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Publicada poribonilla ibonilla Modificado hace 6 años
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ESTADO DEMOCRÁTICO Democracia y liberalismo Estado democrático en CE 1978 –Constitución abierta –Soberanía popular –Democracia representativa –Pluralismo –Igualdad formal –Participación política Participación en funciones estatales –Reforma constitucional –Poder legislativo –Poder ejecutivo –Función de gobierno –Poder judicial Partidos políticos
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Democracia y liberalismo Diferenciación ORIGENCUESTIÓN PRINCIPAL VALOR FUNDA- MENTAL IDEA DE LIBERTAD SOBERA- NÍA SUFRAGIO DEMOCR Grecia/ Roma Origen Poder público Igualdad formal Positiva (participa- ción) PopularUniversal LIBERALISMO Siglo XVIIILímite poder público Libertad negativa (civil) Negativa (frente al Estado) NacionalRestringido
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Democracia y liberalismo Acercamiento: –Cesión de la democracia: Necesidad de los derechos de libertad (negativos) –Cesión del liberalismo Incremento gradual de la participación ciudadana: –Democracia representativa: sufragio universal –Democracia directa: referéndum/plebiscito
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Tipología democracia Por el contenido: –Democracia procedimental: Todo es posible siguiendo el procedimiento necesario –Democracia material: Dotada de contenido. Por la forma de participación: –Democracia orgánica / individual –Democracia directa / representativa
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CONSTITUCIÓN ABIERTA Función de la Constitución democrática: –Marco de opciones en la que se pueden realizar políticas diversas –Rechazo de la Constitución “programática” o “dirigente”
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Soberanía popular Artículo 1.2 CE: “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del cual emanan todos los poderes del Estado” Significado: –Negativo: Ausencia de órgano/sujeto soberano –Positivo: Estructuración democrática Participación política Reconocimiento de las minorías Origen popular del poder: –Directo: Elecciones a órganos representativos –Indirecto: »Legitimidad constitucional (Corona) »Selección de titulares regulada por ley (poder judicial)
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Democracia representativa Órganos representativos: –Cortes –Corporaciones municipales –Diputaciones provinciales Institutos de democracia directa: –Individuales: Iniciativa legislativa popular Derecho de petición –Del cuerpo electoral: Referéndum: ObjetoNorma jurídica Plebiscito: ObjetoDecisión política
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Igualdad formal Art. 14 CE “Ante la ley”: –Igualdad en la aplicación –Límite a poder ejecutivo / judicial –Efecto restringido en las relaciones entre particulares “En la ley”: –Igualdad en la creación legislativa –Límite al Parlamento –Razonabilidad de las discriminaciones
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Pluralismo Contenido: respeto a las minorías Social (ejemplos): –Libertad religiosa –Derecho a la Educación –Pluralismo lingüístico –Pluralismo informativo Político (arts. 1.1 y 6 CE) –Mayoría (decisión) vs. Minoría (deliberación) –Instrumentos: Acceso al Parlamento: sistema proporcional Decisiones parlamentarias: –Mayorías cualificadas –Posibilidad de iniciativa de minorías –Instrumentos de minorías (control parlamentario, solicitud referéndum de reforma constitucional, enmiendas legislativas…).
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PARTIDOS POLÍTICOS
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Participación política Configuración: –Derecho fundamental (art. 23.1 CE) –Norma de programación final (art. 9.2) Diferencias con la participación liberal: –Existencia de democracia directa –Se refiere también a la participación social –Es un derecho fundamental –Es un deber del Estado.
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Participación en reforma constitucional Democracia directa: –Ausencia de iniciativa –Referéndum: Art. 167: potestativo y vinculante Art. 168: preceptivo y vinculante
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Participación en función legislativa Democracia directa: –Iniciativa legislativa popular (Ley 3/84) Ciudadanos inscritos en el censo Exigencia formal: 500.000 firmas Límites materiales (materias excluidas): –Ley Orgánica –Tributaria –Internacional –Prerrogativa de gracia –Referéndum autonómico Aprobación EA vía art. 151 CE. Reforma EA elaborados vía art. 151 CE.
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Participación en función ejecutiva Elección indirecta del Presidente del Gobierno (art.99 CE) Acceso a la función pública: –Igualdad (art. 23.2 CE) –Principios mérito y capacidad (art. 103.3 CE) Derechos de audiencia y acceso a registros (art. 105 CE) –Audiencia ciudadanos en elaboración disposiciones que les afecten –Acceso a archivos y registro públicos salvo que afecten: Seguridad y defensa del Estado Averiguación de delitos o intimidad personas –Participación en procedimiento a través del que se producen los actos administrativos, con audiencia al interesado cuando proceda
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Participación en función de gobierno Democracia directa: –Plebiscito de acceso a autonomía (art. 151 CE) –Plebiscito general (art. 92 CE): “Referéndum” consultivo Convocatoria por el Rey: –Propuesta del Presidente del Gobierno –Autorización del Congreso (mayoría absoluta) Límite temporal: No procede en: –Estado de excepción / sitio –90 días posteriores a su levantamiento Forma: Decreto con texto íntegro de consulta Votación: 30-120 días después de la publicación del Decreto –Derecho de petición (art. 29 CE)
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Participación en función judicial Participación indirecta: –Reclutamiento de los jueces (regulada por ley) –Principio de legalidad (sujeción del juez a la ley) –Consejo General del Poder Judicial Participación directa: –Acción popular –Tribunales consuetudinarios –Jurado
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Jurado Objeto: –Del homicidio (artículos 138 a 140). –De las amenazas (artículo 169.1.). –De la omisión del deber de socorro (artículos 195 y 196). –Del allanamiento de morada (artículos 202 y 204). –De los incendios forestales (artículos 352 a 354). –De la infidelidad en la custodia de documentos (artículos 413 a 415). –Del cohecho (artículos 419 a 426). –Del tráfico de influencias (artículos 428 a 430). –De la malversación de caudales públicos (artículos 432 a 434). –De los fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438) –De las negociaciones prohibidas a funcionarios (artículos 439 y 440). –De la infidelidad en la custodia de presos (artículo 471).
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Jurado Composición: –9 jurados –1 magistrado de: Audiencia Provincial Tribunal Superior de Justicia Tribunal Supremo Requisitos de acceso: –Español mayor de edad –Pleno ejercicio derechos políticos –Plena capacidad de obrar –Saber leer/escribir –Ser vecino del municipio comisión del delito en el momento de designación
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Jurado Causas de excusa: –Mayor 65 años –Haber sido jurado en 4 años precedentes –Cargas familiares –Trabajo de interés general –Residencia en extranjero –Militares, por razón de servicio –Otras causas graves
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Jurado Designación: –Sorteo dentro últimos 15 días de septiembre de años pares--------- Delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral –Posible reclamación en los 7 días siguientes al sorteo –Sorteo para cada causa: 30 días antes del juicio oral –Multas por incomparecencia: 25.000 en primera citación 100.000-250.000 en segunda citación
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Jurado Funciones: –Declaración hechos probados –Proclamación culpabilidad / inocencia –Función juez: dictar sentencia Deliberación y veredicto: –Secreto e incomunicación –Votación nominal. No abstención –Votación hechos probados: 7 votos si es contrario a acusado –Votación culpabilidad: 7 votos para culpabilidad
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