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Título: “La participación de los padres una oportunidad,un compromiso, una responsabilidad…un reto para el profesorado de religión”. Objetivos: Mostrar.

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Presentación del tema: "Título: “La participación de los padres una oportunidad,un compromiso, una responsabilidad…un reto para el profesorado de religión”. Objetivos: Mostrar."— Transcripción de la presentación:

1 Título: “La participación de los padres una oportunidad,un compromiso, una responsabilidad…un reto para el profesorado de religión”. Objetivos: Mostrar diferentes maneras de implicación/trabajo del profesorado de religión en la escuela. Mostrar las diferentes posibilidades de trabajar con los padres Tiempo: 30 m  Esquema  I Parte: Urge nuestra participación/implicación  1.- A tiempos “nuevos”, “nuevas” respuestas???  II Parte: Participar es posible  1.- Los padres perdidos ante su responsabilidad educativa.  III Parte: Trabajar con padres UNA TAREA NADA COMPLICADA  1.- En el centro donde trabajo.  2.- En el centro donde estudian mis hijos.

2 I Parte: Urge nuestra participación/implicación  1.- A tiempos “nuevos”, “nuevas” respuestas ???.- Los padres son los primeros y principales responsables de la educación de sus hijos. Desde la cuna, de manera formal como informal, transmiten y enseñan los valores, actitudes, pautas de conductas y hábitos que tendrán una importancia fundamental en la formación de sus hijos e hijas. No deben, no pueden, trasladar a otras instituciones las funciones que le corresponden en la educación de sus hijos. No deben, no pueden, trasladar a otras instituciones las funciones que le corresponden en la educación de sus hijos..- La escuela, como factor esencial de formación, refuerza y complementa la labor educativa de los padres..- El derecho a la participación de los padres en la educación de sus hijos está establecido y refrendado en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía y en todas las Leyes de Educación aprobadas durante la democracia, por considerar que en el proceso educativo deben estar presentes y de manera activa.

3 I Parte: Urge nuestra participación/implicación 2.- En nuestra sociedad compleja se nos piden respuestas desde: Los documentos del Papa o de nuestro Cardenal Los documentos del Papa o de nuestro Cardenal Desde la Conferencia Episcopal o los Obispos de sur Desde la Conferencia Episcopal o los Obispos de sur Desde los otras instancias Desde los otras instancias Europeas: Informe Delors(1996); Informes Pisa Europeas: Informe Delors(1996); Informes Pisa Nacionales: FECAPA; Foro de la Familia. Nacionales: FECAPA; Foro de la Familia.  La importancia que se da a la educación en las sociedades democráticas, aconsejan considerarla como un asunto de singular importancia, en cuya definición y control debe estar implicada toda la sociedad. La educación es, pues, una responsabilidad compartida.  La cultura de la participación en el ámbito educativo puede ayudar a prevenir, reducir y resolver los conflictos que se producen en los centros, conflictos que, por otra parte, son inherentes a la sociedad y a cualquier actividad humana.  Establecer mecanismos de prevención y resolución pacífica de los conflictos forma parte de una educación integral. 3.- Desde nuestra propia conciencia y responsabilidad profesional: Qué hacemos nosotros?

4 II Parte: Participar es posible 1.- Los padres perdidos ante su responsabilidad educativa. 2.- La ley reclama y posibilita la participación. 3.- El profesor de religión consciente y responsable… ¿QUÉ?

5 II Parte: Participar es posible  1.- Los padres perdidos ante su responsabilidad educativa..- Los padres por ignorancia, comodidad o necesidad… han ido haciendo dejación de su responsabilidad educativa para con sus hijos dejando a la escuela, la calle o el azar, tan importante tarea. Las consecuencias están a la vista…  Los padres, los primeros educadores..- No existe una “carrera” para formar padres, se llega a la tarea de padres con una historia personal y con una imagen estereotipada de lo que significa actuar como padres..- Pero no puede improvisarse la relación ni con el recién nacido, ni con los hijos, si buscamos relaciones de calidad, que nos posibiliten una mayor felicidad…NECESITAMOS ESPACIOS DE FORMACIÓN

6 II Parte: Participar es posible  2.- La ley reclama y posibilita la participación.  Constitución Española (Art. 27.7).  Estatuto de Autonomía para Andalucía (Art. 12).  Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores (Art. 37.3)  Ley Orgánica 2/2006, 3 de mayo, de Educación (Título V, Capítulo I, y art. 126 y 127).  Ley de Educación de Andalucía de 17/ 2007(Título I, Capítulo IV, de las familias)  Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía.  Decreto 27/1988, de 10 de febrero, de asociaciones de padres de alumnos de centros de Andalucía.  Decreto 23/I/2007de Convivencia en los Centros docentes públicos y privados concertados.  Decreto 544/2004 de 30 de noviembre, que modifica el Decreto 486/1986 de 5 de noviembre sobre órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos y privados concertados.  Orden de 21 de octubre de 2002, de los procesos electorales de los consejos escolares en los centros docentes públicos y privados concertados.

7 Las familias en el nuevo marco normativo LEA Título I, Capítulo IV, art: 29-36 Título I, Capítulo IV, art: 29-36 La Administración educativa facilitará una adecuada información a las familias para estimular su participación en el citado proceso. Los padres y las madres o tutores legales tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con el profesorado, especialmente durante la educación infantil y la enseñanza básica. Los centros docentes tienen la obligación de informar de forma periódica a las familias sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. La Administración educativa impulsará la formación de los padres y madres o tutores legales en aspectos que les permitan contribuir más efectivamente a la educación de sus hijos e hijas o pupilos.

8 La Administración educativa desarrollará medidas para estimular la participación de las familias en la vida de los centros y en los Consejos Escolares. Se facilitará la colaboración de las asociaciones de padres y madres del alumnado con los equipos directivos de los centros. Con objeto de estrechar la colaboración con el profesorado, los padres y madres o tutores legales del alumnado podrán suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine. Las familias en el nuevo marco normativo LEA

9 Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares podrán suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar, para superar esta situación. El compromiso de convivencia podrá suscribirse en cualquier momento del curso. Asociaciones de padres y madres del alumnado Los padres y madres del alumnado matriculado en un centro docente podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente. Las familias en el nuevo marco normativo LEA

10 Finalidades de las Asociaciones de Padres y Madres Las que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las siguientes: a) Asistir a los padres y madres o tutores en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos e hijas o pupilos. b) Colaborar en las actividades educativas de los centros. c) Promover la participación de los padres y madres del alumnado en la gestión del centro. Las asociaciones de padres y madres del alumnado tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento de los centros, de las evaluaciones de las que hayan podido ser objeto, así como del Plan de Centro.

11 Inscripción y registro Las asociaciones de padres y madres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza a que se refiere el artículo 180 de la LEA Artículo 180: Se crea el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, que será público y que tendrá por objeto la inscripción de las entidades varias como las Asociaciones de Padres y Madres.

12 II Parte: Participar es posible  La ley lo permite, los espacios están definidos o por definir  La Ley Orgánica de Educación ha introducido determinadas modificaciones tendentes a recoger la corresponsabilidad en la educación de las estructuras escolar y familiar. corresponsabilidad No cabe, que los padres y el profesorado no se sientan coautores de esta labor.  A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la educación de sus hijos, las administraciones educativas deben adoptar medidas que promuevan e incentiven la colaboración eficaz entre familia y escuela. administraciones

13 II Parte: Participar es posible 3.- El profesor de religión consciente y responsable facilita el encuentro y la participación. Dinamiza los procesos y los espacios. Dinamiza los procesos y los espacios. En todos los estamentos de la Comunidad Educativa: En todos los estamentos de la Comunidad Educativa: ¡Todos son padres y compañeros! ¡Todos son padres y compañeros! –Equipo Directivo. –Claustro. –Departamento de Orientación. –Departamento de Actividades. –ETCP. –Grupos de trabajos. –Equipos Educativos de Aula. –PAS: Secretaria y Conserjes. –APA.


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