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Publicada porJulio Marcano Modificado hace 5 años
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Dirección: Av. José Félix Ribas, entre las Av. Los Próceres y Paraíso, Qta. Fondomar, Urb. San Bernandino, Caracas. Dtto. Capital. Teléfonos: (0212) 5517343; Casos por Fallecimiento: (0212) 8922364. Encargado: SM1. Rómulo Díaz Tovar. Oficial Jefe de Guardia: 0414-0526409/0416-8386303. Dirección: (Sede Principal) Av. Francisco de Miranda, Torre La Primera, Piso 5, Atención al Cliente. Chacao. (Oficina de Asesoramiento en la Comandancia General de la Armada, San Bernandino, Caracas.) Correo: edwin.navarro@seguroshorizonte.com. Teléfono: (0212) 5556190/6191. INFORMACIÓN GENERAL: El beneficio es para todo el personal del Componente, activo o retirado y Jubilado. El personal militar pensionado (retirado) puede continuar con su aporte voluntario directo con Fondomar y verifica su descuento por neto que le da el IPSFA. El personal civil jubilado puede continuar con su ahorro voluntario y es directo con Fondomar y deberá cancelar el año completo, asimismo deberá renovarlo anual. Se concede hasta tres (03) decesos por año. El Monto por fallecimiento es de 28.800,00. Cuando un Asociado fallece, Fondomar podrá conceder un anticipo a sus familiares directos de un 50% equivalente a 14.400,00, a fin de que puedan solventar la situación oportuna y el otro 50% una vez que remita la documentación necesaria. Esta solicitud deberá realizarla dentro de 120 días continuos o dentro del año fiscal. De acuerdo a reglamento de Fondomar, Capítulo IV, Artículo 14. INFORMACIÓN GENERAL: Para los Servicios Funerarios le corresponde a los titulares y familiares afiliados (Cónyuge, Padres e hijos hasta los 25 años de edad). La Cobertura es de 25.000,00. Para utilizar los Servicios Funerarios los afiliados al ocurrir el fallecimiento del asegurado, deberán comunicarse con el CALL CENTER: (0500) 467-4244/ 0414-102-0026. Los Reembolso por Gastos Funerarios tienen un plazo no mayor de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha que ocurre el siniestro. Póliza de Vida (SOLO PARA TÏTULARES) Esta póliza indemniza solo a los beneficiarios o herederos legales por fallecimiento del títular, por un monto de 150.000,00 (por Muerte o Muerte Accidental). Para solicitar el Reembolso de Seguro de Vida debe notificar el siniestro dentro de los 30 días continuos a partir de la fecha en que ocurre y consignar la documentación que respalde y justifique la solicitud. ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: PERSONAL MILITAR (ACTIVO-PENSIONADO RETIRADO) PERSONAL CIVIL (EMPLEADOS –OBREROS) TROPA ALISTADA FAMILIARES CON DERECHO ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: PERSONAL MILITAR PERSONAL CIVIL (EMPLEADOS –OBREROS) TROPA ALISTADA (solo titular y los montos son 5.000,00 ambos casos) FAMILIARES CON DERECHO REQUISITOS NECESARIOS PARA PODER OTORGAR EL PAGO DEL BENEFICIO: Asociados: ACTA DEFUNCIÓN ORIGINAL COPIA CÉDULA Y CARNET DE LA FUERZA COPIA DEL ULTIMO NETO COPIA DE LA CEDULA DE LOS FAMILIARES BENEFICIARIOS. COPIA CERTIFICADA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, ACTA DE MATRIMONIO O CONSTANCIA DE CONCUBINATO. (SEGÚN SE APLIQUE AL CASO). COPIA CERTIFICADA DEL TÍTULO ÚNICO UNIVERSALES HEREDEROS CUANDO EXISTE CONCUBINATO SEA POST-MORTEM. Fallecimiento de familiares directos: ACTA DEFUNCIÓN ORIGINAL COPIA CÉDULA Y CARNET DE LA FUERZA COPIA CÉDULA Y CARNET DE LA FUERZA FAMILIAR FALLECIDO (EN EL CASO DE SER CIVIL SOLO COPIA CÉDULA) COPIA DEL ÚLTIMO NETO DEL ASOCIADO COPIA CERTIFICADA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, ACTA DE MATRIMONIO O CONSTANCIA DE CONCUBINATO. (SEGÚN SE APLIQUE AL CASO). COPIA CERTIFICADA DEL TÍTULO ÚNICO UNIVERSALES HEREDEROS CUANDO EXISTE CONCUBINATO SEA POST-MORTEM. Requisitos por Gastos Funerarios y Seguro de Vida: Planilla de notificación de reclamo debidamente llenada en toda sus partes. Original del Acta de defunción. Fotocopia C.I. del Titular y/o del Afectado. Constancia de trabajo y/o último neto de pago.Original Factura Fiscal de la Funeraria (desglosada).Acta o certificado de defunción del Asegurado fallecido, expedida por las autoridades competentes conforme a la Ley. Original de la factura con sello cancelado, debidamente desglosadas, enumeradas y con su respectivo Nro. de RIF. Fotocopia de la Partida de Nacimiento del Asegurado Titular (cuando el fallecimiento corresponda a los Padres). En caso de fallecimiento del conyuge, consignar Fotocopia del Acta de matrimonio o constancia de concubinato. En caso de fallecimiento de los hijos consignar Fotocopia de la Partida de Nacimiento. Otros documentos o información que considere necesaria la empresa de seguro para la evaluación del caso. POR SEGURO DE VIDA: (mas requisitos principales) Autorización del Juez de Protección del Niño, Niña o Adolescente, cuando el beneficiario sea niño, niña o adolescente. En caso que el fallecimiento del asegurado titular sea a causa de un Accidente se requiere: Informe Administrativo sobre las circunstancias del accidente, expedido por las autoridades competentes. Protocolo de Autopsia. Resultados del Examen Toxicológico. La Empresa de Seguros se reserva el derecho de solicitar, cualquier otro documento o información que considere necesaria para la evaluación del siniestro.
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Dirección: Gerencia de Bienestar Social del IPSFA Teléfonos: 0212-6092408/2410/2669 Gerencia de Bienestar Social del IPSFA. Encargado: Coronel Noel Montes Fuenmayor 0414-2237067. INFORMACIÓN GENERAL: El beneficio de Pensión de Sobreviviente le corresponde a los familiares con derecho de acuerdo a lo establecido en la Ley de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacionales en su Sección IV, Art. 18 al 20. Esta Jefatura solo tramita los casos del personal militar activo. Los montos que le corresponden a cada familiar es distribuido de acuerdo a la Ley de Seguridad Social, por el último sueldo devengado por el militar fallecido. Debe tener mínimo un año de servicio cumplido. ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: PERSONAL MILITAR (ACTIVO) REQUISITOS:(PENSION SOBREVIVIENTE) ORIGINAL ACTA DEFUNCIÓN, FOTOCOPIA AUTENTICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO FOTOCOPIA AUTENTICADA PARTIDA NACIMIENTO DE LOS BENEFICIARIOS FOTOCOPIA NETO, CEDULA IDENTIDAD Y CARNET DEL FALLECIDO FOTOCOPIA CEDULA IDENTIDAD Y CARNET AFILIACIÓN FAMILIARES BENEFICIARIOS, FOTOCOPIA RESUELTO INGRESO Y ULTIMO ASCENSO, ORIGINAL CONSTANCIA SERVICIO EXPEDIDA POR DRC, HOJA DATOS CAMBIO SITUACIÓN MILITAR, FOTOCOPIA LIBRETA CUENTA BANCARIA A NOMBRE FAMILIARES BENEFICIARIOS (BANCOS GUBERNAMENTALES). FOTOOPIA CERTIFICADA DEL TITULO UNICO UNIVERSALES HEREDEROS. AUTORIZACIÓN DE JUEZ DE MENORES CUANDO EXISTAN BENEFICIARIOS MENORES DE EDAD. HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS Y MENORES DE 26 AÑOS, CONSTANCIA DE ESTUDIO SUPERIOR, NOTAS CERTIFICADAS Y CUENTA BANCARIA. COMANDO NAVAL DE PERSONAL JEFATURA DE BIENESTAR SOCIAL DIRECCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL Encargada: S1. ILIANIS DIAZ TELF: 0212-5556448 INFORMACIÓN GENERAL: El beneficio de B ono por Defunción le corresponde al personal Militar activo y retirado (con goce de pensión) y personal Civil empleado, contratado (a partir de los seis (06) meses y obreros en condición de activos y jubilados, o por el fallecimiento de sus familiares directos de acuerdo a la DIR-MPPD-OFRH-BS-BSE-09-2012. El Personal Militar Retirado y el Personal Civil Jubilado deberá remitirlo su solicitud directo por el MPPD. Se cancela 60 U.T en base al año anterior El Monto de este año Fiscal (Bs. 7.620) ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: PERSONAL MILITAR (ACTIVO-PENSIONADO RETIRADO) PERSONAL CIVIL (EMPLEADOS, OBREROS y JUBILADOS) FAMILIARES CON DERECHO CUANDO FALLECE EL TITULAR Requisitos: Comunicación dirigida al JBIES Planilla de beneficio socio-económico Copia del acta de defunción Dos copias de la cédula de identidad del solicitante Dos copias del carnet del solicitante Copia de la partida de nacimiento del solicitante Dos copias de un cheque anulado o certificación bancaria del BANFANB. (Cuenta nómina). Copia Hoja de Vida del Registro SIGEFIRRHH. Copia del documento de relación de parentesco con el fallecido. Si fallece el titular el familiar beneficiario deberá remitir original Carta de Residencia.
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ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: LOS FAMILIARES DIRECTOS DEL PERSONAL MILITAR (ACTIVO) ESTE BENEFICIO LE CORRESPONDE A: A LOS FAMILIARES CON DERECHO DEL PERSONAL TROPA ALISTADA (ACTIVO) Ubicación: Comandancia General de la Armada, Av. Vollmer, Parroquia San Bernandino, Caracas. Teléfonos: (0212) 555-6164/6175 CORREO: www.Cabisoar.com.ve Encargado: Asesor Jurídico: CC. NELSON JOSÉ HERMOSO RONDON INFORMACIÓN GENERAL:. Cuando el Militar fallece los familiares con derecho pueden hacer uso de los ahorros que tienen en la caja. INFORMACIÓN GENERAL:. Cuando el Tropa Alistada fallece los familiares con derecho pueden hacer uso de los ahorros obtenidos en su respectiva caja de ahorro. Se remite con MR ante Seguros Horizonte notificando el fallecimiento de acuerdo al TUNES del OJG. La JBIES remite un MR ante CNAPECP notificando el fallecimiento del tropa alistado. Jefe de la División de Programación y Control de Presupuesto (CNAPECP) Teléfonos: (0212) 5556890. Requisitos: La Unidad envía la Comunicación dirigida a la CABISAR remitiendo el expediente. Planilla de beneficio Copia del acta de defunción Copias de la cédula de identidad del solicitante Copia del carnet del solicitante Copia de la partida de nacimiento de los beneficiarios. Copia de un cheque anulado o certificación bancaria de cualquier Banco del Gobierno. Copia del documento de relación de parentesco con el fallecido. Copia certificada del Titulo Único Universales Herederos. Requisitos: La Unidad envía la Comunicación dirigida al DIFI remitiendo el expediente Copia del acta de defunción Copias de la cédula de identidad del solicitante Copia del documento de relación de parentesco con el fallecido. Copia certificada del Titulo Único Universales Herederos.
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