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1 Página 1 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Oviedo, 24 de Julio de 2006 Plan Funcional de un Centro de Investigación Biosanitaria en el Principado de Asturias Plan Organizativo y Jurídico

2 Página 2 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice 3 12 14 24 38

3 Página 3 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del futuro Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice

4 Página 4 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico La evolución de la investigación sanitaria tiende en los últimos años hacia la agrupación de investigadores e infraestructuras en centros especializados…. 20002001200220032004 VI Programa Marco Acciones internas específicas para estructurar los centros de investigación biomédica en el entorno del Sistema Nacional de Salud Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007) Se contempla la promoción de institutos multidisciplinares y multiinstitucionales 20052006 National Health and Medical Research Council (Australia) National Institutes of Health (USA) Canadian Institutes of Health Research (Canadá) VII Programa Marco de la Unión Europea Creación de centros europeos de excelencia O.M. SCO/709/2002 Desarrollo de Redes Temáticas de Investigación Cooperativa Ley de cohesión y calidad del SNS Creación de los CIBER Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación (PCTI) de Asturias (2006-2009)

5 Página 5 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico …….Siguiendo las tendencias y modelos organizativos en el campo de la investigación biomédica, tanto a nivel nacional como internacional Mejorar la coordinación de programas de investigación nacionales Creación de Institutos de Investigación para fomentar la colaboración y la investigación en grupo Creación de redes temáticas de investigación cooperativa Investigación coordinada entre equipos de ámbito nacional e internacional Definición de clusters de investigación: Bioregiones Acciones específicas para estructurar e incentivar la colaboración entre centros de investigación biomédica en el entorno del Sistema Nacional de Salud (SNS) TENDENCIAS EN INVESTIGACIÓN Creación de centros europeos de excelencia con amplia colaboración entre instituciones Creación de CIBER´s Incorporación de los investigadores al sector público Modelos funcionales en centros de investigación

6 Página 6 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Centro de Investigación Médica Aplicada (CIMA) de Navarra está gestionado por la Universidad de Navarra a través de una Fundación Organizaciones que lo integran Facultades de Medicina, Farmacia y Ciencias de la Universidad de Navarra Clínica Universitaria de la Universidad de Navarra Centro de Investigación en Farmacobiología Aplicada de la Universidad de Navarra Gestiona La Universidad de Navarra a través del FIMA (Fundación para la Investigación Médica Aplicada) Fórmula organizativa FIMA con un Patronato CIMA con un Director al frente

7 Página 7 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Instituto de Investigaciones Biomédicas August Pi i Sunyer (IDIBAPS) se organiza mediante un Consorcio constituido por diversas instituciones Organizaciones que lo integran Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DURSI) Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona Hospital Clínico Provincial de Barcelona Instituto de Investigaciones Biomédicas de Barcelona del CSIC (IIBB-CSIC) Gestiona La Fundación Clínic para la Investigación Biomédica Órgano rector Junta de Gobierno: Presidente: Director General de Investigación de la Generalitat de Cataluña (DURSI). Vicepresidente: Director del Instituto de Investigaciones Biomédicas de Barcelona- CSIC. Vocales: Director del IDIBAPS y Director General del Hospital Clínic de Barcelona Coordinador Institucional del CSIC en Cataluña Decana de la Facultat de Medicina de la Universitat de Barcelona Director Agència d'Avaluació i Tecnologia Mèdica Director Médico del Hospital Clínic de Barcelona Vicerrector de Política Científica de la Universitat de Barcelona Director de Investigación del Hospital Clínic de Barcelona Secretario Fórmula organizativa Consorcio

8 Página 8 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO) del Instituto de Salud Carlos III es una Fundación Gestiona El CNIO Órgano rector Patronato: Presidente: Ministra de Sanidad y Consumo Vocales natos: Secretario General de Salud, Ministerio de Sanidad y Consumo Secretario General de Política Científica y Tecnológica, Minist. Educación y Ciencia Director, Instituto de Salud Carlos III Director General, Dpto. Sociedad del Bienestar, Presidencia del Gobierno Presidente del Consejo Asesor de Salud, Ministerio de Sanidad y Consumo Directora de Planificación y Ordenación Sanitaria, Dpto. de Sanidad del País Vasco Dir. General Coordinación Sanitaria, Participación y RRII de la C.A. de Madrid Director General de Asistencia Sanitaria, Comunidad Autónoma de Castilla y León Vocales electivos: Coordinador, Plan Nacional del Cáncer Director, Centro de Investigación del Cáncer Jefe de Servicio de Oncología, Hospital Vall d'Hebron Secretario: Subdirector General de Investigación Sanitaria, Instituto de Salud Carlos III Fórmula organizativa Fundación

9 Página 9 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Centro de Regulación Genómica (CRG) de Barcelona es una Fundación Organizaciones que participan Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DURSI) Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona Hospital Clínico de Barcelona Instituto de Investigaciones Biomédicas de Barcelona del CSIC (IIBB-CSIC) Gestiona El CRG Órgano rector Junta de Gobierno: Presidente: Director General de Investigación de la Generalitat de Cataluña (DURSI). Vicepresidente: Director del Instituto de Investigaciones Biomédicas de Barcelona- CSIC. Vocales: Director del IDIBAPS y Director General del Hospital Clínic de Barcelona Coordinador Institucional del CSIC en Cataluña Decana de la Facultat de Medicina de la Universitat de Barcelona Director Agència d'Avaluació i Tecnologia Mèdica Director Médico del Hospital Clínic de Barcelona Vicerrector de Política Científica de la Universitat de Barcelona Director de Investigación del Hospital Clínic de Barcelona Secretario Fórmula organizativa Acuerdo entre las instituciones

10 Página 10 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico La Fundación Instituto Mediterráneo para el Avance de la Biotecnología y la Investigación Sanitaria pretende ser el foco de unión de los recursos y esfuerzos en investigación de los principales actores de la Sociedad del Conocimiento de Málaga Docencia e Investigación Innovación Asistencia, Docencia e Investigación

11 Página 11 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico CIC bioGUNE (País Vasco) es una asociación sin ánimo de lucro que desarrolla su actividad en las principales áreas de la biotecnología aplicada a la salud SOCIOS JUNTA DIRECTIVA Presidenta: Fundación BIO, Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco Vicepresidente: Centro Tecnológico GAIKER Secretario: NorayBio Vocales: Innovación y Promoción Económica, Diputación Foral de Bizkaia Universidad del País Vasco Centro Tecnológico AZTI Progenika/Proteomika Mondragón Corporación Cooperativa ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

12 Página 12 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del futuro Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice

13 Página 13 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los centros, áreas, grupos que se integrarán en el futuro Centro de Investigación Biosanitaria del Principado de Asturias tienen actualmente vinculaciones jurídicas distintas, debiéndose encontrar la fórmula jurídico y organizativa más adecuada para su integración efectiva Oficina de Investigación Biosanitaria Sin titularidad jurídica propia, depende de la FICYT, Fundación privada sin ánimo de lucro. Se crea en el marco de un convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios y la FICYT. REPRESENTACIÓN EN LA FICYT 60% Gobierno Principado de Asturias 20% Universidad de Oviedo 20% empresas protectoras Centro Comunitario de Sangre y Tejidos Pertenencia a la Cruz Roja, organización sin ánimo de lucro. Por acuerdo entre la Cruz Roja y la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, se prevé la conversión del Centro en entidad pública antes del fin de la legislatura Instituto Universitario de Oncología Unidad de Investigación propia de la Universidad de Oviedo. Adscrito al Vicerrectorado de Investigación y Relaciones con la Empresa. Los grupos y unidades de investigación del IUOPA están distribuidos por los distintos departamentos de la Universidad y hospitales del Principado de Asturias. Grupos de investigación prioritarios Adscripción de los investigadores a distintos tipos de organismos, fundamentalmente hospitales de la Red Sanitaria de Utilización Pública del Principado de Asturias. SITUACIÓN ACTUAL

14 Página 14 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del futuro Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice

15 Página 15 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Ante la diversidad de vinculaciones jurídicas, será preciso que la fórmula que se adopte permita la integración organizativa de las organizaciones, áreas o grupos de investigación que integran el Centro Un vínculo jurídico que ampare la asociación Una estructura organizativa con director científico y órgano de gobierno colegiado Una estructura única de gestión de la investigación ¿Fundación? ¿Consorcio? ¿Ente empresarial? ¿Convenios de colaboración?

16 Página 16 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Bajo las premisas anteriores, cabrían las siguientes posibilidades… DAR AL CENTRO PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA Constitución de un Consorcio, una Fundación o un Ente Empresarial El Centro tendría personalidad jurídica propia La OIB puede adquirir personalidad jurídica propia 1 DAR A LA OIB PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA Constitución de la OIB como Fundación La OIB gestiona toda la investigación Firma de un Convenio de colaboración entre la OIB y las instituciones implicadas 2 Elaboración de encomiendas y cláusulas administrativas

17 Página 17 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico SESPA En el primer escenario, los centros o grupos que formarán parte del Centro de Investigación Biosanitaria, formarán un Consorcio o Fundación ESCENARIO 1 SITUACIÓN ACTUAL SITUACIÓN FUTURA La OIB se desvincula de la FICYT La OIB pasa a depender de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios Centro Comunitario de Sangre y Tejidos (Cruz Roja) (Universidad de Oviedo) Otras instituciones Formación de un Consorcio/ Fundación Los distintos miembros del Centro conforman un Consorcio o una Fundación

18 Página 18 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El primer escenario, que otorgaría personalidad jurídica propia al Centro, se podría abordar con distintas posibilidades organizativas ESCENARIO 1 CONSORCIO FUNDACIÓN Entidades jurídico propias, de carácter asociativo y naturaleza voluntaria, con personalidad jurídica plena e independiente de la de sus miembros Organizaciones que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general Definición ENTE PÚBLICO EMPRESARIAL Con personalidad jurídica propia, permite mantener la identidad jurídica y económica de sus miembros Derecho administrativo Derecho privadoRégimen jurídico Derecho privado Junta General o Consejo de Gobierno PatronatoÓrgano rector Según su ley de creación específica Laboral, en su mayor parte LaboralRégimen personal Laboral Público MercantilRégimen contable Público (con adaptación a la legislación mercantil) Asociativo Patrimonio afectado a finalidadCarácter Capitalista Convenio, excluido de LCAP LCAP Concierto con la administ. sanitaria Puede quedar excluido de la LCAP Bienes y servicios LCAP. Resto derecho privado Derecho civil y mercantil Régimen contratación con terceros Derecho civil y mercantil (con publicidad y concurrencia) Auditoría Control económico Auditoría Independientemente de la fórmula adoptada, la Oficina de Investigación Biosanitaria podría constituirse como Fundación dependiente de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, con poder de firma y capacidad para gestionar las actividades que tiene encomendadas.

19 Página 19 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico La elección del tipo de fórmula jurídica a adoptar para la creación del futuro Centro de Investigación Biosanitaria dependerá en todo caso del carácter que se quiera primar en la entidad CONSORCIO FUNDACIÓN ENTE PÚBLICO EMPRESARIA L Si se desea reforzar el aspecto asociativo y participativo de la entidad Si desea garantizar la ausencia de ánimo de lucro y la repercusión de los excedentes en la mejora del servicio pero desde una perspectiva más privatista de la gestión Si las restricciones de algunos aspectos derivados del derecho público no se consideran un inconveniente Cualquiera de estas fórmulas permiten mantener la titularidad pública del servicio, la transparencia derivada de ello y a la vez establecer un marco de gestión más flexible y coordinado ESCENARIO 1 Los tres tipos de fórmulas consorcial, fundacional o societaria posibilitan que sus operaciones se puedan desarrollar de acuerdo con las normas que rigen cualquier empresa privada: Pueden “comerciar” con sus productos y servicios en el mercado Pueden tener ingresos por ello y contar, por tanto, con una inestimable fuente de financiación complementaria Pueden contratar personal de acuerdo con la legislación laboral (Estatuto de los Trabajadores) y los convenios colectivos del sector

20 Página 20 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico SESPA El segundo escenario, por el que únicamente la Oficina de Investigación Biosanitaria se convertiría en Fundación, adoptando personalidad jurídica propia, tendría las siguientes implicaciones… ESCENARIO 2 SITUACIÓN ACTUAL SITUACIÓN FUTURA La OIB se desvincula de la FICYT La OIB pasa a depender de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios La OIB firma convenios con cada una de las partes implicadas Centro Comunitario de Sangre y Tejidos (Cruz Roja) (Universidad de Oviedo) Otras instituciones

21 Página 21 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico La decisión sobre el tipo de vínculo jurídico del Centro dependerá de algunos factores a considerar Si la OIB se convierte en una Fundación, y asume la gestión del Centro ¿FUNDACIÓN? ¿CONSORCIO? UNA FUNDACIÓN GESTIONA UN CONSORCIO  Debe proteger los frutos/ rentas del Centro de Investigación Biosanitaria.  Los convenios de colaboración recogen los acuerdos alcanzados por las partes respecto de la titularidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial.  Cada convenio determina la compensación que corresponderá a la OIB por las labores de gestión del proyecto.

22 Página 22 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico  Participación en un proyecto de liderazgo de la investigación biomédica en Asturias.  Acceso a fuentes de financiación de la investigación en el ámbito sanitario más próximo.  Incremento de las posibilidades de investigación cooperativa.  Acceso a infraestructuras y dotación de espacios.  Acceso a convocatorias propias de la Oficina de Investigación Biosanitaria: personal (becarios), proyectos, etc.  Mayor acceso a fondos de financiación nacionales, internacionales, públicos y privados.  Acceso a la incubadora de empresas.  Utilización del Centro de Investigación Biosanitaria con fines de docentes.  Favorece la proximidad de los grupos de investigación. Para los grupos de investigación, la constitución de un Centro de este tipo constituye una oportunidad de mejora en el acceso a la financiación y a recursos actualmente no disponibles  Pérdida de la gestión de una proporción de gastos de administración que forman parte de la financiación otorgada en los proyectos de investigación.  Reducción de la tesorería.  Puede producir (aunque no necesariamente) una pérdida de protagonismo por parte del centro al que pertenece el grupo de investigación. VENTAJAS INCONVENIENTES

23 Página 23 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El calendario tentativo de establecimiento del Consorcio y de dotación de personalidad jurídica a la Oficina de Investigación Biosanitaria sería el siguiente… CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES JulioAgo.Sept.Oct.Nov.Dic.Ene.Febr.Mar. Entrega del Plan Funcional al Consejero Aprobación de la Fundación Oficina de Investigación Biosanitaria en Consejo de Gobierno Inicio de las negociaciones con la Universidad y demás Centros cuyos grupos de investigación se trasladarán al nuevo Centro de Investigación Biosanitaria Entrega del Plan Funcional a los arquitectos Elaboración del proyecto arquitectónico preliminar Entrega del proyecto arquitectónico preliminar Modificaciones al proyecto arquitectónico Aprobación del proyecto arquitectónico Conformación y firma del Consorcio Acciones publicitarias

24 Página 24 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del futuro Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice

25 Página 25 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Reglamento del Consorcio Centro de Investigación Biosanitaria del Principado de Asturias regula la actividad y su régimen de funcionamiento, con estricto sometimiento a sus Estatutos y a las disposiciones legales que le sean aplicables Los objetivos del Consorcio son liderar proyectos de investigación centrados en patologías con gran prevalencia o que se consideren estratégicamente relevantes, con énfasis en la investigación traslacional. Para ello debe aunar la potencialidad de los grupos de excelencia que trabajan en el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), en la Universidad de Oviedo y el Instituto Universitario Oncológico del Principado de Asturias (IUOPA), el Centro Comunitario de Sangre y Tejidos y en otras instituciones y ámbitos de investigación. 1) Ofrecer servicios, infraestructuras y metodologías de uso común.  Integrar los espacios dedicados a investigación biosanitaria en Asturias.  Unificar en un solo centro los grupos que desarrollen investigación de excelencia en el Principado de Asturias.  Normas comunes de funcionamiento, organización y utilización. 2) Desarrollo de una actividad investigadora multidisciplinar de excelencia con alta repercusión sobre la sociedad asturiana.  Fomento de la creación de grupos y redes interdisciplinares de investigación.  Colaboración con centros, instituciones y empresas privadas o públicas.  Ofrecer asesoramiento técnico a empresas de biotecnología interesadas en ubicarse o desarrollarse en Asturias.  Transferencia rápida y efectiva de la investigación a los ciudadanos de a pie para mejorar su calidad de vida.

26 Página 26 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los objetivos del Consorcio comportan el despliegue de las actividades siguientes… 1)Coordinar la actividad científica en biomedicina que aporten los centros consorciados y los equipos de investigación que lo integran a fin de poner en común sus conocimientos y recursos destinados a la investigación relacionada con las ciencias de la salud en su ámbito de interés específico. 2)Difundir en todos los sectores relacionados con la salud la importancia de la investigación más cualificada, no solamente por su valor intrínseco, sino también como estímulo y garantía del desarrollo y la mejora de la atención sanitaria. 3)Promover la captación de recursos públicos y privados, a fin de obtener medios complementarios a las aportaciones comprometidas por los entes consorciados, para llevar a cabo investigación biosanitaria del más alto nivel. 4)Promover y dar apoyo a la preparación y desarrollo de protocolos de investigación biosanitaria. 5)Relacionar y coordinar la actividad investigadora del Consorcio con centros y entidades homólogas, nacionales y de otros países, y participar en programas de actuación conjunta. 6)Difundir los avances científicos que sean resultado de la actividad del Consorcio a fin de que sean útiles para la comunidad científica. 7)Constituir un marco de referencia en materia de investigación biosanitaria en el área de su competencia. 8)Aportar la valoración científica que sea necesaria para el tratamiento de los problemas de la asistencia sanitaria que se sometan a su consideración y dictar las recomendaciones que considere adecuadas a fin de mejorar sus resultados. 9)Promover la divulgación de la investigación y participar en actividades docentes relacionadas con la investigación.

27 Página 27 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los órganos de gobierno del Consorcio son los señalados a continuación… Junta de Gobierno  El Gobierno del Consorcio corresponde a la Junta de Gobierno y al Gerente.  La Junta de Gobierno está formada por representantes elegidos entre las instituciones consorciadas, según se establezca en el documento de asociación.  Tendrá un Presidente designado por el Gobierno del Principado de Asturias.  La Junta habrá de nombrar al Vicepresidente y Secretario, entre sus propios miembros. El Gerente del Centro también formará parte de la Junta con voz, pero sin voto.  El acuerdo de admisión de nuevos miembros ha de considerar la adecuada representación de la nueva entidad a la Junta de Gobierno.  La Junta de Gobierno ha de designar al Gerente del Consorcio y nombrar el Comité Científico Asesor.  La Junta de Gobierno es el máximo órgano de gobierno del Consorcio y, por tanto, asume la más alta representación del mismo y las decisiones fundamentales de la entidad.  El Vicepresidente y el Secretario de la Junta de Gobierno han de renovarse cada cinco años.  Se debe reunir como mínimo dos veces al año, y tantas veces como decida el Presidente o lo soliciten los representantes de cualquiera de las entidades consorciadas.  Las convocatorias han de formalizarse por cualquier medio que deje constancia.  La Junta adopta sus acuerdos por mayoría de los asistentes debidamente convocados, y resuelve los empates con el voto de calidad del Presidente.  Funciones de la Junta de Gobierno (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”).

28 Página 28 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los órganos de gobierno del Consorcio son los señalados a continuación… El Consejo Científico Asesor  El Consejo Científico Asesor, presidido por uno de sus miembros, es el órgano de asesoramiento científico del Consorcio.  El Gerente podrá participar a solicitud del Consejo Científico Asesor con voz, pero sin voto.  Su nombramiento está reservado a la Junta de Gobierno y pueden formar parte de él personalidades relevantes en el ámbito de las ciencias de la salud que se hayan distinguido por su trayectoria profesional o científica afín a los objetivos del Centro de Investigación Biosanitaria.  Se reunirá dos veces al año como mínimo, y tantas veces como lo solicite el Gerente, a iniciativa propia o de la Junta de Gobierno, y sus acuerdos y propuestas deberán ser elevados por el Gerente a la Junta de Gobierno.  La Junta de Gobierno nombrará un Secretario del Consejo para que extienda acta de lo que se trate en las reuniones y para que gestione y formalice la documentación referente a su actividad.  Funciones del Consejo Científico Asesor (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”). El Comité de Dirección  La Junta de Gobierno nombrará un Comité de Dirección que será presidido por el Gerente del Centro y estará integrado por los coordinadores de las Áreas de Investigación y de los responsables de la Oficina de Investigación Biosanitaria.  El Comité de Dirección es el órgano responsable de realizar las tareas de dirección del Centro de Investigación Biosanitaria y se ha de reunir al menos 6 veces al año.  Funciones del Comité de Dirección (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”).

29 Página 29 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los órganos de gobierno del Consorcio son los señalados a continuación… El Comité de Participación y Representación  El Comité de Participación y Representación es el órgano canalizador de los intereses de los investigadores del Centro de Investigación Biosanitaria y de las propuestas de mejora.  Preside el Comité por el Director Científico del Centro.  Forman parte del Comité los investigadores del Centro.  Se establecerán reuniones, como mínimo, bimensuales, siendo obligatoria la elaboración de actas de las mismas.

30 Página 30 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los órganos de gobierno del Consorcio son los señalados a continuación… El Gerente  El Gerente del Consorcio deberá ser una persona de reconocida experiencia en el área de investigación y gestión.  El titular de la Gerencia será el Director de la Oficina de Investigación Biosanitaria, cuyo nombramiento podrá venir determinado por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios o por la Junta de Gobierno del Consorcio.  Funciones del Gerente (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”). El Director de Gestión  El titular de la Dirección de Gestión será contratado por la Oficina de Investigación Biosanitaria o a propuesta del Consorcio.  Sus funciones son de naturaleza económico-administrativa (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”). El Director Científico  El titular de la Dirección Científica será contratado por la Oficina de Investigación Biosanitaria o a propuesta del Consorcio.  Funciones del Director Científico (ver apartado “Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria”).

31 Página 31 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Las áreas y grupos de investigación tendrán las siguientes funciones y obligaciones... Las Áreas de Investigación  Las áreas de investigación son las agrupaciones científicas basadas en objetivos comunes de los grupos de investigación que integran el Centro de Investigación Biosanitaria.  La creación y supresión de las Áreas de Investigación corresponde a la Junta de Gobierno.  Cada área de investigación dispondrá de un Coordinador que será el representante del Área en el Comité de Dirección.  Los Coordinadores de Área serán nombrados por la Junta de Gobierno a propuesta del Gerente y han de ser renovados cada 5 años. Los Coordinadores de Área ejercerán las siguientes funciones:  Coordinar las tareas de cada área, así como los programas y actividades que desplieguen los grupos de investigación que la integren, y hacer reuniones periódicas con los Jefes de Grupo, como mínimo tres veces al año.  Presentar el programa del área, que el Gerente, en nombre del Comité de Dirección, ha de someter a la aprobación de la Junta de Gobierno.  Mantener permanentemente informado al Director Científico- Técnico y al Gerente de la labor del área y del seguimiento de los programas establecidos, proponer la adopción de medidas que puedan mejorar su funcionamiento y elaborar la memoria de actividades.  Transmitir a los Jefes de Grupo la información y las decisiones del Comité de Dirección y de otros órganos del Consorcio.

32 Página 32 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Las áreas y grupos de investigación tendrán las siguientes funciones y obligaciones... Los Grupos de Investigación y los investigadores  Los grupos de investigación son las unidades básicas de estructuración de la investigación del Centro y están formados por los investigadores adscritos a él, técnicos de apoyo a la investigación y becarios.  La creación de un grupo de investigación vendrá determinada por la adjudicación, dentro de su línea de investigación, de un proyecto financiado por agencia externa dentro de su línea de investigación.  Cada investigador del Centro podrá estar adscrito a uno de los grupos de investigación reconocidos en cada área, o bien como colaborador del Centro o de los grupos ya existentes.  Cualquier persona asociada al SESPA con tareas investigadoras, aún no estando adscrita a ningún grupo de investigación, podrá recibir los servicios ofertados por el Centro.  Los grupos de investigación estarán representados en el área por el Jefe de Grupo de Investigación.  Los investigadores del Centro estarán representados en el Comité de Dirección por los Coordinadores de Área respectivos.

33 Página 33 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Los Servicios científico-técnicos y de apoyo a la investigación… Servicios científico-técnicos y de apoyo a la investigación  El Comité de Dirección dictará las normas de funcionamiento de los servicios propios y promoverá, en cuanto a los de las instituciones consorciadas, la adopción de los acuerdos que sean necesarios, tanto en el seno del mismo Centro de Investigación Biosanitaria como en los correspondientes órganos de las instituciones tutelares, respecto del régimen de utilización y gestión, de manera adecuada a su utilidad.  También forman parte de los servicios del Consorcio los recursos técnicos y humanos destinados a las actividades de apoyo técnico específico de la investigación constituidos por el mismo.

34 Página 34 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Régimen económico y presupuestario Régimen económico  Los recursos del Consorcio estarán permanentemente destinados a la atención de las necesidades de la investigación que constituyen el objetivo del Centro de Investigación Biosanitaria, según lo aprobado en el presupuesto correspondiente y en función de las asignaciones decididas.  El régimen contable y de control financiero del Consorcio se ha de ajustar a los criterios de contabilidad pública establecido en la normativa vigente, de manera que se obtengan unas cuentas anuales formuladas con claridad y que expresen una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del presupuesto y de los resultados de la entidad.  La Junta de Gobierno puede decidir la contratación de una auditoría externa a fin de controlar económicamente el Centro de Investigación Biosanitaria. Presupuesto  La Junta de Gobierno ha de establecer y aprobar, antes del 31 de diciembre de cada año, el presupuesto anual de ingresos y gastos que haya de ser aplicado al ejercicio siguiente.  Dentro del primer trimestre de cada año, la Junta de Gobierno ha de aprobar la liquidación presupuestaria del Centro, así como la cuenta de explotación del ejercicio anterior y el inventario balance, a 31 de diciembre.

35 Página 35 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Régimen profesional Contrataciones  El Consorcio puede acordar la contratación de personal laboral propio, así como establecer contratos de colaboración profesional.  El seguimiento de los principios éticos y de los criterios metodológicos comúnmente admitidos, así como el respeto y la consideración a los compañeros y a los órganos del Consorcio, ha de presidir la actuación del personal integrado en el Centro de Investigación Biosanitaria. Grupos de investigación  La decisión sobre la incorporación de nuevos grupos de investigación al Centro corresponderá al Comité de Dirección, previa evaluación por parte del Área de Investigación correspondiente y propuesta favorable de la Dirección Científica.  Un grupo de investigación puede dejar de pertenecer al Consorcio en los supuestos siguientes: a)Por decisión propia, lo que conlleva que la entidad a la que pertenece deja de pertenecer al Consorcio si dicho grupo es el único de la entidad que participa en el mismo. b)Por denuncia del acuerdo de Consorcio por la entidad a la que pertenece. c)Por un cambio de línea de investigación que se desvincule de las líneas de actuación del Centro. d)Por manifiesta falta de productividad científica.  En los supuestos c) y d) del apartado anterior tras el informe del Consejo Científico Asesor y el del Comité de Dirección y, previa audiencia al Jefe del Grupo, el Director deberá elevar la propuesta de separación del grupo del Consorcio a la Junta de Gobierno, que debe tomar la decisión sobre dicha propuesta.

36 Página 36 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Régimen disciplinario  Independientemente de las causas de sanción resultantes de los respectivos contratos profesionales y de la responsabilidad concurrente, el ejercicio de actividades que contravengan el acuerdo de Consorcio, el Reglamento o las indicaciones de los órganos del Consorcio puede ser causa de inicio de un expediente de información del cual puede resultar la separación temporal o definitiva del mismo.  El Comité de Dirección ha de evaluar las propuestas de inicio de expediente informativo que, si procede, formulen el Director o los Coordinadores de área.  Según cual sea la decisión del Comité, el Director ha de iniciar el expediente con la libre designación de un instructor no perteneciente al área o línea de quién sea objeto del expediente; este instructor dispone de un plazo de treinta días para escucharlo y recabar información de las circunstancias concurrentes y de someterla al Comité.  En un plazo de treinta días, el Comité ha de elevar los antecedentes y una propuesta de decisión a la Junta de Gobierno para que dicte, en un plazo no superior a seis meses, la resolución que corresponda, que agotará la vía administrativa.

37 Página 37 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Titularidad y publicaciones / Separación y disolución Titularidad y publicaciones  La titularidad de la investigación y de las actividades que se realicen en el Consorcio será compartida entre el Consorcio y las entidades consorciadas, sin perjuicio de los pactos que se establezcan y del compromiso de mencionar, en cualquier caso, a los investigadores que la hayan hecho posible.  Todas las publicaciones de información relativa a las actividades llevadas a cabo en el Consorcio han de mencionarlo expresamente, además de hacer constar los investigadores y el centro al que pertenecen. Separación y disolución  Los miembros del Consorcio, y también los que estén asociados, podrán separarse con un preaviso de un año, siempre que no se perjudiquen los intereses públicos generales que representa el Consorcio y que la entidad que se separe esté al corriente de sus compromisos anteriores y garantice la liquidación de las obligaciones aprobadas hasta el momento de la separación.  El Consorcio se disolverá por acuerdo de los miembros de la Junta de Gobierno, que deberá ser ratificado por las instituciones integradas o asociadas al Consorcio, por imposibilidad legal o material de cumplir sus objetivos.  El acuerdo de disolución determinará la forma como debe procederse a la liquidación de los bienes del Consorcio, de acuerdo con las respectivas aportaciones y según los compromisos suscritos por las partes.

38 Página 38 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Introducción Marco jurídico actual Vinculación jurídica del futuro Centro de Investigación Biosanitaria Reglamento del Centro de Investigación Estructura organizativa del Centro de Investigación Biosanitaria Índice

39 Página 39 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Centro de Investigación Biosanitaria tiene la siguiente estructura organizativa, orientada a la coordinación de las actividades científicas y gestión del ámbito administrativo INSTITUCIONAL/ REPRESENTATIVO Órgano de gobierno del Centro DIRECTIVO/ EJECUTIVO Órganos Directivos Comité Científico Asesor Oficinas y Unidades de Soporte Operativo Junta de Gobierno Comité de Dirección Comité de Participación y Representación Gerente Director Científico Director de Gestión Área de Servicios Generales e Infraestructuras Área de Gestión de Recursos Humanos Área de Gestión Económico- Administrativa Área de Salud Poblacional Área de Gestión del Conocimiento Área de Infraestructuras Comunes y Laboratorios Funcionales Área de Investigación 1 Área de Investigación 2 Área de Investigación 3…

40 Página 40 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico La Junta de Gobierno el órgano de gobierno representativo de todas las instituciones que integran el Centro Actúa como Órgano de gobierno del Centro. Establece los criterios de elección del Director del Centro, y lo elige. Aprueba, a propuesta del Gerente del Centro, otros órganos directivos del mismo. Ratifica la suscripción de convenios y contratos con entidades públicas o privadas. Acuerda la política científica del Centro, según las directrices establecidas por las entidades constituyentes o asociadas. Dicta los criterios de coordinación de la actividad que despliegue el Centro. Evalúa periódicamente la trayectoria de investigación del Centro. Promueve y facilita el desarrollo profesional de los investigadores, establece los criterios de acceso y de contratación de personal y los sistemas de promoción científica Creará un Comité de Dirección para trasladar parte de sus funciones. Mínimo de dos reuniones al año. Aprueba en la primera reunión del año el Plan de Acción Científica del Gerente. Es representativo de las entidades que integran el Centro. FUNCIONES PERFIL Miembros: Presidente del Consorcio (Titular de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios) Vicepresidente del Consorcio Vocales: un representante de máximo nivel directivo de cada una de las instituciones que se integran, o cuyos grupos de investigación se integran en el Centro: Gerente del SESPA, Director del IUOPA, Director del Centro Comunitario de Sangre y Tejidos, Gerente del Centro de Investigación Biosanitaria, responsable de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, Presidente del Patronato de la Fundación OIB. OPERATIVA Junta de Gobierno

41 Página 41 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Gerente es el principal órgano ejecutivo del Centro de Investigación Biosanitaria Dirigir, coordinar y supervisar los servicios y actividades del Centro. Hacer efectivas las indicaciones de la Junta de Gobierno. Proponer la creación, modificación y supresión de las áreas de investigación que integran el Centro con acuerdo de la Junta de Gobierno. Estructurar la investigación y proveer de recursos necesarios. Diseñar la estrategia y objetivos del centro a nivel económico y científico. Planificar y priorizar las líneas de investigación. Coordinar las distintas Áreas de Investigación. Organizar reuniones interdepartamentales. Miembro de la Junta de Gobierno (sin voto). Actúa como secretario permanente en las reuniones trimestrales de la Junta de Gobierno. Eleva el Plan Anual de Acción Científica en el que señala líneas de actuación y convocatorias a las que se acudirá. FUNCIONES PERFIL Experiencia en investigación. Experiencia en Gestión de la Investigación. Capacidad comercial y de proyección externa. Capacidad de Comunicación y toma de decisiones. Lo selecciona la Junta de Gobierno OPERATIVA Gerente

42 Página 42 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Comité de Dirección será el órgano ejecutivo nombrado a potestad de la Junta de Gobierno Desarrollar las tareas encomendadas por la Junta de Gobierno. Elaborar, teniendo en cuenta las sugerencias del Comité Científico Asesor, las líneas prioritarias de actuación científica del Centro. Proponer la creación, modificación o supresión de las áreas de investigación. Iniciar los expedientes informativos de régimen disciplinario. Los miembros del Comité de Dirección serán nombrados por la Junta de Gobierno a propuesta del Gerente del Centro. Se reunirá al menos 6 veces al año. Tendrá una agenda con el orden del día y la documentación necesaria para el desarrollo de las reuniones. Elevará actas de todas las reuniones. FUNCIONES PERFIL Miembros: Gerente del Centro de Investigación Biosanitaria. Responsables de las distintas áreas de gestión del Centro y coordinadores de las áreas de investigación. OPERATIVA Comité de Dirección

43 Página 43 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Comité Científico Asesor actuará como órgano externo de asesoramiento científico Organismo externo de asesoramiento científico. Asesorará a la Gerencia en los planes de actividades científicas. Velará por el cumplimiento del reglamento, normas y declaraciones Internacionales. Emitirá dictámenes a petición de la Junta de Gobierno. El examen e informe de las memorias anuales y de los planes de actividades. Su nombramiento corresponde a la Junta de Gobierno. 6 a 8 componentes. Reuniones semestrales. Participarán además:  Presidente del Órgano de Gobierno.  Gerente del Centro (actúa como Secretario). FUNCIONES PERFIL Científicos de reconocido prestigio internacional o nacional. Procedentes de un abanico amplio de disciplinas que resulte representativa de la Investigación biomédica. Otras personas de prestigio que puedan aportar valor añadido en la estrategia científica del Centro. OPERATIVA Comité Científico Asesor

44 Página 44 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Comité de Participación y Representación constituye un lugar de encuentro de los investigadores y contribuye a canalizar sus intereses a la Dirección Constituir un lugar de encuentro de los profesionales investigadores del Centro de Investigación Biosanitaria. Identificar potenciales colaboraciones entre grupos de investigación. Presentar resultados de las investigaciones y metodologías aplicadas. Elevar a la Gerencia propuestas de mejora estratégicas y operativas. Reuniones bimensuales. Elaboración de actas de todas las reuniones. Incorporación de mejoras propuestas y aprobadas a los objetivos del año siguiente. FUNCIONES PERFIL Miembros: Preside el Comité el Director Científico del Centro. Forman parte del Comité los investigadores del Centro. OPERATIVA Comité de Participación y Representación

45 Página 45 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Director de Gestión es el principal responsable de la gestión económica, de recursos humanos y servicios generales del Centro Hacer efectivas las indicaciones que dicte el Gerente. Administrar el presupuesto del Consorcio. Supervisar la elaboración del presupuesto. Garantizar el funcionamiento de los servicios generales del Centro de Investigación Biosanitaria. Aprobar los proyectos de obras, instalaciones y servicios, y adjudicar y contratar obras, servicios y suministros, con autorización del Gerente. Buscar recursos financieros para el Centro. Responsabilizarse del retorno económico de la investigación. Es el responsable del Área de Gestión de la Investigación y la Incubadora de Empresas de la OIB. Será contratado por la Oficina de Investigación Biosanitaria o a propuesta del Consorcio. Trabaja en colaboración directa con el Gerente del Centro. Coordina las relaciones con actores económicos. Participa en la elaboración del presupuesto de ingresos y gastos. FUNCIONES PERFIL Experiencia gerencial en centros públicos o privados. Conocimiento y experiencia en gestión de proyectos de investigación. Capacidad comercial y de proyección externa. Capacidad de comunicación y toma de decisiones. OPERATIVA Director de Gestión

46 Página 46 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Director Científico debe asegurar la alineación de los investigadores y con la estrategia científica del Centro Dirige el equipo de investigadores de la plantilla del Centro. Coordina las relaciones entre los investigadores. Planifica la incorporación de nuevos investigadores a la plantilla del Centro. Coordina la estructura de soporte a la investigación del Centro. Propone los criterios de acceso a las infraestructuras comunes de investigación. Planifica la inversión en infraestructuras de investigación. Bajo su supervisión se encuentran las áreas de la OIB: Evaluación y Metodología, Gestión del Conocimiento, Salud Poblacional, Área de Historia y Museo de la Investigación Biosanitaria; y las Áreas de Investigación. Será contratado por la Oficina de Investigación Biosanitaria o a propuesta del Consorcio. Mantiene el seguimiento e interlocución con los investigadores del Centro. Evalúa las necesidades de recursos de soporte para los investigadores. Propone el desarrollo interno de líneas de investigación. Evalúa los resultados de las líneas de investigación del Centro. FUNCIONES PERFIL Licenciado en Ciencias de la Salud o con formación especializada en el ámbito de Ciencias de la Salud. Formación y experiencia en gestión de la investigación. Formación y experiencia en metodología de la investigación. Capacidad de comunicación y toma de decisiones. OPERATIVA Director Científico

47 Página 47 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Gestión Económico-Administrativa se ocupará de la gestión de los ingresos y gastos, recursos, contrataciones a empresas…. Gestión económica de los proyectos de investigación. Búsqueda activa de recursos financieros para el Centro. Controlar los recursos económicos, humanos, y materiales del Centro. Hacer seguimiento de las actividades del Centro. Elaboración del presupuesto de ingresos y gastos y estado de cuentas y otros informes. Coordina las relaciones con actores económicos Financiación: planificación de la adquisición de infraestructuras dedicadas a investigación. Unificar los procesos para homogeneizar los trámites frente a los diferentes financiadores. Dará apoyo técnico a la hora de rellenar y cumplimentar solicitudes y dossieres. Supervisará las solicitudes para que la información se adapte a los requisitos pedidos por el financiador. Elabora cuentas de resultados separadas por cada uno de los centros/ grupos de investigación, y cuenta consolidada del global. FUNCIONES PERFIL Experiencia previa en gestión económica de centros. Capacidad comercial y de proyección externa. Capacidad de interlocución directa con los investigadores. Dependencia directa del Dirección de Gestión. OPERATIVA Área de Gestión Económico- Administrativa

48 Página 48 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Gestión de Recursos Humanos se responsabilizará de las contrataciones, despidos, y otros asuntos relacionados con el personal Evaluar las necesidades de contratación de nuevo personal y planificar la incorporación de nuevos investigadores al Centro. Contratación y cese de personal del Centro. Gestión de nóminas e incidencias en nómina. Participación en el desarrollo y promoción de la carrera profesional de los investigadores adscritos al Centro. Gestión y evaluación de competencias del personal del Centro. Analizar el clima laboral. Coordinar las relaciones laborales de los investigadores con el Centro. Realizará las actividades inherentes a la gestión administrativa de personal. Mantendrá una base de datos actualizada con las competencias del personal del Centro. Realizará periódicamente encuestas de clima laboral. FUNCIONES PERFIL Experiencia previa en gestión de recursos humanos. Dependencia directa del Director de Gestión. Conocimiento de la normativa público-privada en materia de gestión de recursos humanos. OPERATIVA Área de Gestión de RRHH

49 Página 49 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Servicios Generales e Infraestructuras se responsabilizará fundamentalmente del mantenimiento general del Centro y de la contratación de obras y servicios Gestionar las tareas de mantenimiento de instalaciones, limpieza, etc. Contratar los servicios de obras para la mejora de instalaciones. Adquisición de mobiliario básico del Centro. Garantizar el buen estado de las instalaciones y cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad. Acondicionamiento de las infraestructuras para el desarrollo de las funciones del Centro. Establecer las especificaciones técnicas del equipamiento del Centro. Se responsabilizará de la elaboración y desarrollo de un Plan de Mantenimiento Anual. Establecerá las acciones de supervisión de la seguridad del Centro. Realizará todas las gestiones de contratación y gestión de obras y servicios generales. Se responsabilizará de las contrataciones de limpieza, seguridad, jardinería, etc. FUNCIONES PERFIL Ingeniero con experiencia previa en la gestión de servicios generales e infraestructuras. Dependencia directa del Director de Gestión. Conocimiento de la normativa vigente en el ámbito de los servicios generales e infraestructuras en centros de investigación biosanitaria. OPERATIVA Área de SSGG e Infraestructuras

50 Página 50 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Salud Poblacional constituirá un referente de las estrategias en salud, metodología de investigación y evaluación de tecnologías Generar información y canalizar los resultados de la investigación para elaborar propuestas orientadas a la mejora de la salud. Facilitar la integración de la labor asistencial e investigadora en centros sanitarios. Favorecer la innovación metodológica y/o aplicación de nuevos métodos a la investigación biosanitaria. Evaluar la introducción de tecnologías médicas e impulsar la cultura de evaluación. Promover el posicionamiento de Asturias en la red científica estatal, europea e internacional. Colaborar con la formación continuada. Asesorar la compra de equipamientos y servicios sanitarios. El Área de Salud Poblacional estará formado por dos Unidades:  Área de Salud Poblacional.  Área de Evaluación y Metodología: Unidad de Metodología de Investigación, Unidad de Cooperación, Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigación Biosanitarias. FUNCIONES PERFIL El titular del Área deberá tener:  La especialidad de Medicina Preventiva.  Experiencia en metodología de investigación y evaluación de tecnologías sanitarias.  Experiencia en gestión de la investigación en el ámbito de la Salud Pública. OPERATIVA Área de Salud Poblacional

51 Página 51 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Gestión del Conocimiento será responsable de la promoción y difusión de los resultados de la investigación, así como de facilitar a la comunidad científica herramientas de ayuda a la investigación Difundir los resultados de la Investigación del Centro. Promocionar la OIB a todos los niveles y difundir las actividades investigadoras (becas, ayudas, convocatorias, etc.). Revisar y facilitar la información relativa a temas de investigación. Gestionar e informar sobre los cursos de especialización relacionados con la investigación a nivel nacional e internacional. Organizar cursos, seminarios, conferencias y congresos. Gestionar la Biblioteca Virtual y mantener un servicio de documentación (hemeroteca, fondos bibliográficos, etc.). Contribuir a la transferencia de los resultados de investigación a la práctica clínica. Observatorio permanente de la investigación. Explorar las oportunidades de participación en diversos proyectos. Gestionar y mantener un Museo de la Investigación Biosanitaria. El Área de Gestión del Conocimiento estará formado por las siguientes Unidades:  Área de Gestión del Conocimiento: Unidad de Cursos de Especialización, Observatorio de Servicios Sanitarios, Unidad de Documentación y Biblioteca Virtual, Unidad de Transferencia del Conocimiento a la Práctica Clínica.  Área de Historia y Museo de la Investigación Bisoanitaria. FUNCIONES PERFIL Formación y experiencia en gestión de la investigación y programas docentes en este ámbito. Experiencia en evaluación de servicios sanitarios. OPERATIVA Área de Gestión del Conocimiento

52 Página 52 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico El Área de Infraestructuras Comunes y Laboratorios Funcionales se ocupará de asegurar el equipamiento necesario, el control de calidad y soporte técnico a los investigadores Dar soporte técnico y apoyo metodológico para el correcto manejo y el mantenimiento de los distintos aparatos. Mantener un inventario actualizado de las infraestructuras. Gestionar las infraestructuras, tanto a nivel económico como de uso. Hacer inspecciones periódicas para cumplimentar los controles de calidad del centro. Gestionar los pedidos y almacenaje de reactivos. Fomentar las colaboraciones entre grupos dada la proximidad. Favorecer el aprendizaje de nuevas tecnologías. El Área consta de las siguientes subáreas/ unidades:  Área de Infraestructuras Comunes: Biología Molecular (Genómica, Proteómica), Biología Celular (Salas de Cultuvos Celulares, Almacenaje y Preservación Celular), Banco de Muestras Biológicas, Área de Citometría de Flujo, Unidad de Microscopía, Estabulario, Gestión y apoyo del área de infraestructuras, Área de Bioinformática.  Laboratorios Funcionales: Laboratorio de Investigaciones Básicas, Laboratorio de Investigaciones Clínicas, Epidemiología, Salud Pública y Atención Primaria. FUNCIONES PERFIL Conocimiento de las infraestructuras y tecnologías de apoyo a la investigación. OPERATIVA Área de Infraestructuras comunes y laboratorios funcionales

53 Página 53 de 53 Consej. Salud y Serv. Sanitarios – Plan organizativo y jurídico Cada Área de Investigación integrará grupos de investigación, y tendrá un Coordinador responsable al frente Coordinar las tareas del Área, así como los programas y actividades que desplieguen los grupos de investigación que la integren. Celebrar reuniones periódicas con los Jefes de Grupo, como mínimo tres veces al año. Presentar el programa del área al Comité de Dirección. Mantener permanentemente informado al Director Científico y al Gerente de la labor del área y del seguimiento de los programas establecidos, proponer la adopción de medidas que puedan mejorar su funcionamiento y elaborar la memoria de actividades. Transmitir a los Jefes de Grupo la información y las decisiones del Comité de Dirección y de otros órganos del Consorcio. La creación y supresión de las Áreas de Investigación corresponde a la Junta de Gobierno. Cada área de investigación dispondrá de un Coordinador que será el representante del Área en el Comité de Dirección. Los Coordinadores de Área serán nombrados por la Junta de Gobierno a propuesta del Gerente y han de ser renovados cada 5 años. FUNCIONES PERFIL El coordinador del Área deberá tener amplia experiencia investigadora contrastada. OPERATIVA Áreas de Investi- gación


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