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PUBLICIDAD REGISTRAL EN EL URUGUAY

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Presentación del tema: "PUBLICIDAD REGISTRAL EN EL URUGUAY"— Transcripción de la presentación:

1 PUBLICIDAD REGISTRAL EN EL URUGUAY
GARANTIZA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO JURIDICO

2 DEFINICION “PUBLICIDAD QUE TIENE POR OBJETO HACER COGNOCIBLES LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS Y SUS CAMBIOS RELATIVOS A BIENES INDIVIDUABLES, ASEGURAR LA OPONIBILIDAD ERGA OMNES Y PROTEGER A TERCEROS INTERESADOS, GARANTIZANDO LA EXACTITUD, INTEGRIDAD Y LEGITIMIDAD DE LA SITUACION JURIDICA DADA” ( Esc. Bardallo)

3 DEFINICION “ESPECIE DE PUBLICIDAD JURIDICA QUE TIENE POR OBJETO HACER SABER CON CARÁCTER GENERAL Y PERMANENTE, LA EXISTENCIA, CARACTERES Y CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LOS ACTOS Y NEGOCIOS JURIDICOS TRASCENDENTES, Y DE LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS, AMPARANDOLOS MEDIANTE UN SISTEMA DE GARANTIAS LEGALES, CON EL FIN DE PROTEGER LA CIRCULACIÓN DE CIERTOS BIENES Y DERECHOS, EL USO DEL CRÉDIRO Y AFIANZAR ASI LA SEGURIDAD JURIDICA”

4 FUNCION DEL ESTADO Cometido esencial del Estado: Satisfacer el bien común general ( SERVICIO PUBLICO) Ley año 1997 consagra la PUBLICIDAD DECLARATIVA, de oponibilidad a terceros, pero no consagra los principios de Fe Pública Registral ni de Legitimación Registral Función que da publicidad a los actos y negocios jurídicos que la ley determina como trascendentes, lo cual se concreta en dos actos: INSCRIPCION DE ACTOS INFORMACION A SOLICITUD DEL INTERESADO

5 PUBLICIDAD REGISTRAL PUBLICIDAD DECLARATIVA: Actos y contratos existen y son validos entre las partes desde su otorgamiento, la inscripción los hace OPONIBLES FRENTE A TERCEROS ( Excepciones: Reserva de Prioridad y Partición que son declarativos retroactivos) PUBLICIDAD CONSTITUTIVA: Actos y contratos son válidos entre las partes y frente a terceros desde su inscripción (derechos reales de hipoteca, prenda, promesas, usufructo, uso, habitación, tipo social en sociedades comerciales, personería jurídica en cooperativas)

6 PUBLICIDAD REGISTRAL PUBLICIDAD NOTICIA: Actos son válidos y oponibles frente a terceros desde que se otorga Solo produce efectos informativos (Expropiación, Monumento Histórico, Titulos Mineros, Actos que afectan el catastro)

7 PRINCIPIOS REGISTRALES
PUBLICIDAD ROGACION MATRICULACION TRACTO SUCESIVO LEGALIDAD PRIORIDAD ESPECIALIDAD O DETERMINACION INSUBSANABILIDAD RADICACION INSCRIPCION

8 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD Instala o implanta la publicidad registral en un determinado derecho positivo con los límites que este impone PRINCIPIO DE ROGACION El registrador actúa a petición de parte, nunca de oficio, salvo por resolución autoridad judicial o administrativa prevista por ley

9 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE MATRICULACION Matriculación es el primer registro de bienes individuables, de su titular, en coincidencia con el último titular del dominio registrado y de la situación jurídica real y personal del titular y del bien. Nuestro sistema ha adoptado el régimen de BASE REAL o FOLIO REAL, a través a una FICHA ESPECIAL donde se vuelcan los datos de los bienes y de sus titulares PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO El titular que hoy trasmite, modifica o extingue un derecho, podrá inscribir siempre que exista en forma inmediata anterior la inscripción que lo acredita como titular

10 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE LEGALIDAD Se relaciona con la Calificación Registral. Solo se admiten aquellos actos o negocios jurídicos que cumplan con los requisitos formales y sustanciales exigidos por la Ley Tres aspectos de la CALIFICACION FORMAL SUSTANCIAL FISCAL

11 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE PRIORIDAD Da preferencia entre dos o mas títulos contradictorios. El acto o negocio jurídico que primero ingrese al registro se antepone con preferencia excluyente o prioridad de rango a aquel que aunque otorgado con fecha anterior, ingrese con posterioridad Dos tipos de PRIORIDAD Excluyente De rango Excepción RESERVA DE PRIORIDAD

12 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD O DETERMINACION Se refiere a la exacta identificación y descripción de los bienes, de los derechos y de sus titulares PRINCIPIO DE INSUBSANABILIDAD La inscripción no convalida los vicios o defectos que adolezcan los actos o negocios jurídicos. Solo se rechaza la inscripción en caso de exitir NULIDAD ABSOLUTA, surgida del documento

13 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE RADICACION La inscripción de los actos o negocios jurídicos, resoluciones judiciales o administrativas, relativos a bienes determinados, deben efectuarse en el registro público competente del lugar que corresponda a la ubicación de los mismos

14 PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE INSCRIPCION Hace posible la publicidad registral, con el fin de lograr la congnocidibildad para asegurar el tráfico jurídico. Se cumple por el acto del registrador de fijar los datos de los actos y negocios jurídicos que se presentan a inscribir para su conservación y posterior información a los terceros

15 PRINCIPIOS NO CONSAGRADOS
PRINCIPIO DE BUENA FE REGISTRAL La BUENA FE se presume siempre a favor del tercero adquirente amparado en la publicidad registral, mientras no se pruebe que conocía la inexactitud registral PRINCIPIO DE LEGITIMACION De acuerdo al art 54 de la Ley al referirse a los efectos de la publicidad, no se presume la exactitud del asiento registral, ya que modificó el proyecto de Ley que si preveía esta presunción.

16 RESERVA DE PRIORIDAD Ley año 1997 art 55 consagra la Reserva de Prioridad como un acto inscribible Constancia que expide el registro, que no solamente hace conocer la situación en que se encuentran actualmente los bienes, sino que planifica su inmutabilidad durante el plazo que establece la ley Proyecta la seguridad del negocio jurídico futuro a las personas, sobre los bienes que serán afectados por un gravamen posterior Brinda seguridad y estabilidad en la contratación, evitando los actos dolosos (doble enajenación)

17 RESERVA DE PRIORIDAD CARACTERISTICAS Acto inscribible Facultativa
Puede solicitarse para mas de un acto si son simultáneos (Compraventa e Hipoteca) Tiene plazo de vigencia (30 días) Excepción al Principio de Prioridad Comprende actos preliminares Puede amparar total o parcialmente Actos y negocios amparados retrotraen sus efectos al fecha de la Reserva de Prioridad

18 INFORMACION REGISTRAL
Acto por el cual se hace conocer por medio de certificación pública, a requerimiento de terceros, las situaciones jurídicas concretas de personas o bienes en relación a los actos publicados Parte central del sistema y razón de la existencia del Registro y del propio Derecho Registral Asegura la contratación informando a terceros Se brinda en forma escrita, CERTIFICADO REGISTRAL A solicitud escrita del interesado

19 CERTIFICADOS REGISTRALES
Acreditan la situación registral que enuncian respecto de bienes y personas por los cuales se expiden a la fecha y hora de expedición Informan solamente las inscripciones que se encuentran vigentes Son documentos públicos, revestidos de carácter oficial, redactados por funcionarios competentes según las formas requeridas y dentro de los límites de sus atribuciones Modalidades: Común (informa No. Fo. Lo. Año y algunos datos de las inscripciones) Testimonio (Fotocopia de la minuta registral) Ampliaciones Esc. Adriana Campos Dell


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