La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

CARLOS JOVINO SANCHEZ ARTEGA

Presentaciones similares


Presentación del tema: "CARLOS JOVINO SANCHEZ ARTEGA"— Transcripción de la presentación:

1

2 CARLOS JOVINO SANCHEZ ARTEGA
ABOGADO ESPECIALISTA EN GERENCIA DE IMPUESTOS MAGISTER EN CRIMINOLOGIA – CIENCIAS PENALES - ADMINISTRACION PENITENCIARIA CONCILIADOR EN DERECHO CONSULTOR Y ASESOR EMPRESARIAL CONFERENCISTA – DOCENTE UNIVERSITARIO

3 El Derecho en sus distintas expresiones es parte esencial en la vida diaria de toda persona
Conocerlo es obligación porque el Derecho rige nuestros comportamientos y a la vez que nos exige, nos protege

4 POLITICAS PUBLICAS Y PARTICIPACION CIUDADANA

5 RAMA EJECUTIVA Representado por el Presidente de la República
INTEGRADO POR: Ministros, Directores de Departamentos Administrativos (DANE, DNP) y superintendentes FUNCIÓN: Garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos Regionalmente está representado por: Gobernadores y Alcaldes

6 RAMA LEGISLATIVA  Congreso de la República: Senado y Cámara de Representantes FUNCIONES MÁS IMPORTANTES: -- Expedir, derogar y modificar las leyes -- Reformar y modificar la Constitución (Actos Legislativos) -- Ejercer control político sobre las acciones del Gobierno -- Elegir a los altos funcionarios de la Rama Judicial, Organos de Control y Organización Electoral

7 EXPEDIR, DEROGAR Y MODIFICAR LAS LEYES
Con Ley 1864/2017, modificó la Ley 599/2000 e incorporó cinco artículos para fortalecer la persecución penal de conductas que más afectan la transparencia e igualdad en los procesos electorales ARTÍCULO 386. PERTURBACIÓN DE CERTAMEN DEMOCRÁTICO ARTÍCULO 387. CONSTREÑIMIENTO AL SUFRAGANTE RTÍCULO 388. FRAUDE AL SUFRAGANTE ARTÍCULO 389. FRAUDE EN INSCRIPCIÓN DE CÉDULAS ARTÍCULO 389 A. ELECCIÓN ILÍCITA DE CANDIDATOS

8 ARTÍCULO 390. CORRUPCIÓN DE SUFRAGANTE
ARTÍCULO 390 A. TRÁFICO DE VOTOS ARTÍCULO 391. VOTO FRAUDULENTO ARTÍCULO 392. FAVORECIMIENTO DE VOTO FRAUDULENTO ARTÍCULO 394. ALTERACIÓN DE RESULTADOS ELECTORALES ARTÍCULO 396 A. FINANCIACIÓN DE CAMPAÑAS ELECTORALES CON FUENTES PROHIBIDAS ARTÍCULO 396B. VIOLACIÓN DE LOS TOPES O LÍMITES DE GASTOS EN LAS CAMPAÑAS ELECTORALES ARTICULO 396 C. OMISIÓN DE INFORMACIÓN DEL APORTANTE

9 MODIFICAR, REFORMAR O ADICIONAR LA CONSTITUCIÓN (ACTOS LEGISLATIVOS)
-- Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017. La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó 5 artículos con el acto legislativo para la paz. Instrumento jurídico que permitirá implementar y blindar los acuerdos firmados y refrenden con las Farc en La Habana -- Acto Legislativo 04 del 8 septiembre de 2017. Modificó el Art. 361 C.N. “Los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales”

10 EJERCER CONTROL POLÍTICO AL GOBIERNO
Art. 135 C.N. Facultades de las cámaras. Citar y requerir con cinco días de anticipación a los Ministros, Superintendentes y Directores de Departamentos Administrativos, para que concurran a sesión a contestar el cuestionario escrito Proponer moción de censura a M, S y D. de D. A., por asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República

11 ELEGIR A ALTOS FUNCIONARIOS DE LA RAMA JUDICIAL, ORGANISMOS DE CONTROL Y ORGANIZACIÓN ELECTORAL.
-- Contralor General de la República -- Procurador General de la Nación -- Defensor del Pueblo (C.R) -- Magistrados de la Corte constitucional (S) -- Magistrado del C.S.Judicatura-Sala Jurisdiccional Disciplinaria (7) terna presidencial -- Vicepresidente de Colombia en caso de presentarse vacancia absoluta del titular​

12 RAMA JUDICIAL Encargada de: -- Administrar justicia -- Velar por el cumplimiento de la Ley -- Castigar a los infractores CONFORMADO POR: -- Fiscalía General de la Nación -- Altas Cortes: Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y juzgados

13 ORGANISMOS DE CONTROL -- Contraloría General de la República. Vigila la gestión de los recursos públicos y a particulares que manejan fondos o bienes de la Nación (Junta de acción comunal, Cámara de Comercio) -- Ministerio Público. Procuraduría General de la Nación, ejerce control disciplinario a los funcionarios y personas que prestan servicios al Estado -- Defensoría del Pueblo. Vela por la promoción, ejercicio y divulgación de los derechos humanos

14 ORGANISMOS DE CONTROL -- Contraloría General de la República. Vigila la gestión de los recursos públicos a funcionarios y a particulares que manejan fondos o bienes de la Nación -- Ministerio Público. Procuraduría General de la Nación, ejerce control disciplinario a los funcionarios y personas que prestan servicios al Estado -- Defensoría del Pueblo. Vela por los derechos humanos

15 ORGANIZACIÓN ELECTORAL
-- CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. Vigila el cumplimiento de las normas sobre partidos políticos Efectúa el escrutinio de la votación nacional Resuelve los recursos contra de los resultados electorales -- REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL. -- Dirige y vigila las elecciones -- Dirige lo relativo a la identidad de las personas

16 DEMOCRACIA Forma de gobierno ejercida por todos los ciudadanos PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA. -- Igualdad: Todos los hombres son iguales ante la Ley, sin importar raza, sexo, religión o condición social -- Libertad: Todos los ciudadanos pueden hacer lo que no les prohíba la Ley -- Constitución: Leyes aplicables a todos los ciudadanos de un Estado -- Representatividad: Los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos a través del voto

17 DEMOCRACIA Forma de gobierno ejercida por todos los ciudadanos PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA. -- Igualdad: Todos los hombres son iguales ante la Ley, sin importar raza, sexo, religión o condición social -- Libertad: Todos los ciudadanos pueden hacer lo que no les prohíba la Ley -- Constitución: Leyes aplicables a todos los ciudadanos de un Estado -- Representatividad: Los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos a través del voto

18 PARA QUE EXISTA UNA DEMOCRACIA VERDADERA, SE NECESITA:
-- Un sistema político que garantice la oposición -- Confrontación de ideas y dialogo entre: Partidos políticos, Gobierno y Movimientos Sociales

19 Entre más personas hay en un grupo, es más difícil ponerse de acuerdo para tomar decisiones, por eso la democracia adopta la figura de la representación, donde los ciudadanos no participan en todas las decisiones políticas, sino en la escogencia de sus representantes que se encargarán de tomarlas Para que la representación sea más sólida, los representantes se agrupan en movimientos políticos con intereses comunes e ideologías definidas Cuando se elige a un candidato como representante en el gobierno, tendrá que ser fiel a los propósitos y principios del partido al que pertenece

20 DEBERES DE LOS CIUDADANOS
-- Elegir a los gobernantes -- Cumplir la Constitución y la Ley -- Comprometerse con las soluciones a los problemas sociales y políticos -- Capacitarse con seriedad para asumir el destino del País -- Rechazar la agresión y violencia contra la dignidad humana -- Defender la soberanía y las instituciones

21 DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
-- Exigir que el gobernante sea pulcro, honesto, responsable y eficaz -- Vigilar que el Estado Social de Derecho desarrolle los principios y objetivos Constitucionales -- Los derechos son para los nacionales y extranjeros residentes en Colombia

22 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. Artículo 1. -- Colombia es un Estado social de derecho -- Organizado en forma de República unitaria -- Descentralizada y con autonomía de sus entidades territoriales -- Democrática, participativa y pluralista -- Fundada en el respeto de la dignidad humana y prevalencia del interés general

23 Artículo 2. Son fines esenciales del Estado.
-- Servir a la comunidad -- Promover la prosperidad general -- Garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución -- Facilitar la participación de todos en las decisiones de la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación -- Defender la independencia nacional

24 -- Mantener la integridad territorial
-- Asegurar la convivencia pacífica y un orden justo Las autoridades de la República están instituidas para: -- Proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades -- Para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

25 Artículo 3. -- La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público -- El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece

26 Artículo 4. -- La Constitución es norma de normas -- En caso de incompatibilidad entre la Constitución y la Ley u otra norma, se aplicarán las disposiciones constitucionales Artículo 6. -- Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes -- Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones

27 Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Artículo 10. -- El castellano es el idioma oficial de Colombia -- Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios -- La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe

28 Artículo 11. -- El derecho a la vida es inviolable -- No habrá pena de muerte. Artículo 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

29 Artículo 13. -- Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley -- Recibirán la misma protección y trato de las autoridades -- Gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica Artículo 14. -- Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica

30 ARTÍCULO 15. -- Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre -- Se tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas -- La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables, sólo pueden ser interceptadas mediante orden judicial

31 ARTICULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico ARTICULO 17. Se prohíben la esclavitud, servidumbre y trata de seres humanos Artículo 18. -- Se garantiza la libertad de conciencia y nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias

32 Artículo 20. - Se garantiza la libertad de expresión y difusión de pensamiento - Informar, recibir información y fundar medios de comunicación Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento Artículo 35. La extradición no procederá por delitos políticos

33 Artículo 37. -- Todas las personas pueden reunirse y manifestarse pública y pacíficamente -- Sólo la Ley podrá establecer los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político

34 Para hacer efectivo los mecanismos de participación, se puede
-- Elegir y ser elegido para: Presidencia, Vicepresidencia, Senado, Cámara de representantes, Gobernaciones, Asamblea, Alcaldías, Concejos distritales y municipales -- Tomar parte en el plebiscito, utilizada por el Presidente para refrendar o rechazar una decisión con la opinión del pueblo -- Tomar parte en el referendo, convocar a los ciudadanos para aprobar o rechazar un proyecto de ley o una norma jurídica vigente, puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local

35 DIFERENCIA ENTRE ASAMBLEA CONSTITUYENTE, REFERENDUM Y PLEBISCITO
Mediante voto favorable de 135 parlamentarios (la mitad mas uno) el Congreso aprueba una Ley para convocar la Asamblea, estableciendo su objetivo, tiempo de existencia y número de constituyentes. Estas elecciones no pueden coincidir con otras Desde el momento de la elección, el Congreso no podrá reformar la Constitución, esta función la asumirán los constituyentes La Constituyente de 1991, derogó la Constitución de 1886 y expidió la de 1991

36 Convocada por la mitad mas uno de los parlamentarios
REFERENDUM Convocatoria nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local que hace al pueblo para aprobar o rechazar total o parcialmente un proyecto de norma jurídica o derogar o ratificar una norma vigente Convocada por la mitad mas uno de los parlamentarios Para ratificar los acuerdos de la Habana, los sufragantes tendrían que decir sí o no a cada uno de los cientos de artículos que conforman el texto del Referendo, prácticamente recibirían un libro para poner una X en la casilla frente a cada artículo

37 PLEBISCITO Consulta al pueblo mediante votación de la mayoría del censo electoral , para que diga si aprueba o rechaza una decisión (una pregunta general), mediante el SI o NO Art. 104 C. N. “el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección”

38 MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA. Art.103 C.N
Su objetivo es brindar garantías y beneficios para que el pueblo pueda incidir en cambios al sistema judicial, ejecutivo y legislativo -- La Iniciativa Popular Derecho político para presentar proyectos de Ley y de actos legislativos que pretende reformar la constitución, ordenanzas, acuerdos y resoluciones -- La Revocatoria del Mandato Derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un Gobernador o a un Alcalde

39 -- La Tutela. Mecanismo mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando están vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares -- La Acciones Populares. -- La Acción de Grupo. -- La Acción de Cumplimiento. -- La Denuncia Penal. -- La Queja.

40 LA VEEDURIA CIUDADANA LEY 850 DE 2003 Mecanismos democráticos de representación que le permite a los ciudadanos mediante organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión publica, a las autoridades: -- Administrativas -- Políticas -- Judiciales -- Electorales -- Legislativas

41 -- Órganos de control -- Entidades privadas -- Organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público

42 CÓMO SE CONSTITUYEN. El alcalde, la Junta Administradora Local, las organizaciones comunales y líderes cívicos pueden tomar la iniciativa para constituirlas Antes de conformarlas debe el alcalde informarlas sobre el plan de desarrollo, presupuesto, el proceso de contratación y las obras de la administración Se designará un número de veedores razonable con criterio de eficiencia y agilidad en el cumplimiento de la misión de control y vigilancia Se deberá capacitar a los veedores ciudadanos para que puedan cumplir de forma responsable con sus funciones

43 CÓMO SE CONSTITUYEN. El alcalde, la Junta Administradora Local, las organizaciones comunales y líderes cívicos pueden tomar la iniciativa para constituirlas Antes de conformarlas debe el alcalde informarlas sobre el plan de desarrollo, presupuesto, el proceso de contratación y las obras de la administración Se designará un número de veedores razonable con criterio de eficiencia y agilidad en el cumplimiento de la misión de control y vigilancia Se deberá capacitar a los veedores ciudadanos para que puedan cumplir de forma responsable con sus funciones

44 OBJETIVOS. -- Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la gestión pública y la contratación estatal -- Fortalecer la participación ciudadana en la toma de decisiones y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión -- Apoyar las Personerías Municipales en la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana -- Velar por los intereses de la comunidad como beneficiarios de la acción pública -- Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función pública

45 -- Tener una relación constante entre los particulares y la administración para evitar abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes -- Democratizar la administración pública -- Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana

46 FUNCIONES. -- Vigilar los procesos de planeación, para que conforme a la Constitución y la Ley se le dé participación a la comunidad -- Vigilar que en la asignación de los presupuestos se prevean prioritariamente la solución de necesidades básicas insatisfechas -- Vigilar porque el proceso de contratación se realice de acuerdo con los criterios legales -- Vigilar y fiscalizar la ejecución y calidad técnica de las obras, programas e inversiones en el correspondiente nivel territorial

47 -- Recibir informes, observaciones y sugerencias que presenten los ciudadanos en relación con las obras o programas que son objeto de veeduría -- Solicitar a interventores, supervisores, contratistas y autoridades contratantes, informes sobre todo el proceso contractual -- Comunicar a la ciudadanía los procesos de control o vigilancia que estén desarrollando -- Remitir a las autoridades correspondientes los informes de control y vigilancia en relación con los asuntos que son objeto de veeduría -- Denunciar ante las autoridades competentes los hechos o actuaciones irregulares de los funcionarios públicos

48 ACCION DE LAS VEEDURIAS.
-- Presentar derechos de petición y ante los jueces todas las acciones legales -- Intervenir en audiencias públicas -- Denunciar acciones y omisiones de los servidores públicos y de los particulares que ejerzan funciones públicas, que constituyan delitos, contravenciones, irregularidades o faltas en materia de contratación estatal y en el ejercicio de sus funciones o en la prestación de servicios públicos

49 -- Solicitar a la Contraloría General de la República, el control excepcional establecido en el artículo 26, literal b) de la Ley 42 de 1993 “La Contraloría General de la República podrá ejercer control posterior, en forma excepcional, sobre las cuentas de cualquier entidad territorial, sin perjuicio del control que les corresponde a las contralorías departamentales y municipales, en los siguientes casos:  a) A solicitud del gobierno departamental, distrital o municipal, de cualquier comisión permanente del Congreso de la República o de la mitad más uno de los miembros de las corporaciones públicas territoriales     b) A solicitud de la ciudadanía a través de los mecanismos de participación que establece la ley

50 REFLEXION. La participación ciudadana es un elemento importante de la DEMOCRACIA Permite a los ciudadanos hacer parte de las decisiones que los afectan para construir un mejor país

51 GRACIAS…..


Descargar ppt "CARLOS JOVINO SANCHEZ ARTEGA"

Presentaciones similares


Anuncios Google