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¿Qué es una Firma Electrónica Avanzada "tu

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Presentación del tema: "¿Qué es una Firma Electrónica Avanzada "tu"— Transcripción de la presentación:

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2 ¿Qué es una Firma Electrónica Avanzada "tu firm@"?
Una Firma Electrónica Avanzada "tu es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa. Gracias a sus características tecnológicas, tu es una herramienta que brinda seguridad a las transacciones electrónicas que realicen los contribuyentes con el SAT, ya que permite: Verificar que los mensajes recibidos no hayan sido modificados. Identificar al autor del mensaje. Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI por sus siglas en inglés: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves, matemáticamente relacionadas, para el envío de mensajes: Una de las llaves sólo es conocida por el titular de tu y sirve para cifrar datos.   De ahí que se le designe con el término "llave o clave privada".  La otra llave, denominada "llave o clave pública", está disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos y sirve para descifrar datos. En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.

3 ¿Que elementos necesito para firmar un documento electrónico?
Una clave o llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva contraseña de acceso. Un certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) expedido por el SAT, que contiene la clave o llave pública del titular de tu Para generar estos elementos es necesario: Descargar la aplicación SOLCEDI del portal del SAT. Utilizar la aplicación SOLCEDI para generar: La llave privada (archivo electrónico con extensión KEY) y su respectiva contraseña de acceso. Un archivo de requerimiento (archivo electrónico con extensión REQ) que contiene su llave pública.    Resguarde el archivo de requerimiento en un disco de 3 ½ y preséntelo junto con la documentación requerida en alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda el servicio. Al finalizar el trámite, le será entregado un certificado digital (archivo electrónico con extensión CER) que estará disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de los servicios electrónicos.       IMPORTANTE: No olvide resguardar su llave privada y contraseña de acceso en un lugar seguro.  Estos elementos sólo deben ser conocidos por el titular de tu Si comparte su llave privada y contraseña de acceso con alguna otra persona, está facilitando a terceros para firmar documentos electrónicos en su nombre.

4 ¿Cómo se firman los documentos electrónicos?
El primer paso para firmar documentos electrónicos consiste en aplicar una “función resumen” al documento que se desea enviar.  Una función resumen convierte un archivo electrónico de cualquier tamaño en pequeño texto cifrado (que recibe el nombre de "resumen"). Bastará con modificar un solo "bit" del archivo en cuestión para que la composición del resumen cambie de manera significativa.  Además el proceso a la inversa (es decir, obtener el documento original a partir del resumen) es prácticamente imposible. Gracias a sus características, a los resúmenes se les conoce como las "huellas digitales" de los archivos electrónicos, ya que la probabilidad de tener dos resúmenes iguales para dos documentos distintos es casi nula.   Una vez obtenido el resumen del documento, éste es cifrado utilizando la llave privada del emisor del mensaje (archivo electrónico con extensión KEY).  El resultado es lo que se denomina “firma electrónica”, misma que se anexa al mensaje original.

5 ¿Cómo se verifica tu firm@ en un documento electrónico?
El receptor del mensaje debe descifrar el contenido de la "firma electrónica" utilizando la clave pública del contenida en el certificado digital del emisor (archivo electrónico con extensión CER) Hay que recordar que los certificados digitales se encuentran disponibles en Internet para consulta de todos los usuarios de los servicios electrónicos Al descifrar el contenido de la "firma electrónica" se obtiene el  resumen del documento original enviado por el emisor El receptor del mensaje debe aplicar la función resumen al documento electrónico recibido Al comparar resúmenes, tanto el del documento recibido como el de la “firma electrónica”, el receptor podrá: Validar que el documento recibido no sufrió alteraciones (ya que los resúmenes son idénticos), y Comprobar la autoría del mensaje, ya que para descifrar la “firma electrónica” del mensaje el receptor utilizó el certificado digital que el SAT expidió al emisor.                                                                                                                                                        

6 Gracias a sus características tu firm@ tiene las siguientes cualidades:
Es única por documento y signatario. Es posible conocer al autor. Es infalsificable. Es imposible de transferir a otro documento. Adicionalmente, un mensaje firmado electrónicamente tiene las siguientes características: Integridad  Se puede detectar si el mensaje original fue modificado. No repudio  El autor del mensaje no puede decir que no lo hizo. Autenticidad  El emisor del mensaje queda acreditado, y su “firma electrónica” tendrá la misma validez que una firma autógrafa. Confidencialidad   La información contenida en el mensaje puede ser cifrada o codificada, para que sólo el receptor pueda descifrarla.

7 ¿Quiénes están obligados a obtenerla y en qué servicios la van a utilizar?
Contenido: Personas físicas y morales que están obligados a obtenerla Servicios que utilizan tu Servicios que próximamente utilizarán tu

8 Personas físicas y morales que están obligados a obtenerla
Los personas que deben obtener tu a partir del 2005 son: Personas morales, excepto aquellas que pertenezcan al sector primario (agricultura, ganadería y pesca). Personas físicas con actividad empresarial e ingresos anuales superiores a $ 1,750,000 pesos. Personas físicas sin actividad empresarial e ingresos anuales superiores a $ 300,000 pesos. Lo invitamos a que consulte cuales son los servicios que ya utilizan tu y los que próximamente estarán disponibles con esta herramienta. 

9 Servicios que utilizan tu firm@
Servicios que la utilizan obligatoriamente: PEDIMENTOS ADUANALES A partir del 1° de abril de 2005 para la elaboración y transmisión de pedimentos por parte de agentes aduanales, mandatarios y apoderados.  DICTÁMENES FISCALES A partir del 2005 para los Contadores Públicos Registrados y los contribuyentes que dictaminan estados financieros. EXPEDIENTE INTEGRAL DEL CONTRIBUYENTE Esta  nueva alternativa de consulta le permite mantenerse al tanto de su situación fiscal así como el estado de sus obligaciones fiscales sin tener que trasladarse a alguno de los módulos de atención del SAT.  COMPROBANTES FISCALES DIGITALES A partir del 2005 usted puede emitir comprobantes fiscales de manera electrónica.  Utilice tu para solicitar los folios y certificados de sello digital requeridos para la emisión de comprobantes. IMPRESORES AUTORIZADOS Para la presentación del aviso mediante el cual señalan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos vigentes para continuar con la autorización en el 2006. AUTO IMPRESORES AUTORIZADOS Para la presentación del aviso mediante el cual señalan, bajo protesta de decir verdad, que cumplen con los requisitos vigentes para continuar con la autorización en el 2006, así como para el envío del reporte semestral de folios utilizados. DONATARIAS AUTORIZADAS Para presentar vía electrónica el aviso en el que, bajo protesta de decir verdad, se declare seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones para continuar con la autorización. DEVOLUCIONES DE IVA CUYO IMPORTE SEA MAYOR O IGUAL A 25,000 PESOS A partir del 30 de agosto de 2005, los contribuyentes del IVA que tengan cantidades a su favor cuyo monto sea igual o superior a $25, y soliciten su devolución, además de reunir los requisitos a que se refieren las disposiciones fiscales, en el momento de presentar la solicitud deberán contar con tu

10 Servicios que la utilizan de manera opcional:
A continuación se indican los servicios que pueden ser utilizados opcionalmente con tu con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), disponibles en la Oficina Virtual del SAT. Declaración anual de personas físicas (DECLARASAT y DECLARASAT en línea). Avisos al RFC por Internet Declaraciones para la corrección de datos Declaraciones estadísticas (ceros) Reimpresión de acuses Aviso de destrucción de bienes Consulta de transacciones Consulta de devoluciones

11 ¿Cuales son los requisitos para realizar el trámite?
Contenido: Personas físicas Personas morales Casos especiales ¿Cuáles son los motivos por los que puede ser rechazado su trámite? Descargue aquí el programa SOLCEDI Descargue aquí la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada       AVISO IMPORTANTE: Los datos personales que se recaben durante el trámite de "Tu protegidos, incorporados y tratados en el sistema “Enrolamiento Firma Electrónica Avanzada”, con fundamento en el Código Fiscal de la Federación, La Ley General de Población y su Reglamento, y cuya finalidad es garantizar el vínculo que existe entre un certificado digital de Firma Electrónica Avanzada y su titular, el cual fue registrado en el “Listado de Sistemas de Datos Personales” ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública ( y serán transmitidos al Registro Nacional de Población, para su conformación.  La Unidad Administrativa responsable de este sistema es la Administración Central de Operación, Desarrollo y Servicios.  El interesado podrá ejercer los derechos de acceso y corrección de datos a través de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente.  Lo anterior se informa en cumplimiento del DECIMOSÉPTIMO  de los “Lineamientos de Protección de Datos Personales”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.

12 Personas físicas Requisitos: Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con alguna obligación fiscal. Contar con su Clave Única de Registro de Población (CURP). Llamar a nuestro Centro de Atención Telefónica, o bien, acudir directamente a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda este servicio para verificar que su situación fiscal y de domicilio sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. Llevar consigo el día de su cita los siguientes documentos en fotocopia y original para cotejo: Disco magnético de 3 ½ conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada a través de la aplicación SOLCEDI. Formato impreso y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada.  Este documento se entrega por duplicado. Acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente. Identificación oficial.

13 Personas morales Requisitos: Contar con un representante legal que haya tramitado previamente su certificado digital de Firma Electrónica Avanzada "tu Llamar a nuestro Centro de Atención Telefónica, o bien, acudir directamente a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se brinda este servicio para verificar que su situación fiscal y de domicilio sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. Llevar el día de su cita los  siguientes documentos en fotocopia y original para cotejo: Disco magnético de 3 ½ conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada a través de la aplicación SOLCEDI. Formato impreso y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada.  Este documento se entrega por duplicado. Copia certificada del poder general del representante legal para actos de dominio o de administración. Acta constitutiva de la persona moral solicitante. Identificación oficial del representante legal de la persona moral solicitante.

14 Casos especiales Se consideran casos especiales los siguientes: Personas físicas menores de edad Contribuyentes en apertura de sucesión Contribuyentes con incapacidad legal judicialmente declarada

15 ¿Cuáles son los motivos por los que puede ser rechazado su trámite?
Evite dar vueltas.  Le presentamos los problemas más frecuentes que ocurren en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente y Módulos Fuera de Sede en donde se brinda este servicio: EL CONTRIBUYENTE NO LLEVA LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA Recuerde que debe llevar todos los documentos señalados en el apartado “¿Cuáles son los requisitos para realizar el trámite?” en original y fotocopia para cotejo.  EL CONTRIBUYENTE NO GUARDÓ EL ARCHIVO DE REQUERIMIENTO EN EL DISCO DE 3 ½ El archivo de requerimiento es una pieza fundamental este trámite, ya que se utiliza para generar su certificado digital (archivo electrónico con extensión CER).  Recuerde que debe generar este archivo con el programa SOLCEDI. EL DISCO DE 3 ½ PRESENTADO POR EL CONTRIBUYENTE ESTÁ DAÑADO O CONTIENE VIRUS Le recomendamos utilizar un disco nuevo para el resguardo del archivo de requerimiento (extensión REQ), previendo que el dispositivo esté dañado o contenga algún virus informático. 

16 EL CONTRIBUYENTE LLENÓ DE MANERA INCORRECTA LA SOLICITUD DE CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA Llene correctamente los datos indicados en la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada apoyándose en las instrucciones que se encuentran en el anverso de la misma.   Recuerde imprimirla en una sola hoja y firmarla por ambos lados.  EL RFC DEL CONTRIBUYENTE NO ESTÁ REGISTRADO ANTE EL SAT Es requisito para todos los solicitantes del trámite que su RFC exista en las bases de datos del SAT.   Para verificar sus datos debe hacer lo siguiente: Llame a nuestro Centro de Atención Telefónica, disponible de lunes a sábado de 8:30 a 21:30 horas.  Si sus datos son correctos, nuestros operadores le asignarán una cita para realizar el trámite. O bien, acuda personalmente a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda.  Si sus datos son correctos, el personal de la Administración Local le asignará una cita para realizar el trámite. Si su RFC no está registrado ante el SAT, debe acudir personalmente a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda para realizar las aclaraciones correspondientes.

17 EL CONTRIBUYENTE ESTÁ INSCRITO EN EL RFC "SIN ACTIVIDAD ECONÓMICA”
Para efectos de este trámite es requisito que todos los contribuyentes se encuentren inscritos en el RFC con alguna obligación fiscal.  Si usted es el representante legal de una persona moral y no tiene obligaciones fiscales en México, le recomendamos designar a otro representante que se encuentre debidamente inscrito en el RFC, de lo contrario deberá solicitar un aumento de obligaciones en la Administración Local que le corresponda.  EL CONTRIBUYENTE NO CUENTA CON UN ESTATUS DE SITUACIÓN FISCAL O DE DOMICILIO ACEPTADOS Para verificar que usted o la persona moral a quién representa cuenten con los estatus de situación fiscal y de domicilio aceptados para el trámite, le recomendamos hacer lo siguiente: Llame a nuestro Centro de Atención Telefónica, disponible de lunes a sábado de 8:30 a 21:30 horas, para verificar que su situación fiscal y de domicilio sean correctos.  Si usted cumple con los estatus requeridos nuestros operadores le asignarán una cita para realizar el trámite. También puede verificar esta información acudiendo personalmente a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda.  Si usted cumple con los estatus de situación fiscal o de domicilio requeridos, el personal de la Administración Local le asignará una cita para realizar el trámite. Si usted no cuenta con el estatus de situación fiscal o de domicilio requeridos para realizar el trámite, debe acudir personalmente a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda para realizar las aclaraciones correspondientes

18 EL DOMICILIO REGISTRADO EN EL FORMATO "SOLICITUD DE CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA" CONTIENE INFORMACIÓN DISTINTA A LO REGISTRADO EN LAS BASES DE DATOS DEL SAT Para verificar que su domicilio fiscal sea correcto, le recomendamos realizar lo siguiente: Verificar los datos de domicilio registrados en el formato R-1 con el que se dio de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes. Verificar el domicilio que registró en su última declaración anual. Si realizó un cambio de domicilio, verifique los datos registrados en el formato R-2 con los que dio aviso a la autoridad fiscal.  Si usted realizó un cambio de domicilio y no avisó a la autoridad, debe presentar un aviso al Registro Federal de Contribuyentes en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda. También puede llamar a nuestro Centro de Atención Telefónica, disponible de lunes a sábado de 8:30 a 21:30 horas.  Si sus datos son correctos, nuestros agentes le asignarán una cita para realizar el trámite. 

19 EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL ACREDITA SUS  FACULTADES CON UN PODER
QUE NO CUMPLE CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 19-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Verifique que el poder con el que va a acreditar sus facultades como representante legal sea general para realizar actos de administración o dominio.  En este sentido no se aceptan poderes que contengan la leyenda "poder especial" en su denominación, o que en su defecto incumplan con lo establecido en el artículo 19-A del Código Fiscal de la Federación. Los poderes generales para actos de administración y/o dominio antes referidos pueden tener tantas limitaciones como la persona moral requiera, siempre que éstas no invaliden al representante legal para tramitar el certificado digital de Firma Electrónica Avanzada, o bien, puede estar limitado exclusivamente para realizar el trámite en comento.   Consulte aquí un formato de poder general para actos de administración limitado exclusivamente para tramitar el certificado digital de Firma Electrónica Avanzada   EL REPRESENTANTE LEGAL PRESENTA UN PODER GENERAL PARA REALIZAR ACTOS DE ADMINISTRACIÓN O DOMINIO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 19-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PERO ÉSTE SÓLO PUEDE SER EJERCIDO DE FORMA MANCOMUNADA Para efectos del trámite no se aceptan poderes mancomunados.

20 EL REPRESENTANTE LEGAL PRESENTA UN PODER EN DONDE SU NOMBRE ESTA ESCRITO DE MANERA
INCORRECTA, O BIEN, ESTÁ INCOMPLETO Verifique que su nombre se encuentre debidamente asentado en el poder general para realizar actos de administración o dominio.  El SAT no acepta poderes en donde el nombre del representante legal presente: Faltas de ortografía. Abreviaturas. Omisión de alguno de los nombres propios y/o el apellido materno. El apellido de casada. Si usted se encuentra bajo alguno de estos supuestos, debe acudir con un fedatario público para que le expida un “Acta Notarial de Identidad” con la siguiente información: Una declaración hecha por el notario público en la que haga constar que conoce personalmente al representante legal, señalando que los nombres asentados en este documento corresponden indistintamente a la misma persona, o bien; Una declaración de testigos mayores de edad emitida ante el notario público en la que hagan constar que conocen personalmente al representante legal, señalando que los nombres asentados en éste documento corresponden indistintamente a la misma persona.

21 Servicio telefónico de citas
Si desea programar una cita para realizar este trámite, o requiere atención personalizada para resolver sus dudas, ponemos a su disposición el siguiente número: INFOSAT       IMPORTANTE: El horario de servicio de nuestro Centro de Atención Telefónica es de lunes a sábado de las 8:00 a las 21:00 horas. Si ya solicitó una cita a través de este servicio, puede verifícarla aquí.

22 IMPORTANTE: Si desea revocar su certificado digital pero extravió su llave privada, o bien no recuerda la contraseña de acceso y/o de revocación, deberá acudir personalmente a cualquiera de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se ofrece el servicio.   Para ello deberá presentar la siguiente documentación: Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en su caso, donde se señale la causa por la cual se solicita la revocación del certificado.  Este escrito se entrega por duplicado y deberá contener las formalidades señaladas en el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación. Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o representante legal. Poder especial otorgado para efectos de presentar la solicitud de revocación del certificado de que se trate, o poder general para actos de dominio o de administración con el que se acredite la personalidad del representante legal.

23 Servicio de Administración Tributaria, México.
¿Cómo y en dónde puedo realizar el trámite? Contenido: Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente y Módulos Fuera de Sede en donde se puede realizar el trámite. Servicio telefónico de citas.        Servicio de Administración Tributaria, México.

24 Renovación de certificados en línea
AVISO IMPORTANTE: Para hacer uso de este servicio usted debe contar con un certificado digital de Firma Electrónica Avanzada vigente. De lo contrario lo invitamos a consultar la sección "Renovación de certificados a través de una Administración Local de Asistencia al Contribuyente o Módulo Fuera de Sede en donde se brinde el servicio". Renovación de certificados en línea Para renovar su certificado digital en línea debe hacer lo siguiente: Utilice la aplicación SOLCEDI para generar una nueva llave privada (extensión KEY) y un nuevo archivo de requerimiento (extensión REQ).  Dentro de esta aplicación seleccione la opción "Sistema > Formato de Renovación FEA". Señale la ruta en donde se encuentran resguardados su nuevo archivo de requerimiento, su certificado digital vigente y su llave privada vigente.  Procure no confundir esta llave con la nueva que acaba de generar. Señale la ruta en donde desea resguardar el archivo que contendrá su requerimiento digital ensobretado  (archivo con extensión REN) y presione el botón "Generar". Acceda al servicio de renovación de certificados en línea. Dentro de este servicio, seleccione la opción "Renovación de certificados". Indique la ruta en donde se encuentra resguardado su requerimiento digital ensobretado y presione la opción "Enviar".  Se desplegará en pantalla un acuse que ampara la operación. Seleccione la opción "Descarga de certificados" y obtenga su nuevo certificado digital de Firma Electrónica Avanzada.

25 A partir de este momento su certificado digital anterior, y su correspondiente llave privada, carecerán de validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las aplicaciones disponibles con "Tu De ahora en adelante deberá utilizar los archivos que acaba de generar. Para mayor información sobre este procedimiento consulte el manual de la aplicación SOLCEDI. Renovación de certificados a través de una Administración Local de Asistencia al Contribuyente o Módulo Fuera de Sede en donde se brinde el servicio Para renovar su certificado digital por este medio debe hacer lo siguiente: Revocar su certificado digital vigente.  Si desea saber cómo revocar un certificado digital seleccione este vínculo. Acudir a alguna de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente o Módulos Fuera de Sede en donde se ofrece el servicio para solicitar nuevamente el trámite. Si desea conocer los requisitos para el trámite seleccione aquí. 

26 Formato de poder general limitado exclusivamente para realizar el trámite tu firm@
LIBRO INSTRUMENTO (Lugar de otorgamiento y fecha de la escritura) (Nombre del Notario y número de la Notaría) hago constar EL PODER que otorga (nombre de la persona moral), representada por------(nombre del representante) a favor de (nombre del apoderado) para que lo ejercite al tenor de la siguiente cláusula y con la limitación que más adelante se indica: C L A U S U L A : ÚNICA.- Poder general para actos de administración en los términos del párrafo segundo del citado articulo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y su correlativo en los demás Códigos Civiles del País LIMITACIÓN: El apoderado ejercitará el poder a que se refiere el párrafo anterior, única y exclusivamente para los efectos de llevar a cabo el trámite de solicitud y obtención del Certificado de Firma Electrónica Avanzada ante el Servicio de Administración Tributaria (Relacionar además la personalidad, datos generales y otras certificaciones notariales)


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