Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porMercedes Alejos Modificado hace 9 años
1
Camilo López Jiménez Sebastián Botero Gómez Alex Santa Pineda
PAGARÉ Camilo López Jiménez Sebastián Botero Gómez Alex Santa Pineda
2
PAGARÉ ¿QUÉ ES? REQUISITOS ANTECEDENTES PAGO PROTESTO
LA ACCIÓN CAMBIARIA
3
¿QUÉ ES? Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona, de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo.
4
Características del pagaré
a) La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento. b) la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. (Incorporación) c) El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago. (autonomía) d) El lugar y la fecha del pago. (literalidad) e) La fecha y el lugar en que se suscriba el documento. (abstracción) f) La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. (circulación)
5
REQUISITOS Al ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida.
7
Mención de ser pagaré Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago.
8
Promesa incondicional de pago
El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional.
9
Nombre del beneficiario
Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica.
10
Fecha y lugar del pago La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.
11
Fecha y lugar en que se suscribe
El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo).
12
Firma del suscriptor No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador.
13
Transmisibilidad El pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.
14
ANTECEDENTES El pagaré aparece como una forma exclusiva del contrato de cambio que se contiene en el cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular, que la Iglesia repudiaba.
15
PAGO El pago debe hacerse contra la entrega del pagaré.
16
Pago parcial El tomador está obligado a recibir un pago parcial del pagaré; pero retendrá el documento en su poder mientras no se le cubra íntegramente,
17
PROTESTO El protesto es un acto de naturaleza formal, que demuestra de manera auténtica, que el pagaré fue presentado oportunamente para su cobro.
18
LA ACCIÓN CAMBIARIA Es la acción ejecutiva derivada del pagaré.
19
Directa o Regreso Directa cuando su fundamento sea una obligación cambiaria directa. Regreso cuando sirva para exigir una obligación cambiaria de regreso
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.