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INCOTERMS 2000
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Objetivos de la unidad Los participantes serán capaces de:
Comprender la necesidad de regular las prácticas del comercio internacional. Entender los términos y condiciones de los contratos de compra venta internacional.
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Introducción La economía global ha dado a los negocios un acceso más amplio, jamás conocido, a los mercados de todo el mundo. Las mercancías se venden en más países y en mayores cantidades y variedad. Pero a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas internacionales, también se incrementan las posibilidades de malentendidos y litigios costosos, cuando los contratos de compraventa no se redactan adecuadamente.
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Introducción Los Incoterms, las normas oficiales de la CCI para la interpretación de los términos comerciales, facilitan la conducta del tráfico internacional. La referencia a los Incoterms 2000 en un contrato de compraventa define claramente las obligaciones respectivas de las partes y reduce el riesgo de complicaciones legales.
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Introducción Desde la creación de los Incoterms por la CCI en 1936, estos modelos contractuales aceptados mundialmente se han actualizado regularmente para adecuarse al desarrollo del comercio internacional. Los Incoterms 2000 toman en consideración la reciente difusión de zonas libres de aduanas, el incremento del uso de las comunicaciones electrónicas en las transacciones comerciales y los cambios en la práctica del transporte. Los Incoterms 2000 ofrecen una presentación más simple y clara de las 13 definiciones, todas ellas revisadas.
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Introducción Finalidad y alcance:
La finalidad de los Incoterms es establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional. De ese modo, podrán evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos en países diferentes o, por lo menos, podrán reducirse en gran medida.
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Introducción A menudo, las partes de un contrato tienen un conocimiento impreciso de las distintas prácticas comerciales utilizadas en sus países respectivos. Esto puede dar pie a malentendidos, litigios y procesos, con todo lo que implica de pérdida de tiempo y dinero.
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Introducción Para solucionar estos problemas, la Cámara de Comercio Internacional publicó por primera vez en 1935 una serie de reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales. Dichas reglas fueron conocidas con el nombre de Incoterms Se han introducido modificaciones y añadidos en los años 1953, 1967, 1976, 1980, 1990 y actualmente en el 2000, a fin de ponerlas al día respecto de las prácticas comerciales internacionales actuales.
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INCOTERMS 2000 Durante el proceso de revisión, que ha durado alrededor de dos años, la CCI ha hecho todo lo posible para solicitar puntos de vista y respuestas a los borradores sucesivos abarcando un amplio espectro de operadores de ámbito mundial, estando representados sus diversos sectores en los comités nacionales a través de los cuales opera la CCI
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INCOTERMS 2000 El resultado de este diálogo son los Incoterms 2000, una versión que, al compararla con los Incoterms 1990, puede parece que ha efectuado pocos cambios. Resulta evidente, no obstante, que los Incoterms disfrutan de gran reconocimiento actualmente y que la CCI ha decidido por ello consolidar ese reconocimiento y evitar cambios para su propio bien.
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¿Qué son los INCOTERMS? Los Incoterms son aquellos términos que definen claramente cuales son las obligaciones entre compradores y vendedores, dentro de un contrato internacional. 11
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
En 1990 los términos se agruparon en cuatro categorías básicamente diferentes para facilitar su comprensión; empezando, en primer lugar, con el término por el que el vendedor exclusivamente pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor (el término “E”: EXW);
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
Seguido del segundo grupo, en que al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un transportista designado por el comprador (los términos “F”: FCA, FAS y FOB);
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
Continuando con los términos “C”, según los cuales el vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de las mercancías o de costes adicionales debidos a hechos acaecidos después de la carga y despacho (CFR, CIF, CPT y CIP);
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
y, finalmente, los términos “D”, según los cuales el vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos necesarios para llevar las mercancías al lugar de destino.
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
GRUPO DE SALIDA (E) GRUPO E: EXW - EN FÁBRICA (... lugar convenido)
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
GRUPO DE EMBARQUE (F y C) GRUPO F: FCA - FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar convenido) FAS - FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (... puerto de carga convenido) FOB - FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido) 17
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
GRUPO DE EMBARQUE (F y C) GRUPO C: CFR - COSTE Y FLETE (... puerto de destino convenido) CIF - COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino convenido) CPT - TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido) CIP - TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido)
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ESTRUCTURA DE LOS INCOTERMS
GRUPO DE LLEGADA (D) GRUPO D: DAF - ENTREGADAS EN FRONTERA (... lugar convenido) DES - ENTREGADAS SOBRE BUQUE (... puerto de destino convenido) DEQ - ENTREGADAS EN MUELLE (... puerto de destino convenido) DDU - ENTREGADAS DERECHOS NO PAGADOS (... lugar de destino convenido) DDP - ENTREGADAS DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino convenido) 19
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Modo de transporte e INCOTERM 2000 apropiado
Cualquier modo de transporte GRUPO E: EXW - EN FÁBRICA (... lugar convenido) GRUPO F: FCA - FRANCO TRANSPORTISTA (... lugar convenido) GRUPO C: CPT - TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido) CIP - TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido) GRUPO D: DAF - ENTREGADAS EN FRONTERA (... lugar convenido) DDU - ENTREGADAS DERECHOS NO PAGADOS (... lugar de destino convenido) DDP - ENTREGADAS DERECHOS PAGADOS (... lugar de destino convenido) 20
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Modo de transporte e INCOTERM 2000 apropiado
Transporte por mar y vías de agua terrestres exclusivamente GRUPO F: FAS - FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (... puerto de carga convenido) FOB - FRANCO A BORDO (... puerto de carga convenido) GRUPO C: CFR - COSTE Y FLETE (... puerto de destino convenido) CIF - COSTE, SEGURO Y FLETE (... puerto de destino convenido) GRUPO D: DES - ENTREGADAS SOBRE BUQUE (... puerto de destino convenido) DEQ - ENTREGADAS EN MUELLE (... puerto de destino convenido) 21
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Recomendación de la CCI sobre el uso de los INCOTERM 2000
La CCI recomienda que las partes al pactar cualquiera de los términos de comercio exterior, agregar el lugar y luego la expresión Incoterms 2000. Ej.: FOB Buenos Aires Incoterms 2000. 22
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EXW Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería en su fábrica, taller, etc. a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del vendedor hasta su destino final.
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EXW EXW Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill. RISK 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 COST 8
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FCA Free carrier (Franco Transportista - libre transportista)
El vendedor cumple con su obligación al poner la mercadería en el lugar fijado, a cargo del transportista, luego de su despacho de aduana para la exportación. Si el comprador no ha fijado ningún punto específico, el vendedor puede elegir dentro de la zona estipulada el punto donde el transportista se hará cargo de la mercadería. Este término puede usarse con cualquier modo de transporte, incluído el multimodal.
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FCA FCA Free carrier (Franco Transportista - libre transportista) RISK
2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 COST
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FOB (Free on Board - Libre a bordo)
Va seguido del puerto de embarque, ej. F.O.B. Buenos Aires. Significa que la mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta que la mercadería haya pasado la borda del barco, con el flete excluído. Exige que el vendedor despache la mercadería de exportación. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
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FOB FOB (Free on Board - Libre a bordo) RISK 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11
COST
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FAS (Free alongside ship - Libre al costado del buque)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la mercadería se entiende puesta a lo largo (costado) del navío en el puerto convenido, sobre el muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo del vendedor. El comprador debe despachar la mercadería en aduana. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
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FAS FAS (Free alongside ship - Libre al costado del buque) RISK 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11 COST
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CFR (Cost & Freight - Costo y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio comprende la mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercadería en Aduana y solamente puede usarse en el caso de transporte por mar o vías navegables interiores.
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CFR CFR (Cost & Freight - Costo y Flete) RISK 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11
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CIF (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor sólo está obligado a conseguir un seguro con cobertura mínima.
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CIF CIF (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete) RISK 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11 COST
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CPT (Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta)
El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino mencionado. El riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería ha sido entregada al transportista. El vendedor debe despachar la mercadería para su exportación.
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CPT CPT (Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta) RISK 2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 COST
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CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta)
El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, pero además debe conseguir un seguro a su cargo.
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CIP CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta) RISK 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 COST
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DAF (Delivered at Frontier - Entregado en frontera)
El vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercadería, despachada en aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. Es fundamental indicar con precisión el punto de la frontera correspondiente.
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DAF DAF (Delivered at Frontier - Entregado en frontera) RISK 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 COST
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DES (Delivered ex Ship - Entregada sobre buque)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino, sin despacharla en aduana para la importación.
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DES DES (Delivered ex Ship - Entregada sobre buque) RISK 2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 COST
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DEQ [Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)]
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despachada en aduana para la importación.
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DEQ DEQ (Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados) RISK 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 COST
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DDU (Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio (excluídos derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras.
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DDU DDU (Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados) RISK 2
3 4 5 6 7 8 9 10 11 COST
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DDP (Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados)
El vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los derechos, impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar convenido.
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DDP DDP (Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados) RISK 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11 COST
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Gracias...
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