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Departamento de Recursos Humanos – SILSA
GESTION PLANILLAS Departamento de Recursos Humanos – SILSA
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¿QUE ES REMUNERACION? La remuneración es la contraprestación que recibe el trabajador por haber puesto a disposición del empleador su fuerza de trabajo
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¿QUÉ ES REMUNERACION BASICA?
La remuneración básica hace referencia a la parte de salario que es fija, que se pagará sin importar que cumplan determinadas condiciones
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ASIGNACION FAMILIAR Es un pago dispuesto por Ley
Asciende al 10% de la Remuneración Mínima Vital (actualmente a S/ ) Se otorga frente a la solicitud del trabajador Es necesario que el trabajador acredite tener hijos menores de 18 años o hasta 24 años que tengan discapacidad o que estén estudiando En el último caso la acreditación debe renovarse cada seis (6) meses.
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HORAS EXTRAS Es el trabajo en sobre tiempo (antes o después de la jornada regular) y se paga: Las 2 primeras horas al 25% Las siguientes al 35% Se puede compensar (recomendable)
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TRABAJO EN DÍAS NO LABORABLES
Por el día feriado no laborable, que haya sido trabajado se pagará una sobre tasa equivalente al 100% del valor del día
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TRABAJO NOCTURNO Por el trabajo efectuado en turno nocturno (entre 10 p.m. y 6:00 a.m.) se paga una sobre tasa del 35% de la RMV
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BENEFICIOS SOCIALES GRATIFICACIONES
Cada una equivale a una Remuneración Se pagan 2 veces al año (Julio y Diciembre) Se deben abonar antes del 15 de julio /15 de diciembre Se pagan por mes calendario
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BENEFICIOS SOCIALES COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS – CTS
Equivale a una remuneración Se paga en dos partes mayo y noviembre (máximo 15 de esos meses) Se debe retirar con una carta de liberación al cese del trabajador.
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BENEFICIOS SOCIALES VACACIONES VACACIONES TRUNCAS
Por cada año trabajado se gana 30 días de descanso físico pagado Se pueden tomar dentro del año siguiente de haber ganado el derecho Se pueden programar, no se deben acumular y se pueden suspender VACACIONES TRUNCAS Se generan cuando el trabajador cesa sin haber cumplido el año de trabajo y se pagan en forma proporcional en la liquidación
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DESCUENTOS DE LEY APORTE PREVISIONALES (PENSIONES)
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Hace el descuento del 13% de los ingresos del trabajador Administradora de fondos de pensiones (AFP) Realiza descuentos variables de acuerdo a la AFP
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APORTES DEL EMPLEADOR ESSALUD 9%
Es de cargo obligatorio del empleador, sujeto a declaración y pago mensual a ESSALUD. No se descuenta o carga al trabajador SCTR Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Puede ser de SALUD o PENSIONES (SILSA cuenta con este último). Ambas pólizas brindan cobertura en salud o pensiones a consecuencia de accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales que puedan sufrir los trabajadores.
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