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COMPROBANTE DE VALOR ELECTRONICO (COVE)
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Comprobante de valor electrónico (COVE)
El comprobante de valor electrónico (COVE) no tiene relación con la factura electrónica, por lo que de manera independiente las empresas exportadoras e importadoras o agentes aduanales deberán realizar en caso de que proceda, esta transmisión. El COVE pretende homologar en un archivo electrónico (XML) a aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como el documento que ampara el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, nota de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos documentos.
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Procedimiento para el COVE
El importador o exportador transmitirá electrónicamente la información del documento que ampara el valor de la mercancía. Esta transmisión se podrá realizar mediante el portal de la ventanilla única de comercio exterior. Una vez validado el COVE el sistema enviara por el mismo medio de transmisión el numero de e-document. El agente aduanal deberá declarar en el pedimento el numero de e-document para ser validado por el Validador de operaciones de comercio exterior (VOCE)
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Procedimiento para el COVE Remesas consolidadas
El importador o exportador transmitirá electrónicamente la información del documento que ampara el valor de la mercancía. Esta transmisión se podrá realizar mediante el portal de la ventanilla única de comercio exterior. Una vez validado el COVE el sistema enviara por el mismo medio de transmisión el numero de e-document. El agente aduanal deberá declarar en el código de barras el numero de e-document para ser validado por el Validador de operaciones de comercio exterior (VOCE)
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