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Reglamento de Higiene y Seguridad
Prevención de Riesgos en Comités y Cooperativas de Agua Potable Rural VII Región
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¿Que es la Prevención de Riesgos?
Conjunto de actividades destinadas a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, mediante la aplicación, entre otras, de dos importantes disciplinas: Ley N° Seguro Social Obligatorio Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
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PRESTACIONES ECONÓMICAS
Objetivos de la Ley N° PREVENIR Los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales PRESTACIONES MÉDICAS Para curar o sanar al trabajador y restituirle su capacidad de trabajo PRESTACIONES ECONÓMICAS Durante el período de incapacidad como compensación de las consecuencias REHABILITAR Profesionalmente al trabajador accidentado o enfermo profesional
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Contingencias que cubre la Ley N° 16.744
“Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”. También están cubiertos los accidentes ocurridos en el trayecto directo.” ACCIDENTES DEL TRABAJO . “Aquella causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte” ENFERMEDAD PROFESIONAL
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Administración de la Ley N°16.744
¿Quiénes están facultados para administrar la ley? Instituto de Normalización Previsional Mutualidades de empleadores Administración delegada (empresas con más de trabajadores)
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Financiamiento de la Ley Cotización Diferenciada
La ley se financia mediante 2 tipos de cotizaciones: Deben pagar todas las empresas del país (0.90% de las remuneraciones imponibles de cada trabajador) Cotización Básica Se paga en función de la actividad y riesgos de cada empresa. Fluctúa entre 0 y 3,4%, de acuerdo al Decreto Nº110. Cotización Diferenciada “Las dos cotizaciones son de cargo del empleador, no habiendo descuentos para el trabajador por este concepto”
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Reglamentos complementarios de la Ley N° 16.744
Decreto Supremo N°101 Decreto Supremo N°109 Decreto Supremo N°594 Decreto Supremo N°110 Ley N° Decreto Supremo N°68 Decreto Supremo N°54 Decreto Supremo N°40 Decreto Supremo N°67 Decreto Supremo N°313 Decreto Supremo N°285
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Decreto Supremo N°40 Reglamento Interno Derecho a Saber
Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales Obligatoriedad para las empresas o entidades de establecer y mantener al día un Reglamento Interno de Seguridad e Higiene Reglamento Interno Los empleadores tienen la obligación de a todos sus trabajadores, acerca de los riesgos que están expuestos en sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Derecho a Saber
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Normas de Higiene y Seguridad De las Obligaciones De las Prohibiciones Procedimiento en Caso de Incendio Procedimiento en Caso de Accidente De las sanciones por incumplimiento a las normas sobre higiene y seguridad Del Derecho a Saber Peso Máximo de Carga Humana De la Legislación Ocupacional Vigente para la Protección Vigencia del Reglamento Formulario de Investigación de Accidentes del Trabajo Información de los Riesgos Laborales
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Normas de Higiene y Seguridad
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Normas de Higiene y Seguridad Velar porque los elementos de protección que les sean proporcionados se mantengan en buenas condiciones y limpios para su uso. Hacer uso de los elementos de protección personal como guantes, antiparras, zapatos, cascos, etc., cada vez que las circunstancias lo ameriten. Todas las áreas de tránsito, pasillos y/o vías de escape, deben mantenerse despejadas y limpias. Se prohíbe fumar en las diferentes salas, ya sea Sala de Arranque, Sala Eléctrica, Bodega y/u oficina.
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
De las Obligaciones Art. 6 : El Comité o Cooperativa deberá proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo Art. 7: Los guantes, antiparras, casco, zapatos, botas u otros elementos personales de protección, serán, como su nombre lo indica, de uso personal, prohibiéndose su préstamo o intercambio por motivos higiénicos. Art. 9: Dar aviso a la Directiva de toda condición insegura en las instalaciones, maquinarias, equipos, herramientas o ambiente en el cual trabaja. Art. 14: Los Dirigentes serán responsables de la seguridad de las personas contratadas, debiendo velar por la correcta aplicación de las normas de higiene y seguridad.
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
De las Prohibiciones Realizar hechos o acciones que revistan peligro para sí mismo, para otras personas o para los materiales, equipos e instalaciones de su lugar de trabajo Trabajar bajo los efectos del alcohol o de drogas o sustancias prohibidas No acatar las normas e instrucciones de seguridad e higiene impartidas por este Reglamento Simular un accidente del trabajo o enfermedad profesional Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin los elementos de protección personal que se le proporciona
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Procedimiento en caso de Incendio
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Procedimiento en caso de Incendio Art. 29: El funcionario que detectare una situación de este tipo dará aviso inmediato Bomberos y a funcionarios y personas que se encuentren a su alrededor . Art. 30: Sólo después de dado el aviso combatirá el “amago de incendio” con los elementos que en ese momento se disponga según sus distintas clases, a saber: Fuego CLASE A Fuego CLASE B Fuego CLASE C Fuego CLASE D
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Procedimiento en caso de Incendio
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Procedimiento en caso de Incendio Paso 1 Retire el extintor del lugar donde se encuentra Acérquese al fuego tanto como sea posible, manteniendo el extintor en forma vertical Paso 2 Quite el seguro del Extintor, nunca combatir el fuego contra el viento Paso 3 Tome la manguera y apunte hacia la base de las llamas Paso 4 Apriete la palanca de Accionamiento para descargar el agente extintor Paso 5 Descargar el agente extintor de un lado a otro en forma de abanico Paso 6
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Procedimiento en caso de Accidente
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Procedimiento en caso de Accidente Art. 34: Todo funcionario que sufra cualquier tipo de dolencia, malestar o enfermedad que pueda afectar su capacidad y seguridad en el trabajo, deberá dar cuenta de ello a los Dirigentes, Gerente u otro para que estos adopten las medidas pertinentes. Art. 35: Aquel funcionario que sufra un accidente del trabajo o de trayecto dará cuenta de su ocurrencia al Directorio tan pronto como sea posible. Art. 36: El jefe directo del accidentado deberá informar e investigar el accidente de conformidad al formato tipo de investigación contenido en Anexo I del presente Reglamento. Art. 41: La persona que este sometido a tratamiento médico, sólo podrá reincorporarse a sus labores habituales, previa presentación del "Certificado de Alta"
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Del Derecho a Saber El empleador deberá informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores, acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos 1. Caídas Mismo y distinto Nivel Mantener pasillos libre de obstáculos. No dejar materiales ni herramientas en el suelo No pasar por sobre o bajo las tuberías al trasladarse de un lugar a otro No subirse en pisos, sillas, escritorios, cajones, estantes Utilizar arnés de seguridad cuando realice la limpieza interior del estanque. Precaución al subir y bajar escalerillas de estanques elevados o semienterrados
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Del Derecho a Saber 2. Contacto con Electricidad Evite recargar enchufes, utilizando triples o ladrones de corriente No tomar cables pelados. No manipular equipos que tengan electricidad con las manos mojadas. Desconectar inmediatamente el suministro de energía en caso de cortes circuitos. La reparación de cualquier equipo eléctrico debe ser realizada por personal con conocimiento y capacitado para ello.
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Del Derecho a Saber 3. Riesgos de Incendios Mantenga orden y aseo en todo lugar de trabajo. Mantener siempre libre el acceso los extintores El personal debe estar en conocimiento del uso y operación de los extintores Tenga precaución con los artefactos de calefacción, aleje todo lo que sea inflamable de estos artefactos Haga que un electricista revise como mínimo cada dos años las conexiones eléctricas que tiene su establecimiento NO fumar en los lugares de trabajo.
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Del Derecho a Saber 4. Contacto con Elementos cortantes y/o punzantes No mantener elementos cortantes o punzantes en los bolsillos o en los escritorios. Usar en forma correcta los accesorios de escritorios y para lo que fueron concebidos, como son: tijeras, corcheteras, perforadores, lápices, etc. Uso de elementos de protección personal, como, Guantes adecuados, uso correcto de herramientas y en buen estado.
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HIPOCLORITO DE CALCIO Y SODIO , PERMANGANATO
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Del Derecho a Saber 5. Contacto con Productos Químicos HIPOCLORITO DE CALCIO Y SODIO , PERMANGANATO Contacto Piel Ingestión Inhalación Contacto Ojos Puede causar enrojecimiento, dolor y severa quemadura con presencia de ampollas. Corrosión en la boca, garganta y estomago. Vómitos, colapso circulatorio, confusión, coma y hasta la muerte. Sensación de quemadura, Tos, dolor de cabeza, nauseas, vómitos Puede causar visión borrosa, enrojecimiento, dolor y quemaduras del tejido ocular
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Del Derecho a Saber 6. Movimientos Repetitivos Realizar pausas activas (Ejercicios Compensatorios) de 5 minutos en las labores cada 30 minutos de trabajo. Complementar ambas extremidades en las labores.
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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
Peso Máximo de Carga Humana 1. Agacharse flexionando las rodillas y manteniendo la espalda recta. 2. Tomar firmemente la carga con las dos manos. 3. Levantar la carga utilizando los músculos de las piernas y no con la espalda. 4. Mantener la carga próxima al cuerpo todo el trayecto.
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Contingencias que cubre la Ley N° 16.744
Protección Solar a trabajadores Expuestos Ley N° 20.093 Decreto Supremo N° 594 Radiación UV puede producir: Ronchas Eritemas Cancer a la Piel Quemaduras Medidas Preventivas: Uso de Cubrenuca Aniparras protección UV Mangas Largas Bloqueador Solar
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Contingencias que cubre la Ley N° 16.744
¿ Que debo hacer para colocar en vigencia el Reglamento de Higiene y Seguridad ? Entregar una Copia a la Inspección del Trabajo y SEREMI correspondiente. Entregar una Copia a los Trabajadores Los Trabajadores deben firmar un Acta de Entrega de Reglamento y además el Derecho a Saber que se encuentra en el PROGRAMA DE PREVENCIÓN Mantener un Archivador con todos estos documentos.
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“En caso de corte de suministro de agua potable”
Plan de Contingencias “En caso de corte de suministro de agua potable” Responsabilidades Es responsabilidad del Presidente o Gerente darlo a conocer a todas las personas que realicen actividades para el Comité o Cooperativa. Se deberá dejar registro de conocimiento en el ANEXO I (Registro de Instrucción) Contenido Problemas de Carácter Eléctrico Falla de fuente de abastecimiento - Captación Superficial - Captación Subterranea
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Falta de Suministro de Agua Potable por Problemas de Carácter Eléctrico
Falta o anomalías de energía eléctrica de red Ante la ausencia o anomalías en la energía entregada por la distribuidora, ponerse en contacto con esta empresa 2. Ante un corte prolongado e inminente vaciado de estanque, conectar grupo generador al sistema. Este puede ser de conexión automática o manual. 3. Pagar las cuentas de energía atrasadas 4. Si la falta de energía en la planta es producto de una falla interna la cual ha producido la apertura del interruptor general de protección, solicitar asistencia técnica.
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Falta de Suministro de Agua Potable por Problemas de Carácter Eléctrico
Problemas con la instalación eléctrica interior Realizar una inspección visual a todas las instalaciones en busca de anomalías como: Componentes de tablero de distribución deteriorados, quemados o sin función Cables deteriorados, cortados o desconectados de sus borneras Superficies de equipos calientes Óxido en cajas Condensación (humedad) en tablero de distribución. Cámaras eléctricas inundadas. Emisión de ruidos o vibraciones fuertes en partidas y paradas de motores.
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Falta de Suministro de Agua Potable por Falla de fuente de Abastecimiento
Superficial Debido a condiciones climáticas extremas (Temporales) o por condiciones naturales. Acumulación de ramas, hojas, lodo, etc Realizar limpiezas periódicas dependiendo de la Medida Preventiva : naturaleza del Lugar donde se encuentra la captación. Debe ser realizada por el Operador, de ser necesario utilizar ayuda mecánica y EPP correspondientes. Limpieza de Fuente de Abastecimiento
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Falta de Suministro de Agua Potable por Falla de fuente de Abastecimiento
Subterranea Mantener canales de comunicación Municipios Bomberos Servicios APR Mantener repuestos de elementos : Bomba alternativa Tuberías Válvulas Elementos que involucren al arranque domiciliario. Napa Subterranea se pierde o se Agota Cribas Sucias y/o Válvulas tapadas Roturas de Matrices Problemas de Filtro
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Responsabilidad Civil de los Empleadores y Trabajadores
EL EMPLEADOR DEBE Proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores manteniendo las condiciones de higiene y seguridad. Articulo 184 del Código del Trabajo El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el trabajador comete Actos imprudentes y/u omisiones que afecten a la seguridad. Articulo 160 del Código del Trabajo
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Falta de Orden y Aseo
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Daniela Cabrera Aguilera
¿Dudas? ¿Consultas? Daniela Cabrera Aguilera Prevencioncita de Riesgos Unidad Técnica APR VIII REGIÓN Cel : Fono:
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