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Publicada porSocorro Monzon Modificado hace 10 años
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Ajuste Anual I.R.P.F. Asesor í a Tributaria y Recaudaci ó n Diciembre/2007
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Contenido o Ajuste Anual I.R.P.F. Vigencia de Deducciones y Multingreso – No aplicaciòn del MNI Partidas exclusivas CESS Valores BPC C á lculo Casos Otras consideraciones Liquidaci ó n del mes 12/07 Modificaciones posteriores al Ajuste
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Vigencia de las deducciones o Deducciones Declaradas por trabajador Atenci ó n M é dica personas a cargo Deducciones profesionales Para Anticipos desde el 1/9/07 Se aplican a partir del mes de cargo siguiente a la fecha de presentaci ó n del Form. 3100 por parte del trabajador a la empresa. Para altas y bajas Para Ajuste Anual Se aplican desde la fecha de vigencia de las mismas Independiente de la fecha de presentaci ó n del formulario DGI 3100
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Ejemplo o Deducciones Declaradas por trabajador Trabajador le present ó a la empresa el Form. DGI 3100 el 15/09/07, declarando un hijo menor a cargo, con vigencia desde 07/2007. Esta deducci ó n ser á considerada para el c á lculo del anticipo, a partir del mes de cargo 10/07, sin embargo para el ajuste aplicar á desde 07/07 Resumen: Anticipos desde 10/07 Ajuste anual desde 07/07
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Vigencia de las deducciones o Deducciones Declaradas por trabajador o Algunas consideraciones: Situaciones donde el trabajador declara una deducci ó n con fecha de vigencia anterior a su ingreso a la empresa. Ejemplo: ingresa el 28/10/07, presenta deducci ó n de 1 hijo menor a cargo con vigencia 07/07, siendo é sta su primera actividad laboral. Para anticipos desde 11/07 Para ajuste desde 07/07 Egresos – A la fecha, las bajas de las deducciones de los trabajadores egresados, no se producen en forma autom á tica.
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Vigencia de las deducciones Deducciones Declaradas por empresa y Autom á ticas Aportes a Cajas de auxilio o Seguros Convencionales Aportes a los Fondos Complementarios de Previsi ó n Social Aportes personales: jubilatorios (montep í o), seguro por enfermedad y fondo de reconversi ó n laboral Para Anticipos y Ajuste Anual Se aplican para el mismo mes de cargo en el cual fueron retenidos los aportes al trabajador
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Vigencia de las deducciones Deducciones Autom á ticas Aportes personales (jubilatorio, SE y FRL) Algunas consideraciones Deber á n ser tenidos en cuenta todos los importes que fueron descontados al trabajador por las partidas gravadas por CESS del per í odo de liquidaci ó n. Independientemente que las mismas no constituyan renta computable a los efectos del IRPF Ejemplo: Aguinaldo de 12/07, si bien la cuota parte que corresponde al mes de junio/07 no es gravado por el IRPF, son deducibles los aportes personales sobre la totalidad del aguinaldo.
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Multingreso – No aplicaci ó n del MNI Quienes perciban simult á neamente rentas de trabajo de m á s de un empleador y/o pasividad y sus ingresos superen el importe del M í nimo No Imponible (MNI): S ó lo podr á n deducir el MNI en una de las fuentes pagadoras. En las restantes deber á n optar por la No aplicaci ó n del MNI o Rige a partir del 1° de octubre de 2007.
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o Para Anticipos y Ajuste Anual Anticipos Aplica para el mes de cargo siguiente a la fecha de presentaci ó n del formulario DGI 3100, por parte del trabajador a la empresa. Para altas y bajas Ajuste Aplica para aquellos meses en los cuales fue tenido en cuenta para los anticipos Vigencia opci ó n No aplicaci ó n del MNI
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Trabajador le present ó a la empresa el Form. DGI 3100 el 20/10/07, realizando la opci ó n de No aplicaci ó n del MNI, con vigencia desde 10/07. Esta opci ó n ser á considerada tanto para los Anticipos como para el Ajuste Anual desde el mes de cargo siguiente a la fecha de presentaci ó n del Form. DGI 3100, o sea desde 11/07. En resumen: Anticipos desde 11/07 Ajuste anual desde 11/07 Ejemplo Vigencia opci ó n No aplicaci ó n del MNI
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Tabla Aplicaci ó n de deducciones AnticiposAjuste Anual Declaradas – trabajador Atenci ó n M é dica Personas a cargo Aportes profesionales (jubilatorios CJP, Reintegros y Fondo de solidaridad) Mes cargo siguiente a fecha Form. DGI 3100 (a partir de 1.9.07) Mes de vigencia a partir de 07/07 Declaradas – empresa Aportes Caja de Auxilio o Seg. Convencionales Aportes a Fondos compl. de Previsi ó n Social Mes cargo del aporte Idem Anticipos Calculadas autom á ticamente Aportes jubilatorios (montep í o), seguro por enfermedad y fondo de reconversi ó n laboral. No Aplicaci ó n del MNI Trabajadores con multingreso que hicieron la opci ó n en el Form. 3100 Mes cargo siguiente a fecha Form. DGI 3100 a partir de 10/07 Idem Anticipos
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Partidas exclusivas CESS Concepto 8 en N ó mina - considera aquellas partidas gravadas por CESS y no gravadas por IRPF o Se crea a partir de diciembre/2007 En mes cargo 12/2007 - se deber á n incluir las partidas del per í odo: 07/07 a 12/07 A partir de mes cargo 01/2008 - las correspondientes a cada mes o Opera restando para determinar la base imponible del IRPF, no obstante se declara positivo La base de IRPF siempre deber á ser mayor o igual que 0, siendo la ú nica excepci ó n posible 12/07
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Partidas exclusivas CESS o Incluye : Aguinaldo, licencia y similares, devengados antes del 1/7/2007 Otras partidas que por reglamentaci ó n son No gravadas por IRPF y s í por CESS. Ejemplo: alojamiento y vivienda de rurales que pernocten en el establecimiento.. o Excluye Salario vacacional Licencia no gozada Otras partidas no gravadas por CESS
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Ejemplo Partidas exclusivas CESS o Mes: 12/07- Dependiente con sueldo mensual de $ 30.000. Sueldo 06/07 - $24.000 y tom ó en 08/07 licencia del 2006 por $10.000.- Declaraci ó n Nomina de 12/07 Concepto 1 Sueldo - $30.000 Concepto 2 Aguinaldo - $14.500 Concepto 8 Partidas exclusivas CESS - $12.000 $2.000 aguinaldo y $10.000 por licencia Total Monto Imponible CESS - $44.500 Total Monto Imponible IRPF - $32.500
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Tabla valores BPC AnticiposAjuste Anual Deducciones por Atenci ó n M é dica Personas a cargo Atenci ó n M é dica Pasivos M í nimo No Imponible Tabla escala renta Tabla escala deducciones BPC = Monto establecido por PE al inicio del ejercicio Promedio BPC vigentes en el ejercicio Fondo de Solidaridad Importe en $ a valor BPC vigente a enero/12 Importe en $ a valor BPC vigente a enero/12 X cantidad meses
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C á lculo Ajuste Anual + IRPF Anual - Importe a deducir Anual - Anticipos (hasta noviembre07) AJUSTE ANUAL
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C á lculo Ajuste Anual o IRPF Anual Suma de ingresos – 07/07 al 12/07 Conceptos 1 + 2 + 3 + 5 + 6 - 8 Los importes de los MNI por cada mes que corresponda Aplicar escala de rentas Anual dividido 2
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C á lculo Ajuste Anual o Importe a deducir anual Suma de conceptos pasibles de deducci ó n – 07/07 al 12/07 – Aplicar escala deducciones Anual dividido 2
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C á lculo Ajuste Anual o Anticipos hasta 11/07 Suma de retenciones que correspondan al per í odo 07/07 a 11/07 o Resultado de Ajuste: Positivo => dicho importe ser á la retenci ó n de 12/07 Cero => no se le realizar á retenci ó n 12/07 Negativo => el trabajador cancel ó su obligaci ó n anual por los ingresos en dicha empresa tiene un saldo a su favor que deber á gestionar ante la DGI. no se le realizar á retenci ó n en el mes de diciembre
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CALCULO DE AJUSTE ANUAL CASOS PRACTICOS
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Casos de Ajuste Anual o Caso 1- Dependiente de una empresa de industria y comercio: Present ó a la empresa formulario 3100 en 06/07, declarando: 2 hijos menores a cargo con vigencia 07/07 y marc ó la opci ó n de No aplicaci ó n del MNI. Sueldo de 06/07a 12/07 = $ 20.000
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Casos de Ajuste Anual o Caso 2- Dependiente de una empresa de industria y comercio: Present ó a la empresa formulario 3100 el 15/10/07, declarando deducciones por aportes jubilatorios a CJP Cat. 8, con vigencia 07/07 Sueldo de 06/07 a 12/07= $ 18.000 En el per í odo 07/07 a 09/07 percibi ó adem á s $1.500 de ticket alimentaci ó n Tom ó licencia generada en 2006, en 11/07, monto de licencia= $ 9.000
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Casos de Ajuste Anual Caso 3 – Idem al caso 2 pero con un monto mayor en el concepto 8 – Partidas exclusivas CESS, del mes de diciembre.
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Casos de Ajuste Anual Caso 4 – Dependiente nuevo r é gimen, con ingreso el 1/9/207, que present ó Form. 3100 en 9/07, declarando: 5 hijos menores a cargo con vigencia 07/07 Sueldo de 09/07 a 12/07= $ 80.000
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Otras consideraciones Liquidaci ó n de sueldos del mes 12/07 - Opci ó n Aguinaldo - efectuar retenci ó n de anticipo a cuenta del Ajuste Sueldo – hacer el Ajuste Anual Ejemplo sobre el Caso 4 Aguinaldo de 20.000 ………… Retenci ó n $ 559.- Ajuste: IRPF anual ……………… $ 50.822 Importe a deducir ….... … $ 7.677 Anticipos hasta 11/07.... $ 35.108 Ajuste Anual …………….$ 8.036 Retenci ó n en Sueldo = 8.036 -559 = 7.477
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Otras consideraciones o Modificaciones posteriores al Ajuste Rectificativas en n ó mina Modificaciones en deducciones (altas, bajas, modificaciones) o Corresponde reliquidar el mes del anticipo y el ajuste Hasta el 30/4/2008 el B.P.S. emitir á las facturas correspondientes al ejercicio 2007 A partir de 05/2008 se gestionar á ante D.G.I. Ejemplo : Caso 1 rectifico mes 09/07, con $5.000.
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Que es de suma importancia que exista concordancia entre retenciones realizadas y las calculadas por el BPS. Que la facturaci ó n del ajuste estar á operativa en el mes de enero, por lo que se instrumentar á un procedimiento para las situaciones de pagos anticipados Que tienen a su disposici ó n Asistencia en c á lculos IRPF, donde pueden retirar un reporte detallado de los c á lculos por persona. Que la totalidad de los comunicados emitidos por el BPS se encuentran disponibles en la p á gina www.bps.gub.uy en el sitio Reforma Tributaria/ Novedades IRPFwww.bps.gub.uy Muchas gracias Asistencia al Contribuyente Aspectos importantes
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