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Transferencia de conocimiento e innovación

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Presentación del tema: "Transferencia de conocimiento e innovación"— Transcripción de la presentación:

1 Transferencia de conocimiento e innovación
ESCUELA DE DOCTORADO Transferencia de conocimiento e innovación Tipos de colaboración para la realización de actividades de I+D+i: legislación básica. Pautas de negociación para el establecimiento de acuerdos de colaboración OTRI- Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación Universidad de Cantabria Septiembre 2012

2 Tipos de colaboración para la realización de actividades de I+D+i
ÍNDICE I. Introducción: La misión de transferencia en la Universidad y la OTRI II. Modalidades de Transferencia Universidad-Empresa III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU y buenas prácticas en transferencia: Recomendaciones CE.

3 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI

4 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Las tres misiones de la universidad y el triángulo del conocimiento: Las tres misiones de la universidad: 1ª Docencia 2ª Investigación 3ª Transferencia.

5 www.unican.es Triangulo del conocimiento DIFUSIÓN Aplicación
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI 1ª Misión: Docencia-Formación Triangulo del conocimiento Aplicación DIFUSIÓN 3ª Misión: Innovación Transferencia a La Sociedad Generación 2ª Misión: Investigación I+D En los tres vértices: protagonismo de la Universidad

6 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Las tres misiones de la universidad y el triángulo del conocimiento: El triángulo: Educación, Investigación e Innovación. Se promueve en Europa desde la Estrategia de Lisboa de 2000, para conseguir un crecimiento de la productividad y el empleo sostenible en la Unión Europea. Hay que fomentar la interacción entre los tres vértices mediante una mejor coordinación.

7 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
La OTRI dentro del Sistema de Innovación ó Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa

8 ¿Que es un Sistema de Innovación (SI)?
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI ¿Que es un Sistema de Innovación (SI)? Hoy los procesos de innovación se entienden bajo una concepción sistémica: la de los llamados Sistemas de Innovación Definición: Conjunto de elementos y de las relaciones entre ellos que participan en la producción, difusión y uso de conocimientos nuevos y económicamente útiles en un país o región determinado (Lundvall, 1992).

9 www.unican.es Dos componentes en los Sistemas de Innovación: Actores:
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI Dos componentes en los Sistemas de Innovación: Actores: Entorno científico: Universidades y OPI Entorno tecnológico: empresas de bienes de equipo y centros tecnológicos Entorno productivo: empresas Entorno financiero: bancos, administración Interacciones (entre todos los elementos): Interfaces + Relaciones

10 www.unican.es Entorno Financiero Entorno Entorno Productivo Científico
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI SISTEMA DE INNOVACIÓN: Modelo de Entornos Entorno Financiero Interfaces Relaciones Entorno Productivo Entorno Científico Entorno Tecnológico FUNCIONA!!! 10

11 www.unican.es ¿Qué es la OTRI?
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI ¿Qué es la OTRI? La OTRI es un intermediario en el sistema ciencia-tecnología-empresa. Misión: Dinamizar las relaciones entre los agentes del sistema.

12 www.unican.es La misión de la RedOtri es:
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI La misión de la RedOtri es: “Potenciar y difundir el papel de las universidades como elementos esenciales dentro del Sistema Nacional de Innovación”

13 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI): Nacieron a finales de 1988 dentro del I Plan Nacional de I+D. Carácter oficial en 1996 Registro Oficial de OTRI. Hay una OTRI en casi todas las universidades

14 www.unican.es La OTRI de la UC se creó en 1989
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI La OTRI de la UC se creó en 1989 VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO OTRI UC Dirección Área de Investigación Contratada (Contratos art. 83) Gestión del IPR Elaboración de Informes, Estadísticas y Análisis de Datos, Grupos I+D, Difusión… Apoyo al Vicerrector ITC Otras tareas Área de Investigación Competitiva (con empresas)

15 I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
La OTRI forma parte de la RedOTRI de las Universidades Españolas creada en 1997… … por el interés común para el desarrollo y consolidación de la función transferencia.

16 20 organismos públicos de investigación
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI La OTRI forma parte de la RedOTRI de las Universidades Españolas creada en 1997… … por el interés común para el desarrollo y consolidación de la función transferencia. 67 universidades + 20 organismos públicos de investigación

17 GRUPOS DE TRABAJO de la RedOtri
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI GRUPOS DE TRABAJO de la RedOtri OTRI-Escuela (GT Formación): Programa anual Formación. GT Proyectos europeos: Guía costes totales, Cuaderno Técnico. GT Indicadores: Encuesta RedOTRI, Cuaderno Técnico. GT Contratos: Cuaderno Téc., Talleres, guías, modelos… GT Spin-off: Inventario EBT, buenas prácticas… GT Valorización Nuevo 2010! GT Comunicación Nuevo 2010!

18 Publicaciones RedOtri: Memoria RedOtri 10 años
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI Publicaciones RedOtri: Memoria RedOtri 10 años Informe Encuesta Inv.y transferencia 10 años, 1ª en medir transferencia!! Cuadernos Técnicos Contratos, Buenas Prácticas, Costes VIIPM…

19 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa

20 www.unican.es Contrato art. 83 LOU y Consorcio
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa Misión Transferencia: Modalidades Transferencia Contrato art. 83 LOU y Consorcio Contratos de Transferencia o Licencias de Patentes Creación Spin-off Universitarias o EBT Otras: Movilidad de personal Universidad- Empresa. Creación de centros mixtos público-privados. Pertenencia y participación activa en redes de conocimiento y plataformas tecnológicas.

21 www.unican.es Contrato art. 83 LOU 1.a. Colaboración bajo Contrato
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa 1.a. Colaboración bajo Contrato La relación Universidad-Empresa se formaliza a través de un contrato en el que el grupo de investigación de la Universidad es contratado por una entidad jurídica pública o privada para la realización de actividades de carácter científico, técnico o artístico o de formación. Dichas colaboraciones de enmarcan dentro del art. 83 de la LOU. Contrato art. 83 LOU Este tipo de contratos (art.83 LOU) son la principal vía de entrada de la financiación privada a las universidades.

22 www.unican.es 1.b. Colaboración bajo Consorcio
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa 1.b. Colaboración bajo Consorcio Dos socios o más (entidades públicas (Universidad y otros) o privadas) se comprometen en una amplia colaboración en un proyecto I+D con un aporte significativo en materia de conocimientos por parte de la Universidad. Se suscribe un acuerdo multilateral entre los socios en una estructura de Consorcio que regula las obligaciones y derechos de las partes. Ej: Convocatoria pública nacional (Avanza) o Europea (VII Programa Marco).

23 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
2. Contrato de Transferencia o Licencia Patentes/Software Contrato típico en virtud del cual el titular de un derecho (licenciante), reteniendo su propiedad, autoriza a un tercero (licenciatario), a usar o explotar ese derecho en las condiciones previstas en el propio contrato, esto es, le permite el ejercicio de determinadas facultades de explotación, la fabricación o importación, utilización, comercialización, sublicencia, etc., a cambio de una contraprestación o regalías. (art. 20 Ley de patentes 11/86) Para fomentar esta modalidad, la UC ha creado la Oficina de Valorización y participa en la Iniciativa UNIVALUE Grupo G-9: Creación de una Agencia de Valorización y Comercialización.

24 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
3. Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT o Spin-off Universitarias) Las spin-off universitarias son empresas de nueva creación con estructura jurídica propia, que se crean a partir de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación financiados total o parcialmente con fondos públicos y realizados en el seno de las universidades, y, normalmente, como iniciativa de algún profesor de la misma. Las Universidades de las que surgen hacen la función de matriz o incubadora (Vivero CDTUC), y sirven de apoyo para el despegue de las spin-off. Art. 80 LOMLOU, que añade el apartado 3 al art. 83 de la LOU: “(…), el profesorado funcionario (… ) y el contratado con vinculación permanente a la universidad podrán solicitar la autorización para incorporarse a dicha empresa, mediante una excedencia temporal.” Y Disposición adicional 24 de la LOMLOU (Ley Incompatibilidades)

25 www.unican.es 4. Movilidad de personal Universidad- Empresa
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa 4. Movilidad de personal Universidad- Empresa La movilidad de investigadores y profesores a empresas privadas y viceversa constituye el mejor instrumento para la transferencia y el intercambio de conocimiento tácito. Art. 42 LOMLOU: “La transferencia del conocimiento es una función de las universidades. (…)Las universidades fomentarán la cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el art. 83. A tal efecto, promoverán la movilidad del personal docente e investigador , (…)). Ej: Incorporación de tecnólogos o Doctores (Programa Torres Quevedo) a empresas, estancias de profesores en otros centros.

26 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
5. Creación de centros o estructuras mixtas público-privados Consiste en crear centros público-privados de investigación estables que planteen una colaboración con un horizonte temporal a largo plazo. Art. 42 LOMLOU: 3. La transferencia del conocimiento es una función de las universidades. (…) Las universidades fomentarán la cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el art. 83. A tal efecto, promoverán (…) la creación de centros o estructuras mixtas (…). (Ej: 4 Institutos de Investigación mixtos; Dentro del CCI, el Campus Internacional de Tecnología (CIT) de la UC se está creando un Centro Estratégico de Investigación y Transferencia (CEIT) público-privado, Ciudad Inteligente-Smart Santander).

27 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
6. Pertenencia y participación activa en redes de conocimiento y plataformas tecnológicas. Art. 42 LOMLOU: 3. La transferencia del conocimiento es una función de las universidades. (…)Las universidades fomentarán la cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el art. 83. A tal efecto, promoverán (…) la pertenencia y participación activa en redes de conocimiento y plataformas tecnológicas. La UC pertenece al Grupo G-9 de universidad Participación del profesorado en plataformas tecnológicas. Miembro de Red Proton y de RedOTRI. Miembro de Red Emprendia. Red Española Universia (Iniciativa Innoversia)

28 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
De las seis modalidades de transferencia detalladas, las que se emplean para medir la Transferencia en las encuestas de la RedOtri son las 3 primeras (Contratos art.83, Licencias y Spin-off). De estas tres, la relativa a Contratos art. 83 constituye la que antes surgió en el tiempo y por ello también es la que más importancia tiene en términos absolutos y relativos de financiación y de número de interacciones con empresas. No obstante, para cumplir con la 3ª misión de la Universidad, se debe fomentar el incremento de las Licencias y de las Spin-off, así como del resto de vías de Transferencia estudiadas.

29 ¿Quién puede participar en actividades de I+D en la Universidad?
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa ¿Quién puede participar en actividades de I+D en la Universidad?

30 Todo el personal puede participar!!
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa Todo el personal puede participar!! A NºPDI: 1309 Nº Pre-Postdoc Contratados: 380 Total Investigadores: 1689

31 ¿Qué áreas de investigación son activas?
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa ¿Qué áreas de investigación son activas?

32 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
Todas las áreas son activas!!

33 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
Financiación por grandes áreas

34 www.unican.es ÍNDICE BLOQUE III
Tipos de colaboración para la realización de actividades de I+D+i ÍNDICE BLOQUE III I. Introducción: La misión de transferencia en la Universidad y la OTRI II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU y buenas prácticas en transferencia. Recomendaciones CE.

35 III. Colaboración con empresas: Contrato art
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU y buenas prácticas en transferencia. Recomendaciones CE.

36 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
Informe Encuesta Investigación y transferencia 2010 RedOtri Indicador de Transferencia de Conocimiento 2007 2008 2009 2010 Contratos art. 83 RedOtri (Millones €) 617 705 638 632 Nº de solicitudes de patente prioritaria nacional 434 526 604 615 Nº de solicitudes de extensión internacional (PCT) 192 165 310 352 Nº de licencias de resultados de I+D contratadas 190 171 182 209 Retorno por licencias (Millones €) 1,94 2,4 2,61 2,36 Nº de spin-off creadas 120 100 118 131 Fuente: Encuesta RedOTRI y Encuesta I+TC 2010.

37 II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa

38 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Puede un investigador realizar un trabajo de carácter científico, técnico o artístico bajo encargo de un tercero? Sí, por el art. 83 de la LOU: ‘[…] 1. Los grupos de investigación reconocidos por la Universidad, los Departamentos y los Institutos Universitarios de Investigación, y su profesorado a través de los mismos […] podrán celebrar contratos con personas, Universidades o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación’

39 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Es compatible la dedicación del Profesorado con la realización de un trabajo de carácter científico, técnico o artístico bajo encargo de terceros? Sí, por el Real Decreto 1930/1984 de 10 de octubre por el que se desarrolla el art de la LRU sobre la compatibilidad de la dedicación de los catedráticos y profesores de universidad, con la realización de proyectos científicos, técnicos o artísticos y con el desarrollo de cursos de especialización, modificado por el Real Decreto 1450/1989 de 24 de noviembre: Artículo Cuarenta y cinco LRU (ACTUAL ART 68 LOMLOU vigente). Artículo 68. Régimen de dedicación. 1. El profesorado de las Universidades públicas ejercerá sus funciones preferentemente en régimen de dedicación a tiempo completo, o bien a tiempo parcial. La dedicación será, en todo caso, compatible con la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos a que se refiere el artículo 83.

40 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Qué requiere el Profesor para obtener la compatibilidad para realizar un trabajo de carácter científico, técnico o artístico bajo encargo de un tercero? Artículo 2.1. En todo caso la compatibilidad a que se refiere el artículo 45.1 de la LRU 11/1983 (actual 68 LOMLOU), requerirá que el contrato para la realización del proyecto o para el desarrollo del curso de especialización haya sido autorizado por el procedimiento establecido en los Estatutos de la Universidad en la que los Profesores presten sus servicios. Cuando el contrato sea firmado por el propio Profesor Universitario, la compatibilidad requerirá la previa y expresa conformidad del Departamento o Instituto correspondiente a los términos del contrato.’ ¡¡El profesor no podrá firmar un contrato por su cuenta y riesgo sin el visto bueno de la Universidad!!

41 www.unican.es ¿Qué actividades recoge el Contrato art. 83?
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU ¿Qué actividades recoge el Contrato art. 83? Entre otros, incluye: Proyectos I+D por encargo Proyectos I+D Colaborativa con financiación pública competitiva Consultoría o Asesoría Servicios: Análisis, ensayos, peritajes, etc. Formación no reglada

42 ¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo del Art. 83 LOU?
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU ¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo del Art. 83 LOU? Contratos de Investigación y Desarrollo: consisten en la realización por parte de la Universidad de un proyecto de I+D a petición de una empresa u Organismo Público. La obligación principal del investigador no consiste en alcanzar un resultado, sino en el desarrollo de una actividad, dado que la obtención del resultado depende de factores ajenos a la voluntad del que lo presta. La diligencia exigible es la profesionalidad. Convenios para I+D con financiación pública competitiva: Subcontrataciones en las que la empresa que nos contrata recibe los fondos de una convocatoria pública (Convocatoria CENIT, etc.) Contrato de Consultoría o dictámenes: consiste en la emisión de un asesoramiento, una opinión o un diagnóstico. Contratos de Servicios: suelen consistir en la realización de análisis, ensayos, peritajes, etc.

43 ¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo del Art. 83 LOU?
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU ¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo del Art. 83 LOU? Formación contratada: colaboración entre la Universidad y empresas para jornadas, seminarios, cursos, sin que de estos se derive la expedición de títulos o certificados por la UC. Se podrá emitir sólo un informe de aprovechamiento sin calificaciones otorgado por el profesor responsable. Otros Convenios: Convenios Marco de Colaboración: Consisten en una declaración de intenciones para colaboraciones futuras, estableciendo las condiciones generales. No implican compromiso ni contraprestación económica.

44 Beneficios para el investigador!!
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Beneficios para el investigador!! Formación Integral de calidad. Contribución a la función de transferencia Reconocimiento a nivel curricular (a efectos de evaluación de actividad investigadora y de transferencia tecnológica de cara a ANECA, ANEP, programa de la UC). Captación de fondos para actividades de investigación. Retribución económica complementaria. (complementos salariales máx. 50% más de la retribución anual de la máxima categoría a tiempo completo; regalías por patentes: 50% UC, 40% inventores, 10% grupo)

45 www.unican.es ¿Qué normativa se aplica a los Contratos art. 83 LOU?
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU ¿Qué normativa se aplica a los Contratos art. 83 LOU? Ley de la Ciencia, 14/2011 (Antes Ley 13/1986 de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica). Nuevo!! Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Nuevo!! Real Decreto 1930/1984 de 10 Octubre sobre la compatibilidad de la dedicación de los catedráticos y profesores de universidad, con la realización de proyectos científicos, técnicos o artísticos LOU, Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por LOMLOU Ley 4/2007 regula los contratos en el artículo 83. Estatutos de la UC (Decreto 26/2012- B.O.C. 17/05/2012) (en especial art.105 y106). . Nuevo!! Reglamento de Contratos UC (Pdte aprobación NUEVO!!) y Normativa de Ejecución del Presupuesto. Ley de Patentes 11/1986 y Reglamento de Patentes UC Nuevo !!. y Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual RD Contratos Sector Público y Directivas Europeas: Órgano de contratación AAPP Nuevo!!

46 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Recomendaciones relativas a Buenas Prácticas en Transferencia Comisión Europea (2008). Recomendación de la Comisión Europea 10 de abril de 2008 sobre la gestión de la propiedad intelectual en las actividades de transferencia de conocimientos y Código de buenas prácticas para las universidades y otros organismos públicos de investigación. Comisión Europea (2006), Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2006/C 323/01). Comisión Europa (2005), Responsible Partnering January 2005: “A guide to Better Practices for Collaborative Research and Knowledge Transfer between Science and Industry”. RedOTRI (2008), “La I+D Colaborativa. Buenas Prácticas para la gestión del IPR”, Cuaderno de Buenas Prácticas RedOTRI.

47 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Qué pasos hay que seguir cuando una entidad quiere colaborar con la UC? 1ª Fase Precontractual INVESTIGADOR CONVENIO ENTIDAD CONTRATANTE REGISTRO en DEPARTAMENTO/ INSTITUTO AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO FIRMA DEL CONVENIO Contacto Acuerdo para la redacción de Convenio SGI: Registro y tramitación OTRI fomenta y asesora en la colaboración para su óptima consecución OTRI Ac. Confidencialidad Memoria Técnica OTRI 2ª y 3ª Fase contractual y explotación ENTIDAD Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones 4ª Fase Incidencias OTRI- SGI

48 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Cuántas fases identificamos en régimen colaborativo y bajo contrato? 4 FASES I. FASE PRECONTRACTUAL II. FASE CONTRACTUAL III. FASE DE EXPLOTACION IV. FASE DE RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS

49 La OTRI asesora en todas las fases
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU La OTRI asesora en todas las fases 1ª Fase Precontractual INVESTIGADOR CONVENIO ENTIDAD CONTRATANTE REGISTRO en DEPARTAMENTO/ INSTITUTO AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO FIRMA DEL CONVENIO Contacto Acuerdo para la redacción de Convenio SGI: Registro y tramitación OTRI fomenta y asesora en la colaboración para su óptima consecución OTRI Ac. Confidencialidad Memoria Técnica 2ª y 3ª Fase contractual y explotación OTRI ENTIDAD Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones 4ª Fase Incidencias OTRI- SGI

50 www.unican.es I. FASE PRECONTRATUAL:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU I. FASE PRECONTRATUAL: Acuerdos de Confidencialidad previos, en su caso. Definir claramente el Objeto del Acuerdo: Negociación alcance y presupuesto. Presentación a la empresa de una Memoria Técnica completa. Cesión derechos a la Universidad en el caso de participar personal no vinculado contractual o funcionarialmente (becarios/ profesores visitantes…).

51 Ejemplo Anexo Técnico:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Ejemplo Anexo Técnico: ANEXO TÉCNICO “TÍTULO DEL PROYECTO”  ANTECEDENTES Y RESULTADOS ESPERADOS EXPERIENCIA DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN OBJETIVO Y FINALIDAD DEL PROYECTO DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO Descripción básica del proyecto Metodología y Plan de Trabajo - Objetivos específicos. - Definición de responsabilidades. - Duración prevista (se recomienda incluir un CRONOGRAMA ORIENTATIVO el que se muestre gráficamente la planificación temporal y restricciones existentes) - Hitos y resultados a alcanzar (entrega de informes, documentación, software,…)   Plan de difusión, divulgación y explotación de resultados (en su caso)

52 Ejemplo Anexo Técnico:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Ejemplo Anexo Técnico:  PRESUPUESTO EQUIPO INVESTIGADOR

53 www.unican.es Ejemplo : Presupuesto
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Ejemplo : Presupuesto Gastos de Ejecución: Costes de personal: personal de nueva contratación y becarios y retribuciones complementarias. Material inventariable Material fungible. Viajes y dietas. Otros gastos: solicitud de patentes, servicios externos, … Gastos Generales de la Universidad: 21 % Impuestos: generalmente el 21 % de IVA.

54 Importancia del Anexo Técnico!!
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Importancia del Anexo Técnico!! El Anexo es parte integrante del contrato y debe ser elaborado con la misma atención que el clausulado del mismo, puesto que genera obligaciones entre las partes firmantes. Se deben evitar las descripciones imprecisas y prestar especial atención a la descripción de los antecedentes existentes.

55 La OTRI asesora en todas las fases
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU La OTRI asesora en todas las fases 1ª Fase Precontractual INVESTIGADOR CONVENIO ENTIDAD CONTRATANTE REGISTRO en DEPARTAMENTO/ INSTITUTO AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO FIRMA DEL CONVENIO Contacto Acuerdo para la redacción de SGI: Registro y tramitación OTRI fomenta y asesora en la colaboración para su óptima consecución OTRI Ac. Confidencialidad Memoria Técnica 2ª y 3ª Fase contractual y explotación OTRI ENTIDAD Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones 4ª Fase Incidencias OTRI- SGI

56 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
II. FASE CONTRATUAL: Pasos en la Tramitación de los Contratos 1. Identificación de la propuesta: Origen: Subcontratación en el marco de una Convocatoria Pública Reglada/ Financiación privada sin más. Órgano que contrata: Entidad Privada/ Pública (Ley de Contratos), Entidad Extranjera (contrato en inglés). Objeto: Proyecto I+D, Consultoría y asesoría, Servicios homologación y ensayos, Cursos de formación 2. Análisis de la propuesta y Negociación con la empresa: PDI (parte técnica) y Organismo de Interfaz (OTRI, FLTQ, FIHAC) asesora en todo el proceso, especialmente en la negociación y redacción cláusulas legales. Cuando Proyecto I+D, se analiza la posición de la que parte el investigador, se comprueba si posee conocimientos previos patentados o no necesarios para el desarrollo de la propuesta, se negocia con la empresa la titularidad y los derechos de explotación de los resultados. 3. Redacción de Contrato, revisión y aceptación por las partes 4. Autoriza el Departamento/ Instituto 5. Firma del Convenio y seguimiento hasta su alta en NOVA y traslado al SGI. 6. Registro del Convenio, apertura de expediente y gestión del proyecto.

57 Contrataciones Administrativas
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Contrataciones Administrativas Contratación sometida al RD, de Contratos del Sector Público. Contratos menores: cuantía inferior a € (IVA excluido) y duración máxima un año sin posibilidad de prórroga. Licitaciones: contratos con cuantía superior en los que se requiere la tramitación del correspondiente motivando la necesidad del contrato y en el que se incorpora el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas que han de regir el contrato. Muy importante los plazos! También, empresas grandes del sector privado!!

58 www.unican.es Partes de un Contrato:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Partes de un Contrato: ESTRUCTURA DEL CONTRATO:  CONTRATO A) Identificación de las partes intervinientes. Capacidad de contratar (art. 105 y 106 Estatutos UC) y reconocimiento mutuo de la representación B) Expositivos o manifestaciones C) Principales cláusulas contractuales:   Objeto del contrato y Responsables 2. Presupuesto y Plazos 3. Confidencialidad y difusión de los resultados 4. Propiedad de los resultados de la investigación 5. Explotación de los resultados. 6. Responsabilidades de la explotación 7. Cláusula de Modificaciones o ampliaciones acordadas 8. Resolución del Convenio y Jurisdicción Competente

59 www.unican.es Partes de un Contrato Anexo o Memoria Técnica: 1. Objeto
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Partes de un Contrato Anexo o Memoria Técnica: 1. Objeto 2. Antecedentes 3. Metodología y Plan de Trabajo: Tareas y responsables 4. Cronograma orientativo 5. Puntos críticos; Hitos 6. Resultados esperados 7. Equipo de Investigación y responsables 8. Presupuesto: Importante tener siempre en cuenta los gastos generales de la UC del 21% que se aplican sobre el resto de conceptos y el IVA (del 21%). Manual de Ayuda: RedOTRI (Junio 2009), “La I+D bajo Contrato: Aspectos jurídicos y Técnicos”, Cuadernos Técnicos RedOTRI.

60 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato: FASE CONTRACTUAL (I) Tener en cuenta los Conocimientos Previos preexistentes necesarios para realizar el proyecto (en el Expositivo y Memoria Técnica) y valorarlos, en su caso.

61 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato: FASE CONTRACTUAL (II) Cláusulas de Confidencialidad sobre la información intercambiada y sobre los resultados generados. Difusión y Publicación de Resultados de Investigación (Al ser una misión fundamental de la Universidad, se fijará un procedimiento de revisión y plazo de respuesta (30 o 45 días naturales) y silencio positivo.

62 Ejemplo Modelo de Convenio:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU Ejemplo Modelo de Convenio: ¿Se pueden publicar los resultados alcanzados en los trabajos realizados para empresas? La publicación de los resultados es negociable. No obstante, normalmente, las empresas solicitan que tanto los informes emitidos, parciales y/o finales, como los resultados alcanzados posean carácter CONFIDENCIAL, estableciéndose un procedimiento para solicitar la autorización a su publicación (traslado de la publicación, plazo para su pronunciamiento, silencio como afirmación tácita). Dicha obligación de CONFIDENCIALIDAD debe ser observada por todos los participantes en el trabajo y subsiste con posterioridad a la finalización del contrato.

63 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato: FASE CONTRACTUAL (III) Propiedad de los Resultados: Definir antes de empezar de quién va a ser la propiedad de los resultados, es decir, el derecho de registrar la titularidad en caso de patente o software y los derechos de explotación asociados.

64 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato: FASE CONTRACTUAL (III) Propiedad de los Resultados: Se proponen, en principio, tres tipos de cláusulas a negociar en cada caso y en función de los antecedentes y el grado de desarrollo de la investigación por parte del Grupo y de las aportaciones por parte de la Empresa: Titularidad Compartida (en función de las aportaciones) (En proyectos colaborativos). Titularidad de la empresa: Negociación derechos de explotación. A cambio de la explotación una contraprestación y regalías. Posibilidad de utilización de los resultados por parte de la Universidad. De la Universidad, Negociación derechos de explotación a la empresa a cambio de regalías.

65 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Buenas Prácticas en régimen Colaborativo y bajo Contrato: FASE CONTRACTUAL (IV) Diligencia de Explotación de los resultados (En el caso de que la empresa no explote en un plazo determinado, se regulará en una cláusula la cesión de la titularidad de los derechos sobre dichos resultados). Exención de Responsabilidad por Explotación de Resultados: Se intentará añadir una cláusula que incluya que la Universidad no asume ninguna responsabilidad frente a terceros y es ajena a litigios derivados de la fabricación y explotación comercial de los resultados.

66 www.unican.es III. FASE EXPLOTACION:
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU III. FASE EXPLOTACION: Valoración de la tecnología resultante del Proyecto. Ante la dificultad, se plantean 2 opciones: Indicar en el Contrato que se valorará al inicio de la explotación y se regulará en un Acuerdo de Licencia que se pactará posteriormente. Fijar una cantidad en el Contrato a cambio de la explotación: Cantidad fija Canon o regalía asociada a la explotación. Sistema mixto. En la UC la valoración de tecnología la realiza la Oficina de Valorización y tambien a traves de la Agencia UNIVALUE

67 La OTRI asesora en todas las fases
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU La OTRI asesora en todas las fases 1ª Fase Precontractual INVESTIGADOR CONVENIO ENTIDAD CONTRATANTE REGISTRO en DEPARTAMENTO/ INSTITUTO AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO FIRMA DEL CONVENIO Contacto Acuerdo para la redacción de SGI: Registro y tramitación OTRI fomenta y asesora en la colaboración para su óptima consecución OTRI Ac. Confidencialidad Memoria Técnica 2ª y 3ª Fase contractual y explotación OTRI ENTIDAD Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones 4ª Fase Incidencias OTRI- SGI

68 III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
IV. FASE RESOLUCION INCIDENCIAS: Resolución de incidencias después de la firma (Prórrogas, modificaciones, resolución, etc.)

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Informe COTEC 2011 Veinticuatro Problemas del sistema español de innovación Los problemas se definen como imperfecciones en el funcionamiento interno de los agentes y factores que constituyen el sistema español de innovación o en las relaciones entre ellos. Tres de ellos afectan directamente a las OTRIs: La transferencia de tecnología de las universidades y centros públicos de investigación a las empresas se ve perjudicada por las limitaciones del ordenamiento administrativo. La I+D de las universidades y de los centros públicos de investigación no está suficientemente orientada hacia las necesidades tecnológicas de las empresas. Escaso conocimiento y falta de valoración por las empresas de los servicios de las oficinas de transferencia de tecnología (OTRI).

70 Muchas gracias por su atención José María Desiré Fernández
Carmela Civit Ortiz OTRI- Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación Septiembre 2012


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