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PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
CURSO “EL INSTRUMENTO PÚBLICO NOTARIAL” 2ª Lección PARTES EN QUE SE DIVIDE EL DOCUMENTO NOTARIAL PROF. JUAN CARLOS MARTÍNEZ ORTEGA
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Partes del documento notarial
Es el documento público notarial suele dividirse en: Encabezamiento. Comparecencia. Intervención. Exposición Parte dispositiva (cláusulas o estipulaciones). Otorgamiento. Autorización.
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Encabezamiento Es lo primero que se observa en un documento público..
Suelen recoger el título del instrumento (escritura, acta, etc). No es obligatorio ponerlo, pero indica buena técnica. Sí son menciones necesarias de todo documento notarial: Número de protocolo. Lugar de autorización del documento. Fecha (día, mes y año). Datos del Notario autorizante o su sustituto (nombre, apellidos y Colegio Notarial de su demarcación).
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Comparecencia Además de los datos del encabezamiento dichos que también forman parte de la comparecencia, están: Nombre, apellidos, edad, domicilio comparecientes y DNI. Edad con reseña fecha nacimiento. Estado civil (soltero, casado, viudo, divorciado, separado judicialmente). Vecindad civil. Número de nupcias en algunos casos.
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Comparecencia (2) Indicación de documentos de identificación otorgantes. DNI y Núm. fiscal. Vigentes. Titular real. Control de blanqueo de capitales. Fe de conocimiento. Medios supletorios. Juicio de capacidad de los otorgantes Calificación del contrato o acto. La profesión.
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Intervención Propio nombre o en representación de otro.
Intervención con poder. Reseña escritura, Notario, fecha y nº protocolo Evaluar para ver vigencia y facultades bastantes Poderes de Compañías mercantiles ver inscripción Registro Mercantil. Representación por mandato verbal Deben solicitarlo todos los comparecientes Debe asumirla la parte a quien pueda perjudicar. Advertencia expresa del Notario. Tal advertencia consignarse de forma visible en las copias. La ratificación posterior Convalida el documento ratificado. Puede hacerse en el propio documento o en escritura independiente.
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Parte expositiva Refleja los antecedentes del negocio jurídico
Descripción de los bienes. Datos registrales y catastrales. Certificaciones exigidas por la normativa de cada país (eficiencia energética, de primera ocupación, de situación de cargas) Estado de cargas y arrendamiento. Reseña de datos urbanísticos.
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Parte dispositiva También llamada cuerpo de la escritura.
Contiene los derechos objetos del contrato, que se creen, transmitan, modifiquen o extingan. Obligaciones asumidas y condiciones. El Notario debe velar por la regularidad no solo formal sino material. Se consigna el precio o valor oportuno.
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Las reservas y advertencias legales
El Notario tiene que velar por la legalidad y dará énfasis a: Presentación o no de títulos de propiedad. Necesidad de ratificación del documento. Acreditación de los medios de pago. De la situación registral, catastral y de otra índole. Falta de presentación de documentos. Advertencias sobre protección de datos y legales. Lectura del documento. Intérpretes y testigos. Por el Notario que hará hincapié en los pormenores más importantes. Firma del instrumento. Unidad de acto.
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