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Audiencia Pública Determinación del peaje por concepto de la compensación de la Tarifa Única de distribución de gas natural de Lima y Callao en aplicación.

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Presentación del tema: "Audiencia Pública Determinación del peaje por concepto de la compensación de la Tarifa Única de distribución de gas natural de Lima y Callao en aplicación."— Transcripción de la presentación:

1 Audiencia Pública Determinación del peaje por concepto de la compensación de la Tarifa Única de distribución de gas natural de Lima y Callao en aplicación del artículo 4° del D.S EM Pre Publicación Junio 2010

2 Objetivo Presentar los criterios, metodología y resultados obtenidos en la determinación preliminar del peaje por compensación de la TU en aplicación del artículo 4° del D.S EM.

3 Marco Legal D.S EM modificó el Artículo 4° del D.S EM, e introdujo un mecanismo de transición en la aplicación de la Tarifa Única de Distribución en la Concesión de Lima y Callao (TU )y un mecanismo de compensación al concesionario de distribución de gas natural. Generadores eléctricos no pagarán la TU si no lo que venían pagando a la fecha de emisión del D.S EM. Usuarios eléctricos de Lima pagarán en el Peaje por SST y SCT la diferencia entre la TU y la tarifa vigente a la fecha de emisión del D.S EM. Mediante Resolución OSINERGMIN N° OS/CD se aprobó el “Procedimiento de Aplicación del Artículo 4° del Decreto Supremo N° EM” que establece la periodicidad y forma en que se determinará el monto a compensar y el peaje unitario equivalente La TU inició su vigencia el 08/05/2010, luego de efectuada la publicación del correspondiente pliego tarifario por parte de la empresa Cálidda.

4 Estimación del Monto a Compensar
La compensación reconoce la diferencia entre lo que debería recibir el concesionario de distribución de gas natural facturando con la TU y lo que recibiría facturando con la TRPD. Determinación del monto anual a compensar: Compensación = Σ VP(Facturación TU – Facturación TRPD) Facturación TU = Demanda Proyectada x TU Facturación TRPD = Demanda Proyectada x TRPD Empresas generadoras consideradas para la determinación de la compensación : Empresa Central Térmica CRD (m3/d) Edegel S.A.A. Ventanilla Santa Rosa SDF Energía Oquendo

5 Estimación del Monto a Compensar
Tarifas aplicables Tarifa Única: La Tarifa Única (TU) se actualiza trimestralmente. Con actualizaciones proyectadas en los meses de agosto y noviembre del 2010 y febrero del 2011. Tarifa de la Red Principal de Distribución (TRPD): La TRPD se actualiza una vez al año en el mes de marzo. La siguiente actualización sería en el 2011. Concepto Ajuste 2010 Ajuste 2011 PPI 172,7 174,7 Tarifa de Red Principal de Distribución (US$/m3) 0, 0, La compensación ascendería a aproximadamente 40% de la facturación con TU

6 Estimación del Monto a Compensar
Montos mensuales a compensar y monto total anual a VP a mayo 2010 Mes Edegel (Ventanilla) Edegel (Santa Rosa) SDF Energy Total mensual F. Act Monto Actualizado May-10 44.435 1,0047 Jun-10 35.648 1,0143 Jul-10 34.184 1,0239 Ago-10 34.362 1,0336 Sep-10 35.826 1,0434 Oct-10 1,0533 Nov-10 36.004 1,0633 Dic-10 34.540 1,0734 Ene-11 1,0836 Feb-11 39.112 1,0939 Mar-11 34.197 1,1042 Abr-11 35.678 1,1147 TOTAL ANUAL al 01/05/2010

7 Cálculo del Peaje Unitario por Compensación
El CPSEE se calcula para un periodo de un (01) año conforme a la siguiente expresión: Donde: PUC: Peaje Unitario por Compensación expresado en ctms S/./kWh MC: Valor presente del Monto Anual a Compensar, expresado al 01 de mayo de cada año, en miles S/.  : Tasa de Actualización anual, según el numeral 2.21 del Procedimiento. : Tasa de actualización mensual calculada con la tasa de actualización anual. Dmes: Demanda mensual de las áreas 6 y 7, expresada a fin de mes en GWh. mes : Índice de variación del mes.

8 Cálculo del Peaje Unitario por Compensación
La demanda de energía eléctrica a emplear en el cálculo del Peaje Unitario por Compensación corresponde a la empleada en la regulación de las Tarifas y Compensaciones de los SST y SCT. Mes Área 6 (MWh) Área 7 (MWh) Total (MWh) Jul-10 Ago-10 Sep-10 Oct-10 Nov-10 Dic-10 Ene-11 Feb-11 Mar-11 Abr-11 655 596 716 507

9 Cálculo del Peaje Unitario por Compensación
El Peaje Unitario por Compensación correspondiente al período 2010 – 2011 asciende a: 0,1010 ctm S/./kWh. Peaje a aplicarse a partir del 01 de julio de 2010 a la demanda de todos los usuarios finales (regulados y libres) en los sistemas eléctricos comprendidos en las Áreas de Demanda 6 y 7.

10 Fórmula de Actualización
Trimestralmente se evaluará si corresponde modificar el peaje aplicando un Factor de Actualización (FA) PUC1 = PUC0 * FA PUC1 = Peaje Unitario por Compensación actualizado, en ctm S/./kWh. PUC0 = 0,1010 ctm S/./kWh. FA = Factor determinado conforme a lo dispuesto por la norma “Procedimiento de Aplicación del Artículo 4° del Decreto Supremo N° EM” aprobada por Resolución OSINERGMIN N° OS/CD.

11 Impacto a Usuario Final Residencial
Impacto (Usuario menor a 100 kWh/mes) Área Peaje SST y SCT Vigente (Ctm S/./kWh) Peaje Unitario por Compensación Incremento Usuario Final (%) Área 6 1,2289 0,1010 +0,28% Área 7 1,3704 +0,29%

12 Presentación de Comentarios
GART – OSINERGMIN Dirección: Av. Canadá 1460 – San Borja, Lima Fax: Número de Lima Correo electrónico: Asunto: Compensación TU 2010 Viernes 11de junio 06:00 PM

13 Muchas Gracias


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