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Normas Internacionales de Contabilidad

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Presentación del tema: "Normas Internacionales de Contabilidad"— Transcripción de la presentación:

1 Normas Internacionales de Contabilidad
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD Normativa Aplicable a Consolidación y Combinaciones de negocios (NIIF 3 y NIC 27, 28 y 31) IAS seminar module 04: Slides

2 Normativa aplicable NIIF 3: Combinaciones de Negocios
NIC 27: Estados Financieros Consolidados NIC 28: Inversiones en empresas asociadas NIC 31: Inversiones en negocios conjuntos SIC 12: Entidades de Cometido Especial (SPE por sus siglas en inglés) En una primera parte de la presentación hablaremos de consolidación de empresas filiales; dependientes y asociadas que se consolidan mediante los métodos de integración global o puesta en equivalencia. En la segunda parte, pasaremos a hablar de combinaciones de negocios que no son otra cosa que fusiones y adquisiciones de empresas, conceptos ampliamente conocidos por todos. Para poder dar este curso en el tiempo que tenemos asignado he tenido que recortar el material bastante. Para ello, he eliminado aquello que pensaba menos útil y que además se puede leer muy fácilmente en las normas IAS. Por este motivo, hoy no vamos a ver nada sobre Joint ventures (que se parecen en mucho a las sociedades multigrupo españolas) ni sobre los desgloses en la Memoria. Como ya sabéis, estos últimos se pueden leer al final de cada una de las normas IAS. IAS seminar module 04: Slides

3 NIIF 3: Combinaciones de negocios
Temas tratados: Contabilización de adquisiciones incluyendo: Identificación del adquiriente Determinación del coste de adquisición Asignación del coste de adquisición a los activos adquiridos y a los pasivos y pasivos contingentes asumidos Tratamiento contable del fondo de comercio Desgloses en los estados financieros relacionados con combinaciones de negocios La NIIF 3 es una norma que fue aprobada en marzo de 2004, es muy reciente. Esta norma sustituye la NIC 22 que hasta entonces recogía la normativa aplicable a las combinaciones de negocios. Los cambios entre una y otra norma son muy notables y muestran un importante esfuerzo por acercar la normativa internacional a la americana, australiana y canadiense. Hasta marzo, la normativa internacional definía dos tipos de combinaciones de negocios; las adquisiciones y las fusiones de interés. Por lo tanto, si bien, la clasificación no era la misma que en la normativa española había cierta similitud en la definición de naturaleza de las operaciones. A modo de resumen se puede decir que la diferencia más importante es que en una fusión, se unen las cuentas de las empresas que se combinan sin que se produzcan cambios. Casi se trata de una simple suma. Sin embargo, en una operación de adquisición, los activos y pasivos comprados se valorarán en los libros de la empresa que compra a su valor razonable. Pues ahora, la norma nueva nos dice que en cualquier combinación de negocios hay una parte más fuerte, el adquiriente que obtiene control sobre la otra parte. No existen las fusiones amistosas en donde se unen para operar bajo un control conjunto. Por ello, tan solo se permite un método de valoración de estas operaciones y este es el que vamos a ver a en esta presentación: 1. Determinar el coste de adquisición o el valor de la contraprestación. 2. Asignar este coste a los activos y pasivos comprados (valorarlos a su valor de mercado). 3. Considerar la diferencia como fondo de comercio y finalmente hay que tener en cuenta la parte que pueda haber de socios externos. IAS seminar module 04: Slides

4 Alcance de la norma Una Combinación de negocios se define como la unión de entidades, u operaciones de entidades, en una entidad de reporte financiero único En cada combinación de negocios se identificará un adquiriente que será aquel que obtiene control sobre la entidad combinada La norma no es aplicable a: Transacciones entre empresas bajo control común, ni a Participaciones en “joint ventures”, ni a Transacciones ente una o más entidades de mutualidad, ni a Uniones de entidades por compromisos contractuales solo Como vemos, una combinación de negocios es la unión de entidades en una entidad de reporte financiero único. La definición en si es muy amplia y deja bien claro que prevalece el fondo sobre la forma. Por lo tanto, se considerarán combinaciones de negocios a toda una variedad de operaciones: Compra de una empresa de acciones de otra o de sus de activos, pasivos y operaciones de otra. Compra de solo una unidad de negocios o de una empresa entera Operaciones pagadas vía emisión de capital o con cualquier otro activo Transacciones entre empresas directamente o entre los accionistas de las empresas Etc Finalmente, quiero resaltar que se excluyen del ámbito de la norma las combinaciones de empresas bajo control común. Por lo tanto, quedan fuera todas las operaciones de reestructuración societaria de grupos empresariales. IAS seminar module 04: Slides

5 Contabilización de una adquisición
Se aplica el método de compra, el cual implica: Identificación del adquiriente Valoración del coste de adquisición Asignación del coste de adquisición a los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables de la empresa adquirida, valorados a su valor razonable Contabilización del valor no asignado como fondo de comercio (o fondo de comercio negativo) Desde la fecha de adquisición: Se registran los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables y el fondo de comercio de la adquirida en el balance consolidado, y Se incorporan los resultados de las operaciones de la adquirida en la cuenta de resultados consolidada Como ya hemos comentado, en una adquisición se valoran los activos y pasivos a su valor razonable y la contabilización de la operación exige que pasemos por los pasos indicados en esta trasparencia. La fecha de adquisición se define como la fecha en la que la empresa adquiriente obtiene control sobre los activos y operaciones de la adquirida. Vamos a ver en más detalle cada uno de los pasos indicados. IAS seminar module 04: Slides

6 Identificación del adquiriente
En una combinación de negocios, el adquiriente es aquella entidad que obtiene el control sobre las demás entidades involucradas en la operación La definición de control es coincidente con la definición expuesta en la NIC 27 sobre entidades dependientes Los siguientes factores pueden ayudar a identificar el adquiriente de la operación: La entidad de mayor valor razonable La entidad que entrega efectivo u otros activos a cambio de acciones de otra entidad La entidad que tiene el poder de nombrar la nueva dirección de la entidad combinada Como ya hemos comentado, en una adquisición se valoran los activos y pasivos a su valor razonable y la contabilización de la operación exige que pasemos por los pasos indicados en esta trasparencia. La fecha de adquisición se define como la fecha en la que la empresa adquiriente obtiene control sobre los activos y operaciones de la adquirida. Vamos a ver en más detalle cada uno de los pasos indicados. IAS seminar module 04: Slides

7 Por coste de adquisición se entiende:
El efectivo y otros medios líquidos entregados Si el pago es diferido, debe ser descontado al valor actual El valor razonable de otras contraprestaciones entregadas Si el adquiriente emite sus propios valores negociables deberían ser valorados al valor de mercado a la fecha de la transacción de intercambio Y cualquier coste directamente atribuible a la adquisición Estos costes incluyen honorarios de profesionales pero no costes para la emisión de capital El coste de adquisición o valor de la contraprestación se compone de los siguietnes componentes: Efectivo Valor razonable de otros activos entregados Costes directos de la adquisición. Debe destacarse que costes más generales, como por ejemplo costes de un deparrtamento de adquisiciones, no serían activables. No obstante, aunque aquí parezca muy sencillo, hay veces que la valoración del coste de adquisición se puede complicar, como por ejemplo….. IAS seminar module 04: Slides

8 Precios contingentes Cuando el precio se ajusta en función del resultado de sucesos futuros Dentro del coste de adquisición inicialmente registrado, se estima el importe de cualquier ajuste que sea probable y que pueda ser valorado de manera fiable Ajustes posteriores son tratados como un cambio en precio y, consecuentemente, afectan al importe del fondo de comercio Esta regla no aplica en aquellos casos cuando se producen pagos adicionales para compensar al vendedor por una caída del valor de la contraprestación original y que, por lo tanto, no resultan en un incremento en la contraprestación registrada …….cuando el precio de compra depende en parte del resultado de acontecimientos futuros. P.ej. “se desembolsarán a fecha de adquisición X euros y adicionalmente, si los resultados del año siguiente superan cierto baremo, se pagará un sobreprecio de un 10% más.” En este caso se tiene que intentar estimar, de la manera más fiable posible, los ajustes futuros y si luego hay desviaciones entre la estimación y el real, se ajustará la diferencia contra el valor del fondo de comercio. Por lo tanto, al final el efecto es el mismo que si se hubiese estimado bien de entrada. IAS seminar module 04: Slides

9 Registro de activos, pasivos y pasivos contingentes identificables adquiridos
Los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables de la adquirida y existentes a la fecha de adquisición, se registrarán por sus valores razonables siempre que cumplan las siguientes condiciones: En el caso de activos y pasivos identificables si: Es probable que el adquiriente reciba beneficios económicos futuros, o que tenga que desprenderse en el futuro de recursos que generan beneficios económicos, y Se dispone de una medición fiable de su valor razonable En el caso de activos intangibles y pasivos contingentes identificables si: El siguiente paso es identificar los activos y pasivos adquiridos. Los activos y pasivos se registrarán en los estados financieros del adquiriente si son PROBABLES y su valor se puede MEDIR. Y los pasivos contingentes y activos intangibles se registrarán siempre que se puedan valorar de manera fiable. Es posible que surjan activos y pasivos que no existían en los estados financieros del adquirido. P.ej. Crédito fiscal por bases imponibles negativas. Si la adquirida no tenía previsión de beneficios futuros no las podía activar en sus libros y, sin embargo, al ser adquiridas por una empresa con beneficios se cumplirían los requisitos de activación. Los pasivos registrados no pueden en ningún caso corresponderse con gastos o pérdidas que se vayan a derivar de acciones del adquiriente. HABLAR AQUÍ DE LAS PROVISIONES DE REESTRUCTURACIÓN Y DE GASTOS Y PERDIDAS FUTURAS EN FUNCIÓN DEL IAS 37. HABLAR TAMBIÉN DE LOS PASIVOS CONTINGENTES Y LA DIFERENCIA ENTRE SU REGISTRO NORMAL Y EN UNA COMB NEG. IAS seminar module 04: Slides

10 Ajustes posteriores a los valores razonables
Los valores razonables deben ajustarse para reflejar información adicional que llegue a estar disponible posteriormente Dichos ajustes afectarán al Fondo de comercio (positivo o negativo) desde la fecha de adquisición con la siguiente limitación: El ajuste tiene que hacerse dentro del plazo de doce meses a contar desde la fecha de adquisición En este caso los ajustes a activos y pasivos identificables se llevarán contra la cuenta de resultados Hemos dicho que los activos y pasivos de la adquirida se tienen que valorar a su valor razonable y que la diferencia entre el coste de adquisición y el neto de valor razonable de los activos y pasivos, es fondo de comercio. ¿Que pasa cuando un tiempo después veo que he estimado mal el valor razonable de los activos y pasivos, p.ej. Porque sale información nueva? O porque lo he hecho mal? Si me doy cuenta dentro de un plazo de 12 meses desde la fecha de adquisición, lo puedo ajustar contra el fondo de comercio. En este caso se tiene que ajustar desde la fecha de adquisición, es decir que también se cambian los estados financieros comparativos (incluyendo cambios indirectos como cambios en amortización, etc.) Si no me doy cuenta hasta después, lo tengo que ajustar contra resultados. Si bien, esto entraría más bien dentro del ámbito de la NIC 8, hay que resaltar que si en el futuro me surgen cambios en alguna estimación, el cambio se tratará de manera prospectiva con efecto en el resultado del año y/o siguientes. Sin embargo, si me doy cuenta de que ha habido un error en la contabilización de la operación, dicho error se debe corregir como si nunca se hubiese cometido. Es decir, de manera retrospectiva se corrigen las cifras comparativas y los ajustes irán contra el fondo de comercio como si se hubiese contabilizado bien la operación desde el principio. IAS seminar module 04: Slides

11 Contabilización del Fondo de comercio
Fondo de comercio (positivo o negativo) es una sobrevaloración (o minusvaloración) derivada de la comparación, a la fecha de adquisición, entre: El precio de adquisición, y El porcentaje de participación del adquiriente en los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables valorados a su valor razonable Una vez, valoradas a su valor razonable todas las variables entregadas y recibidas, la diferencia será el fondo de comercio generado en la operación. En general, lo normal es que haya un fondo de comercio positivo y que se corresponda con un sobre precio pagado a cuenta de la valoración de futuros beneficios a recibir por el adquiriente de la actividad de la adquirida. IAS seminar module 04: Slides

12 Tratamiento del Fondo de comercio positivo
Cuando el precio de adquisición es superior a la proporción del adquiriente de los activos, pasivos y pasivos contingentes de la adquirida: El Fondo de comercio se presenta en el activo a precio de coste neteado por cualquier provisión por deterioro El Fondo de comercio no será depreciado de manera sistemática El potencial deterioro del Fondo de comercio debe valorarse al menos anualmente En la medida en que ocurran hechos o cambios en las circunstancias que afectan al Fondo de comercio, los tests de deterioro se efectuarán con mayor frecuencia El Fondo de Comercio se presenta en el activo y neto de provisiones por deterioro. Hasta que se produjo la modificación reciente de la norma, según las NIC, al igual que la legislación española, adoptaron la prudente postura de amortizar el fondo de comercio. Por contra, hay países como los Estados Unidos donde no se amortiza sino que se evalúa anualmente la posible depreciación que haya podido tener. Como os he comentado anteriormente, hay una clara tendencia de acercamiento ente la normativa internacional y normas contables americanas y uno de los pasos importante es que se deja de amortizar sistemáticamente el fondo de comercio. La idea de los americanos es que hay activos, como por ejemplo la marca Coca Cola, que tienen un valor importantísimo durante mucho más de 20 años y por lo tanto no tiene sentido amortizarlos. La contrapostura es que poco a poco se va sustituyendo el FC comprado al exterior (condición para poderlo activar) por un FC generado internamente y por lo tanto no activable. Sin la buena gestión del nuevo dueño, ningún activo podría mantener su valor en el mercado. Dado que así se va extinguiendo así poco a poco el valor comprado a fuera (sustituyéndose por el interno) es lógico amortizar el activo. No obstante, ahora según la normativa internacional no se permite la amortización sistemática del fondo de comercio sino que se realizarán tests de deterioro periódicos de acuerdo con las líneas de actuación indicadas en la NIC 37 que veréis en más detalle en la ponencia sobre deterioro. IAS seminar module 04: Slides

13 Tratamiento del Fondo de comercio negativo
Cuando el precio de adquisición es inferior a la proporción del adquiriente de los activos, pasivos y pasivos contingentes de la adquirida: El adquiriente debe reconsiderar las mediciones efectuadas del valor razonable del coste de adquisición y de activos, pasivos y pasivos contingentes identificados de la adquirida Reconocer como ingreso inmediatamente cualquier Fondo de comercio negativo que persista tras este análisis Un fondo de comercio negativo implica que hemos comprado activos y pasivos que valen mucho más de lo que entregamos a cambio. Es posible que hayamos comprado muy barato pero es más probable que algún activo no valga lo que parece o que exista un pasivo latente que no hemos tenido en cuenta. Por lo tanto, la normativa nos indica que si se produce un fondo de comercio negativo debemos repasar la valoración de todos los elementos otra vez, pero que si persiste la diferencia negativa se tiene que llevar a ingresos en el primer ejercicio. Como veis, el tratamiento del fondo de comercio tanto positivo como negativo difiere mucho de la normativa española donde el fondo de comercio positivo se amortiza de manera sistemática y el fondo de comercio negativo se difiere en el tiempo hasta que realmente se pueda entender realizada la ganancia implícita. En principio, si hemos hecho bien la contabilización de la operación (la identificación de activos, pasivos y pasivos contingentes), el ingreso por la diferencia negativa de la operación va a componerse de: Errores en la valoración o del coste de los elementos identificados Valoración de algunos elementos a coste porque otra NIC establece que así se deben registrar cuando en realidad se han pagado por su fair value. P ej. Los activos y pasivos fiscales no se registran por su importe descontado a valor actual sino por su “nominal”. IAS seminar module 04: Slides

14 Fecha de vigencia Se debe aplicar la NIIF 3 en la contabilización de aquellas operaciones acordadas con posterioridad al 31 de marzo de 2004 (inclusive) Se permite aplicar la norma a operaciones efectuadas con anterioridad a 31 de marzo de 2004 si se cumplen las siguientes condiciones: Se aplica a todas las operaciones ocurridas tras una determinada fecha Se adoptan las NIC 36 y 38 al mismo tiempo Se dispone de las valoraciones y la información necesaria para poder registrar las operaciones de combinaciones de negocios pasadas de acuerdo con NIIF 3 Para ver las vigencias de la norma 36 hay que tener en cuenta que las normas: 36 Deterioro 38 Inmovilizado Inmaterial IFRS 3 Combinaciones de negocios Van en bloque siempre. Por tanto, siempre se empezarán a usar en la misma fecha y puede ser: Obligatorio en combinación de negocios acordadas después del y a todos los activos de EEFF de ejercicios que empiecen a partir de Antes si se quiere IAS seminar module 04: Slides

15 Disposiciones transitorias
Desde el principio del primer ejercicio que se inicie tras el 31 de marzo de 2004, una entidad debe seguir las siguientes pautas relativas a combinaciones de negocios anteriores: Dejar de amortizar el fondo de comercio positivo, considerar su valor neto en libros en este momento como coste y realizar tests de deterioro anuales Llevar fondos de comercio negativos contra reservas Reclasificar el valor de activos intangibles que no cualifican para registro bajo IFRS 3 a mayor valor del fondo de comercio IAS 22 defines an acquisition as ‘a business combination in which one of the enterprises, the acquirer, obtains control over the net assets and operations of another enterprise, the acquiree, in exchange for the transfer of assets, incurrence of a liability or issue of equity’. The standard recognises that occasionally an enterprise obtains ownership of the shares of a larger enterprise by issuing, as consideration, more voting shares than the total previously in issue, with the result that control of the combined enterprise passes to the owners of the enterprise whose shares have been acquired. This situation is described as a reverse acquisition. Although legally the enterprise issuing the shares may be regarded as the parent or continuing enterprise, the subsidiary is the treated as the acquirer for the purposes of IAS 22. IAS seminar module 04: Slides

16 NIC 27: Estados Financieros Consolidados
La norma es aplicable a: La preparación y presentación de Estados Financieros Consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una empresa matriz, siendo los Estados Financieros Consolidados los estados financieros de un grupo presentados como si fuese una sola entidad Empezamos por la NIC 27 que se centra en los requisitos de consolidación y el tratamiento de inversiones en empresas dependientes tanto en las cuentas individuales como en las consolidadas. IAS seminar module 04: Slides

17 NIC 27: Principales definiciones
Un Grupo está formado por la empresa matriz y todas sus entidades dependientes Una Matriz es una entidad que tiene una o más entidades dependientes Una entidad dependiente es una entidad que está bajo el control de otra entidad (la entidad matriz) Control es el poder para dirigir las políticas financieras y operacionales de una entidad con el fin de obtener beneficios de sus actividades La NIC empieza definiendo qué es un grupo consolidable y cuándo hay que consolidar. (Aquí hago referencia a dibujo hecho en la pizarra o papel. Ver anexo 1) Existe grupo, y por tanto obligación de consolidar, siempre que exista una empresa dependiente. ¿Y cuándo existe una dependiente? Cuando una empresa tiene control sobre las políticas de otra empresa y por lo tanto puede gobernar sus decisiones y obtener beneficios de ello. En el momento en que haya una empresa matriz y otra dependiente tenemos un grupo consolidable (zona roja en el anexo 1) y en este caso hay que consolidar todas aquellas empresas que entran en el perímetro de consolidación (zona azul en el anexo 1). IAS seminar module 04: Slides

18 Control sobre una entidad dependiente
Se presume la existencia de control cuando la matriz posee acciones que representen más de la mitad de los derechos de voto de la entidad dependiente También se presume control, incluso si la matriz posee menos de la mitad de los derechos de voto, si tiene el poder sobre: Más de la mitad de éstos derechos, gracias a un acuerdo con otros inversores La decisión en las políticas financieras y operacionales de la subsidiaria por un estatuto o por un acuerdo El nombramiento o la revocación de la mayoría de los miembros del Órgano rector de la entidad La mayoría de los votos del Órgano rector de la entidad Ya hemos dicho que hay una empresa dependiente cuando otra empresa tiene control sobre sus políticas. ¿Y cuando existe este control?. Lo normal es que exista cuando una empresa tiene el 50% de las acciones de otra y puede nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración (el órgano rector de la sociedad). Pero incluso en este caso, a veces se puede demostrar que no hay control efectivo. Este podría ser el caso p.ej. de una empresa que se encuentra intervenida porque está en suspensión de pagos, etc. Dado que se merma tanto el control de la matriz, no se consideraría una empresa dependiente y no se consolidaría por integración global. Por contra, puede existir la situación de que sin disponer del 50% de las acciones, una empresa tenga control sobre otra. IAS nos proporciona una serie de indicadores de semejantes situaciones, todos ellos encaminados a demostrar que la empresa dispone del poder en el consejo de administración y por tanto, puede decidir las políticas de la filial. Es importante resaltar que no se trata de ejercer dicho control sino tan solo de tener la capacidad de hacerlo. IAS seminar module 04: Slides

19 Control sobre una “Special Purpose Entity” (SPE)
El control sobre una SPE debe ser valorado a la luz de la relación que une a la misma con la entidad que consolida Suele existir dicho control cuando las actividades de la SPE están predeterminadas en sus estatutos o acuerdos semejantes Adicionalmente, los siguientes factores indican control: La SPE enfoca sus actividades para cubrir las necesidades de la matriz y proporcionarle beneficios La matriz tiene sustantivos poderes de decisión La matriz obtiene la mayor parte de los beneficios de la SPE La matriz retiene la mayor parte de los riesgos residuales o de propiedad relativas a la SPE o sus activos, con el propósito de obtener beneficios Tanto insiste el IAS en el concepto de control sobre el concepto de porcentaje de participación en el capital que nos introduce el concepto de Special Purpose Entities, o Special Purpose Vehicles como se venían llamando por nuestros colegas fiscalistas. Es característico de las normas internacionales sobreponer el fondo a la forma. Las normas IAS indican que se tiene que consolidar las entidades SPE porque se entiende que entran bajo control de la empresa que consolida. Las SPE son entidades en las que la empresa que consolida no tiene porque tener gran participación pero por la relación existente entre ambas, se ve que tiene control. En general son sociedades cuyo funcionamiento está predefinido en sus estatutos, acuerdos de socios, etc. de manera que operan en una especie de autopiloto. Adicionalmente, se suelen pasar beneficios a la empresa que consolida mediante la actividad empresarial normal y no vía dividendos como es el caso de filiales normales. Os puedo poner un ejemplo de una SPE que me he encontrado en un cliente. Este cliente vende todas sus cuentas a cobrar a clientes a un fondo de inversión que se encarga de su cobro y se lleva un margen financiero. El grupo al que pertenece mi cliente no tiene ´participaciones en el fondo de inversión pero dado que el mismo no funciona con nadie más que con este grupo, se entiende bajo IAS que se trata de una SPE y el fondo entra dentro del perimetro de consolidación del grupo (cuya deuda cotiza en la SEC). IAS seminar module 04: Slides

20 NIC 28: Inversiones en empresas asociadas
La norma especifica el tratamiento contable a emplear por el inversor en empresas asociadas La norma no será aplicable a las inversiones realizadas por empresas de capital riesgo, mutuas, fondos de inversión y otras entidades similares Las inversiones realizadas por este tipo de entidades se valorarán de acuerdo con la NIC 39 Tras tener ya clara la situación en el consolidado de las empresas dependientes pasamos a hablar de las asociadas. Antes de seguir vamos a recordar que (hacer referencia al dibujo en anexo 1); Si no hay una dependiente, no se hace un consolidado por muchas asociadas que hayan. Si hay una empresa dependiente, se hace un consolidado y se incluyen todas las asociadas. La norma 28 nos indica como debemos incluir en el consolidado a estas empresas asociadas. Antes de empezar nos aclara que no es aplicable en la consolidación de determinadas empresas (capital riesgo, mutuas, fondos de inversión) que por su propia naturaleza siempre deben de seguir la NIC 29 en la valoración de sus inversiones. Es decir, en este caso deben valorar las inversiones en asociadas a su fair value. El razonamiento detrás es que se trata de inversiones más bien especulativas que económicas y por tanto, el emplear el fair value en la valoración de las inversiones plasma mejor la imagen fiel de la situación de la holding. IAS seminar module 04: Slides

21 Principales definiciones
Una asociada es una entidad en la que el inversor tiene una influencia significativa, y que no es una entidad dependiente ni una “joint venture” Influencia significativa es el poder para participar en las políticas financieras y operacionales de la filial sin llegar a tener el control sobre dichas políticas Se entiende que existe influencia significativa cuando el inversor dispone de al menos un 20% de los derechos de voto en la filial; y, por el contrario, se entiende que no existe dicha influencia significativa si dispone de menos del 20% de los votos. Ambas presunciones son rebatibles Se tendrán en cuenta los derechos potenciales de voto para evaluar la existencia de influencia significativa Las definiciones de una asociada se parecen a la de una empresa dependiente pero hay una diferencia fundamental. Para las empresas dependientes, el concepto fundamental se centra en CONTROL mientras que para las empresas asociadas se centra en INFLUENCIA SIGNIFICATIVA. Al igual que en España, se supone que hay influencia significativa cuando la participación es superior al 20%. No obstante, el IAS también pone algunos ejemplos más de Influencia Significativa, como p.ej cuando hay transacciones muy significativas entre ambas empresas, miembros en el consejo de administración, influencia a la hora de fijar políticas y decidir sobre reparto de dividendos, etc. Adicionalmente, al igual que vimos en el caso de las entidades dependientes y el análisis de control, también se tienen que tener en cuenta los derechos potenciales de voto a la hora de evaluar la existencias de influencia significativa en una entidad asociada. Por lo tanto vemos que, al igual que en el caso de las dependientes, la clasificación es un poco subjetiva y nada sencilla. IAS seminar module 04: Slides

22 Contabilización de Inversiones en asociadas
Las inversiones en empresas asociadas se consolidan mediante el método de participación, con las siguientes excepciones: Cuando la influencia sobre la asociada es temporal ya que la inversión cumple las características de un activo dispuesto para la venta según la NIIF 5 Cuando, habiendo también inversiones en entidades asociadas, se cumplen los requisitos de dispensa de la obligación de presentar estados financieros consolidados (NIC 27) Como estaba diciendo, en las cuentas consolidadas, las empresas asociadas se integran mediante el método de puesta en equivalencia. No obstante, el IAS recoge dos excepciones, igual que para empresas dependientes, cuando la inversión se tiene para reventa a corto plazo o cuando no hay obligación de presentar cuentas consolidadas porque hay una matriz superior que realiza consolidado bajo normas NIIF. En el primero de los casos, que es idéntico a la exención recogida en la NIC 27 para empresas dependientes, la normativa internacional obliga a que la inversión se valore en el consolidado como disponible para la venta, es decir al fair value. En el caso de que luego no se venda en 12 meses, procede la misma corrección a las cifras comparativas que vimos en el caso anterior. El segundo de los casos refuerza la idea de que se pueden presentar estados financieros individuales solo, siempre que haya por encima una matriz superior que prepara estados financieros consolidados bajo NIIF IAS seminar module 04: Slides

23 Contabilización de Inversiones en asociadas
Adicionalmente, se permite emplear métodos de valoración de inversiones en asociadas alternativos al método de participación cuando la matriz pertenece completa o parcialmente a otra matriz superior, y: Los accionistas minoritarios aprueban la no-utilización del método de participación Ni acciones ni deuda de la entidad cotizan La entidad no tiene previsto emitir acciones o instrumentos de deuda para cotización La matriz superior presenta estados financieros preparados de acuerdo con las NIIF A parte de las dos excepciones que acabamos de ver, hay una más que viene a decir que cuando no parecen haber usuarios externos de la información financiera (porque ni deuda ni acciones cotizan) ¿qué sentido tiene lo de obligar a que haya una matriz superior? ¿estas cuentas bajo NIIF de la matriz superior si tienen que tener las inversiones a más bajo nivel valoradas bajo puesta en equivalencia no no hace falta y se pueden emplear las cuentas consolidadas de la matriz intermedia con habiendo elegido otro método de consolidación? IAS seminar module 04: Slides

24 NIC 31: Inversiones en negocios conjuntos
La norma es aplicable a: La contabilización de inversiones en “joint ventures” a excepción de las inversiones realizadas por empresas de capital riesgo, mutuas, fondos de inversión y otras entidades similares que se considerarán disponibles para la venta (NIC 39) Presentación de la información financiera de activos, pasivos, gastos e ingresos de “joint ventures” en los estados financieros de inversores y participantes La norma es aplicable a “joint ventures” según su definición en la NIC 31 con independencia de la forma jurídica que pueda adoptar Se puede destacar que esta norma NIC no tiene ninguna excepción o exclusión de su ámbito (como lo suelen tener muchas) y por lo tanto es aplicable a cualquier joint venture que entre dentro de la definición que vamos a ver a continuación. IAS seminar module 04: Slides

25 Definiciones clave Una “joint venture” es un acuerdo contractual en el que dos o más partes emprenden una actividad económica bajo control conjunto y exige que las decisiones financieras y operativas se tomen con el consentimiento de todas las partes que comparten el control Control conjunto es el acuerdo por contrato de compartir el control sobre una actividad económica de manera que las decisiones importantes precisarán de la aprobación unánime de todos los participantes Un “participante” es cualquiera de las partes de la “joint venture” que comparte el control sobre la actividad de la misma Inversor es cualquiera de las partes de la “joint venture” que no tiene control sobre la actividad de la misma Vamos a ver como siempre las definiciones claves de este IAS. Se define la joint venture como una relación contractual según la cual se lleva un control conjunto de una actividad. Por favor, prestad atención al hecho de que se exige un acuerdo que condiciona la relación entre los socios y obliga a compartir el control. Las joint venture pueden tener dos tipos de socios: Inversor que registrará la inversión en sus libros como si fuese asociada, si llega a tener influencia significativa, y si no como cualuier otro activo financiero bajo la NIC 39. Participante; que dispone del control conjunto. Más adelante vamos a ver como se registra su participación en la joint venture en función del tipo de colaboración establecido. Hacer referencia a dibujo. IAS seminar module 04: Slides

26 Convenio contractual Puede adoptar cualquier forma jurídica
Suele tratar temas como: La actividad, duración y las obligaciones que tiene la “joint venture” de aportar información El proceso de nombramiento del Consejo de Administración, o cualquier otro cuerpo de gobierno, de la “joint venture” y los derechos de voto de los socios Las aportaciones de capital de los socios, y Proporciones de reparto entre los socios de la actividad, los ingresos, los gastos o los resultados del “joint venture” Como ya hemos dicho, el hecho de que haya un contrato que establezca la gestión conjunta es lo que define la joint venture y la destingue de una empresa asociada o dependiente. Actas, contrato, estatutos, etc. El objetivo del contrato es dejar claro que la gestión de la joint venture es conjunta y para ello tiene que tocar determinados aspectos especificados por el IAS (actividad, quien nombra al organo de administración, que funciones cumple cada uno, etc.) Es posible que haya nombrado un operador de la joint venture, y puede ser tanto inversor como participante, pero este operador no será el que tenga el control porque si lo tiene no es una joint venture. Tiene que haber gestión conjunta. IAS seminar module 04: Slides

27 Tres tipos de “joint venture”
Operaciones controladas conjuntamente Activos controlados conjuntamente Entidades controladas conjuntamente Dentro de la definición que hemos visto de joint venture, el IAS distingue tres tipos: Operaciones Activos Entidades Y vamos a ver cada una de estas categorías en más detalle. IAS seminar module 04: Slides

28 Operaciones controladas conjuntamente
En este caso los socios utilizan sus propios activos y recursos en lugar de establecer una entidad o estructura financiera específica La NIC 31 obliga al socio a registrar en sus libros: Los activos que controla y los pasivos en los que incurre, y Los gastos que le ocasionan las operaciones controladas conjuntamente y la proporción de ingresos que obtiene de la venta de bienes o servicios por el “joint venture” En este caso hay dos o más colaboradores que llegan al acuerdo de trabajar juntos y no se establece una entidad nueva ni se pone en común elementos patrimoniales. Es el caso por ejemplo de fabricantes de aviones. Cada uno tiene sus activos, pasivos, gastos e ingresos personales y los registra en sus libros. Por lo tanto, no habrá contabilidad especial de la joint venture ni ningun tipo de consolidación con los socios. Está todo en los libros individuales. No obstante, no es improbable que se elaboren informes de gestión de la colaboración. IAS seminar module 04: Slides

29 Activos controlados conjuntamente
La NIC 31 obliga al socio que registre en sus libros: Su proporción de los activos controlados conjuntamente que sean de su propiedad. Dichos activos serán clasificados de acuerdo con la naturaleza de los mismos Cualquier pasivo en el que incurra individualmente Su proporción de los pasivos incurridos conjuntamente con los otros socios La parte correspondiente de los ingresos del negocio conjunto, junto con su proporción de cualquier gasto incurrido por la “joint venture” Cualquier gasto en el que haya incurrido individualmente en relación a su participación en la “joint venture” En este caso habrá una propiedad conjunta sobre determinados activos aunque no se llegue a constituirse ningún tipo de entidad para gestionarlos. Muy normal en la industria de extracción de petróleo donde las tuberías de conducción se compran y usan entre varios extractores, pagando cada uno de ellos en función del uso que hagan de la tubería También es frecuente el caso de más de un propietario de un inmueble que se reparten las rentas obtenidas. Al igual que en el caso anterior, los elementos pertenecientes a cada uno están recogidos en sus libros individuales y por lo tanto, no hay necesidad de contabilidad de la joint venture ni de métodos de consolidación. No obstante, probablemente llevará informes de gestión/control y estado de ingresos y gastos. IAS seminar module 04: Slides

30 Entidades controladas conjuntamente
Tratamiento de referencia: Consolidación proporcional La participación en activos, pasivos y ingresos y gastos de la entidad conjuntamente controlada tiene que ser incluida en los estados financieros del socio cuenta a cuenta. Si la inversión en la entidad se mantiene exclusivamente para la reventa a corto plazo, se valorará según la NIC 39 En este tipo de joint ventures se llega a constituir una entidad (empresa o no) para instrumentar la joint venture. Muy frecuente en empresas que empiezan a establecerse en el extranjero. Los elementos patrimoniales están a nombre de la entidad nueva y tendrá ingresos y gastos propios. Por lo tanto tiene contabilidad. En las cuentas individuales del socio figurarán el efectivo o activos entregados a la joint venture y en las cuentas consolidadas se incluirán: Mediante método de integración proporcional (o suma de líneas o línea por línea) o puesta en equivalencia. Hay un amplio colectivo de gente que cree que no se deben mezclar los activos propios con aquellos controlados conjuntamente y que en realidad es difícil llegar a la gestión conjunta. Si bien, la Board no está de acuerdo y piensa que integración proporcional es lo que mejor imagen fiel da, si acepta como método alternativo el de puesta en equivalencia. IAS seminar module 04: Slides

31 Exenciones No aplicará el método de consolidación proporcional ni el método de participación, cuando: El interés en el negocio conjunto es temporal ya que la inversión cumple las características de un activo dispuesto para la venta según NIIF 5, o Se cumplen los requisitos de la NIC 27 para no presentar estados financieros consolidados, o El participante pertenece completa o parcialmente a una matriz superior y los accionistas minoritarios aprueban la no aplicación de dichos métodos, siempre que: Ni acciones ni deudas del participante cotizan en Bolsa El participante no tiene previsto emitir acciones ni deuda cotizable La matriz superior presenta estados financieros de acuerdo con las NIIF Vemos que las exenciones son una replica de las exenciones que vimos para empresas asociadas en el módulo anterior. IAS seminar module 04: Slides


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