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Publicada porClara Pastor Modificado hace 3 años
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CE.010 Pavimentos UrbanosCE.010 Pavimentos Urbanos: CE.020 Estabilización de Suelos y Taludes: CE.010 Pavimentos Urbanos: Norma tiene su ámbito de aplicación circunscrito al límite urbano de todas las ciudades del Perú. Esta Norma fija los requisitos y exigencias mínimas para el análisis, diseño, materiales, construcción, control de calidad e inspección de pavimentos urbanos en general, excepto donde ésta indique lo contrario. CE.020 Estabilización de Suelos y Taludes: presente norma es obligatoria para todo el territorio nacional. Se exige su aplicación a todos los Estudios de Estabilización de Suelos y Taludes para las obras de ingeniería civil. La presente norma considera exigencias mínimas, sin ser limitativo para los estudios de evaluación y mitigación de los riesgos de deslizamientos de laderas o taludes brindando un enfoque ambiental orientado a la Gestión de Riesgos. CE.030 Obras Especiales y Complementarias: Establecer los lineamientos técnicos mínimos para el diseño y construcción de infraestructura para bicicletas. La presente norma es de aplicación obligatoria para toda habilitación urbana en conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano Municipal y/o el Plan de Desarrollo Vial Municipal. El numeral 7. ANEXOS es de carácter informativo. No es de cumplimiento obligatorio. CE.020 Estabilización de Suelos y Taludes CE.010 Pavimentos Urbanos CE.020 Estabilización de Suelos y Taludes CE.030 Obras Especiales y Complementarias Componentes Estructurales
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TITULO II HABILITACIONES URBANAS II OBRAS DE SANEAMINETO
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Esta Norma fija los requisitos mínimos a los que deben sujetarse los diseños de captación y conducción de agua para consumo humano, en localidades mayores de 2000 habitantes. Captacion Aguas subterráneas Pozoz profundos Pozos excavados Galerias flotantes Manantiales
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OS.020 Plantas de tratamiento de agua para consumo humano El objeto de la norma es, el de establecer criterios básicos de diseño para el desarrollo de proyectos de Plantas de tratamiento de agua para consumo humano. La presente norma es de aplicación a nivel nacional.
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Los sistemas de almacenamiento tienen como función suministrar agua para consumo humano a las redes de distribución, con las presiones de servicio adecuadas y en cantidad necesaria que permita compensar las variaciones de la demanda. Asimismo deberán contar con un volumen adicional para suministro en casos de emergencia como incendio, suspensión temporal de la fuente de abastecimiento y/o paralización parcial de la planta de tratamiento. Funcionamiento Deberán ser diseñados como reservorio de cabecera. Su tamaño y forma responderá a la topografía y calidad del terreno, al volumen de almacenamiento, presiones necesarias y materiales de construcción a emplearse. La forma de los reservorios no debe representar estructuras de elevado costo. RESERVORIOS: CARACTERÍSTIC AS E INSTALACIONES
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Diseño Estudios Complementarios Ubicación Vulnerabilidad Mantenimiento Seguridad ASPECTOS GENERALES Esta Norma señala los requisitos mínimos que deben cumplir Los sistemas hidráulicos y electromecánicos de bombeo de agua para consumo humano. Las estaciones de bombeo tienen como función trasladar el agua mediante el empleo de equipos de bombeo. ESTACION DE BOMBEO La estación de bombeo, podrá contar o no con reservorio de succión. Cuando exista este, se deberá permitir que la succión, se efectué preferentemente con carga positiva. El ingreso de agua se ubicará en el lado opuesto a la succión para evitar la incorporación de aire a la línea de impulsión y el nivel de sumergencia de la línea de succión no debe permitir la formación de vórtices.
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Fijar las condiciones exigibles en la elaboración de los proyectos hidráulicos de redes de agua para consumo humano. Esta Norma fija los requisitos mínimos a los que deben sujetarse los diseños de redes de distribución de agua para consumo humano en localidades mayores de 2000 habitantes. DISPOSICIONES ESPECIFICAS PARA DISEÑO Levantamiento topográfico Suelos Poblacion Caudal del diseño Analisis hidráulico, etc CONEXIÓN PREDIAL Diseño Elementos de conexión Ubicación Diametro minimo
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Son responsables de la aplicación de la presente norma el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado PRONAP, el Programa de Apoyo al Sector de Saneamiento Básico - PASSB, delegando su autoridad para el ejercicio de su función en donde corresponda, a sus respectivas Unidades Técnicas. Normas Técnicas Peruanas NTP. Norma OS.100 Infraestructura Sanitaria para Poblaciones Urbanas y Norma IS.010 Instalaciones Sanitarias para Edificaciones Código Sanitario del Perú – D.L. 17505 Ley General de Aguas y su Reglamento – D.L. 17752 del 24.07.90 Tipos de sistema de drenaje urbano a) Sistema de Alcantarillado Sanitario b) Sistema de Alcantarillado Pluvial c) Sistema de Alcantarillado Combinado
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Fijar las condiciones exigibles en la elaboración del proyecto hidráulico de las redes de aguas residuales funcionando en lámina libre. En el caso de conducción a presión se deberá considerar lo señalado en la norma de líneas de conducción.
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OS.080 Estaciones de bombeo de aguas residuales Las estaciones de bombeo tienen como función trasladar las aguas residuales mediante el empleo de equipos de bombeo.
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OS.090 Plantas de tratamiento de aguas residuales Está relacionada con las instalaciones que requiere una planta de tratamiento de aguas residuales municipales y los procesos que deben experimentar las aguas residuales antes de su descarga al cuerpo receptor o a su reutilización
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NORMA OS.100 CONSIDERACIONES BÁSICAS DE DISEÑO DE INFRAESTRUCTURA SANITARIA
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