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Experiencias en la implementación de protocolos de acoso sexual y acoso por razón de sexo universitarios La reforma del Protocolo de acoso sexual y.

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Presentación del tema: "Experiencias en la implementación de protocolos de acoso sexual y acoso por razón de sexo universitarios La reforma del Protocolo de acoso sexual y."— Transcripción de la presentación:

1 Experiencias en la implementación de protocolos de acoso sexual y acoso por razón de sexo universitarios La reforma del Protocolo de acoso sexual y acoso por razón de sexo en la Universidad de La Laguna XII ENCUENTRO RED DE UNIDADES DE IGUALDAD DE GÉNERO PARA LA EXCELENCIA UNIVERSITARIA (RUIGEU). Alicante, 4 y 5 de abril de 2019

2 Ponentes: Sarai Rodríguez González Laura Aguilera Ávila
UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

3 Índice LA ULL Y SU COMPROMISO CON LA “TOLERANCIA CERO” MARCO NORMATIVO
PRIMER PROTOCOLO 2014: LECCIONES APRENDIDAS Y CARENCIAS DETECTADAS ANTES Y DESPUÉS DEL 8M-2018: LOS COMPROMISOS ASUMIDOS EN EL CLAUSTRO DE 15 DE MAYO DE 2018 EL NUEVO PROTOCOLO Índice Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

4 1) LA ULL Y SU COMPROMISO CON LA “TOLERANCIA CERO”
Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

5 LA ULL PROCLAMA “TOLERANCIA CERO”
TOLERANCIA CERO FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y SEXISTA EN LA ULL La Universidad de La Laguna asume su compromiso con la igualdad real y efectiva y la no discriminación y con el respeto a los derechos fundamentales de las personas, incluyendo el derecho a que toda persona sea tratada con respeto a su dignidad e intimidad. El acoso sexual y el acoso sexista, este último también denominado acoso por razón de sexo, atentan contra este derecho de las personas trabajadoras y el alumnado y contra el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres; por lo que la Universidad de La Laguna afirma tajantemente que no tolerará el acoso sexual ni el acoso sexista y se compromete a prevenir este tipo de prácticas en el ámbito laboral y académico y a garantizar la debida protección frente a las mismas..

6 2. MARCO NORMATIVO Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

7 Marco normativo del Protocolo para la detección, prevención y actuación en los supuestos de acoso sexual y de acoso sexista Desde el año 2014 la ULL cuenta con un Protocolo especializado ante posibles situaciones de este tipo, la ULL puede adoptar medidas cautelares y contar personas expertas para realizar peritajes específicos Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIEMH), Ley Orgánica 4/2007 (LOMLOU) por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades Ley Canaria 1/2010 de Igualdad entre Mujeres y Hombres (LCI) Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación El presente Protocolo febrero 2019 sustituye al anterior e incluye los compromisos alcanzados en el Claustro celebrado el 15 de mayo de 2018 Está disponible en le WEB de la UIG

8 3. PRIMER PROTOCOLO 2014: LECCIONES APRENDIDAS Y CARENCIAS DETECTADAS
Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

9 Resumen de los casos atendidos 2014-2018

10 4. ANTES Y DESPUÉS DEL 8M-2018: LOS COMPROMISOS ASUMIDOS EN EL CLAUSTRO DE 15 DE MAYO DE 2018
Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

11 https://diariodeavisos. elespanol
universitario-supuesto-acoso-sexual-y-centro-exige-denuncia _noticia.html escrache.htm universidad-la-laguna-tenerife-denuncias-profesor.html Enlaces:

12 Los compromisos adquiridos en el Claustro de 15 de mayo de 2018
Poner en marcha un plan permanente de difusión y formación en materia de igualdad de género dirigido a todos los sectores de la comunidad universitaria, incluyendo formación obligatoria a las gestoras y gestores de las unidades organizativas de la ULL. Crear una comisión claustral conjuntamente con la comisión técnica asesora de la UIG para la revisión y actualización del protocolo para la detección, prevención y actuación en supuestos de acosos sexual y sexista de nuestra universidad. Exigir informes de violencia de género y/o acoso sexual o por razón de sexo a todo el personal de la Universidad de La Laguna. Añadir al protocolo para la detección, prevención y actuación en caso de acoso sexual y sexista que la Universidad se personará como acusación particular cuando el asunto se judicialice. Añadir al protocolo para la detección, prevención y actuación en caso de acoso sexual y sexista medidas cautelares que supongan el no contacto entre la persona presuntamente agresora y la víctima ante un presunto caso de acoso sexual o por razón de sexo.

13 Texto disponible en la web de la UIG-ULL
5. PROTOCOLO PARA LA DETECCIÓN, PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE ACOSO SEXUAL Y DE ACOSO SEXISTA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Aprobado en Consejo de Gobierno el 1 de febrero de 2019 Texto disponible en la web de la UIG-ULL Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

14 FUNCIÓN DEL PROTOCOLO FRENTE AL ACOSO SEXUAL O POR RAZÓN DE SEXO
Índice Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

15 ¿CUÁL ES LA FUNCIÓN DEL PROTOCOLO?
ESTABLECER PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO SEXISTA QUE SE APLIQUEN A La prevención de situaciones de acoso sexual y de acoso sexista a través de tres tipos de actuaciones: las acciones de formación a la comunidad universitaria las acciones de difusión, información y códigos de buenas prácticas y las evaluaciones de riesgos psicosociales y ambientales, con la consecuente aplicación de medidas preventivas o correctoras La solución de las quejas, reclamaciones y/o denuncias relativas al acoso sexual y al acoso sexista, que serán tramitadas, y en su caso resueltas, con las debidas garantías Celeridad –prontitud en la resolución Confidencialidad y anonimato Imparcialidad Información Garantía frente a represalias Establecimiento de medidas cautelares y complementarias

16 ¿A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDO EL PROTOCOLO FRENTE AL ACOSO SEXUAL O POR RAZÓN DE SEXO?
¿A QUIÉNES PROTEGE? Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

17 ¿ A QUIENES PROTEGE EL PROTOCOLO?
Al Personal de Administración y Servicios (PAS) de la ULL. Al Personal Docente e Investigador (PDI) de la ULL Al Alumnado de la ULL Al personal de la Fundación General de la ULL. Al personal becario. A cualquier persona que, aunque se encuentre bajo la dependencia jurídica de terceros, preste sus servicios en el ámbito de la ULL, incluyendo al personal afecto a contratas o subcontratas y/o puesto a disposición por las empresas de trabajo temporal y a las personas trabajadoras autónomas relacionadas con la ULL por un contrato de prestación de obra o servicio.

18 PRESENTACIÓN DE LA QUEJA, RECLAMACIÓN Y/O DENUNCIA
Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

19 PRESENTACIÓN DE LA QUEJA, RECLAMACIÓN Y/O DENUNCIA
¿Quién puede hacerlo? ¿Dónde la presento? ¿A quién me dirijo? ¿Si no la presenta la presunta víctima, esta deberá ratificarla?

20 Podrá presentar queja, reclamación y/o denuncia:
a) Cualquier miembro de la comunidad universitaria o persona incluida en el ámbito de aplicación del presente Protocolo que se considere víctima de una conducta de acoso sexual o acoso sexista en el ámbito de la ULL b) La representación del personal y del alumnado. c) Cualquier otra persona o grupo de personas que, siendo integrantes de la comunidad universitaria, tengan conocimiento de la existencia de una conducta de acoso sexual o sexista en el ámbito de laULL

21 ¿Dónde se presentan las quejas, reclamaciones y/o denuncias?
La presentación por se hará por escrito ante la OPRAS (Oficina de Prevención y Respuesta al Acoso Sexual y Acoso Sexista) dependiente funcionalmente de la UIG-ULL creada específicamente para desarrollar este cometido. SITUACIÓN TRANSITORIA: Hasta la creación de la OPRAS, presentación ante la SG. La gestión corresponde al Negociado de Rectorado

22 ¿Y si no se presentara por escrito?
Las quejas o reclamaciones no formalizadas por escrito ante la OPRAS serán tomadas en consideración en atención a su gravedad, a efectos de poner en marcha el procedimiento establecido en el Protocolo.

23 SOBRE LA NECESIDAD DE RATIFICAR
¿Debe la presunta víctima ratificar por escrito la queja, reclamación y/o denuncia cuando no sea ella quien la presente directamente? Puede ratificarla Supuesto más conveniente ¿Qué sucede si no la ratificara? La Universidad investigará los hechos y, si procede, actuará de oficio continuando con el procedimiento.

24 PLAZO Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

25 ¿CUÁNDO SE TIENE QUE PRESENTAR LA QUEJA, RECLAMACIÓN O DENUNCIA?
PLAZO En el momento en que la conducta se produzca y mientras persista queda bajo el amparo del Protocolo toda persona comprendida en su ámbito de aplicación cuya vinculación con la ULL hubiese concluido a causa de una situación de acoso sexual o acoso sexista y que invoque el Protocolo en el plazo de un año desde la fecha en la que acabó dicha relación.

26 PROCEDIMIENTO Ojo, se ha eliminado ap. 7 (casos prácticos) porque no había diapos sobre esto. El doc. Sobre ello se integrará en la web.

27 UIG- SPRRLL: Asesoramiento a las partes involucradas sobre sus derechos y formas de actuación

28 Sarai Rodríguez González
Laura Aguilera Ávila Poner foto del Edif. Germán Bernácer


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