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VALOR REFERENCIAL.

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Presentación del tema: "VALOR REFERENCIAL."— Transcripción de la presentación:

1 VALOR REFERENCIAL

2 CONCEPTO Valor determinado por la Entidad mediante estudios o indagaciones sobre los precios que ofrece el mercado y que está referido al objeto de la adquisición o contratación. Los valores referenciales no podrán superar los valores de mercado.

3 MECANISMOS Estudios de mercado.- La investigación y el análisis previo de las condiciones del mercado que realiza la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones para determinar las características de los que se va a adquirir o contratar y el valor referencial de los procesos que se efectúen por Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.

4 MECANISMOS Indagaciones.-Son averiguaciones previas que realiza la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones para determinar las características de lo que se va a adquirir o contratar y el valor referencial de los procesos que se efectúen por adjudicaciones directas y menores cuantías.

5 MECANISMOS ¿Existe diferencias entre un estudio de mercado y una indagación, más allá de los cambios de términos?

6 MECANISMOS ¿Existe diferencias entre ellas, más allá de los cambios de términos? ¿Cuál es en esencia la distinción conceptual entre “investigación y análisis de las condiciones del mercado” y las “averiguaciones previas”? La distinción no puede tocarse por el tipo de proceso del que se trate: Licitación y concurso=estudio de mercado; Adjudicaciones = indagaciones

7 MECANISMOS ¿Existe en la legislación nacional alguna definición o precisión de la metodología que permita discernir entre un estudio de mercado y una indagación?

8 MECANISMO ¿Existe algún criterio del órgano rector o la contraloría que permita suplir la omisión normativa respecto de la definición?

9 CONSECUENCIA Inseguridad jurídica para los operadores de la normativa, quienes tienen la obligación de realizar un estudio de mercado o una indagación sin contar con un procedimiento claro e indubitable o un criterio de interpretación expreso de los órganos que están llamados a supervisar el cumplimiento de la normativa.

10 INTENTOS DE DEFINICIÓN DEL PROCEDIMIENTO
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO. RESOLUCIÓN N° TC-S2 PROBLEMA: DEFINICIÓN ABSTRACTA SOBRE UN PROCEDIMIENTO QUE NECESITA SER PRECISADO CON CLARIDAD.


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