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ETICA PÚBLICA Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA

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Presentación del tema: "ETICA PÚBLICA Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA"— Transcripción de la presentación:

1 ETICA PÚBLICA Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Dr. Elvis Delgado Bacigalupi

2 ÉTICA CONCEPTO Consiste en el conjunto de valores morales que permite a la persona adoptar decisiones y tener comportamiento correcto en las actividades que le corresponde cumplir en la entidad.

3 REALIDAD DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y URGENTE NECESIDAD DE CAMBIO
Universalmente se sospecha de: Corrupción en todos los niveles Escándalos con implicancias morales serias Uso indebido del poder. Degeneración, descomposición y erosión de estándares de conducta. Fraudes. Ilegalidad flagrante, etc.

4 ESTRATEGIA PREVENTIVA
Un planteamiento sustentado en la ética es esencialmente preventivo; sin embargo debe ajustarse a las condiciones de la sociedad a la cual es propuesto. Para ello se han planteado principios que ayudan a revisar las instituciones, los sistemas y los mecanismos que poseen para la promoción de la ética en el servicio público.

5 PRINCIPIOS Estándares éticos claros
Estándares reflejados en la estructura legal Guía ética disponible para los servidores públicos. Conocimiento de derechos y obligaciones por parte del servidor público. El compromiso político con la ética debe reforzar la conducta ética del servidor público Proceso de decisiones transparente y abierto Directrices claras para interacción entre sector público y privado Los directivos deben promover y demostrar una conducta ética. Las políticas de administración, los procedimientos y las prácticas, deben promover la conducta – ética. Las condiciones del servicio público y la administración de los recursos humanos deben promover la conducta ética. Los mecanismos de rendición de cuentas deben funcionar al interior del servicio público. Deben existir procedimientos y sanciones apropiados para enfrentar las malas conductas.

6 CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ
Ley (22 Julio 2002) Consta de: 13 Artículos 02 disposiciones complementarias y finales Modificatorias: Ley Art. 4 numeral 4.1 y Art. 11 Reglamento.- D.S PCM del 18 de abril del 2005.

7 VIGENCIA Y APLICACIÓN DE NORMAS
Ley Ley Marco del Empleo Público Decreto Legislativo 276 D.S PCM Ley 27444 Ley 27815 D.S PCM

8 RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL SERVIDOR PÚBLICO
En el ejercicio del empleo público los empleados públicos son responsables: Administrativa Civil Penalmente Art. 19 Ley 28175 Ley Marco del Empleo público .

9 INHABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN
ART. 20 Ley 27815 Se determinará en las normas de desarrollo de la ley (aun no dictadas).

10 PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Art. 21 Ley C.E.F.P. El que incurra en falta administrativa grave será sometido al procedimiento disciplinario. Art. Obligación de comunicar transgresión al código ante la comisión permanente de procesos administrativos disciplinarios o quien haga sus veces bajo responsabilidad.

11 PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
Las entidades públicas aplicarán, con previa opinión jurídica la correspondiente sanción de acuerdo a: Reglamento: D.S PCM D. Legislativo 276 D.S PCM cuando corresponda. Art. 12 Ley C.E.F.P.

12 REGISTRO DE SANCIONES EL Art. 13 de la Ley 27815 C.E.F.P.
Dispone ampliar el registro nacional de sanciones de destitución y despido, establecido en el art. 242 de la ley 27444, debiendo anotarse en las sanciones producidas por las transgresiones al código de ética de la función pública. Contenido.- Datos personales, sanción tiempo de duración y causa. Vigencia de un año en el registro después de la culminación de la sanción.

13 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Art. 15, 16, 17 y 18 del D.S PCM Reglamento del Código de Etica. Obligación de los empleados públicos de denunciar cualquier infracción contemplada en la ley o reglamento. Ante la comisión permanente especial. Cualquier persona puede denunciar. El empleado público que incurra en infracciones en la ley y reglamento será procesado. Conforme el D.S. Nº 276 Ley de Bases de la carrera administrativa y su reglamento D.S PCM.

14 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
El plazo de prescripción de la acción para el inicio del procedimiento disciplinario es de 3 años desde que la comisión toma conocimiento de la infracción. Si son continuadas se contabiliza desde la última sin perjuicio del proceso civil o penal que hubiere lugar. Quien no se encuentre en ejercicio de la función pública podrá ser sometido al procedimiento administrativo disciplinario.

15 LEYES COMPLEMENTARIAS A LA LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO Nº 28175
La ley de la carrera del servidor público. Ley del funcionario y empleados de confianza Ley del sistema de remuneraciones del empleo público. Ley de gestión del empleo público Ley de incompatibilidades y responsabilidades Nº – D.S PCM.

16 FALTAS DISCIPLINARIAS DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS
D.L. 276 y D.S. 276 y D.S PCM CONCEPTO Es toda infracción o violación de la ley o reglamento a la cual está señalada una sanción de acuerdo a su magnitud. Es acción u omisión Voluntaria o no Colisión Normativa.- Decreto 276 y ley sobre quienes son funcionarios públicos.

17 FALTAS DISCIPLINARIAS D. Leg. 276 Art. 28
Con cese temporal o destitución: Incumplimiento de la ley y reglamento Reiterada resistencia a cumplimiento de ordenes superiores. Acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento del servicio público Negligencia en desempeño de funciones Impedir funcionamiento del servicio público Utilización o disposición de bienes Concurrencia reiterada embriagado, con droga o estupefaciente. Abuso de autoridad, prevaricación o uso de función con fines lucrativos. Daños intencionales (locales, equipos, maquinas, etc.) Actos de inmoralidad Tres ausencias injustificadas continuas o cinco días no consecutivo en 30 días calendario o más de 15 días no consecutivos en 180 días. Otras.

18 FALTAS ADMINISTRATIVAS Ley 27444. Art. 239
Con amonestación, suspensión y cese o destitución. Negarse a recibir injustificadamente solicitudes, recursos, declaraciones, informaciones o expedir constancia de ellas. No entregar dentro del término los documentos recibidos a la autoridad que decide. Demorar injustificadamente remisión de datos, actuados, expedientes solicitados para resolver un procedimiento. Resolver sin motivación asuntos Ejecutar un acto que no se encuentre expedito No comunicar su abstención en el término legal Dilatar cumplimiento de mandatos o contradecir decisiones Intimar con administrados en queja o contradicción Incurrir en ilegalidad manifiesta Difundir de cualquier modo o permitir acceso a información confidencial.

19 RESTRICCIONES A EX AUTORIDADES
Art Ley 27444 Ninguna autoridad podrá durante el año siguiente a su cese: Representar o asistir a un administrado en algún procedimiento respecto del cual tuvo algún grado de participación. Asesorar a cualquier administrado sobre asuntos pendientes de resolver durante su gestión. Realizar cualquier contrato, de modo directo o indirecto con administrados sobre un procedimiento que resolvió o participó. Su transgresión: Procedimiento investigatorio Prohibición de ingresar a la función pública durante 5 años. Inscripción en registro

20 PRINCIPIOS Y DEBERES ÉTICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO Art. 6 y 7 C.E.F.P.
Respeto Probidad Eficiencia Idoneidad Veracidad Lealtad y obediencia Justicia y equidad Lealtad al estado de derecho

21 DEBERES DEL SERVIDOR PÚBLICO
Neutralidad Transparencia Discreción Ejercicio adecuado del cargo Uso adecuado de bienes del Estado Responsabilidad y respeto a derechos de los administrados.

22 PROHIBICIONES ÉTICAS DEL SERVIDOR PÚBLICO
Mantener intereses en conflicto Obtener ventajas indebidas Actividades de proselitismo político Hacer mal uso de información privilegiada. Presionar, amenazar y/o acosar.

23 INFRACCIONES ÉTICAS DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
Se considera infracción a la ley y reglamento, la transgresión de los principios, deberes y obligaciones y prohibiciones establecidos en los Art. 6, 7 y 8 de la ley generándose responsabilidad posible de sanción Art. 10 inc. 1. * La calificación de infracciones es atribución de la comisión de procedimientos administrativos disciplinarios de cada institución.

24 RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Ley 27444, Art. 238
Normativa novedosa que establece: Indemnización por daños que sufra el administrado en sus bienes y derechos siempre que sea consecuencia del funcionamiento de la administración. El daño debe ser efectivo, valuable, económicamente e individualizado y solo el perjuicio producido. La indemnización incluirá intereses legales La entidad que indemnice podrá repetir en otros.

25 SANCIONES CONCEPTO: Son las penas, castigos o medidas punitivas, establecidas y normadas por el ordenamiento jurídico de la función pública, respecto a las infracciones por acción u omisión a la ley y reglamentos, en el ejercicio de la función por parte de los servidores públicos; pudiendo ser estas: Eticas, disciplinarias, faltas y delitos.

26 SANCIONES Art. 8,9,10,11, 12,13 y 14 D.S. 033-2005 PCM. Amonestación
Suspensión Multa hasta 12 UIT. Resolución contractual Destitución o despido. Se aplican atendiendo la gravedad de la infracción.

27 SANCIONES Infracciones leves: Amonestación, suspensión y/o multa.
Infracciones graves: Resolución contractual, destitución, despido y/o multa Criterios: El perjuicio ocasionando (administrados o administ. Pública Afectación a los procedimientos Naturaleza del cargo, jerarquía y función El beneficio obtenido por el infractor La reincidencia o reiterancia (análoga) (varias)

28 SANCIONES A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
1) De acuerdo al vínculo laboral Amonestación Suspensión temporal hasta por un año, sin remuneración Destitución o despido 2) Personas que desempeñan función pública no comprendidas en inc. Anterior. Multa Resolución contractual 3) Si ya no desempeña función pública.- Multa.

29 Anotación en registro nacional de sanciones (destitución y despido).
REGISTRO DE SANCIONES Anotación en registro nacional de sanciones (destitución y despido). El plazo para comunicar no debe ser mayor de 15 días desde que quedó firme y consentida la sanción.

30 EL PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Es el mecanismo de seguridad establecido por el Estado, con el objeto de garantizar con equidad y justicia la solución de casos calificados como faltas disciplinarias cometidas por funcionarios y servidores públicos y para quienes se ha solicitado cese temporal o destitución. Concordancias: Art. 16 Ley 27815 D.S PCM D. Leg. 276 D.S PCM

31 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Plazo de Prescripción (D.S PCM) * (03) Tres años para el inicio del procedimiento, desde que la comisión toma conocimiento de la infracción.

32 Un funcionario designado por el titular de la entidad (PRESIDE).
COMISIÓN DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOSS (Escrito y Sumario) Conformación.- Un funcionario designado por el titular de la entidad (PRESIDE). El director de personal o quien haga sus veces. Un servidor de carrera, designado por los trabajadores. * Podrá tener asesores * Habrá suplentes

33 COMISIÓN ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS
Conformada para conducción de procesos contra funcionarios públicos que incurran en falta disciplinaria con causal de cese temporal o destitución. Estará integrada por tres miembros acorde con la jerarquía del procesado. Abstenciones: Si es pariente Si fue abogado, perito o testigo o denunció Si le favorece la decisión Si es jefe inmediato superior.

34 FUNCIONES DE LA COMISIÓN
Recepcionar y calificar solicitudes y pronunciarse sobre su procedencia. Tipificar las faltas de acuerdo a la acción u omisión. Realizar diligencias.- Constataciones, recibir manifestaciones, pliego de cargos, escuchar informes, evaluar actuados, adoptar acuerdos, recomendando la sanción.

35 FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
Convocar, citar, presidir, velando por los plazos Recibir solicitudes Elaborar y remitir informe final con suscripción de todos. Suscribir acuerdos y documentación que se remite Disponer adecuado archivo y registro; así como la custodia del expediente.

36 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN
Concurrir a sesiones Participar en diligencias Emitir opinión Suscribir actas de sesiones Suscribir los informes

37 REUNIONES DE LA COMISIÓN
Ordinarias.- Una vez por semana. Extraordinarias.- A pedido del Presidente o miembros sobre asuntos específicos. QUORUM REGLAMENTARIO Exige por lo menos: 01 Miembro titular 02 Miembros suplentes

38 PLAZO IMPRORROGABLE Y LA CADUCIDAD
El proceso administrativo disciplinario no excederá de treinta días hábiles improrrogables.

39 PROCEDIMIENTO GENERAL DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Fases: PRIMERA.- Recepción del expediente y pronunciamiento. a) Revisión b) Calificación y tipificación c) Pronunciamiento. SEGUNDA.- Resolución de apertura y notificación. a) Expedición b) Notificación c) Separación de función TERCERA.- Diligencias: a) Constataciones b) Manifestaciones c) Informes d) Cotejo pruebas. CUARTA.- Tratamiento final al expediente. a) Organización b) Análisis y evaluación c) Acta.

40 EL INFORME FINAL Claridad Precisión Objetividad

41 DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
COMETIDOS POR PARTICULARES Usurpación de autoridad, títulos y honores Violencia y resistencia a la autoridad Desacato

42 DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS Abuso de autoridad Concusión Peculado Corrupción de funcionarios.


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