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PRINCIPIOS BASICOS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

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Presentación del tema: "PRINCIPIOS BASICOS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL"— Transcripción de la presentación:

1 PRINCIPIOS BASICOS DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

2 RED DE SISTEMA DE SALUD CENTROS DE ATENCION PUBLICA
CENTROS DE PRIMER NIVEL UNIDADES DE SALUD CENTROS DE SEGUNDO NIVEL HOSPITALES REGIONALES CENTROS DE TERCER NIVEL HOSPITALES ESTATALES CENTROS DE ATENCION PRIVADA CENTROS DEL SEGURO SOCIAL

3 FUNCIONAMIENTO DE LOS NIVELES DE ATENCION EN SALUD SALUD
DEBIDAMENTE ACREDITADOS DISPONER DE PERSONAL IDONEO EJECUTAR SOLO PROCEDIMIENTOS AUTORIZADOS BRINDAR ATENCION DE EMERGENCIA A CUALQUIER PERSONA REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA DE PACIENTES DISPONER DE MEDIOS Y EQUIPOS PARA EL TRANSPORTE DE PACIENTES DE EMERGENCIAS DISPONER DE PERSONAL PARA SATISFACER LA DEMANDA DE PACIENTES

4 DEONTOLOGÍA MÉDICA DEFINICION
Conjunto de normas que deben respetarse en el ejercicio de la profesión médica en relación al cliente, colegas, instituciones y la sociedad, basadas en guías llamadas CODIGOS DEONTOLOGICOS, los cuales se fundamentan en la MORAL, LA ETICA, LA RELIGION Y LAS LEYES Conjunto de reglas morales que deben respetarse en una profesión Sanciona los comportamientos que violan la regla, mas aun cuando estas reglas se basan o estan incluidas en las leyes, reglamentos Sanciones Administrativas (Despidos, multas, suspensión temporal) Civiles (indemnización) Penales (Cárcel)

5 ETICA MEDICA Es impulso interno que motiva al medico en su ejercicio a actuar de una forma y rechazar otras con independencia de creencias religiosas y normas establecidas por la sociedad

6 BIOETICA DEFINICIONES Es la ética aplicada a los fenómenos de la vida
Es el estudio sistemático de la conducta humana concerniente a la investigación de las ciencias de la vida, en especial la medicina y la biología examinada a a luz de los valores y principios morales Es el estudio de las normas que deben regir nuestra acción en la intervención técnica del hombre sobre la propia vida Sus valores o principios fundamentales son Respeto a la vida Protección a las personas VALORES Son cualidades de las personas o cosas que las hacen deseables y preferibles, que permiten alcanzar cierto grado de perfeccionamiento

7 COMITÉ DE BIOÉTICA HOSPITALARIO
Grupo multidisciplinario que tiene la función de mediar la conducta diagnóstica o terapéutica que deberá recibir un paciente en situaciones de conflicto relacionados con la actuación individual del médico tratante, el centro de salud, la petición de los familiares, apoderados o del mismo paciente, con relación a la ética, la moral y la ley. Desvincular de influencias personales, filosóficas o morales las decisiones que deben adoptar los médicos en el transcurso de sus actuaciones

8 COMITÉ DE BIOÉTICA HOSPITALARIO
INTEGRANTES DIRECTOR DEL CENTRO HOSPITALARIO MEDICO DEL AREA INVOLUCRADA REPRESENTANTE DEL PERSONAL DE ENFERMERIA ABOGADO TRABAJADOR SOCIAL PSIQUIATRA REPRESENTANTE DE LOS PACIENTES REPRESENTANTE DE LA IGLESIA

9 COMITÉ DE BIOÉTICA HOSPITALARIO
CONSIDERACIONES MUTIDISCIPLINARIO DECISIONES COLEGIADAS PERSONAL DE SALUD Y NO DE SALUD PROPIETARIOS Y SUPLENTES PERSONAS ABIERTAS AL DIALOGO DISPONIBLES LAS LAS 24 HORAS OBLIGACION DE TODOS LOS CENTROS HOSPITALARIOS BASADAS EN PROTOCLOS DE ACTUACION PRINCIPIOS PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS PACIENTE ANALIZAR, ASESORAR Y FACILITAR EL PROCESO DE DECISIÓN CLINICA EN SITUACIONES DE CONFLICTO COLABORAR EN LA FORMACION DE BIOETICA DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD PROPONER PROTOCOLOS DE ACTUACION PARA CASOS DE CONFLICTO

10 COMITÉ DE BIOÉTICA HOSPITALARIO
TEMAS A TRATAR AQUELLAS SITUACIONES EN LAS CUALES LA ACTUACIÓN DEL MÉDICO ESTÁ INVOLUCRADA EN CUESTIONES DE ÉTICA, MORAL O LEGALES ENFERMOS TERMINALES INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO DESACUERDOS ENTRE EL CONSENTIMIENTO INFORMADO NEGATIVA DEL PACIENTE NEGATIVA DE FAMILIARES DECISIONES TERAPÉUTICAS CUESTIONABLES DECISIONES POR CAUSA DE EQUIPO MEDICO LIMITADO

11 AUDITORÍA MÉDICA EN LOS CENTROS HOSPITALARIOS
DEFINICIONES: Conjunto de acciones destinadas a evaluar la atención médica mediante el análisis de sus programas, contenidos y procesos, confrontándolos con las normas vigentes orientadas al mejoramiento de su calidad y rendimiento Es la comparación de las actividades de salud con pautas consideradas adecuadas por ser aceptadas y eficientes. Compara el grado de calidad de la atención con pautas o normas que son los principios y prácticas aceptadas como correctas por la profesión; se trata de una revisión sistemática y objetiva de la estructura del trabajo profesional y de la atención médica efectuada sobre la base de la historia clínica Constituye un mecanismo de mejoramiento y perfeccionamiento médico basado en la utilización de normas y registros utilizados por los establecimientos de salud.

12 COMITÉ DE AUDITORÍA MÉDICA DE LOS CENTROS HOSPITALARIOS
OBJETIVOS: Conocer la calidad de los servicios que prestan los establecimientos de salud Formular proyectos y sugerencias para la mejora continua Conocer las condiciones en que se desarrolla el trabajo del profesional en salud Eevaluar el trabajo del médico y de los profesionales relacionados con la prestación de los servicios de salud Buscar la mayor eficiencia Capacitar al personal de los servicios de salud Maximizar el rendimiento de la atención médica Mejorar la calidad de las prestaciones

13 RESPONSABILIDAD MÉDICA
DEFINICION Es a obligación que tiene un médico de responder por las consecuencias o daños ocasionados a un paciente durante la actuación profesional

14 CONSECUENCIAS DE LA RESPONSABILIDAD MÉDICA
ADMINISTRATIVAS CIVILES PENALES

15 RESPONSABILIDAD MÉDICA
DERECHOS CONSTITUCIONALES QUE SE RELACIONAN CON LA PRAXIS MEDICA DERECHO A LA VIDA DERECHO A LA SALUD DERECHO A LA INTEGRIDAD FISICA DERECHO A LA CALIDAD DE VIDA

16 RESPONSABILIDAD MÉDICA
Según el tipo de relación con el paciente, la responsabilidad médica puede ser CONTRACTUAL El paciente hace directamente el trato con el paciente Responsabilidad directa EXTRACONTRACTUAL El paciente busca los servicios directamente a un hospital Prevalece el principio de autonomía técnica

17 RESPONSABILIDAD MÉDICA
TIPOS DE RESPONSABILIDAD MEDICA IMPERICIA No hay experiencia No hay conocimientos No sabia de los riesgos Falta de precauciones Ejemplos: Hacer un procedimiento que nunca había realizado Indicar un tratamiento sin saber los efectos adversos No saber la teoría sobre el procedimiento a realizar

18 RESPONSABILIDAD MÉDICA
TIPOS DE RESPONSABILIDAD MEDICA NEGLIGENCIA Hay experiencia y conocimientos; pero hay descuido, abandono, imprevisión. Omisión, actuación perezosa, falta de interés o demora inexcusable del actuar médico Ejemplos: No indicar un tratamiento No vigilar al paciente durante su recuperación post quirúrgica No detectar a tiempo una complicación

19 RESPONSABILIDAD MÉDICA
TIPOS DE RESPONSABILIDAD MEDICA IMPRUDENCIA Hay experiencia y conocimiento; pero la actuación apresurada y atrevida del profesional provoca el daño al paciente El profesional no prevé el daño que sabe que puede presentarse Ejemplos Asistir en dos cirugías al mismo tiempo No disponer de medicamentos de emergencia Realizar un procedimientos sin tener el equipo idóneo No se apega a las guías de manejo No realizar una evaluación preanestesica Realizar procedimientos en lugares no autorizados

20 LEX ARTIS ES EL STANDARD QUE DETERMINA LA MAXIMA DILIGENCIA EMPLEADA
PARA QUE EL ACTO MEDICO SE ADECUE A LA LEX ARTIS DEBE CONTEMPLARSE EL CONSENTIMIENTO INFORMADO

21 RESPONSABILIDAD MÉDICA
Según los resultados esperados en el paciente y de acuerdo al área clínica involucrada, la responsabilidad médica puede ser de dos tipos: Responsabilidad medica de medios Responsabilidad mèdica de resultados

22 RESPONSABILIDAD MÉDICA DE MEDIOS
ES AQUELLA ACTUACION EN A CUAL EL MEDICO EMPLEA TODOS LOS MEDIOS NECESARIOS A SU ALCANCE PARA RESTAURAR LA SALUD DEL PACIENTE; PERO NO ESTÀ OBLIGADO A GARANTIZAR O PROMETER BUENOS RSULTADOS EL MEDICO ESTA OBLIGADO A SER DILIGENTE Y PRUDENTE EN SU ACTUACION, PERO NO A GARANTIZAR RESULTADOS, SI GARANTIZA RESULTADOS ESTARÀ OBLIGADO A CUMPLIRLOS

23 RESPONSABILIDAD MÉDICA INSTITUCIONAL
CENTRO NO ACREDITADO NO GARANTIZAR LA CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DEL EXPEDIENTE CONTRATACION DE PERSONAL NO ACREDITADO NO DISPONER DE MEDICAMENTOS DE EMERGENCIA REALIZAR PROCEDIMIENTOS QUE NO ESTAN AUTORIZADOS NO DISPONER DE APARATOS DE RESUCITACION NO DISPONER DE SUFICIENTE PERSONAL DISPONER DE MEDICAMENTOS VENCIDOS O EN MAL ESTADO NO DISPONER DE GUIAS DE MANEJO NO DISPONER DE UN PROGRAMA DE SUPERVISION DE PERSONAL NO DISPONER DE METODOS DIAGNOSTICOS ADECUADOS UTILIZAR SANGER INFECTADA NO EMPLEAR MEDIDAS DE SEGURIDAD CITAS PROLONGADAS NO RECIBIR A UN PACIENTE EN ESTADO DE EMERGENCIA NO TENER PROTOCOLOS DE HISTORIAS CLINICAS NO DISPONER DE EQUIPO MEDICO

24 RESPONSABILIDAD MÉDICA INDIVIDUAL
NO PEDIR CONSENTIMIENTO INFORMADO DIVULGAR EL SECRETO PROFESIONAL EJERCER SIN TENER TITULO EJERCER SIN ESTAR ACREDITADO HACER PROMESA DE CURACION Y NO LOGRARLO REALIZAR PROCEDIMIENTOS QUE NO SON DE SU COMPETENCIA ACTUAR CON IMPRUDENCIA FALTA DE ANOTACIONES EN LA HISTORIA CLÍNICA ACTUAR NEGLIGENTEMENTE NO APEGARSE A LAS GUÍAS DE MANEJO INSTITUCIONAL NO SUPERVISAR EL TRABAJO DE LOS SUB – ALTERNOS NO PEDIR SUPERVISION DE LOS SUPERIORES

25 RESPONSABILIDAD MÉDICA DE RESULTADOS
ES AQUELLA ACTUACION EN A CUAL EL MEDICO ESTÀ OBLIGADO A GARANTIZAR O PROMETER BUENOS RESULTADOS AL PACIENTE, DE LO CONTRARIO ESTE, PODRIA DEMANDARLO. EJEMPLOS: CIRUGIAS PLASTICAS ESTETICAS RESULTADOS DE EXAMENES CIERTOS PROCEDIMENTOS ODONTOLOGICOS

26 CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL PACIENTE
DEFINICION Acto por medio del cual el médico debe informar al paciente la variedad de métodos diagnósticos y terapéuticos, explicando además, las ventajas y desventajas de estos, para que sea el paciente quien elija la alternativa que mejor le parezca según la información brindada por el facultativo En ningún caso serán consideradas válidas las hojas de consentimiento genéricas Se basa en aceptar o rechazar los actos propuestos por el médico se basa en la desigualdad de conocimiento entre el medico y el paciente en el cual este último se encuentra en desventaja El riesgos explicado en el consentimiento informado solo abarcan los de mayor relevancia, no así los excepcionales

27 VALIDEZ DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL PACIENTE
DEBE ESTAR ESCRITO DEBE SER COMPLETO DEBE SER FIRMADO POR EL PACIENTE DEBE HABER UN TESTIGO DEBE SER INDIVIDUALIZADO DEBE HABER MAYORIA DE EDAD DEBE HABER LUCIDEZ MENTAL DEL PACIENTE

28 EXONERACION DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
ESTADOS DE EMERGENCIA MENORES DE EDAD EN ESTADOS DE EMERGENCIA PERSONAS SIN CAPACIDAD DE RAZONAR Nota: la exoneración del consentimiento informado, no excluye una investigación por responsabilidad médica

29 RELACION MEDICO PACIENTE
PATERNALISTA EL PACIENTE OBEDECE EN TODO AL MEDICO COMPARTIDA EL PACIENTE OBEDECE PARCIALMENTE AL MEDICO INDEPENDIENTE EL PACIENTE DECIDE SI OBEDECE AL MEDICO DE ACUERDO A SU PROPIA VOLUNTAD

30 PRINCIPIOS DE LA RELACION MEDICO PACIENTE
Principio de Autonomía (el paciente decide) Principio de Veracidad (siempre decir la verdad) Principio de Necesidad (actuar según la necesidad, retrasa el consentimiento) Principio de Confidencialidad (obligación de no revelar lo del paciente) principio de Beneficencia (actuar siempre en beneficio del enfermo) Principio de Benevolencia (Proteger al paciente de cualquier daño médico) Principio Utilitarista ( buscar el mayor beneficio para el mayor número de personas) Principio de Igualdad ( en dignidad y valor) Principio de Justicia y Equidad ( Priorizar la atención al mas necesitado)

31 DERECHOS DEL PACIENTE Elegir libremente a su médico
Ser informado sobre el tratamiento Recibir o rechazar un tratamiento Respetar su confidencialidad Morir con dignidad Recibir o rechazar asistencia espiritual o moral A no ser discriminado Al acceso al expediente clínico A ser tratado con dignidad

32 PROCESO DE INVESTIGACION FISCAL DE LA RESPONSABILIDAD MEDICA
Solicitar asesorìa médico legal Investigar la condición profesional del imputado Nivel académico Acreditación Calidad de alumno Obligaciones asignadas Jerarquía laboral del imputado Investigación del responsable de supervisarlo Investigar la condición del centro de salud Procedimientos quirúrgicos autorizados Presencia de guías de manejo Protocolos de supervisión de los subalternos Normas para garantizar la confidencialidad de los exoedientes Investigar la credibilidad del peritaje forense

33 INVESTIGACION MEDICO LEGAL DE LA RESPONSABILIDAD MEDICA
1. Determinar validez de la denuncia Daños objetivo Daño es significativo Daño es atribuible a un acto de mala praxis 2. Solicitar documentación Incautación del expediente (completo) Solicitar guías de tratamiento y diagnóstico Investigar condición del centro médico Investigar condición del médico Pedir peritaje de medicina legal Solicitar peritaje del médico forense eventual Realizar entrevistas Consultar bibliografía

34 INVESTIGACION MEDICO LEGAL DE LA RESPONSABILIDAD MEDICA
3. Evaluar la documentación Expediente clínico Peritajes Guías de manejo Bibliografía 4. Determinar si hay responsabilidad Individual Institucional 5. Determinar el tipo de responsabilidad médica Negligencia Imprudencia Impericia Inobservancia de normas

35 INVESTIGACION MEDICO LEGAL DE LA RESPONSABILIDAD MEDICA
EXPEDIENTE CLÍNICO Es el instrumento por medio del cual el médico puede defenderse Si no existe, el médico se encuentra en desventaja ante una demanda, puesto que no puede probar que su actuación fue diligente Su custodia es responsabilidad del centro asistencial Debe contener el consentimiento informado Historia clínica completa Lo que no está escrito se supone no existe Si hay ambigüedades el médico pagará las consecuencias Letra legible y ordenada Exámenes Evaluación de intercfonsultas Evolución del paciente

36 Expediente clínico completo Guías de Tratamiento Médico
DOCUMENTOS DE INTERES EN EL PROCESO DE INVESTIGACION MEDICO LEGAL DE LA RESPONSABLIDAD MEDICA Expediente clínico completo Guías de Tratamiento Médico Guías de Tratamiento Quirúrgico Guías de Diagnóstico Guías de Anestesiología Guías de Atención Preoperatorias Normas de Bioética Normas de Auditoria Médica Peritaje de Medicina Legal Peritaje del perito eventual

37 INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
Cuerpo forense IML Peritos permanente y accidentales señalados en el art. 226 Pr.Pn Asociaciones en Ciencias Forenses, Profesionales de UES

38 Papel del IML Su actuación revela poca intervención; probablemente porque no cuenta con profesionales especialistas, sin embargo su función es auxiliar a la justicia, y en particular , aportar al fiscal los indicadores que le permitan dirigir acertadamente el proceso de investigación; ya corresponde al medico legista identificar y descubrir los elementos de juicio que permiten al fiscal realizar una clara valoración e interpretación de los hechos

39 COMO PERSUADIR AL MEDICO DURANTE LA AUDIENCIA?
No permitir que el médico responda ambiguamente No permitir que el médico responda técnicamente Pedir porcentaje de morbilidad y mortalidad institucional Pedir porcentaje de morbilidad y mortalidad individual Pedir porcentaje de complicaciones local e internacional Pedir porcentaje de supervivencia Pedir en que se basó su decisión terapéutica o diagnostica Decisión colegiada Decisión individualista Protocolos de atención

40 COMO PERSUADIR AL MEDICO DURANTE LA AUDIENCIA?
8. Realizó los métodos diagnósticos pertinentes y / o suficientes 9. Habían otras alternativas terapéuticas o diagnosticas 10. Era necesaria la intervención médica 11. Porque se complico el paciente 12. Que habría pasado si no se interviene el paciente 13. Fue intervenido en estado de emergencia 14. Hay comité de bioética 15. Hay comité de auditoria medica

41 FUNCIONES DEL ASESOR MÉDICO LEGAL
Coordina las diligencias investigativas del Fiscal Analiza e interpreta los datos del expediente clínico Coordina las preguntas que realiza el Fiscal Asesora al fiscal sobre las pruebas diagnosticas de interés Auxilia al fiscal en la interpretación del peritaje Prepara al fiscal para la audiencia Analiza e interpreta la calidad de los peritajes Asesora al Fiscal para que solicite ampliación de peritajes Realiza evaluación médica de la víctima Realiza una historia forense

42 FUNCIONES DEL ASESOR MÉDICO LEGAL
11. Asesora al Fiscal sobre la importancia de las guías de atención médica 12. Analiza e interpreta las guías de atención médica 13. Asesora al Fiscal sobre la patología investigada 14. Elabora un informe sobre el caso

43 BENEFICIOS DE LA ASESORIA MEDICO LEGAL
MEJORAR EL PAPEL INVESTIGATIVO DE LA FISCALIA AGILIZAR EL PROCESO DE INVESTIGACION MEDICO LEGAL MEJORAR LA INTERVENCION DE MEDICINA LEGAL LOGRAR QUE LA INVESTIGACION SEA INTEGRAL

44 Que protección se otorga legalmente al testigo o perito
La legislación establece que en caso de temor o amenazada fundada, el fiscal policía o juez puede brindar las medidas de protección ordinarias y realizar la petición formal de las medidas extraordinarias y ordinarias de protección a la UTE, entidad encargada del Régimen de Protección a Víctimas, testigos y peritos. Arts. 1, 4, 10, 11, 12 y ss de la Ley Especial para la Protección de Victimas y testigos Reserva Art. 25. 44

45 Normas de carácter obligatorio ante el llamado judicial e investigativo
Art. 195 Cn. Art. 85 poder coercitivo Fiscales Pr.Pn y 77 NCPP Art. 126 poder coercitivo Jueces Pr.Pn y 141 NCPP. Art. 16 Ley Orgánica de FGR y art. 5 Reglamento Especial de la Fiscalía general de la Republica Art. 33 literal “h”, Código de Salud (cap. VIII Obligaciones Derechos y Prohibiciones art. 33 al 39) Art.37 y 90 Código de Ética y Deontología Medica Delitos relativos a la actividad judicial, Desobediencia a Mandato Judicial art. 313 Pn, En la funciona pericial existen otros delitos a los cuales se esta expuesto: Encubrimiento 308, Fraude procesal 306, Soborno 307, Falso testimonio 305, Simulación de influencia 314 todos del código penal.

46 Comparación normativa
Norma vigente Pr.Pn Peritos Art y ss Permanentes y nuevos peritos. Pago de honorarios Juramentación por algunos Jueces a P. P. 16 disposiciones del 195 al 210 Arts.117 y 204 consultor técnico Art. 206 contenido de pericia se rinde en acta o por escrito Desventajas Norma no vigente Pr.Pn Peritos Art. 226 y ss Permanentes excepción peritos accidentales No pago de honorarios La ley dispone no juramentar a los P:P 16 disposiciones del 226 al 241. Arts.128 y 235 consultor técnico Art. 236 contenido de pericia, se rinde en acta o por escrito.- Ventajas

47 OBLIGACION DE DENUNCIAR
EN MATERIA PENAL LAS ACCIONES PENALES QUE ACTIVAN AL ORGANO REQUIRENTE DE FGR LO ESTABLECE EL ART. 19 PR.PN Y SE EJERCITA DE LOS SIGUIENTES MODOS: ACCION PUBLICA (20 Pr.Pn) ACCION PUBLICA PREVIA INSTANCIA PARTICULAR (26 Pr.Pn) Y, ACCION PRIVADA. (28 Pr.Pn.) EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL LO REGULA EN EL ART. 17 PR.PN (los desarrollan los artículos 18, 27 y 28). LA INVESTIGACION SE INICIA DE OFICIO POR: DENUNCIA QUERELLA AVISO (Inspecciones) Obligación de denunciar. Excepción ART No 2 Pr.Pn código actual Y 265 No 2 NUEVO CPP. 47

48 Que hacer ante la detección de un ilícito.
Una vez se conozca la historia del evento y se ha observado objetivamente a la persona, el medico al advertir el ilícito esta obligado a denunciar. En caso de dudas consultar con el personal jurídico adscrito a la institución a la cual pertenece.- Preservar la evidencia material que se relaciona con el ilícito y entregarlo a las autoridades PNC O FGR. Realizar las coordinaciones pertinentes a fin de conocer que muestras biológicas son las que deben preservarse atendiendo a la naturaleza del caso.- Documentar y describir la evidencia con el objeto de evitar alteraciones en la cadena de custodia.-

49 LEY DEL CONSEJO SUPERIOR DE SALUD PÚBLICA Y DE LAS JUNTAS DE VIGILANCIA DE LAS PROFESIONES EN SALUD Materia: Derecho Ambiental y Salud Categoría: Derecho Ambiental y Salud Origen: MINISTERIO SALUD Estado: VIGENTE Naturaleza : Decreto Legislativo Nº: Fecha:28/08/58 D. Oficial: 168 Tomo: 180 Publicación DO: 10/09/1958   Reformas: (11) D.L. Nº 233, del 23 de abril de 1992, publicado en el D.O. Nº 84, Tomo 315, del 11 de mayo de 1992. Alcance de la Ley Art. 1.-Quedan sujetos a las disposiciones de la presente Ley, la organización y el funcionamiento del Consejo Superior de Salud Pública y de los organismos legales que vigilarán el ejercicio de las profesiones relacionadas de un modo inmediato con la salud del pueblo, a que se refiere el Art. 68 de la Constitución.

50 CAPITULO V Sanciones Disciplinarias Art. 14
CAPITULO V Sanciones Disciplinarias Art Las sanciones disciplinarias que se impondrán a quienes infrinjan las leyes y reglamentos, son: a) Amonestación privada por escrito. b) Amonestación pública hecha por la Junta en sesión especial, quedando constancia en el Acta respectiva. c) Multa de veinticinco hasta quinientos colones, según la gravedad del hecho. d) Suspensión en el ejercicio profesional, desde tres meses hasta dos años. e) Clausura temporal de tres meses a un año, o cierre definitivo del establecimiento, cuando su propietario fuere académico y éste utilizare dicho establecimiento para la ejecución de actos incorrectos en el ejercicio profesional, con manifiesta inmoralidad o incapacidad.

51 En la función profesional y pericial existen otros delitos a los cuales se esta expuesto:
Encubrimiento 308, Fraude procesal 306, Soborno 307, Falso testimonio 305, Simulación de influencia 314 Pn.- Art. 324 Pn., Revelación de hechos, actuaciones o documentos secretos por empleado oficial.- Art. 323 Pn., Denegación de Auxilio Art. 312 Pn., Omisión de Aviso Art. 289 Pn., Ejercicio Ilegal de la Profesión Art. 283 Pn., Falsedad Material Art. 284 Pn., Falsedad Ideológica Art. 285 Pn., Falsedad Documental Agravada Art. 286 Pn., Supresión, Destrucción u Ocultación de Documentos Verdaderos Art. 334 Pn., Infidelidad en la custodia de Registros o Documentos Públicos. Art. 176 Pn., Denegación de Asistencia Sanitaria Art. 146 Pn., Lesiones Culposas Art. 132 Pn., Homicidio Culposo Art. 175 Pn., Omisión del deber de socorro Art. 176 Pn, Denegación Sanitaria

52 CAPACITACION FISCAL EN RESPONSABILIDAD MEDICA
CONGRESO TALLERES SEMINARIOS BIBLIOGRAFÍA


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