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«HACIA UNA LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN»

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Presentación del tema: "«HACIA UNA LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN»"— Transcripción de la presentación:

1 «HACIA UNA LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN»
REUNIÓN DE TRABAJO: GOBIERNO DEL ESTADO, SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y SECCIONES 34 Y 58 DEL SNTE. Zacatecas, Zac. a 11 de febrero de 2014.

2 LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LAS SECCIONES 34 Y 58

3 ESTRUCTURA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO II. DEL FEDERALISMO EDUCATIVO. CAPÍTULO III. DE LA EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO IV. DEL PROCESO EDUCATIVO CAPÍTULO V. DE LA EDUCACIÓN QUE IMPARTAN LOS PARTICULARES.

4 ESTRUCTURA CAPÍTULO VI. DE LA VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS Y DE LA CERTIFICACIÓN DE CONOCIMIENTOS. CAPÍTULO VII. DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO VIII. DE LAS INFRACCIONES, LAS SANCIONES Y EL RECURSO ADMINISTRATIVO. TRANSITORIOS.

5 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Modificaciones a los Artículos 3° y 73° Constitucionales. Fracción III del Art. 3°“la Ley Reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación” Marco Normativo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, L.G.E, L.G.S.P.D., LINEE. Minuta de Acuerdos SEDUZAC-SNTE de fecha 18 de Octubre de 2013.

6 Considerando: “Que el Gobierno del Estado de Zacatecas y la SEDUZAC reconocen que la titularidad de la relación colectiva de los trabajadores de la educación la tiene el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y la ejerce a través de su dirigencia nacional y las secciones 34 y 58 en la Entidad”. Con base en este considerando y después de analizar conjuntamente los escenarios y retos educativos en la entidad, se traducen los siguientes acuerdos: Acuerdo 1°. “El Gobierno del Estado y el SNTE expresan su firme compromiso de respetar, y hacer respetar los derechos de los trabajadores de la Educación en lo laboral y en lo profesional, así como en lo referente a las prestaciones salariales y sociales de los mismos, buscando la congruencia y el apego irrestricto con lo dispuesto en la reglamentación en materia del trabajo por lo que ratifican las minutas y acuerdos suscritos por el gobierno Estatal y las Secciones 34 y 58 del SNTE”

7 Acuerdo 4°. “Ambas partes acuerdan asumir responsabilidad conjunta y constituir equipos de trabajo bilaterales para armonizar la legislación local con la legislación federal, garantizando siempre el respeto a los derechos y prestaciones de los trabajadores y a su vez, garantizando en todo momento la calidad y gratuidad de la educación pública y el aprendizaje de los alumnos”. Acuerdo 7°. “El Gobierno del Estado de Zacatecas considerará la opinión y propuestas de las secciones 34 y 58 del SNTE, en la elaboración de las leyes estatales derivadas de la Reforma Educativa para respetar los derechos laborales de los trabajadores, constituyendo mesas de trabajos o grupos mixtos SEDUZAC-SNTE, que generarán permanentemente propuestas para la mejora del servicio educativo y la calidad de vida de los trabajadores”.

8 Implementación de los Foros Regionales de Consulta.
Consulta a Docentes y Padres de Familia por el SNTE. Postulados filosóficos Educativos.

9 CAPÍTULO I. Disposiciones Generales.
Del Artículo 1 al 11. Art. 1°«Esta Ley regula la educación que imparten el Estado de Zacatecas y municipios, sus organismos descentralizados y los particulares» Educación laica, gratuita, obligatoria y de calidad. Educación básica comprende: Preescolar, Primaria, Secundaria y Media Superior. Art. 2 al 6. La Educación será: Nacional, democrática, solidaria, para la convivencia.Art. 7 y 8

10 CAPÍTULO I. Disposiciones Generales.
El Estado de Zacatecas será responsable de promover todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial, indígena y superior. Art 9°. Componentes del Sistema Educativo Estatal (planes, programas, alumnos, docentes, instituciones, entre otros.) Art. 10° Definiciones de las instancias gubernamentales y educativas. Art. 11°

11 CAPÍTULO II. Del Federalismo Educativo. Art. 12 al 31
Sección 1. De la Distribución de la Función Social Educativa. Atribuciones de la Autoridad Educativa Estatal: Prestar servicios educativos, Proponer contenidos regionales, Ajustes de calendario, Formación y actualización, Revalidación, Padrón estatal, Entre otros. Art 12° y 13° Responsabilidad de los Ayuntamientos para brindar Servicios Educativos. Art 14° Los tipos y modalidades además de la básica serán responsabilidad de la Autoridad Educativa Local. Art 15° y 16°

12 Sección 2. De los Servicios Educativos.
Facultad del Poder Ejecutivo Federal para el establecimiento de instituciones educativas. Art. 17 Distribución de los Libros de texto. Art. 18° Integración de un Sistema de Formación, capacitación, actualización y superación Profesional. Art. 19° Evaluación obligatoria para garantizar la calidad de la Educación básica de acuerdo a la LGSPD y al Octavo Transitorio: …»el personal que a la tercera evaluación su resultado sea insuficiente será readscrito en el Servicio Educativo». Art. 20° Prestar el servicio educativo con pertinencia, calidad y eficiencia. Art. 21° La Autoridad Educativa Estatal podrá celebrar convenios con empresas para prestar servicios educativos. Art.22 y 23 Establecer lineamientos para la distribución de alimentos y bebidas. Art. 24 y ACE.

13 Sección 3. Del financiamiento de la Educación.
El gobierno del Estado de Zacatecas, con sujeción a las disposiciones de ingresos y gasto público correspondientes que resulten aplicables, concurrirá de forma creciente y en términos reales al financiamiento de la educación pública y de los servicios educativos. Art 25°, 26° y 27° Autonomía de gestión de las Escuelas (Evaluación para la mejora continua, Mejora de Infraestructura Educativa, planeación estratégica) Art. 28 bis.

14 Sección 4. De la Evaluación del Sistema Educativo Nacional
Atribuciones del INEE ( Evaluar al Sistema Educativo, Emitir lineamientos, Emitir directrices, Certificación de evaluadores) Art. 29 y 30. Publicación de resultados de Evaluación del Sistema Educativo por el INEE. Art. 31

15 CAPÍTULO III. De la equidad en la Educación . Del Art. 32 al 36
Derecho a la Educación con igualdad de oportunidades para abatir el rezago educativo (programas de apoyo, escuelas marginadas, programas que eviten la deserción escolar, educación inclusiva y a distancia, otorgamiento de becas, programas de apoyo para padres de familia)Art. 32 y 33 Programas compensatorios ( Escuelas de tiempo completo, propuesta del SNTE) Art. 34

16 CAPÍTULO IV. Del proceso educativo. Del Art. 37 al 53
Sección 1. Tipos y Modalidades: Educación Básica y Media Superior, Inicial, Especial, para Adultos y formación para el trabajo. Modalidades: escolar, no escolar y mixta. Sección 2. Planes y Programas: Contenidos, Evaluación, Aplicación, Contenidos Regionales. Sección 3. Del calendario Escolar: Adecuaciones Locales.

17 CAPITULO V. De la educación que impartan los Particulares. Art
CAPITULO V. De la educación que impartan los Particulares. Art. 54 al 59 Podrán impartir educación en todos sus Tipos y modalidades. Art. 54 Para tal efecto la Autoridad Educativa otorgará: Autorización o Reconocimiento oficial. Los cuales se harán públicos: Art. 55 y 56 Los particulares que impartan Educación con Autorización o Reconocimiento oficial de estudios deberán: (Evaluación Obligatoria , programas de estudio, aceptar las visitas de inspección y supervisión, cumplir en su caso con programas de estudio oficiales, informar a sus beneficiarios el registro de validez o Autorización Entre otros) Art.57, 58 y 59

18 CAPÍTULO VI. De la validez Oficial de Estudios y de la certificación de conocimientos. Art. 60 al 64
Los estudios en el Estado de Zacatecas tendrán validez en toda la República. Art 60. Estudios fuera del sistema educativo podrán ser revalidados y adquirir validez oficial. Art 61 y 62 Acuerdos Secretariales para obtener certificados y constancias que acrediten validez de estudios. Art 63 y 64

19 CAPÍTULO VII. De la participación social en la Educación. Art. 65 al 74
Sección 1. De los padres de familia: Derechos y obligaciones de los padres de familia o tutores . Art 65 y 66 Objeto de las Asociaciones de Padres de Familia. Art 67. Sección 2. De los Consejos de Participación Social: Apegados a lineamientos Nacionales. Desde la escuela, municipio y Estado. Fortalecer y elevar la calidad de la educación. Atribuciones y responsabilidades. Art 68, 69, 70, 71, 72 y 73 Sección 3. De los medios de comunicación. Contribuir a los Fines de la educación y al desarrollo científico. Art 74

20 CAPÍTULO VIII. De las infracciones, sanciones y recurso administrativo
CAPÍTULO VIII. De las infracciones, sanciones y recurso administrativo. Art 75 al 85 Sección 1. De las infracciones y sanciones. Suspender el servicio educativo, no uso de libros de texto, incumplir los preceptos de esta ley. Las sanciones serán: multas, rescisión de Autorización o Reconocimiento oficial de estudios, y demás disposiciones aplicables. Art. 75 al 79 Sección 2. Del Recurso Administrativo: Resolución de la Autoridad, interposición de recursos administrativos. Art. 80 al 85

21 TRANSITORIOS: 12 Artículos.
Art. 1°. Entrada en Vigor. Art 2°. Abrogación de la Ley Estatal de Educación Vigente. Art. 3°. Reglamentos en seis meses. Art 4°. Incorporar el registro estatal de escuelas y alumnos al SIGED. Art 5°. Lineamientos de Alimentos y bebidas así como de la Autonomía de gestión en un plazo de 180. Art 6°. Instalación del Consejo Estatal de Participación Social en 180 días naturales.

22 TRANSITORIOS. Art. 7°. Revisión de la fórmula de FONE. (Fondo de aportaciones de Nómina Educativa y gasto operativo) asegurar la equidad para una educación de calidad. Art 8°. Respeto íntegro a los derechos adquiridos de los trabajadores de la Educación. Adecuaciones de la norma laboral y administrativa que regulan el Servicio Profesional Docente. Art. 9°. Operación en todo el estado del SIGED.

23 Art 10°. Erogaciones a cargo de disposiciones presupuestarias.
Art. 11°. Obligación de garantizar la calidad de Educación. Art 12°. Programa de Subsidios escolares para reducir condiciones de inequidad. GRACIAS…..


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