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Nociones Generales sobre Impuestos Nacionales
5/28/2019 3:32 AM Nociones Generales sobre Impuestos Nacionales Módulo V Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes © 2007 Microsoft Corporation. Todos los derechos reservados. Microsoft, Windows, Windows Vista y otros nombres de productos son o podrían ser marcas registradas o marcas comerciales en los EE.UU. u otros países. La información incluida aquí solo tiene fines informativos y representa la vista actual de Microsoft Corporation a fecha de esta presentación. Ya que Microsoft debe responder ante los cambios en el mercado, no debe considerarse responsabilidad suya el hecho de garantizar la precisión de la información facilitada después de la fecha de esta presentación. MICROSOFT NO FACILITA GARANTÍAS EXPRESAS, IMPLÍCITAS O ESTATUTORIAS EN RELACIÓN A LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTA PRESENTACIÓN.
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Módulo V- Monotributo 1.- Sujetos 2.- Características del régimen
3.- Vinculación con otros gravámenes 4- Procedimientos de Recategorización 5.- Procedimientos de Exclusión 6.- Sanciones
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Monotributo Es un régimen porque en un solo pago mensual, se incluyen conceptos impositivos como el IVA y Ganancias, así como conceptos previsionales como jubilación y obra social. Usualmente se lo conoce como “monotributo” un solo tributo, y fue modificado y actualizado a través de la Ley que se reglamento con el decreto 1/2010 además de la reforma integral que genera efectos a partir del 1 de Junio de 2018, por ello vamos a desarrollar el tema a partir de esta norma vigente. El monotributo es el ejercicio de una opción para aquellos sujetos pasivos o contribuyentes, que cumplen con determinados parámetros que le permiten incluirse en el mismo, ya que la regla general de toda persona que desarrolla actividad económica es responsable inscripto.
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Monotributo El monotributista a diferencia del responsable inscripto no presenta declaraciones juradas mensuales, paga una cuota a través de una credencial que incluye todos los conceptos. Las sociedades regularmente constituidas se hallan excluidas del régimen, por ejemplo SA. SRL, SCA, Sociedades colectivas etc. Y en el año 2018 se excluyeron del monotributo también a las sociedades de hecho o irregulares. Las sucesiones indivisas pueden ser monotributista hasta la declaratoria de herederos, o cumplido 1 año desde el deceso del contribuyente, pasando luego a ser responsables inscriptos Los vencimiento mensuales son por mes adelantado, hasta el 20 de cada mes. Ej.: Octubre, vence el 20/10/15.
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Monotributo Son sujetos considerados pequeños contribuyentes personas humanas mayores de 18 años y sucesiones indivisas, siempre que cumplan con determinados parámetros y condiciones. Los monotributistas pueden realizar venta de cosas muebles y/o prestación de servicios, incluida la actividad primaria como cultivos y cría de animales. No pueden desarrollar mas de tres (3) actividades simultáneas, ni poseer tres (3) unidades de explotación. Ej.: locador de 2 departamentos, profesional liberal y titular de un comercio (son 4 actividades que lo excluyen del régimen). También pueden ser sujetos monotributistas los asociados de cooperativas de trabajo y los integrantes de condominios. Un monotributista no puede ser importador de cosas muebles o servicios, para su venta.
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Monotributo Sujetos excluidos del Monotributo Servicio domestico
Los herederos luego de la declaratoria o validez del testamento Sujetos que desarrollen prestaciones financieras Socios de sociedad comerciales regulares Quienes ejercen dirección, administración o conducción de sociedades no monotributistas o excluidas del RS Importadores de bienes y/o servicios Sujetos excluidos del Monotributo
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Monotributo Parámetros Para ser Monotributista Locador o prestador de
Para la opción deben haberse obtenido ingresos brutos iguales o inferiores a $ ,90 por año (sumatoria de las facturas emitidas). Porque se actualiza anualmente. No superar la cantidad de 200 m2 de superficie afectada a la actividad; No superar los kw de energía eléctrica consumida en la actividad del monotributista (sumatoria de las facturas de Luz); No superar los $ ,90 de alquiler por el establecimiento donde se desarrolla la actividad, siempre que no sea dominio propio; Aquí no hay precio máximo, porque no existen listas de precios; Las categorías son desde A a la H, en función del mayor de los parámetros. Parámetros Para ser Monotributista Locador o prestador de servicios
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Monotributo Parámetros Para ser Monotributista Venta de bienes
Para la opción deben haberse obtenido ingresos brutos iguales o inferiores a $ por año (sumatoria de las facturas emitidas); Importe que se actualiza anualmente. No superar la cantidad de 200 m2 de superficie afectada a la actividad; No superar los kw de energía eléctrica consumida en la actividad del monotributista (sumatoria de las facturas de Luz); No superar los $ ,90 de alquiler por el establecimiento donde se desarrolla la actividad, siempre que no sea dominio propio; No tener precio máximo “unitario” de bienes superior a $ ; Las categorías son desde A a la K, en función del mayor de los parámetros. Parámetros Para ser Monotributista Venta de bienes
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Notas Aclaratorias sobre parámetros
Monotributo Notas Aclaratorias sobre parámetros El parámetro superficie no se aplica en zonas rurales o aquellas con hasta habitantes. Ante actividades simultáneas se considera el total en m2 del local, oficina o establecimiento de mayor superficie afectada. Cuando se desarrolla la actividad en la casa habitación, se toma solo la superficie afectada a la actividad monotributista. Se acumulan los m2 de todas las unidades o establecimientos dentro del monotributo. El parámetro energía eléctrica, no se considera para la categorización en el monotributo, para las siguientes actividades: Playa de estacionamiento, garajes y lavaderos, Servicios de practicas deportivas, Servicios de alojamiento u hospedajes, excluidos alojamiento por hora, Explotación de carpas, toldos, sombrillas en playas y balnearios, Servicios de camping y guardería náuticas, Servicios de enseñanza, instrucción y capacitación, jardines de infantes y guarderías maternales.
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Monotributo Cada monotributista debe recategorizarse semestralmente, si corresponde, ya sea aumentando o disminuyendo la categoría, cuyos vencimientos son en Junio y Diciembre de cada año. Cuando una persona inicia sus actividades no tiene ingresos brutos, por ello se inscribe con la categoría A y transcurridos los primeros 6 meses tendrá que calcular si corresponde cambiar de categoría o no en función de una proyección anual. Las sociedades irregulares quedaron fuera del monotributo a partir del 1 de Junio de 2018. Una persona menor de 18 años, trabajador en relación de dependencia, o profesional adherido obligatoriamente a la caja previsional provincial, solo pagan el componente impositivo. La opción al monotributo se realiza por Internet, ingresando a la página web con su CUIT y clave fiscal, y de allí se ingresa a través del sistema registral.
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Monotributo Podrán cambiar de obra social 1 vez al año con efecto a partir del 1er día del tercer mes a la solicitud. En materia de impuesto a las ganancias, los responsables inscriptos adquirentes de bienes, o tomadores de servicios de responsables monotributistas, solo podrán deducir el 100% del importe del comprobante, siempre que se trate de “operaciones recurrentes”. Son operaciones recurrentes, en caso de prestación de servicios cuando con un mismo proveedor se realicen como mínimo nueve (9) operaciones en el año. Son operaciones recurrentes, en caso de compra de bienes, cuando con un mismo proveedor se realicen veintitrés (23) operaciones facturadas en un mismo año. Se entiende por “operación” cada factura emitida por el monotributista, ya que en caso de no cumplir esa condición el responsable inscripto solo podrá deducir como gasto en ganancias el 2% de cada factura o el 8% de la suma total de factura de todos los proveedores monotributistas. Un claro ejemplo de su aplicación es el fallo “Golba Construcciones S.A del Tribunal Fiscal de la Nación, sala A - 07/06/2006”.
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Monotributo A partir de la categoría H esta obligado a emitir factura electrónica. Con la RG 3990/17 a los encuadrados en las categorías F y G, será obligatorio a partir del día 1 de junio de 2017. En lugares de atención al público deben exhibir el F 960/D data fiscal, que es el formulario con código QR. Cese versus renuncia. Ante un cese puede volver tantas veces como lo necesite, a diferencia de las exclusiones donde no pueden regresar al RS por 3 años calendarios. Incentivos al cumplimiento. Se reintegra el componente impositivo en Febrero de cada año, cuando adhieran al debito automático con tarjeta de crédito o debito en la cuenta bancaria. El cambio de actividad, una vez inscripto en el RS no se considera inicio, al igual que la inclusión de nuevas.
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Monotributo Causales De Exclusión Del Monotributo
Supere cualquiera de los parámetros máximos; Adquieran bienes o realicen gastos de índole personal con un valor de ingresos declarados que no pueda ser justificado; Presunción del artículo 18 g) de la Ley 11683, cuando los depósitos superan a los ingresos de la categoría y no pueda justificar esa diferencia; No posean facturas de sus operaciones por compras y/o ventas; Las compras y gastos de la actividad en el año sean iguales al 80% de las ventas o 40% de los servicios; Resulte incluido en el REPSAL. Ley Es el registro de empleadores con sanciones o sentencia judiciales por trabajo en negro. Causales De Exclusión Del Monotributo
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Monotributo Las exclusiones son automáticas, y surten efecto a partir de las cero horas del día que se verifique cualquiera de las causas enumeradas en la dispositiva anterior. El sujeto pasivo debe solicitar el alta en los distintos gravámenes que corresponden a su actividad dentro de los 15 días. En caso de no hacer espontáneamente lo hace de oficio la AFIP. Cuando la exclusión surja de una fiscalización, se labrará un acta que se notificará por Art.100 Ley N° , la fecha a partir de cuando pasa a ser responsable inscripto, y la respectiva deuda impositiva y previsional correspondiente. Los importes abonados a posteriori de la exclusión, podrá solicitar a través de multinota que se imputen contra declaraciones juradas de IVA.
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Monotributo PROCEDIMIENTO DE EXCLUSIÓN DEL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑO CONTRIBUYENTE
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Monotributo Cuando se constata la causa de exclusión por controles sistémicos, se notifica al contribuyente la resolución, al domicilio fiscal. Este puede presentar disconformidad vía Internet en la página web, previo consultar las causales. Tiene un plazo de 10 días hábiles, donde recibirá un acuse de recibo de la gestión con un N° de solicitud. Puede que AFIP requiera documentación o datos adicionales, al escrito presentado. Ante el silencio o respuesta se dictará la resolución, ya sea haciendo lugar a la exclusión o a la disconformidad del contribuyente remitiendo las actuaciones a archivos. Las exclusiones se publican en boletín oficial en los meses de recategorización por CUIT y denominación, además de mencionar el período. El contribuyente puede presentar recurso de apelación ante el director general- Art. 74 DR Ley Posee 15 días desde la notificación.
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Monotributo Los contribuyentes que registren 10 posiciones consecutivas o alternadas con deuda impositiva o previsional son dados de baja de oficio. Cancelada la deuda al contado, o a través de planes de pago, después de presentado y procesado el mismo puede volver a pedir el alta en el monotributo. Se limita la obtención de la constancia de CUIT, por incumplimiento a aspectos formales o materiales del régimen, RG 2616/2009. Cuando con un mismo sujeto se hubieren realizado once (11) operaciones cuyo monto total acumulado determine su exclusión del RS, por superar los ingresos brutos establecidos para las actividades y categorías de que se trate, retendrán el 21% de IVA y 35% de ganancias, entregando el correspondiente certificado.
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Monotributo Régimen Sancionatorio
Clausura del establecimiento de 1 a 5 días, cuando no posee el data fiscal o no entrega ticket o factura, por operaciones superiores a $ 10.- Multa del 50% del impuesto integrado cuando han sido excluidos del régimen simplificado. El comprobante de pago tiene el carácter de DDJJ. La aceptación de la recategorización de oficio reduce la sanción al 50%. Podrán establecer domicilio especial para estas sanciones, ya sea en el estudio profesional del defensor por ejemplo. Régimen Sancionatorio
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Muchas gracias y los invito a desarrollar los
Monotributo Muchas gracias y los invito a desarrollar los ejercicios de repaso
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