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Publicada porAnunciación Martel Modificado hace 10 años
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Presentación l a Asamblea Constituyente es la reivindicación del pueblo boliviano con el mandato de trabajar en la elaboración de una nueva Constitución Política del Estado y entregarla al pueblo soberano. Cumpliendo todas las exigencias legales y normativas que se trazo para el funcionamiento del trabajo de la Asamblea Constituyente, a pesar de las dificultades y las campañas para difamarla por la oposición, se ha cumplido el mandato establecido con la redacción de una Constitución Política del Estado. La Nueva Constitución es el resultado del trabajo, avances y acuerdos logrados en 18 meses de existencia de la Asamblea a partir de los adelantos logrados en los informes de las 21 Comisiones que recogen las diversas propuestas que llegaron desde las organizaciones sociales e indígenas, fuerzas políticas e iniciativas ciudadanas, se enriquecieron con los Foros Territoriales realizados a lo largo del país, finalmente con los acuerdos firmados en el Consejo Político Suprapartidario.
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Es ahora el tiempo del pueblo boliviano para pronunciarse con respecto al nuevo texto constitucional y consolidar el avance del proceso constituyente que vivimos.
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E Un Nuevo Estado, Estado Plurinacional
Unidad, reconocimiento, articulación y coexistencia de diversas formas de prácticas políticas E sto quiere decir que, por encima de todo, se reafirma la unidad del Estado boliviano que está compuesto por nueve departamentos. El nuevo Estado es libre, autonómico, independiente, soberano, democrático e intercultural, se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico dentro del proceso integrador del país. (Art. 1) El pueblo boliviano está conformado por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, pertenecientes a las áreas urbanas de diferentes clases sociales, a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianos (Art. 3)
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Es un Estado Plurinacional porque:
Asume las diferentes prácticas políticas: democrática, participativa, representativa y comunitaria Reconoce diferentes prácticas jurídicas como la comunitaria y la ordinaria Promueve y difunde la diversidad de idiomas del país. Reconoce las diferentes formas de economía: estatal, privada, comunitaria, social cooperativa.
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Una Economía Plural, Economía para la vida Orientada al Vivir bien
l nuevo texto constitucional reconoce la economía plural que está compuesta por: La economía estatal administra a nombre del pueblo boliviano los derechos propietarios de los recursos naturales, ejerce el control estratégico de las cadenas productivas y los procesos de industrialización; administra los servicios públicos y produce bienes y servicios (Art. 310) La economía privada que contribuye al desarrollo social y fortalece la independencia económica del país (Art. 309)
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La economía comunitaria comprende a los sistemas de producción y reproducción de la vida social, fundados en los principios de los pueblos y naciones indígena originario campesinos. (Art. 308) La economía social cooperativa como forma de trabajo solidario y de cooperación, sin fines de lucro. (Art. 311) Todos estos componentes parten de los principios de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia. (Art. 307)
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l Se constitucionalizan y garantizan las autonomías
Fin del centralismo y distribución de competencias l a Nueva Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la existencia de cuatro nuevas formas de estructura y organización territorial del Estado Las autonomías departamentales que tendrán su propio catálogo de competencias, sus propios órganos de deliberación y ejecución de las competencias; tienen capacidad legislativa para emitir normas departamentales. Recogiendo los resultados del referéndum autonómico. (Art. 278)
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Las autonomías regionales se construirán por voluntad democrática de la ciudadanía y por la unión de municipios, provincias o territorios indígena originario campesinos con continuidad geográfica. (Art. 281) Las autonomías indígenas es la expresión del derecho a autogobierno como ejercicio de la autodeterminación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos cuya población comparte territorio, cultura, historia, lengua, organización, instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias. (Art. 290) Las autonomías municipales están constituidas por un concejo municipal deliberativo, legislativo, normativo-administrativo y fiscalizador, y un órgano ejecutivo presidido por la o el alcalde. (Art. 284)
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Hacia una Democracia Plural
La forma de gobierno es democrática, participativa, representativa y comunitaria con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres l a democracia se ejerce en las siguientes formas (Art. 11): Directa y participativa: por medio del referéndum, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Representativa: por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto
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Comunitaria: por medio de la elección, designación o nominación de autoridades por normas propias y procedimientos propios de los pueblos y naciones indígena originario campesinos.
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Los Recursos Naturales
Son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país. l os recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano. El Estado está encargado de su administración, velando el interés colectivo. Con la Nueva Constitución, el Estado pasa de ser un propietario sin derechos a administrar sus recursos naturales. Esto significa que sólo el pueblo boliviano, en ejercicio de su soberanía, puede disponer de los recursos naturales.
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Protección de nuestros ecosistemas
Amazonía Protección de nuestros ecosistemas U n capítulo completo de la Constitución desarrolla a la cuenca amazónica como ámbito geográfico, ahí se lo reconoce como espacio estratégico de especial protección para el desarrollo del país. También protege los recursos forestales, su biodiversidad y los árboles de la goma y la castaña, en el marco del respeto de los pueblos indígenas que viven de su aprovechamiento.
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Legitimidad y Transparencia en la justicia
Elección por voto popular a los magistrados, institucionalización de la justicia ordinaria y comunitaria C onsolida la independencia de los poderes, elimina “la elección a dedo” de los magistrados, porque la población puede elegir mediante voto popular a las y los magistrados del órgano judicial. Esto representa un compromiso serio con la profundización de la democracia participativa y es algo único en toda la región. También se constitucionaliza la justicia indígena originaria campesina y la pone en igualdad de jerarquía con la justicia ordinaria, un hecho inédito en América Latina.
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La justicia comunitaria está constituida por las prácticas judiciales propias de las organizaciones indígena originaria campesinas que tiene Bolivia, se ejerce a través de las autoridades propias de cada nivel organizativo y se sustenta en la cultura de la vida y la paz social. La justicia boliviana será una sola, compuesta por la ordinaria y la indígena, en ambos casos se complementan los derechos humanos, los derechos fundamentalísimos y fundamentales de la Constitución. Al mismo tiempo, consolida una verdadera gratuidad de los servicios judiciales, la transparencia en el desempeño de los jueces y la celeridad en la solución de los casos sometidos a su conocimiento.
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Propiedad Privada y Derecho a la Herencia
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A l igual que en la Constitución vigente, el nuevo texto constitucional reconoce el derecho a la propiedad privada, siempre que ésta cumpla una función social. Además, se garantiza la propiedad privada y la sucesión hereditaria. La Nueva Constitución incorpora este aspecto que antes sólo estaba establecido en una ley. TIERRA Se reconoce y garantiza la tenencia individual y colectiva de la tierra siempre y cuando se le dé una utilidad sustentable y cumpla una función económica social, aprovechándola de manera productiva, evitando la especulación y el engorde de la tierra. Se prohíbe el latifundio improductivo y se constitucionaliza el trabajo como garantía de la tenencia de la tierra.
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T Área Social y Derechos
La descolonización es una prioridad, así como la igualdad de oportunidades para todas y todos los bolivianos DERECHOS FUNDAMENTALÍSIMOS Y FUNDAMENTALES T oda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física, psicológica, moral y sexual. Nadie será torturado ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes y humillantes. Está prohibida la pena de muerte. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata o tráfico de personas. (Art. 15 y 16)
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DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES
DERECHOS DE LA MUJER as mujeres tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual, psicológica, en la familia y en la sociedad; derecho a igual salario que los varones, por igual trabajo; a no ser discriminadas por su estado civil, ni situación de embarazo o número de hijos. (Art. 150 y 287) l DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES os adultos mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana. El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez a los adultos mayores, adoptará políticas públicas para su protección; prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación. (Art. 67 y 68)
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DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
as personas con discapacidad tienen derecho a ser protegidas por su familia y por el Estado, a una educación y salud integral gratuita, comunicación en lenguaje alternativo, a trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus capacidades y con renumeración justa. (Art. 70)
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T DERECHOS DE LOS NIÑOS oda niña, niño y adolescente tiene derecho a su desarrollo integral y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva; tendrá derecho a una familia sustituta, conforme a ley. Sin distinción de su origen , tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. s e prohíbe y sanciona toda forma de violencia a las niñas, niños y adolescentes, en la familia como en la sociedad. Se prohíbe todo tipo de explotación del trabajo infantil. (Art. 59 al 61)
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SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
a atención y sostenimiento de los servicios de salud constituyen una función suprema y responsabilidad del Estado. Se priorizará la promoción de la salud. Se garantizará el acceso de la población a los medicamentos y se priorizaran los medicamentos genéricos a través del fomento de su producción. Las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a la seguridad social, sin carácter lucrativo ni mercantilista, que se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia.
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l Participación y Control Social La soberanía reside en el pueblo
y se ejerce de forma directa l a población ejercerá un control social legítimo a las instituciones estatales, constitucionalizando este derecho a fiscalizar. (Art. 242 y 243) Con la Nueva Constitución los ciudadanos (as) participan y coordinan la actividad del Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral, prefecturas, alcaldías y empresas públicas; asimismo, participan en la definición de la formulación de políticas públicas y la elaboración de leyes y formularan informes para activar la revocatoria de mandato. También podrá denunciar a las instituciones que incurran en faltas o delitos e instruir su procesamiento
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www.repac.org.bo E-mail: repaccbba@gmail.com
PLAZA PRINCIPAL 14 DE SEPTIEMBRE Nº 258 TELÉFONO COCHABAMBA - BOLIVIA
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