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Publicada porEdward Mosquera Modificado hace 5 años
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ABC DEL COMERCIO EXTERIOR VOL III PROYECTO UE – PERU/PENX GUIA PRÁCTICA DEL EXPORTADOR
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5.1. Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú 5.2. Organización Mundial de Comercio - OMC 5.3. Páginas especializadas de Comercio exterior 5.4. Clasificación de las exportaciones conforme a la Ley General de Aduanas 5.5. Exporta Fácil 5.6. Otros criterios para clasificar a las exportaciones 5.7. Regímenes Aduaneros 5.8. Admisión temporal para perfeccionamiento activo 5.9. Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo 5.10. Reposición de mercancías con franquicia arancelaria 5.11. Drawback 5.12. Admisión temporal para la reexportación en el mismo estado 5.13. Contrato de compra - venta internacional de mercancías 5.14. Conceptos que contempla un contrato de compra-venta internacional 5.15. Cámara de Comercio Internacional - CCI Marco legal de las Exportaciones Cap. V
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1. NORMA LEGAL DEL REGIMEN DE EXPORTACIÓN Constitución Política del Perú Resolución Legislativa N° 26407 Decreto Supremo N° 060-91-EF Decreto Legislativo N° 668 Ley General de Aduanas Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR Decreto Legislativo Nº 183 Ley N° 27322 y el Decreto Supremo 048-2001-AG Ley N° 27322 y el Decreto Supremo 048-2001-AG Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú5.1.
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Normas que rigen el Comercio entre países Organización Mundial de Comercio - OMC5.2.
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www.elperuano.com.pe www.mincetur.gob.pe. www.mef.gob.pe. www.minag.gob.pe/legales/INDEX.html. www.sunat.gob.pe/legislacion/index.html. www.prompyme.gob.pe. Debes visitar las siguientes páginas web: Debes visitar las siguientes páginas web: 5.3.Páginas especializadas de Comercio exterior
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Exportación Definitiva Exportación temporal para reimportación en el mismo estado Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo Salida temporal del territorio aduanero de mercancías con la finalidad de reimportarlas sin ninguna modificación Salida temporal del territorio aduanero de mercancías para su transformación, para luego reimportarlas como productos compensadores Salida del territorio aduanero de mercancías para su uso o consumo definitivo en el exterior 5.4. Clasificación de las exportaciones conforme a la Ley General de Aduanas
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Mecanismo promotor de exportaciones Mypes Para ser usuario del EXPORTA FÁCIL se necesita: Contar con el RUC y la Clave SOL Tener un cliente en el extranjero Tener una mercancía a exportar Llenar la Declaración Exporta Fácil Presentar la mercancía en las oficinas de SERPOST de su localidad. 5.5.EXPORTA FÁCIL
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Es conveniente clasificar las exportaciones según: Exportación sin valor comercial Exportación con valor comercial Exportación restringida Exportación prohibida Exportación temporal Exportación definitiva Exportación tradicional Exportación no tradicional Valor agregado del producto Permanencia de la mercancía en el exterior Transacción comercial realizada Trámite legal 5.6.Otros criterios para clasificar a las exportaciones
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Regímenes de Importación. Regímenes de Exportación. Regímenes de Perfeccionamiento. Régimen de Depósito Aduanero. Regímenes de Tránsito. Regímenes Especiales o de Excepción. Regímenes de Importación. Regímenes de Exportación. Regímenes de Perfeccionamiento. Régimen de Depósito Aduanero. Regímenes de Tránsito. Regímenes Especiales o de Excepción. Regímenes definitivos Regímenes temporales 5.7.Regímenes Aduaneros
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Regímenes suspensivos Regímenes de perfeccionamiento Plazo máximo de depósito es 12 meses bajo control de Aduanas Plazo máximo de depósito es 12 meses bajo control de Aduanas 5.7.Regímenes Aduaneros
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Sometidas a una operación de perfeccionamiento. Beneficiarios Plazo máximo 24 meses computado a partir de la fecha del levante. Territorio aduanero Sin pago de aranceles e impuestos Ingreso de “M” 5.8.Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo
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Plazo máximo La reimportación de los productos compensadores se dará en un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha del término del embarque de las mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo. Territorio aduanero Salida de “M” para su transformación, elaboración o reparación en el exterior productos compensadores 5.9.Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
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Régimen aduanero, por el cual se permite la importación de mercancías equivalentes, a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo. Mercancías objeto de la reposición Beneficiarios importado por cuenta propia los bienes sujetos a RMF Toda mercancía sometida a un proceso de transformación producto de exportaciónparticipar directamente durante su proceso productivo. incorporadoConsumido al 5.10.Reposición de mercancías con franquicia arancelaria
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Beneficiarios Mercado Internacional Se importa Para incluirlos Producto final Tasa de restitución del 8% del Valor FOB de exportación empresas productoras exportadoras Empresas exportadoras que encargan su producción 5.11.Drawback
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No sufren modificación alguna en su naturaleza Plazo máximo Territorio aduanero Sin pago de aranceles e impuestos Ingreso de “M” Las mercancías deben ser reexportadas en el plazo de 18 meses, sin haber experimentado modificación alguna. Mercancías que pueden acogerse 5.12. Admisión temporal para la reexportación en el mismo estado
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Es un acuerdo de voluntades de dos o más partes con el propósito de definir obligaciones jurídicas para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones de las mismas. El contrato de compra venta internacional regula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (vendedor-exportador / comprador-importador), con relación a determinado objeto, convirtiéndose en un acto jurídico perfecto y la transacción absolutamente legal. La Convención de Viena de 1980, aprobó el Contrato de Compra-Venta Internacional de Mercancías, habiendo el Perú aprobado su adhesión. Contrato de Compra Venta Internacional 5.13. Contrato de compra - venta internacional de mercancías
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Las principales cláusulas que deberán constituirse en la esencia del contrato son: Información del exportador e importador. Descripción de la mercancía objeto del contrato. Precio unitario y total. Condiciones y plazos de pago. Documentos exigidos por el importador. Plazo de entrega o de disponibilidad. Modalidad de seguro. Modalidad de transporte y pago de flete. Lugar de embarque y desembarque. Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la obtención de documentos requeridos para la exportación. Las principales cláusulas que deberán constituirse en la esencia del contrato son: Información del exportador e importador. Descripción de la mercancía objeto del contrato. Precio unitario y total. Condiciones y plazos de pago. Documentos exigidos por el importador. Plazo de entrega o de disponibilidad. Modalidad de seguro. Modalidad de transporte y pago de flete. Lugar de embarque y desembarque. Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la obtención de documentos requeridos para la exportación. Contrato Compra – venta internacional Contrato Compra – venta internacional 5.14. Conceptos que contempla un contrato de compra- venta internacional
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Organización empresarial Representa mundialmente los intereses empresariales sede en París Fin: actuar a favor del comercio abierto y crear instrumentos que lo faciliten Se constituyó en 1919 ARBITRAJE INTERNACIONAL Se da Cuando las partes contratantes (exportador - importador) son sujetos que se encuentran en países distantes Cuando las partes contratantes (exportador - importador) son sujetos que se encuentran en países distantes Que generan un conflicto por incumplimiento a lo establecido en el contrato. 5.15.Cámara de Comercio Internacional - CCI
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