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Publicada porTroels Laustsen Modificado hace 5 años
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Facultad de Ciencias Económicas – Universidad de Buenos Aires
CAPACITACIÓN SOBRE EL NUEVO RÉGIMEN DE INSCRIPCIÓN Y NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA PARA PERITOS - ACORDADA CSJN 2/2014 Prof. Dra. Marisa Gacio 26 de Marzo de 2014 – SALON DE USOS MULTIPLES Secretaría de Graduados y Relaciones Institucionales Facultad de Ciencias Económicas – Universidad de Buenos Aires
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Notificación Electrónica
La dirección de correo electrónico que se requiere para la registración no es el domicilio electrónico. Domicilio electrónico: es el CUIL o CUIL del letrado o del perito, que permite ingresar al Sistema de Gestión Judicial
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Notificación Electrónica
Alcance La notificación electrónica es un procedimiento que reemplaza el envío de cédulas impresas a un domicilio físico por el almacenamiento de un archivo electrónico en una casilla del Poder Judicial asignada al letrado.
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EFECTOS El procedimiento es obligatorio: ni opcional, ni alternativo. Si el perito en los expedientes anteriores no constituyó domicilio electrónico-, no se le podrán emitir cédulas y quedará notificado en los términos del art. 133 del CPCyCN.(Notificación por nota)
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PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ELECTRÓNICO
Se realiza por única vez y habilita al perito para operar con Notificaciones Electrónicas en todos los tribunales de la Justicia Nacional y Federal que participe en este procedimiento, conforme el cronograma de implementación gradual establecido por la CSJN. El perito queda habilitado para operar con el Sistema de Notificaciones Electrónicas una vez que ha finalizado su trámite de registración y validación como usuario externo.
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Proceso de Registración
los peritos deben registrarse accediendo al sitio web de la CSJN: Notificaciones Electrónicas / Función de Registración o desde Tambièn en sitio web del PJN: Servicios disponibles para la Gestión Judicial e Inscripción a concursos / Registración de nuevos usuarios. Allí se encuentra un Instructivo que detalla los pasos a seguir para realizar la registración.
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Proceso de Registración
Completar Datos personales (nombre y apellido, fecha de nacimiento, Cuil o Cuit) Dirección de donde recibirá la notificación En formato digital Fotografía, Matrícula del CPCECABA, Constancia de Inscripción como Perito, Constancia de Inscripción AFIP, Documento Nacional de Identidad.
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Proceso de validación Una vez completada la registración, el perito deberá presentarse en cualquiera de las oficinas habilitadas (Mesa de Entradas CSJN, Cámaras Federales y Nacionales, etc.) a fin de acreditar sus datos munido de su DNI, Credencial de Matricula, Constancia de Inscripción como Perito y Constancia de Inscripción AFIP/ANSES.
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Alta de Usuarios para la utilización de los servicios de P.J.N.
Sra MARISA, GACIO Se ha generado el usuario para poder utilizar los servicios del Poder Judicial de la Nación. Su usuario es: 27-xxxxxxxx-6 Su contraseña es: 27-xxxxxxxx-6 Su pregunta secreta es: ¿Cuál es su CUIL/CUIT? Su respuesta a la pregunta secreta es: 27-xxxxxxxx-6 Luego de acreditar identidad, y en caso de que el funcionario lo apruebe, la primera vez que ingrese al sistema por razones de seguridad el mismo le solicitará el cambio de la contraseña Es recomendable que también modifique su pregunta y respuesta secreta. P.J.N. - Poder Judicial de la Nación República Argentina Sistema de Registración de Usuarios Web
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Alta de Usuarios en el Servicio de Notificaciones Electrónicas: Síndicos, Peritos y otros Auxiliares de la Justicia de P.J.N Sra GACIO, MARISA: Ud. se ha registrado en el servicio de Notificaciones Electrónicas: Síndicos, Peritos y otros Auxiliares de la Justicia, puede acreditar identidad en: Las dependencias habilitadas para acreditar identidad seran todos los Tribunales federales con sede en provincias, Tribunales federales y nacionales radicados en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires y la Mesa General de Entradas de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion. Con respecto a los funcionarios facultados, lo seran a partir del cargo de Prosecretario Administrativo P.J.N. - Poder Judicial de la Nación República Argentina Sistema de Registración de Usuarios Web
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¿Cuándo puedo utilizar el servicio?
Podrá acceder a ella y realizar trámites durante 24 horas los 365 días del año. Es importante señalar que el servicio de NOTIFICACION ELECTRONICA no modifica los plazos procesales.
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¿Cómo se computan los plazos?
Las notificaciones emitidas tanto por el Juzgado como por los demás intervinientes del proceso, enviadas entre las y las horas de un día hábil (y que no tengan expresa habilitación de día y hora) el plazo comenzará a correr a las horas del DIA SIGUIENTE. Las notificaciones emitidas fuera de este horario serán consideradas como enviadas el día siguiente.
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¿Qué es el mail de cortesía?
Es el mail que se envía automáticamente a la dirección de correo denunciada por el perito, en su “enrolamiento al sistema”, en el que se le pone en conocimiento que tiene una notificación, con la mención del número de causa en que se produjo y la carátula del expediente en el “Asunto”. Este mail NO CONSTITUYE la Notificación Electrónica, sino un simple aviso de cortesía.
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¿Cómo puedo conocer si he recibido una Notificación Electrónica?
Se deberá ingresar en el Sistema de Notificación Electrónica, tanto por la página del Poder Judicial de la Nación ( como por la página de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ( perfeccionando el ingreso al sistema con su número de CUIL ó CUIT y la contraseña previamente establecida. Se adiciona al ingreso la resolución de un “Captcha”, que se trata de una prueba de seguridad.
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ACORDADA CSJN 38/2013 Todas las cédulas de oficio y las que hacen las partes deberán hacerse por el sistema de Gestión Judicial a partir del 1° de Abril de 2014 De esta manera, todos los profesionales inscripto como auxiliares de justicia y peritos deberán constituir su domicilio electrónico para recibir las notificaciones a través del Sistema con iguales efectos a los de sus equivalentes convencionales. La registración de los auxiliares de justicia y peritos como usuarios externos del Sistema es un trámite que se realiza por Única vez y es necesaria para las notificaciones electrónicas en todos los procesos judiciales y administrativos (art. 1º, Ley )
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Sistema de notificaciones electrónicas
Todos los profesionales intervinientes, deberán acreditar en el expediente el comprobante de validación de notificación electrónica, a los fines de las notificaciones de las designaciones, traslados, resoluciones y apelaciones.
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