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30 noviembre al 12 de diciembre 2015
Resultados de la Vigesimoprimera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático COP 21 Paris, Francia 30 noviembre al 12 de diciembre 2015 Pablo Badenier Ministro del Medio Ambiente
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El Acuerdo de Paris Durante la COP 21 se adoptó el llamado “Acuerdo de Paris”, el cual busca limitar el calentamiento global a través del control de las emisiones de gases de efecto invernadero. Es resultado directo del mandato de la COP17 en 2011, para alcanzar un acuerdo global y vinculante en 2015, a ser implementado a partir de 2020. Acordado por mas de 190 partes negociadoras, incluyendo principales países emisores: Estados Unidos, India y China. Aborda temas críticos del proceso de negociaciones: Meta para limitar aumento de temperatura global Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero Adaptación a impactos del cambio climático Financiamiento y otros medios de implementación
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Elementos principales
El Acuerdo de Paris Elementos principales Acuerdo global y vinculante: las partes se comprometen a implementar y reportar medidas con el fin de cumplir sus contribuciones nacionales. Considera plan para limitar aumento de temperatura a 1.5C. Al año 2100. Apunta a lograr una economía carbono neutral al 2100. Establece ciclos de revisión al alza de contribuciones nacionales cada cinco años. Establece componente robusto para fortalecer acciones de adaptación. Marco para mayor predictibilidad de flujos de financiamiento climático a países en desarrollo. Establece instancias de evaluación periódica de implementación del acuerdo, a partir de 2023.
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Implicancias para Chile
El Acuerdo de Paris Implicancias para Chile Preparar y comunicar sucesivos NDC, cada cinco años, aumentando la ambición de la contribución. Reportar periódicamente información que permita evaluar avance en la implementación de su NDC Desarrollar y reportar “procesos de planificación” para la adaptación al cambio climático. Chile no está excluido de acceder a oportunidades de apoyo para la implementación del Acuerdo. Chile deberá incluir en sus reportes información sobre los recursos recibidos y ejecutados para la implementación de medidas climáticas.
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Implementación del Acuerdo: Una economía de bajas emisiones de carbono
Los países deben ratificar domésticamente el Acuerdo según sus propias leyes La ratificación internacional se realiza ante Naciones Unidas, a partir de Abril 2016. El Acuerdo en París sea una plataforma para avanzar en acuerdos más detallados para implementar sus disposiciones a partir del 2020. La COP21 no es el fin del proceso, sino como un hito importante en donde se establecen las bases para una negociación que seguirá su curso. El Acuerdo es una potente señal a nivel global respecto al modelo de desarrollo que se perseguirá en el futuro. Es una guía concreta para la política pública y las decisiones de inversión tanto del sector privado como público.
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