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COMPENSACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y Dirección General de Hidrocarburos

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Presentación del tema: "COMPENSACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y Dirección General de Hidrocarburos"— Transcripción de la presentación:

1 COMPENSACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y Dirección General de Hidrocarburos
SERVIDUMBRE. Eco. Manuel Lazo Díaz Dirección General de Hidrocarburos Pucallpa 2009

2 ESTADO PERUANO El Estado Peruano garantiza la Propiedad de todo Ciudadano Peruano. Por lo tanto, cuando se presentan necesidades de desarrollar actividades de Exploración ó Explotación en tierras tituladas a favor de Comunidades Nativas ó Indígenas (para campamentos, actividades de hidrocarburos en general, etc). Se requerirá que la Empresa previamente acuerde un pago ó Compensación económica al propietario ó acogerse al derecho de uso de superficie ó de Servidumbre.

3 Uso de las Tierras de Comunidades Nativas por
TEMA I Uso de las Tierras de Comunidades Nativas por Actividades de Hidrocarburos A continuación se desarrollará las líneas estratégicas que se proponen para transformar las situaciones problema encontradas en los objetivos planteados.

4 Uso de las Tierras de Comunidades Nativas
por Actividades de Hidrocarburos Principalmente se da por tres actividades: Exploración Explotación Transporte

5 Exploración Reglamento para Exploración y Explotación de Hidrocarburos D.S. 032-2004-EM
Se desarrollan todas las actividades para la búsqueda y descubrimiento de los hidrocarburos. Se efectúan las siguientes actividades: Estudios geofísicos, geoquímicos, geológicos, de sensores remotos, actividades de perforación y completación de pozos, pruebas de producción. Tiempo de duración: Hasta 7 años. Puede ampliarse 3 años más.

6 Explotación Reglamento para Exploración y Explotación de Hidrocarburos D.S. 032-2004-EM
Se desarrollan todas las actividades para extraer y almacenar los hidrocarburos Se perforan pozos de desarrollo, se construyen sistemas de recolección y almacenamiento, baterías de producción, estaciones de bombeo y campamentos Tiempo de duración: Petróleo hasta 30 años Gas hasta 40 años

7 Transporte Decreto Supremo Nº 081-2007-EM Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos
Se utilizan ductos para trasladar los hidrocarburos de la zona de producción a la zona de almacenamiento o distribución La zona de almacenamiento comprende la instalación de tanques para acumular la producción antes de transportarlos.

8 Marco Legal sobre Tierras de las Comunidades Nativas
TEMA II Marco Legal sobre Tierras de las Comunidades Nativas A continuación se desarrollará las líneas estratégicas que se proponen para transformar las situaciones problema encontradas en los objetivos planteados.

9 Marco Legal sobre Tierras en Comunidades
La Constitución de 1993 Convenio N° 169 de la OIT para Comunidades Nativas Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, Ley N° 22175 Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas, Ley N° (derogada por el DL 1064 con excepción de sus articulos 10º y 11º, según lo dispuesto por la Ley Nº 29261).

10 Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos
TEMA III Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos A continuación se desarrollará las líneas estratégicas que se proponen para transformar las situaciones problema encontradas en los objetivos planteados.

11 ¿Qué son las Servidumbre?
Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos ¿Qué son las Servidumbre? Son afectaciones (cambios de uso) del terreno de una persona para que otra persona pueda realizar actividades sobre ella. Con la servidumbre NO SE PIERDE LA PROPIEDAD, es temporal, cuando se termina la actividad el propietario puede volver a realizar sus actividades.

12 ¿Qué comprende una Servidumbre?
Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos ¿Qué comprende una Servidumbre? Comprende la ocupación de la superficie del suelo y del subsuelo, en caso ello sea necesario. San Martín 1 May 2004

13 ¿Cómo se constituyen las Servidumbres?
Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos ¿Cómo se constituyen las Servidumbres? Convencional: Acuerdo de las partes Legal: Resolución Suprema

14 ¿Dónde están Reguladas?
Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos ¿Dónde están Reguladas? Ley Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221 Art. 82º y 83º Reglamento para la Exploración y Explotación D.S. Nº EM (derogó al D.S EM) Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos D.S EM

15 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos Tipos de Servidumbre Servidumbre de ocupación de bienes, indispensable para la instalación de sistemas de operación y/o transporte. Servidumbre de paso, para construir vías de acceso. Servidumbre de tránsito, para custodia, conservación y reparación de los sistemas de operación o de transporte.

16 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué derechos y obligaciones otorgan las Servidumbres para el Contratista? Derecho de acceso al área con fines de conservación, vigilancia, mantenimiento, operación y tránsito. Pueden construir infraestructura o instalaciones necesarias para cumplir su Contrato sobre o bajo la superficie, manteniendo la propiedad de sus instalaciones separadas de la propiedad del suelo. Pago de Compensación e Indemnización, cuando corresponda.

17 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué derechos y obligaciones otorgan las Servidumbres a los Propietarios? Mantiene la propiedad del predio. Derecho a Compensación e Indemnización, cuando corresponda. Puede cercar el predio y edificar en él, siempre que no sea en las áreas de ocupación, operación, instalación, zona de influencia de la empresa Contratista y que además permita el tránsito, mantenimiento, reparación y respete distancias mínimas de seguridad.

18 ¿Cómo se otorga una Servidumbre ?
Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos ¿Cómo se otorga una Servidumbre ? Acuerdo Previo. Hay 30 días para que la empresa y la Comunidad Nativa negocien. Requisitos del Acuerdo Previo Acuerdo de los 2/3 de los miembros de la C.N. Debe ser presentado al Notario Público o al Juez de Paz Letrado Presentar el acuerdo al MINEM

19 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué sucede si no hay acuerdo? Entonces la empresa tiene derecho a pedir la Servidumbre Legal Servidumbre Legal: Pasados 30 días sin que exista acuerdo, la empresa solicita al Estado que imponga la Servidumbre. El Estado impone la Servidumbre y a su vez impone el pago por la Indemnización a favor del propietario del predio. Aquí el monto de la Compensación y la Indemnización la hace el Estado, a través de una entidad tasadora (Conata o Colegios Profesionales).

20 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos El Estado emite una Resolución Suprema otorgando la Servidumbre. No existe oposición a la realización de la actividad. Pero si se puede acudir al Poder Judicial para cuestionar el monto a ser pagado.

21 Las Servidumbres para Actividades de Hidrocarburos
¿Cuándo terminan las Servidumbres? Cuándo sin autorización previa, la empresa destina la Servidumbre para otra actividad. Se finaliza la actividad y el plazo por la que se autorizó la Servidumbre. Se incumpla el pago de la Indemnización. Esto lo puede hacer el Estado ó lo puede solicitar el propietario del terreno afectado.

22 INDEMNIZACIONES Y COMPENSACIONES EN LAS SERVIDUMBRES
TEMA IV INDEMNIZACIONES Y COMPENSACIONES EN LAS SERVIDUMBRES A continuación se desarrollará las líneas estratégicas que se proponen para transformar las situaciones problema encontradas en los objetivos planteados.

23 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Tienen las Comunidades Nativas derechos cuando se otorgan las Servidumbres? Sí, siempre que se hayan originado a partir de la expedición de la Ley Nº Tienen derecho a: Compensaciones: Por el uso de las tierras. Indemnizaciones: Cuando se produzcan daños.

24 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos Artículo 297º (DS EM) La constitución del derecho de Servidumbre obliga al contratista a Indemnizar. La Indemnización es fijada por acuerdo de partes, en caso contrario, la fija el MINEM.

25 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué son las Compensaciones? Las Compensaciones son los pagos que se hacen por el uso de algo sin dañarlo. Por ejemplo: El uso de la chacra para construir un helipuerto. Se pagará por usar el terreno. Helipuerto

26 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué son las Indemnizaciones? Las Indemnizaciones son los pagos que se hacen cuando se ha producido un daño o se ha dejado de percibir una ganancia o beneficio (producción de la tierra - lucro cesante).

27 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Como se establece el monto de la Indemnización por Servidumbre? Aceptada la solicitud de servidumbre, la DGH comunica al propietario: Si éste responde: Se realiza una valorización pericial, efectuada por un profesional designado por el Cuerpo Técnico de Tasaciones, la CONATA o el Colegio profesional que corresponda. De no haber respuesta: se considera la valorización presentada por la empresa contratista.

28 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Qué incluye la Valorización? Compensación por uso de las tierras. Compensación en dinero por las ganancias que se pierdan en actividades agropecuarias u otras actividades económicas habituales. Ej. Afectar la caza, la pesca, etc.(lucro cesante). Asimismo, incluye los daños.

29 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Quién asume el honorario por el peritaje o entidad tasadora? La empresa contratista, como solicitante de la Servidumbre

30 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Cómo se abona el Monto? El monto de la Indemnización fijado por la Resolución Suprema es abonado por el contratista a los 15 días, de no mediar recurso impugnativo.

31 Las Servidumbres para Actividades de
Hidrocarburos ¿Cuándo una Servidumbre es Gratuita? Cuando la constitución del derecho de Servidumbre se realiza sobre un predio del Estado, salvo que éste se encuentre incorporado a algún proceso económico o fin útil.

32 CONCLUSIONES Se reconoce la propiedad y posesión de las tierras tradicionalmente ocupadas. La Tierra no se pierde con la Servidumbre. Debe haber Acuerdo Previo antes de entrar a la tierra. Se pagan Compensaciones por el uso de la tierra. Se pagan Indemnizaciones (caso de daños o lucro cesante). Los Acuerdos se firman con la Comunidad que ha aceptado el acuerdo en Asamblea

33 ¡¡¡ Muchas gracias por su MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
atención y escucha !!! Página Web MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS


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