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1 REPÚBLICA DOMINICANA Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.

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Presentación del tema: "1 REPÚBLICA DOMINICANA Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS."— Transcripción de la presentación:

1 1 REPÚBLICA DOMINICANA Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

2 ANTECEDENTESANTECEDENTES o Ley No. 295-66 promulgada el 30 de Junio del 1966 para bienes y servicios. o Ley No.105-67 promulgada el 17 de marzo de 1967 para obras. o Decreto No. 262/98 (Reglamento a la Ley No. 295-66) del 10 de Junio de 1998, para iniciar la modernización y regulación de las compras de bienes y servicios. o Decreto Puente No. 63-06 (Reglamento a la Ley No. 295-66) del 23 de febrero del 2006, para viabilizar las negociaciones de los tratados internacionales. 2

3 o Ley No. 340-06 de fecha 18 de agosto del 2006 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, que crea La Dirección General de Contrataciones Públicas. o Ley No. 449-06 de fecha 06 de diciembre del 2006 que modifica y armoniza la Ley No. 340-06 con el Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA. o Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto No. 490-07 de fecha 30 de agosto 2007. 3 CREACIÓN MARCO LEGAL

4 Nombramiento del Dr. Eric Hazim como Director General de Contrataciones Públicas (Decreto 73-07 del 26 de febrero de 2007). o Ratificado mediante Decreto No.368-08, de fecha 25 de agosto del 2008, emitido por el Poder Ejecutivo. 4 CONSTITUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

5 5 UMBRALESUMBRALES o A partir de la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA, los UMBRALES utilizados para determinar los procedimientos de Compras y Contrataciones realizados por las Instituciones que entran dentro del Ámbito de Aplicación, se han ido actualizando de conformidad con lo estipulado en el DR-CAFTA y los umbrales topes expresados en $US. o Se notifica a los Organismos correspondientes. (Cancillería y Ministerio de Industria y Comercio). o Se publica mediante el Portal del Órgano Rector los umbrales vigentes a ser aplicados.

6 6PROCEDIMIENTOOBRASBIENES ERVICIOS ERVICIOS Licitación Pública RD$ 155,359,679RD$ 2,540,364 Licitación Restringida RD$ 64,733,199RD$ 2,071,462 Sorteo de Obras RD$ 38,839,920N/A Comparación de Precios RD$ 10,357,312RD$ 388,399 Compras Menores N/ARD$ 51,787 o Resolución No. 01-10, que establece los Umbrales para la determinación de los Procedimientos de Compra y Contratación para el año 2010. Umbrales Actualizados

7 7 TRANSPARENCIA Y DIFUSIÓN o Creación del Portal Web: www.comprasdominicana.gov.dowww.comprasdominicana.gov.do i.La normativa vigente sobre la materia; ii.Las políticas de compras y contrataciones; iii.Los planes de compras y contratación; iv.Las convocatorias a presentar ofertas de todas las entidades y los pliegos de condiciones correspondientes; v.Los resultados de los procesos de compra y contrataciones de todas las entidades públicas, salvo las excepciones incluidas en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública; vi.El registro especial de proveedores inhabilitados.

8 COMPRASDOMINICANA COMPRASDOMINICANA sitio web donde convergen instituciones estatales y proveedores que suplen o desean suplir los requerimientos del Estado. Está dirigido a: Publico en General. Proveedores e Instituciones Sector Público. RESEÑA RESEÑA Entró en vigencia en el mes de Febrero del año 2008, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y la Ley No. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública. Este portal permite obtener informaciones sobre qué compra el Estado Dominicano, a quién le compra, en qué condiciones y a qué precio.

9 9 PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD I.En busca de fortalecer la Igualdad de trato entre Oferentes Naciones e Internacionales se han dictado las siguientes normas complementarias: o Resolución No. 14-09, sobre Requisitos Proveedores Extranjeros. Resolución No. 14-09 o Resolución No. 15-09, sobre Requisitos Asociaciones sin fines de Lucro Nacionales e Internacionales para Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Resolución No. 15-09 II.En ningún caso podrá exigirse, como condición para participar, haber sido adjudicatario previamente de contratos de la entidad contratante, o haber tenido experiencia de trabajo en el territorio nacional. (Art. 61 Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490-07 ) III.En ningún caso se adoptará ni aplicará ninguna especificación técnica que tenga por objeto, o que en la práctica se traduzca, en la creación de una barrera innecesaria o injustificada al comercio nacional o internacional. (Párrafo I del Art. 62 Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490-07 )

10 10 REGISTRO DE PROVEEDORES o La Dirección General de Contrataciones Públicas, en su calidad de Órgano Rector de la Compras y Contrataciones tiene a su cargo la implementación del Registro de Proveedores. o Todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el correspondiente Registro. o La misma es obligatoria y su acceso es gratuito. o La Dirección General de Contrataciones Públicas, en su calidad de Órgano Rector de la Compras y Contrataciones tiene a su cargo la implementación del Registro de Proveedores. o Todas las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el correspondiente Registro. o La misma es obligatoria y su acceso es gratuito.

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13 o Resolución No. 22-09 que establece el Procedimiento Administrativo para la Inhabilitación de Proveedores, sean estos personas naturales o jurídicas, oferentes o contratistas. Resolución No. 22-09 o Resolución No. 06-09 que establece el Procedimiento Administrativo para la aplicación de Sanciones a Servidores Públicos. Resolución No. 06-09 SANCIONESSANCIONES En busca de asegurar la Integridad en los Procedimientos de Compra y Contratación del Sector Público se han emitido las siguientes normas complementarias: 13

14 La Ley No. 340-06 en sus Artículos Nos. 67 y siguientes establece el régimen de Impugnaciones, Reclamación y Controversias. o En primera Instancia a la Entidad Contratante. o En segunda instancia y en calidad de Órgano de Apelación, las conoce este Órgano Rector. o Y en tercera y última Instancia, se tramita por la vía Judicial, a través del Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario. La Ley No. 340-06 en sus Artículos Nos. 67 y siguientes establece el régimen de Impugnaciones, Reclamación y Controversias. o En primera Instancia a la Entidad Contratante. o En segunda instancia y en calidad de Órgano de Apelación, las conoce este Órgano Rector. o Y en tercera y última Instancia, se tramita por la vía Judicial, a través del Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario. IMPUGNACIONESIMPUGNACIONES 14

15 1. Resolución No. 01/2007. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa CAPITALES DIVERSOS S.A. en contra de la Adjudicación de Procedimiento del Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Este. Resolución No. 01/2007. 2. Resolución No. 12/2008. Recurso de impugnación interpuesto por el Consorcio SAMPOL-ARALCA en contra de la 2da. Resolución de Adjudicación emitida por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). Resolución No. 12/2008. 3. Resolución No. 13/2008. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa Servicios de Ingeniería C por A. (SERVINCA) en contra de la 3ra. Resolución de Adjudicación emitida por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED). Resolución No. 13/2008. 4. Resolución No. 08/2009. Recurso de impugnación interpuesto por el Ingeniero Escolástico Payano y/o Constructora Payano en contra de la Resolución de Adjudicación emitida por el Ayuntamiento del Municipio de San Pedro de Macorís. Resolución No. 08/2009. 15 Resoluciones de Impugnaciones

16 16 5. Resolución No. 09/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SERVIZI SANITARI S.A en contra del Proceso de Licitación Publica Internacional No. SESPAS- CI-LPI-2009-01 llevada a cabo por la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS). Resolución No. 09/2009. 6. Resolución No. 12/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SULFALUM Y CHEMICALS, S.A, en contra del Proceso de Licitación Publica Nacional No. 001/2009 – CAASD llevada a cabo por la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo. Resolución No. 12/2009. 7. Resolución No. 17/2009. Recurso de impugnación interpuesto por la empresa SULFALUM Y CHEMICALS, S.A, en contra del Proceso de Licitación Publica Nacional No. 001/2009 – CAASD llevada a cabo por la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo. Resolución No. 17/2009. Resoluciones de Impugnaciones

17 MUCHAS GRACIAS!!! 17


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