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Publicada porAlmudena Buitron Modificado hace 10 años
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Síntesis del Documento: “Nuevo Sistema Retributivo de IBERIA” CAAVE Cúpula Asociativa de las Agencias de Viajes Españolas 1 de enero 2004 a 31 diciembre 2006 CAAVE CAAVE
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ÍNDICE ..... PAG. Retribución Agencias de Viajes .....3
Comisiones básicas Cargos por emisión Incentivos a 8 Cargos por otros servicios Contenido Acta de la Comisión Mixta CAAVE/IBERIA celebrada el /11 Tabla comparativa de rentabilidad Operativa de cargos por emisión a través de SAVIA/AMADEUS Cobro de los cargos por emisión Formas de cobro de los cargos por emisión a 22 Cash Crédito T.A.S.F a 22 Recomendaciones sobre facturación a 26 Emisión de factura Tipo de Gravamen Agencias establecidas en Canarias, Ceuta y Melilla CAAVE CAAVE
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RETRIBUCIÓN AGENCIAS DE VIAJES
COMISIONES BÁSICAS CARGOS POR EMISIÓN (S. F.) INCENTIVOS OTROS SERVICIOS CAAVE
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COMISIONES BÁSICAS COMISIÓN BÁSICA: sobre el precio fijado por Iberia para cada uno de sus productos: 1 Enero a 30 Junio % 1 Julio a 31 Diciembre % 1 Enero a 30 Junio % 1 Julio 2005 a 31 Diciembre % CAAVE
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CARGOS POR EMISIÓN Tabla de cargos por emisión que, con validez 1 de enero de diciembre 2006, IBERIA cobrará a los pasajeros en sus canales de venta directa. Esta tabla no sufrirá modificación, salvo variación significativa en las condiciones de la intermediación. La definición de las condiciones que pueden considerarse aptas para producir esas modificaciones, más la definición de lo que son “ofertas especiales” serán acordadas en Comisión Mixta antes del 31 de diciembre. *.- T.negocio: Doméstico y Europa: bussines y turista completa: Internacional: firts, bussines y turista completa *.- T. Promocionales: resto de tarifas CAAVE
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INCENTIVOS Variables: Por destinos internacionales
Por promoción y venta del producto IBERIA Sobre billetes electrónicos emitidos: 1,5.-€ por O.D. (origen destino) desde 1º Enero a 31 Diciembre de 2004. 1.-€ por O.D. desde 1º Enero a 31 Diciembre de 2005. CAAVE
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POR DESTINOS INTERNACIONALES
INCENTIVOS POR DESTINOS INTERNACIONALES Es el resultado de aplicar un % a los ingresos incentivables netos internacionales de cada período de liquidación. Es variable en función del crecimiento de los ingresos brutos internacionales emisores acreditados. Porcentajes según el crecimiento: Menor 0% Entre el 0%y el 15%... se calculará dividiendo 3% entre 15% Mayor al 15% % Se liquidará al final de cada año, mediante ACM del BSP a un único código IATA por Agencia, a los 75 días desde el cierre del último mes del período a liquidar. CAAVE
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INCENTIVOS POR PROMOCIÓN Y VENTA DEL PRODUCTO IBERIA
Porcentaje fijo, basado en el volumen de ingresos brutos emisores acreditados, sobre los ingresos incentivables netos totales de la Agencia en el año 2004. 0,3% menor a € 0,4% entre y € 0,5% entre y € 0,6% entre y € 0,7% entre y € 0,8% entre y € 1,0% entre y € 1,2% mayor o igual a € Siempre que la Agencia cumpla las condiciones sobre IBERIA PLUS, BILLETE ELECTRÓNICO, EMPRESAS, IMAGEN DE MARCA, PRESCRIPCIÓN Y CALIDAD (detalladas en el Anexo C del Contrato). CAAVE
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CARGOS POR OTROS SERVICIOS
Iberia cobra, desde el pasado 1 de noviembre, a sus clientes directos, los siguientes cargos por los servicios que presta en los distintos canales de su propia venta directa. SERVICIO IMPORTE Por envío de billetes a domicilio 5 € POR ENVÍO Por emisión de duplicados de billetes extraviados 30 € POR CADA DUPLICADO Por PTA´S a destinos que no permiten el billete electrónico 35 € MÁS LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES Por PTA´S a destinos que sí permiten el billete electrónico 50 € MÁS LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES Por reemisiones solicitadas por el pasajero excepto en caso de billetes electrónicos. 12 € Por reembolsos voluntarios de tarifas que lo permitan. CAAVE
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CONTENIDO ACTA COMISIÓN MIXTA 19.11.2003 (1)
Iberia expone que, de acuerdo con la filosofía del nuevo modelo de relación económica, desde 1º Enero 2004 y como medida para preservar la estabilidad del mercado y atendiendo al coste del servicio efectuado, cobrará a sus clientes directos cargos por los servicios de emisión o gestión, que preste en los distintos canales de su propia venta directa. Iberia acepta asumir los costos de transacción que cargue el BSP originados por la implantación del nuevo sistema. Iberia facilitará el acceso a las Agencias de Viajes a cualquier sistema de reservas en igualdad de condiciones que la propia Compañía. Si algún sistema exigiese costos especiales, Iberia lo comunicará a las Agencias de Viajes a efectos de que éstas puedan negociar el asumir, total o parcialmente, esos costos. Iberia reconoce explícitamente en el contrato que la Agencia actúa como intermediaria entre Iberia y el cliente final, y que su relación está sujeta a la ley 12/1992 de 27 de Mayo, sobre contrato de Agencia. Iberia expresa su compromiso de desarrollar políticas de lealtad, transparencia y colaboración comercial favorables a las Agencias de Viajes, para evitar situaciones de conflicto. En Comisión Mixta se identificaran esas situaciones. Indicará en todas sus campañas comerciales que las mismas condiciones pueden obtenerse en las Agencias de Viajes. CAAVE
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CONTENIDO ACTA COMISIÓN MIXTA 19.11.2003 (2)
Incluirá en la publicidad de sus productos, cuando aparezca sólo la tarifa de transporte, una referencia apuntada mediante asterisco o signo similar, que indique que al precio publicitado deberán añadirse impuestos y cargo por emisión. Aplicará en su venta directa a clientes, criterios de comercialización y marketing no discriminatorios o que representen una desventaja para las Agencias de Viajes. Realizará una amplia campaña divulgativa donde se traslade información suficiente a los consumidores sobre el nuevo sistema de comercialización. Las bases generales de esa campaña serán consensuadas en Comisión Mixta. Iberia se compromete a actuar ante IATA y en todos los foros pertinentes para obtener en el plazo más breve posible la inclusión en el billete (en una casilla específica) de los cargos por emisión. Se compromete a tener disponible el 1 de enero de 2004 el nuevo sistema mecanizado de emisión de billetes y liquidación a través del BSP, que no añadirá complejidad al sistema actual. Al mismo tiempo, se compromete a actuar ante AMADEUS y otros GDS´ para conseguir, en el plazo más breve posible, la mecanización total de los procesos administrativos y de emisión derivados del nuevo sistema. IBERIA confirma la posibilidad de realizar el cobro del billete aéreo más el cargo por emisión, realizando un sólo pase de la tarjeta de crédito por el terminal correspondiente. Iberia se compromete a estudiar, en un grupo ad hoc con CAAVE y las Asociaciones de Agencias de Baleares y Canarias, las peculiaridades de dichas regiones, su régimen fiscal y la influencia o repercusión que la implantación del nuevo modelo pueda tener sobre las agencias en dichas áreas. CAAVE
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TABLA COMPARATIVA DE RENTABILIDAD
* % calculados sobre ingresos brutos totales CAAVE
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OPERATIVA DE CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS
IMPORTANTE: esta nueva funcionalidad es gratuita y estará operativa en Amadeus de forma OPCIONAL, sólo disponible para la emisión de billetes con placa IBERIA. Las Agencias que deseen que la inclusión del cargo por emisión en el sistema sea siempre obligatorio para la emisión de todos los billetes de IBERIA, deberán remitir a SAVIA-AMADEUS el formulario, cuyo modelo se adjunta en el documento completo. Para conocer la referencia de los cargos por emisión cobrados por IBERIA Al cotizar una reserva creando un TST: o Dependiendo del tipo de billete: FXP/R, VC-IB/PT ó FXP/R, VC-IB/ET o Si el sistema ofrece más de una tarifa para un PNR, escoger la tarifa deseada mediante FXTxx, donde xx es la posición de la tarifa en la lista. El sistema devolverá la tarifa escogida con la referencia del cobro por emisión (S.F.) de IBERIA. Al cotizar una reserva sin crear un TST: o Dependiendo del tipo de billete: FXX/R, VC-IB/PT ó FXX/R, VC-IB/ET o Si el sistema ofrece más de una tarifa para un PNR, escoger la tarifa deseada mediante FQQxx, donde xx es la posición de la tarifa en la lista. El sistema devolverá la tarifa escogida con la referencia del cobro por emisión de IBERIA. CAAVE
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COBROS DE LOS CARGOS POR EMISIÓN
Pruebas realizadas en Savia/Amadeus a CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (1)
Inclusión del Cargo por emisión (Suplido) Se realizará mediante la introducción del cargo por emisión determinado por el Agente (en función de tarifa, recorrido y tipo de cliente, en su caso), en la actual línea de forma de pago. Dicha introducción deberá ser realizada manualmente hasta su automatización total, prevista para el primer semestre de 2004. Introducción del cargo por emisión de la Agencia en Amadeus: con la introducción del cargo por emisión se emitirá automáticamente un cupón de cargos con el precio total del billete desglosado en: tarifa, tasas/impuestos y cargo por emisión. El cargo por emisión de la agencia SIEMPRE se aplicará en la forma de pago Para pago de billete y tasas en efectivo y cargo por emisión (SF) en efectivo: o FPCASH, +SFCA,/EUR20.00 (ó cualquier otra cantidad) Para pago de billete y tasas con tarjeta y cargo por emisión (SF) en efectivo: o FPCCVI, número tarjeta / fecha caducidad +SFCA,/EUR20.00 Para pago de billete y tasas con tarjeta y cargo por emisión (SF) con tarjeta: o FPCCVI, número tarjeta / fecha caducidad +SFCCVI,/EUR20.00 Para pago de billete y tasas en efectivo y cargo por emisión (SF) con tarjeta: o FPCASH, +SFCCVI, número tarjeta / fecha caducidad /EUR20.00 Para otras formas de pago, consultar manual completo de SAVIA AMEDEUS. En caso de no cobrar cargo por emisión y tener configurada su oficina con cargo por emisión obligatorio, introducir la nueva transacción con valor 0 (+SFCA,/EUR0.00) opcional, no es necesario incluir la nueva transacción de cargo por emisión . Si se introduce un cargo por emisión = 0, el sistema no emitirá el cupón de cargos. CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (2)
T.A.S.F. (TRAVEL AGENCY SERVICE FEE), A TRAVÉS DE LA SOLUCIÓN DE IATA/BSP. - RP/MADIB0986/ 1.COBRO/EMISION 2 IB 216 Y 01JAN 4 MADAGP HK E 0 M SEE RTSVC 3 AP AGT 4 TK OK21OCT/MADIB0986 5 FV PAX IB/S2 -FP CASH,+/SFCA (Datos de forma de pago a incluir por el agente) TTP1 CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS DEL TASF: Es voluntario para los Agentes de Viajes. Se crea con un estándar mundial. El sistema será operativo previa solicitud de la Agencia a IATA/BSP y firma del contrato entre la Agencia e IATA. Estará disponible por parte de los GDS a partir de las siguientes fechas: SAVIA/AMADEUS de enero de 2004 GALILEO º trimestre de 2004 SABRE º trimestre de 2004 WORLDSPAN º trimestre de 2004 CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (3)
FACILIDADES DEL TASF: Evita duplicar el proceso de automatización Permite la firma de un único CCCF por parte del pasajero Permite el cobro de los cargos por emisión con la misma tarjeta con que se paga el billete, incluso si el agente no tiene contrato con la Entidad Emisora. Permite a los emisores de tarjetas, vincular el cargo por emisión al billete original en el extracto del titular Simplifica la gestión de cobro, al unificar en un único importe, el total de transacciones del período con todas las tarjetas de crédito, incluyendo retrasos. Proporciona una reconciliación de todas las cantidades cobradas y facilita la integración de estos movimientos en el back-office de las Agencias CAAVE
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OPERATIVA DEL COBRO DEL TASF:
FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (4) OPERATIVA DEL COBRO DEL TASF: Una única operación que genera el campo y devuelve en el PNR. Dos autorizaciones simultáneas de cargo contra la tarjeta del cliente por el importe del billete y por el del cargo por emisión de la Agencia de Viajes. Un único CCCF que evita la duplicidad de tareas Datos del MPD TASF Importe TASF CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (5)
OPERATIVA DE CARGOS POR EMISIÓN DEL TASF: Los cargos por emisión se envían en un fichero periódico al DPC, junto al resto de transacciones del B.S.P. Estos se recogen en las liquidaciones como MPD´s virtuales emitidos por IATA/BSP. CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (6)
OPERATIVA DE CARGOS POR EMISIÓN DEL TASF: El DPC transmite a IATA un fichero con todas las transacciones TASF. Dicha información es remitida, a su vez, a cada Entidad de Crédito, por medio de BANESTO que actúa como Merchant. IATA cobra los importes correspondientes, acordados con BANESTO, previa reducción de las tasas de descuento, y recibe cargos por las transacciones rechazadas. Las deducciones y rechazos son totalizados e incluidos en la liquidación del Agente por medio de un ADM. CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (7)
OPERATIVA DE CARGOS POR EMISIÓN DEL TASF: IATA remite información de conciliación con el desglose de las cantidades cobradas y deducidas. El importe a cobrar se incluye dentro de la liquidación de B.S.P. CAAVE
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FORMAS DE COBRO DE LOS CARGOS POR EMISIÓN A TRAVÉS DE SAVIA/AMADEUS (8)
TASAS DE DESCUENTO ACORDADAS CON BANESTO: ENTIDAD TIPO DE DESCUENTO VISA % MASTERCARD % AMERICAN EXPRESS ,45% DINNERS ,75% + 0,60.-€ SOLICITUD DE ADHESIÓN AL SISTEMA: Se realizará mediante carta de adhesión a IATA/BSP, cuyo modelo se incluye en el documento completo para aquellas agencias que así lo deseen. CAAVE
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RECOMENDACIONES SOBRE FACTURACIÓN
El nuevo sistema retributivo que entrará en vigor en 2004 representa una modificación de la relación existente entre IBERIA y las Agencias de Viajes. A partir de ahora, las Agencias podrán percibir de sus clientes (viajeros) una contraprestación por los servicios de gestión y adquisición de los billetes de IBERIA. Además, las Agencias seguirán percibiendo de IBERIA unas comisiones básicas, que irán decreciendo hasta situarse en el 1% en 2006, y unos incentivos variables condicionados a la consecución de determinados objetivos. Consultada la Dirección General de Tributos acerca de la naturaleza jurídica de la relación entre las Agencias y sus clientes, la respuesta es que dicha relación debe ser calificada de comisión de compra. La consecuencia inmediata de esta calificación, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), es que los servicios prestados por las Agencias a IBERIA (comisión de venta) y los prestados a los viajeros (comisión de compra), quedarán sometidos al mismo régimen de sujeción y/o exención que el servicio de transporte al que se refieren. Los servicios prestados por las Agencias al viajero (comisión de compra), cuando se trate de vuelos con origen o destino fuera del ámbito de aplicación del IVA (Península y Baleares), quedarán exentos. Los servicios prestados por las Agencias al viajero (comisión de compra), cuando se trate de vuelos con origen o destino dentro del ámbito de aplicación del IVA (Península y Baleares), quedarán sujetos. Los servicios prestados por las Agencias a IBERIA (comisión de venta) están sometidos al mismo régimen de sujeción o exención del IVA que ya hemos mencionado para la comisión de compra. Hemos de hacer mención a la publicación, el pasado 29 de noviembre del Real Decreto 1496/2003 (R.D.) que regula las obligaciones de facturación que afectan a todos los empresarios y profesionales. Dicho R.D. incluye una Disposición Adicional (D.A.) específica para las Agencias de Viajes cuando actúan como intermediarios en nombre y por cuenta de las Líneas Aéreas. El contenido de este R.D., juntamente con la definición de la Agencia como comisionista de compra en nombre del viajero y su repercusión en el nuevo sistema retributivo, origina unas nuevas obligaciones en materia de facturación que reseñamos en esta síntesis y que están desarrolladas en el documento completo. CAAVE
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EMISIÓN DE FACTURAS 1.- Factura a cargo de IBERIA por las comisiones percibidas. El nuevo sistema, por lo que se refiere a las relaciones de facturación entre IBERIA y las Agencias, no representa modificación alguna. La actual operativa seguida por el BSP se mantendrá en el futuro. 2.- Factura a cargo del cliente. Cargos por emisión (Service fee) Ejemplos: - Factura completa emitida cuando se trate de cliente-empresa (sujeto pasivo IVA). - Factura completa emitida cuando no sea sujeto pasivo IVA. - Notas aclaratorias. 3.- Factura del servicio de transporte al viajero Obligatoriedad de emisión de las facturas. Contenido de las facturas a emitir. Posibilidad de incluir en estas facturas los cargos por emisión (service fee) y otros posibles gastos repercutidos al cliente. Anotación de estas facturas en el libro de facturas emitidas. Declaración anual de operaciones efectuadas con terceras personas (modelo 347). Problemas sobrevenidos a las Agencias como consecuencia de las exigencias de información contenidas en los puntos d) y e) anteriores. 4.- El tipo de gravamen aplicable a los cargos por emisión cargados a los viajeros. 5.- Agencias establecidas en Canarias, Ceuta y Melilla CAAVE
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TIPOS DE GRAVAMEN SERVICIO TRANSPORTE COMISIÓN VENTA
COMISIÓN POR EMISIÓN Vuelos con origen y destino Península y Baleares Sujeto al 7% Sujeto al 16% Vuelos con origen o destino fuera de la Península y Baleares Exento CAAVE
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AGENCIAS ESTABLECIDAS EN CANARIAS, CEUTA Y MELILLA
DOMICILIO AGENCIA TIPO TRANSPORTE AÉREO TRIBUTACIÓN Canarias Inter.-Canarias. Resto Sujeto al IGIC 5% Exento de IGIC Ceuta Todos Exento del IPSI Melilla CAAVE
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