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VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA

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Presentación del tema: "VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA"— Transcripción de la presentación:

1 VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA
REPÚBLICA DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA PROGRAMA DE INDUCCION Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

2 MARCO ORGANIZACIONAL Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

3 MISIÓN Garantizar a la comunidad de Floridablanca el servicio público esencial de manera eficiente, oportuna e ininterrumpida con los más altos estándares de calidad para la atención de la Gestión del Riesgo contra incendio, rescate, materiales peligrosos. VISIÓN Ser reconocido como uno de los Cuerpos de Bomberos más idóneos del País, representado en nuestro talento humano, infraestructura, equipamiento y herramientas tecnológicas que respalden de manera segura las labores propias que demanda el servicio público esencial encomendado.   Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

4 OBJETIVOS Garantizar la atención oportuna y eficiente a la comunidad ante la respuesta de emergencias presentadas, actividades de prevención de riesgos y campañas ambientales. Promover la capacitación y campañas constantes a la comunidad en la preservación y mitigación de aspectos e impactos ambientales y prevención de riesgos. Promover la generación de ambientes de trabajos seguros para prevenir la ocurrencia de incidentes de trabajo, enfermedades laborales, mediante campañas de salud para la promoción y prevención del cuidado integral de la salud de nuestro talento humano. Asegurar el cumplimiento de la normatividad legal vigente aplicable que se encuentren identificada en el CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

5 OBJETIVOS Garantizar el cumplimiento del plan de formación para nuestro equipo de trabajo con el fin de mejorar habilidades, aptitudes para la prestación de un servicio integral y mejorar las condiciones de salud y trabajo Incrementar el grado de satisfacción de nuestros clientes a través de la prestación de nuestros servicios. Prevenir y minimizar la contaminación ambiental en las actividades realizadas por el CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA. Garantizar el adecuado uso y funcionamiento de nuestro parque automotor y equipos de trabajo en atención y prevención de emergencias. Establecer, implementar y mejorar continuamente la eficacia del sistema de gestión integral y de cada uno de sus procesos de la institución Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

6 POLITICA INTEGRAL Como institución líder en la atención de la gestión del riesgo contra incendios, rescate y materiales peligrosos en el municipio de Floridablanca, garantizamos a la comunidad la prestación del servicio público esencial de manera eficiente, oportuna, preservando el cuidado por el medio ambiente, además de promover la cultura del autocuidado y seguridad de nuestro talento humano, mejorando continuamente todos nuestros procesos, infraestructura, equipamiento y herramientas tecnológicas que respalden de manera segura las labores propias del servicio.    En el CBVF estamos comprometidos con: La prevención de incidentes, accidentes, enfermedades laborales, mitigación de impactos ambientales; garantizando el uso eficiente de los recursos y asegurando la disposición final adecuada de los residuos generados. Para el cumplimiento de la presente política, el CBVF se enfoca en el seguimiento a la normatividad legal vigente en S&SO, Medio Ambiente y de los compromisos que la institución suscriba con otras entidades.   Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

7 HIMNO NACIONAL AL BOMBERO
ESTROFA I ABRIDNOS EL PASO, SONÓ LA SIRENA. CON LENGUAS DE FUEGO NOS LLAMA EL DEBER, EL ROSTRO TRANQUILO Y EL ALMA SERENA LA VIDA OFRENDAMOS CON HONDO PLACER. ESTROFA II LAS LLAMAS EXTIENDEN SUS FÚNEBRES ALAS; SE ESCUCHAN LAMENTOS DE ANGUSTIA Y DOLOR. ARRIBA BOMBEROS! TENDED LAS ESCALAS, QUÉ IMPORTA LA VIDA SI QUEDA EL HONOR. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

8 HIMNO NACIONAL AL BOMBERO
ESTROFA III TENEMOS POR LEMA SERVIR A LOS HOMBRES; CUMPLAMOS GUSTOSOS LA NOBLE MISIÓN, EN MEDIO DE LLAMAS SE VEN NUESTROS NOMBRES AL PIE DEL ESCUDO DE LA ABNEGACIÓN. ESTROFA IV JAMÁS NOS DETIENEN PELIGROS NI HORRORES, SI NOBLES MANDATOS DEBEMOS CUMPLIR, Y SOMOS FELICES QUITANDO DOLORES, AL VER QUE POR OTROS DEBEMOS MORIR. ESTROFA V EL AGUA QUE SALTA GENTIL, ES HERMANA DE TODO BOMBERO SU HERMANA MAYOR, CON ELLA VOLVEMOS AL SON DE LA DIANA Y EN ELLA HEMOS PUESTO LA FE Y EL HONOR. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

9 MARCO JURIDICO Teléfono: 6750665 - 6750666 / Línea de Emergencia: 119
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10 Reglamento de Disciplina para el Personal de los Cuerpos de Bomberos
DECRETO 953 DE 1997 03 de Abril de 1997 Reglamento de Disciplina para el Personal de los Cuerpos de Bomberos OBJETO. El reglamento de disciplina tiene por objeto asegurar la legalidad, moralidad, imparcialidad, responsabilidad, cooperación y eficiencia en la prestación del servicio público esencial de la actividad Bomberil, mediante la aplicación de un sistema que regule la conducta de los bomberos. Cuerpo Bomberil y Administrativo SANCIONES impone Comandante Comandante SANCIONES impone Consejo de Oficiales 1.Oficiales CAMPO DE APLICACION 2.Suboficiales 3.Bomberos Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

11 DECRETO 720 DE 2001 24 de Diciembre de 2001 Por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos. Objeto: La presente ley tiene por objeto promover, reconocer y facilitar la Acción Voluntaria como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad social, reglamentar la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regular sus relaciones. Conceptos. Para los efectos de la presente ley se entiende por: "Voluntariado" Es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas, quienes ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntario. "Voluntario" Es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

12 actividades de voluntariado con la participación de voluntarios.
"Organizaciones de Voluntariado" (ODV) Las que con personería jurídica y sin ánimo de lucro tienen por finalidad desarrollar planes, programas, proyectos y actividades de voluntariado con la participación de voluntarios. "Entidades con Acción Voluntaria" (ECAV) Son aquellas que sin tener como finalidad el voluntariado, realizan acción voluntaria. Principios de la Acción Voluntaria. La Acción Voluntaria se rige por los siguientes principios: a) La libertad como principio de acción tanto de los voluntarios como de los destinatarios, quienes actuarán con espíritu de unidad y cooperación b) La participación como principio democrático de intervención directa y activa de los ciudadanos en las responsabilidades comunes, promoviendo el desarrollo de un tejido asociativo que articule la comunidad desde el reconocimiento de la autonomía y del pluralismo Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

13 capacidad crítica e innovadora de la Acción Voluntaria
c) La solidaridad como principio del bien común que inspira acciones en favor de personas y grupos, atendiendo el interés general y no exclusivamente el de los miembros de la propia organización d) El compromiso social que orienta una acción estable y rigurosa, buscando la eficacia de sus actuaciones como contribución a los fines de interés social e) La autonomía respecto a los poderes públicos y económicos que amparará la capacidad crítica e innovadora de la Acción Voluntaria f) El respeto a las convicciones y creencias de las personas, luchando contra las distintas formas de exclusión g) En general todos aquellos principios inspiradores de una sociedad democrática, pluralista, participativa y solidaria. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

14 Fines del voluntariado
Fines del voluntariado. Las acciones del voluntariado tendrán los siguientes fines: a) Contribuir al desarrollo integral de las personas y de las comunidades, con fundamento en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana y la realización de los valores esenciales de la convivencia ciudadana a saber: La vida, la libertad, la solidaridad, la justicia y la paz b) Fomentar, a través del servicio desinteresado, una conciencia ciudadana generosa y participativa para articular y fortalecer el tejido social. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

15 PROYECTO DE LEY 03 DE 2014 Modifica la Ley 720 de 2001
Conceptos. Para los efectos de la presente ley se entiende por: Voluntariado: Es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, quienes ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntario. Voluntario: Es toda persona natural que responsable y libremente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas, nacionales o internacionales o fuera de ellas. Voluntario Informal: Es toda persona que sin pertenecer a una organización realiza actividades de interés general de manera responsable y libre, y no recibe remuneración de carácter laboral. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

16 Voluntariado Juvenil: Son las actividades que los jóvenes realizan ofreciendo
tiempo, trabajo y talento en una relación civil y sin ánimo de lucro, para beneficiar a la comunidad y construir bien común. Para la determinación del rango de edad de un voluntario juvenil se tendrá en cuenta lo expuesto en la ley de la juventud. Voluntariado Corporativo: Son las actividades de interés general promovidas y apoyadas por una corporación a través de sus recursos, empleados y aliados, y en causas propias o ajenas. Voluntariado Universitario: Son las actividades de interés general realizadas por personas vinculadas con universidades. Su objetivo es profundizar la función social de estas, integrando conocimiento, investigación y la extensión universitaria hacia el desarrollo del capital social y el bien común. Quedan excluidas de esta definición las actividades que generen créditos académicos o prácticas universitarias que sean requisito para obtener titulación. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

17 Voluntariado Estatal: Es el conjunto de actividades de interés general realizadas por personas convocadas por un ente público nacional o internacional, de manera libre y voluntaria, sin recibir remuneración de carácter laboral. Quedan excluidas de esta definición las prácticas de servicio social obligatorio que sean requisito por ley o para recibir algún beneficio particular. Otras expresiones del voluntariado: Son todas las manifestaciones de la acción voluntaria no contempladas en los numerales anteriores y que guarden consonancia con los principios contenidos en la presente ley. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

18 Fines del voluntariado
Fines del voluntariado. Las acciones del voluntariado tendrán los siguientes fines: a) Contribuir al desarrollo integral de las personas y de las comunidades, con fundamento en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana y la realización de los valores esenciales de la convivencia ciudadana a saber: La vida, la libertad, la solidaridad, la justicia y la paz b) Fomentar, a través del servicio desinteresado, una conciencia ciudadana generosa y participativa para articular y fortalecer el tejido social c) Respaldar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del milenio, objetivos de desarrollo sostenible, y todos aquellos que busquen mejorar la calidad de vida de las personas y el cuidado del medio ambiente, como una expresión de apoyo a los compromisos contraídos por Colombia como miembro de la Organización de Naciones Unidas. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

19 LEY 769 de 2002 06 de Agosto 2002 Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones Artículo 64. Cesión de paso en la vía a vehículos de emergencia. Todo conductor debe ceder el paso a los vehículos de ambulancias, cuerpo de bomberos, vehículos de socorro o emergencia y de la policía o ejército orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo, cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas o cualquier señal óptica o audible. En todo caso los vehículos de emergencia deben reducir la velocidad y constatar que les han cedido el derecho de paso al cruzar una intersección. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

20 En calzadas de tres (3) carriles, deberá procurarse despejar, como mínimo, el carril del medio para el paso de estos vehículos. Si tiene más de tres (3), se despejará el siguiente al del carril más rápido, o por donde lo haya demarcado la autoridad de tránsito mediante señalización especial. En todo caso se permitirá el paso. Artículo 104. Normas para dispositivos sonoros. Todo vehículo deberá estar provisto de un aparato para producir señales acústicas de intensidad, no superior a los señalados por las autoridades ambientales, utilizable únicamente para prevención de accidentes y para casos de emergencia. Se buscará por parte del Ministerio de Transporte y el Ministerio del Medio Ambiente reducir significativamente la intensidad de pitos y sirenas dentro del perímetro urbano, utilizando aparatos de menor contaminación auditiva. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

21 El uso de sirenas, luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares está reservado a los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

22 LEY 1505 DE 2012 05 de Enero 2012 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL SUB-SISTEMA NACIONAL DE VOLUNTARIOS DE PRIMERA RESPUESTA Y SE OTORGAN ESTIMULOS A LOS VOLUNTARIOS DE LA DEFENSA CIVIL, DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DE COLOMBIA Y DE LA CRUZ ROJA COLOMBIANA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE VOLUNTARIADO EN PRIMERA RESPUESTA OBJETO. La presente ley tiene por objeto crear el Sub-Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta como parte del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, asi como reconocer y estimular la labor de los voluntarios que hacen parte del mismo y potenciar su formación y competencias ciudadanas. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

23 Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana.
Este Sub-sistema es el conjunto de entidades que realizan acciones voluntarias en primera respuesta a nivel nacional en atención y prevención de desastres, emergencias y eventos antrópicos. El Sub-Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta hace parte del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. INTEGRANTES. El Sub-Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta estará integrado por: Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana. Los voluntarios acreditados y activos de la Cruz Roja Colombiana. Los voluntarios acreditados y activos de los Cuerpos de Bomberos. Demás entidades autorizadas por el Comité Nacional para la Prevención y Atención Desastres Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

24 DEBERES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA
DEBERES DE LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA. Los integrantes del Sub-Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta deberán: Crear o fortalecer grupos élites o de avanzada, integrados por aquellos voluntarios operativos con capacidad de intervención inmediata en una emergencia o desastre. El Gobierno Nacional a través del Sistema Nacional de Voluntarios facilitará que sus integrantes tengan entrenamiento adecuado y actualizado para la prevención y atención de desastres y emergencias; para lo cual promoverá el otorgamiento de becas e incentivos. El Gobierno Nacional tendrá un plazo de seis (06) meses a partir de la promulgación de esta ley para reglamentar esta materia. Estar debidamente acreditados por las instituciones para prestar servicios de primera respuesta ante cualquier emergencia. Apoyar a cualquier integrante del Cuerpo de Primera Respuesta, que previamente se haya hecho presente ante cualquier emergencia, desastre y evento antrópico. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

25 5. Estar entrenados en materia de Primeros Auxilios y Primera Respuesta Médica.
6. Contar con las competencias técnicas, humanas y conceptuales como sensibilidad social, compromiso con los fines de la organización, visión global, habilidades para comunicarse, capacidad para representar a la entidad y otras relacionadas. 7. Dichas competencias técnicas, humanas y conceptuales deben ser evaluadas y valoradas por cada entidad con una periodicidad de cada dos (02) años. 8. Crear y actualizar permanentemente una base única de datos de los voluntarios activos y acreditados y reportar esta información semestralmente al Ministerio del Interior o a la entidad que haga sus veces Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

26 EDUCACIÓN. Las instituciones de educación superior formal y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano, tendrán en cuenta la calidad de voluntario activo de la Defensa Civil Colombiana, el Cuerpo de Bomberos y la Cruz Roja Colombiana para otorgar beneficios en las matriculas y créditos, de acuerdo con lo establecido en sus reglamentos internos. VIVIENDA: Podrán acceder de forma prioritaria a los subsidios de vivienda o programas de vivienda de interés social, los hogares en los cuales por lo menos uno de sus integrantes sea un voluntario activo de las entidades que integren el Sub-Sistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. El subsidio familiar de vivienda, se otorgará de conformidad con la normatividad vigente que regula la materia, en cualquiera de sus modalidades. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

27 LEY 1575 DE 2012 21 de Agosto 2012 POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA LEY GENERAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA" ART. 2 GESTION INTEGRAL DEL RIESGO CONTRA INCEDIO La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, estarán a cargo de las instituciones Bomberiles y para todos sus efectos, constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa a través de Cuerpos de Bomberos Oficiales, Voluntarios y aeronáuticos. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

28 Los entes territoriales deben garantizar la inclusión de políticas, estrategias, programas, proyectos y la cofinanciación para la gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y materiales peligrosos en los instrumentos de planificación territorial e inversión pública. Las autoridades civiles, militares y de policía, garantizarán el libre desplazamiento de los miembros de los cuerpos de bomberos en todo el territorio nacional y prestarán el apoyo necesario para el cabal cumplimento de sus funciones. A partir de la vigencia de la presente ley la organización para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, se denominarán Bomberos de Colombia. Los bomberos de Colombia forman parte integral del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres o quien haga sus veces. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

29 a) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios Reconocidos.
Las instituciones que integran los bomberos de Colombia, son las siguientes a) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios Reconocidos. b) Los Cuerpos de Bomberos Oficiales. c) Los Bomberos Aeronáuticos. d) Las Juntas Departamentales de Bomberos. e) La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos. f) La Delegación Nacional de Bomberos de Colombia. g) La Junta Nacional de Bomberos de Colombia. h) La Dirección Nacional de Bomberos de Colombia. Los bomberos de Colombia tendrán un uniforme, un lema, un estandarte, un himno y un escudo. Su nombre, emblemas, insignias, uniformes, condecoraciones y demás elementos de identificación, no podrán ser usados por ninguna otra persona, organización, vehículo o entidad, so pena de las acciones legales pertinentes. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

30 FUNCIONES DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS
Aprobar, coordinar, regular y acompañar en la implementación, de las políticas globales y los reglamentos generales de orden técnico, administrativo y operativo que deben cumplir los cuerpos de bomberos y sus integrantes para la prestación del servicio público esencial. Acompañar a los cuerpos de bomberos en la formulación y ejecución de los planes de mejoramiento, que cada cuerpo de bomberos adopte para ajustarse a los lineamientos determinados por la dirección nacional. Dar el soporte técnico a los cuerpos de bomberos para la formulación de ¡ proyectos a presentar ante la junta nacional de bomberos. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

31 Fortalecer la actividad Bomberil.
Administrar el Fondo Nacional de Bomberos INTEGRACION JUNTA NACIONAL DE BOMBEROS La Junta Nacional de Bomberos de Colombia, estará integrada por: a) El Ministro del Interior, quien la presidirá o su delegado, quien solo podrá ser el viceministro. b) El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado c) El Director de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres o quien haga sus veces. d) El Director General de la Autoridad Aeronáutica de Colombia o su delegado quien deberá ser el Jefe del Grupo de Bomberos Aeronáuticos a Nivel Nacional e) Un Alcalde elegido por la Federación Nacional de Municipios. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

32 FUNCIONES DE LA JUNTA NACIONAL DE BOMBEROS
f) Un Gobernador elegido por la Federación Nacional de Departamentos. g) El Presidente de la Confederación Nacional de Bomberos o su delegado. h) Cuatro (4) delegados de las Juntas Departamentales de Bomberos del país. i) Un (1) delegado de los Cuerpos de Bomberos Oficiales del país, elegido entre ellos mismos. j) Un delegado de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda). FUNCIONES DE LA JUNTA NACIONAL DE BOMBEROS Aprobar los proyectos presentados, a financiar con el Fondo Nacional d Bomberos Formular los lineamientos y los reglamentos generales de orden técnica ( administrativo y operativo, para que sean insumo para las determinaciones de I Dirección Nacional de Bomberos. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

33 DELEGACION NACIONAL: La Delegación Nacional de Bomberos es un órgano de la Institución de Bomberos de Colombia y está conformado por un delegado, elegido de cada una de las juntas departamentales de bomberos de país y sus funciones son: a) Elegir a los delegados de las juntas departamentales de bomberos que integrarán la Junta Nacional de Bomberos. b) Evaluar en sus reuniones anuales, la aplicación y desarrollo por los cuerpo de bomberos de las políticas, programas y proyectos operativos, educativo, organizativos y tecnológicos emanados de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia y hacer las recomendaciones a que haya lugar. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

34 b) El secretario de Ambiente del Departamento o quien haga sus veces.
INTEGRACION JUNTA DEPARTAMENTAL DE BOMBEROS Las Junta Departamentales de Bomberos estarán integradas por: a) a) El Gobernador del Departamento que solo podrá en caso de ser necesario delegar en el secretario de gobierno, quien la presidirá. b) El secretario de Ambiente del Departamento o quien haga sus veces. c) Tres (3) comandantes de cuerpos de bomberos voluntarios y un (1) comandante y/o director del cuerpo de bomberos oficial. d) El director del Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastre (Crepad) o quien haga sus veces e) El Director Regional de la Aeronáutica Civil, con jurisdicción en la respectiva regional o su delegado quien deberá ser el Jefe del Grupo de Bomberos Aeronáuticos en la respectiva regional. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

35 FUNCIONES DE LAS JUNTAS DEPARTAMENTALES DE BOMBEROS Las Juntas Departamentales de Bomberos, cumplirán las siguientes funciones Generales: Evaluación y acompañamiento en el desarrollo de las actividades propias de la función Bomberil, desplegadas en el ámbito de la jurisdicción de cada Departamento. Selección y nombramiento entre los comandantes que la integran, de los representantes ante la delegación nacional y el Comité Regional y Local para la Mención y Prevención de Desastres. Aprobar los proyectos a financiar con el Fondo Departamental de Bomberos. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

36 Bomberos son Oficiales
CLASES Bomberos son Voluntarios Bomberos son Aeronáuticos a) Cuerpos de Bomberos Oficiales: Son aquellos que crean los concejos distritales o municipales, para el cumplimiento del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos a su cargo en su respectiva jurisdicción b) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios: Son aquellos organizados como asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica expedida por las secretarías de gobierno departamentales, organizadas para la prestación del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en los términos del artículo segundo de la presente ley y con certificado de cumplimiento expedido por la dirección Nacional de Bomberos. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

37 Para la creación de un Cuerpo de Bomberos se requiere:
c) Los Bomberos Aeronáuticos: son aquellos cuerpos de bomberos especializados y a cargo de los explotadores públicos y privados de aeropuertos, vigilados por la Autoridad Aeronáutica Colombiana y organizados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos y demás calamidades conexas propias del sector aeronáutico. Para la creación de un Cuerpo de Bomberos se requiere: a) El cumplimiento de los estándares técnicos y operativos nacionales e internacionales determinados por la Dirección Nacional, de acuerdo con las recomendaciones de la Junta Nacional de Bomberos b) Concepto técnico previo, favorable de la Junta Departamental o Distrital respectiva. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

38 Funciones. Los cuerpos de bomberos tendrán las siguientes funciones:
c) Para el caso de los Bomberos Aeronáuticos deberán cumplir con las normas, requisitos y condiciones establecidos por la Autoridad Aeronáutica en los reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) b) Concepto técnico previo, favorable de la Junta Departamental o Distrital respectiva. Funciones. Los cuerpos de bomberos tendrán las siguientes funciones: 1. llevar a cabo la gestión integral del riesgo en incendios que comprende: a) Análisis de la amenaza de incendios. b) Desarrollar todos los programas de prevención. c) Atención de incidentes relacionados con incendios. d) Definir, desarrollar e implementar programas de mitigación. e) Llevar a cabo los preparativos tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y todas las instalaciones de personas de derecho público y privado para garantizar la respuesta oportuna, eficiente y eficaz. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

39 2. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención en casos de rescates, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo. 3. Adelantar los preparativos, coordinación y la atención de casos de incidentes con materiales peligrosos, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo. 4. Investigar las causas de las emergencias que atienden y presentar su informe oficial a las autoridades correspondientes. 5. Servir de organismo asesor de las entidades territoriales en temas relacionados con incendios, rescates e incidentes con materiales peligrosos y seguridad humana. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

40 6. Apoyar a los comités locales de gestión del riesgo en asuntos bomberiles.
Ejecutar los planes y programas que sean adoptados por las instituciones de los bomberos de Colombia. Frecuencias de Radiocomunicaciones. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgará y exonerará del pago para la adjudicación y uso de frecuencias de radiocomunicaciones que deben utilizar los organismos bomberiles y los demás órganos operativos del sistema para la prevención y atención de desastres. Igualmente estarán exonerados de cualquier tarifa en lo referente a las· frecuencias de radiocomunicaciones, utilizadas por los cuerpos de bomberos en sus actividades operativas propias de la prestación del servicio público a su cargo respecto a su adjudicación y uso, sin que por ello pierda la propiedad control y vigilancia de la misma. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

41 Comités Regionales y Locales para la Atención y Prevención de Desastres. De los Comités Regionales y Locales para la Atención y Prevención de Desastres, formarán parte, respectivamente, un representante designado por la Junta Departamental de Bomberos y los Comandantes o sus Delegados, de los Cuerpos de Bomberos de los Distritos, Municipios y Territorios Indígenas. Inspecciones y certificados de seguridad. Los cuerpos de bomberos son los órganos competentes para la realización de las labores de inspecciones y revisiones técnicas en prevención de incendios y seguridad humana en edificaciones públicas, privadas y particularmente en los establecimientos públicos de comercio e industriales, e informarán a la entidad competente el cumplimiento de las normas de seguridad en general. De igual manera, para la realización de eventos masivos y/o pirotécnicos, harán cumplir toda la normatividad vigente en cuanto a la gestión integral del riesgo contra incendio y calamidades conexas. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

42 Estas inspecciones, contemplarán los siguientes aspectos:
1.Revisión de los diseños de los sistemas de protección contraincendio y seguridad humana de los proyectos de construcciones nuevas y/o reformas de acuerdo a la normatividad vigente. 2.Realización de inspección y prueba anual de los sistemas de protección contraincendio de acuerdo a normatividad vigente. 3.Realización de inspecciones técnicas planeadas referentes a incendio y seguridad humana. Todos los ciudadanos deberán facilitar en sus instalaciones las inspecciones de seguridad humana y técnicas que el cuerpo de bomberos realice como medida de prevención y durante las acciones de control. Las labores determinadas en el presente artículo, se realizarán de acuerdo a las tarifas asignadas para cada caso, previa reglamentación que expida anualmente la junta nacional de bomberos de Colombia Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

43 DECRETO 0661 DE 2014 27 de Agosto 2014 POR LA CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO ADMINISTRATIVO, OPERATIVO, TÉCNICO Y ACADÉMICO DE LOS BOMBEROS DE COLOMBIA. “La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, estarán a cargo de las instituciones Bomberiles y para todos sus efectos constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado” Las instituciones que integran los Bomberos de Colombia son las siguientes a) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios reconocidos b) Los Cuerpos de Bomberos Oficiales c) Los Bomberos Aeronáuticos Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

44 d) Las Juntas Departamentales de Bomberos
e) La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia f) La Delegación Nacional de Bomberos de Colombia g) La Junta Nacional de Bomberos de Colombia h) La Dirección Nacional de Bomberos De los Cuerpos de Bomberos a) Cuerpos de Bomberos Oficiales: Son aquellos que crean los concejos distritales o municipales, para el cumplimiento del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos a su cargo en su respectiva jurisdicción Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

45 b) Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios: Son aquellos organizados como asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica expedida por las secretarías de gobierno departamentales, organizadas para la prestación del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en los términos del artículo segundo de la presente ley y con certificado de cumplimiento expedido por la dirección Nacional de Bomberos. c) Los Bomberos Aeronáuticos: son aquellos cuerpos de bomberos especializados y a cargo de los explotadores públicos y privados de aeropuertos, vigilados por la Autoridad Aeronáutica Colombiana y organizados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos y demás calamidades conexas propias del sector aeronáutico. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

46 El Comandante, el Subcomandante y los demás Dignatarios, serán elegidos para un periodo de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un periodo igual por parte del Consejo de Oficiales. En los Consejos de Oficiales donde existan parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, solo uno de ellos podrá Integrar la Mesa Directiva. Asimismo, en el evento en que algún miembro de la Mesa Directiva tenga grado de consanguinidad con algún miembro del Consejo de Oficiales, este miembro, tendrá voz más no voto, esto mismo se aplicará para la elección del Comandante y Subcomandante. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

47 LA JUNTA DISTRITAL DE BOMBEROS DE BOGOTÁ, D. C.
La Junta Distrital de Bomberos de Bogotá, D. C., cumplirá las mismas funciones de las Juntas Departamentales de Bomberos y estará integrada por: a) El Alcalde, que solo podrá en caso de ser necesario delegar en el Secretario de Gobierno, quien la presidirá b) El Secretario de Medio Ambiente, o quien haga sus veces c) El Director del Cuerpo Oficial de Bomberos d) El Comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntario del Distrito e) El Director Regional de la Aeronáutica Civil quien solo podrá delegar en el Jefe de Bomberos Aeronáuticos de la respectiva regional f) El Director del Consejo Distrital de Gestión del Riesgo. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

48 Jerarquía de los Bomberos Oficiales.
Se reglamenta la carrera Bomberil y los ascensos de los Bomberos de Colombia. El orden jerárquico del personal de los Bomberos Voluntarios en Colombia, es el siguiente: Jerarquía de los Bomberos Oficiales. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

49 1. Tener cédula de ciudadanía colombiana o de extranjería.
REQUISITOS DE INGRESO. Para ingresar como aspirante a Bombero a una Institución Bomberil, se requiere como mínimo: 1. Tener cédula de ciudadanía colombiana o de extranjería. 2. Grado de escolaridad definido por cada Institución Bomberil de acuerdo a sus Estatutos y como mínimo bachiller en aquellas ciudades mayores a cincuenta mil (50.000) habitantes. 3. Tener definida la situación militar. 4. Aprobar el examen médico ocupacional, así como las pruebas físicas y psicotécnicas, además de las ordenadas por los respectivos Cuerpos de Bomberos acorde a la necesidad de servicio. 5. Las demás que las leyes colombianas y el presente Reglamento dispongan Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

50 CONDICIONES DE LOS ASCENSOS
Los ascensos se conferirán al personal en servicio activo que cumpla con los requisitos establecidos, dentro del orden jerárquico y que sean llamados a discrecionalidad del Consejo de Oficiales de cada Institución Bomberil, con sujeción al presente Reglamento y a lo establecido en los Estatutos, Reglamento Interno de cada institución y acorde a las necesidades del servicio Se hace indispensable que los ascensos del personal se realicen por las Instituciones de Bomberos previos los procesos de formación y años que se señalan gradualmente para ostentar los diferentes grados tanto para los Suboficiales como para los Oficiales. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

51 REQUISITOS PARA ASCENSO
El personal de Oficiales, Suboficiales y Bomberos podrá ascender en la jerarquía al rango inmediatamente superior, cuando cumpla mínimo con los siguientes requisitos: 1. Tener el tiempo mínimo de servicio efectivo continuo establecido para cada rango 2. Adelantar y aprobar los cursos de capacitación para ascenso. 3. Ser llamados a ascenso por el Consejo de Oficiales de cada Institución Bomberil, siempre y cuando exista la vacante dentro de su estructura orgánica 4. Los ascensos de los Suboficiales deben contar con concepto previo favorable del Consejo de Oficiales y surtir su trámite ante la Junta Departamental de Bomberos, para su aprobación Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

52 5. Los ascensos a Capitanes, Tenientes y Subtenientes deben contar para su aprobación por parte de la Junta Nacional de Bomberos con el concepto previo favorable de la Dirección Nacional de Bomberos. 6. Obtener la calificación para ascenso de acuerdo con el Reglamento de Evaluación 7. Aprobar el examen médico ocupacional, así como las pruebas físicas y psicotécnicas, además de las que señale cada institución. Para el caso de los ascensos en los Cuerpos de Bomberos Oficiales y Aeronáuticos Oficiales se aplicará lo consagrado en el régimen específico de carrera administrativa. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

53 Tiempo mínimo de servicio en cada rango.
Para el caso de los ascensos en los Cuerpos de Bomberos Oficiales y Aeronáuticos Oficiales se aplicará lo consagrado en el régimen específico de carrera administrativa. Tiempo mínimo de servicio en cada rango. los siguientes tiempos mínimos para el personal operativo, como requisitos para ascender al rango inmediatamente superior: 1. Tener cédula de ciudadanía colombiana o de extranjería Requisitos mínimos para aspirar al grado de bombero 2. Grado de escolaridad definido por cada Institución Bomberil de acuerdo a sus Estatutos y cómo mínimo bachiller en aquellas ciudades mayores a cincuenta mil (50.000) habitantes. Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

54 3. Tener definida la situación militar.
4. Aprobar el examen médico ocupacional, así como las pruebas físicas y psicotécnicas, además de las ordenadas por los respectivos Cuerpos de Bomberos acorde a la necesidad de servicio. 5. Las demás que las leyes colombianas y el presente Reglamento dispongan 6. Haber acreditado el título de Bombero por las Escuelas de Bomberos debidamente reconocida Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

55 Profesionalización y la capacitación gradual de los Bomberos
Para obtener los ascensos y rangos respectivos, es requisito indispensable haber realizado y cumplido con los contenidos del pensum académico establecido y reglamentados por la Dirección Nacional de Bomberos, conforme al plan de profesionalización, especialidades y capacitación gradual para bomberos que determine la Subdirección Estratégica y de Coordinación Bomberil, y que sean dictados por las Escuelas Nacionales y Regionales de Bomberos e instructores debidamente certificados La capacitación ha cobrado gran importancia para el éxito, no solo para la organización sino para los propios individuos. Las nuevas tecnologías en rápido cambio requieren que los bomberos a través del conocimiento se profesionalicen. Para los ascensos graduales de los Bomberos de Colombia se tendrá en cuenta la siguiente tabla de CAPACITACIÓN: Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

56 Teléfono: 6750665 - 6750666 / Línea de Emergencia: 119
Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

57 PLANES CURRICULARES Los planes curriculares tienen objetivos eminentemente pedagógicos cuyo resultado final es el de estandarizar y unificar los conocimientos en materia Bomberil y afines con esta para la efectiva prestación del servicio. PLANES CURRICULARES Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

58 PLANES CURRICULARES Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

59 CATEGORIZACIÓN DE LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN BOMBERIL EN COLOMBIA
Las Escuelas de Formación Bomberil deben estar soportadas en dos grandes pilares a saber: INFRAESTRUCTURA Y PERSONAL; estos pilares a su vez deben estar conformados de la siguiente manera: INFRAESTRUCTURA PERSONAL Instalaciones Administrativo Equipos Formación del ser Capacidad financiera Formación técnica Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

60 VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA
REPÚBLICA DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA AUDITORIO Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)

61 AUDITORIO Teléfono: 6750665 - 6750666 / Línea de Emergencia: 119
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62 VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA
REPÚBLICA DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE FLORIDABLANCA AUDITORIO Teléfono:  / Línea de Emergencia: 119 Página web: Dirección: Avenida Bucarica N° 21 peatonal 16 Urbanización Bucarica - Floridablanca (Santander - Colombia)


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