Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porGilberta Nogales Modificado hace 9 años
1
Derechos Humanos ¿qué son? Derechos Humanos ¿qué son?
2
Derechos Humanos Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2 Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Artículo 7 Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Artículo 18 Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Artículo 19 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Artículo 22 Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
3
Algunos Artículos de la Constitución Política de Chile Artículo 1° Artículo 4° Artículo 5° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Chile es una república democrática. La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio. El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Fuente: www.bcn.cl (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile)www.bcn.cl [1] [1] La Constitución es la norma fundamental (es ordenación que impone deberes y confiere derechos), escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. Qué relación existe entre Derechos Humanos y Constitución
5
Ley de Antidiscriminación a las acciones referidas a la raza, nacionalidad, ideología, religión, orientación sexual, apariencia y discapacidad de las personas. - Si el juez lo resuelve, el infractor deberá pagar, además, una multa fiscal de hasta 50 unidades tributarias mensuales (UTM): cerca de $ 1.978.000. En caso de que la acusación de discriminación sea infundada, el tribunal podrá ordenar al acusador que pague hasta 20 UTM: unos $ 791.000.
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.