005)  Se elimina el único aparte del artículo 96 de la ley, con lo cual las empresas con 50 ó más trabajadores, estaban sólo obligadas a destinar el 1% de su ganancia neta anual, en programas de prevención contra el tráfico y consumo de drogas para sus trabajadores, y no tenían la obligación de declarar ni pagar dicho dinero al órgano desconcentrado en la materia (ONA).

7 ©2005 Baker & McKenzie 7 6. Segunda reimpresión de la nueva Ley por error material (G.O. del 16 de dic. 2005)  Aparece nuevamente el único aparte del artículo 96 de la ley, con lo cual las empresas con 50 ó más trabajadores, debían declarar y pagar el 1% de su ganancia neta anual, dentro de los primeros 15 días continuos de cada año calendario, al órgano desconcentrado en la materia (ONA).  Aplicación de la teoría de los grupos de empresas.

8 ©2005 Baker & McKenzie 8 Nueva obligación empresarial especial y adicional: Articulo 97: Sujetos obligados: Fabricantes e importadores de licores, tabacos y/o de sus mezclas. Obligación: Aportar el 2% de su ganancia neta anual. Administración del aporte: El órgano desconcentrado en la materia (ONA).

9 ©2005 Baker & McKenzie 9 Obligación empresarial especial: Articulo 97: Sanción: Hasta 60.000 U.T. (Reincidencia: cierre por un año) Oportunidad de pago del aporte: Dentro de los 15 días de cada año calendario.

10 ©2005 Baker & McKenzie 10 Vigencia de la Ley y de las contribuciones : La Ley está vigente a partir de su primera publicación en la G.O. (5 de octubre de 2005). Las contribuciones de los artículos 96 y 97 de la Ley tienen carácter tributario (parafiscal).

11 ©2005 Baker & McKenzie 11 Vigencia de la Ley y de las contribuciones: Aplicación de los artículos 317 de la Constitución y 8 del Código Orgánico Tributario a las contribuciones. Vigencia de las contribuciones: el 5 de diciembre de 2005 para los nuevos ejercicios fiscales. Las 3 prórrogas de la ONA (13 de enero, 12 de abril y 31 de mayo).

12 ©2005 Baker & McKenzie 12... G R A C I A S carlos.ludert@bakernet.com


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