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ACCIDENTES LABORALES Salud ocupacional DOCENTE :JOHANA SALAZAR T

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Presentación del tema: "ACCIDENTES LABORALES Salud ocupacional DOCENTE :JOHANA SALAZAR T"— Transcripción de la presentación:

1 ACCIDENTES LABORALES Salud ocupacional DOCENTE :JOHANA SALAZAR T
ENFERMERA MAGISTER PABELLÓN Y RECUPERACIÓN TODO ASPECTO DEL TRABAJO QUE OSTENTA ALGUN RIESGO POTENCIAL PARA EL TRABAJADOR

2 ENFERMEDAD PROFESIONAL
MARCO LEGAL VIGENTE EN CHILE El Artículo 7º de la Ley considera a una enfermedad como profesional a aquellas causadas de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona, y que le provoque alguna incapacidad, o en casos más extremos, la muerte. D.S 109 Para que una enfermedad se considere profesional es indispensable que haya tenido su origen en los trabajos. CAUSA MAS COMUN DE CONSULKTA EN EL HOSPITAL DEL TRABAJADOR

3 ENFERMEDAD PROFESIONAL
NO ES FACIL DECLARAR UNA ENFERMEDAD LABORAL DISCREPACIA ENTRE EL DIAGNOSTICO MEDICO Y EL TRABAJADOR.

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5 ¿Qué hacer en caso sufrir una enfermedad profesional?
Si cree tener alguna enfermedad debido al trabajo que desempeña, lo primero que tiene que hacer es informar a su empleador/a. El empleador/a tiene 24 horas para hacer la denuncia al ISL o a la mutual que corresponda, a través del formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP). Si el empleador no presenta la DIEP dentro del plazo, ésta deberá ser presentada por usted, sus familiares, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) de la empresa o el médico tratante. El empleador/a debe enviarlo/a inmediatamente al centro asistencial de la mutual o ISL, según corresponda, para que sea evaluado/a, y se le realicen los exámenes necesarios para determinar si la enfermedad es de origen laboral (causada directamente por el trabajo que desempeña) o común.

6 Un trabajador de cualquier profesión u ocupación puede estar sometido al riesgo de enfermar o sufrir un trauma relacionado con la labor que realiza. Los riesgos en el trabajo son diversos y se reparten en un amplio rango de grados de seriedad que va dada con la ocupación de una persona, hasta el riesgo de fallecer por un accidente por una enfermedad relacionada con la ocupación.

7 La Organización Mundial de la Salud (OMS) en su sitio web expone que la salud ocupacional abarca todo los aspectos sobre salud y seguridad en el lugar de trabajo y se enfoca fuertemente hacia la prevención primaria de los riesgos. A nivel nacional , La legislación laboral chilena, específicamente la LEY refiere que “es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte”.

8 ACCIDENTE DE TRABAJO Definición: Toda lesión que un trabajador/a sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad (temporal o permanente) o muerte. Éstos pueden ocurrir durante la jornada laboral, en actividades gremiales, de capacitación e incluso en un paseo de la empresa, sólo si éste requiere de asistencia obligatoria. Qué debe hacer el afectado: Avisar inmediatamente a su jefe o supervisor directo.

9 Se incorporan como accidentes del trabajo también “los daños
físicos o síquicos que sufran los trabajadores de las empresas, entidades o establecimientos que sean objeto de robo, asalto u otra forma de violencia delictual, a causa o con ocasión del trabajo”.

10 ACCIDENTE DE TRABAJO Qué debe hacer el empleador: Prestarle los primeros auxilios, si corresponde, y derivar oportunamente al afectado a la ACHS o al servicio médico que corresponda al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Además, debe dar aviso antes de 24 horas de ocurrido el accidente al ISL o a la mutualidad correspondiente a través del formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo, DIAT , guardar copia de la DIAT y entregar una copia al trabajador.

11 ACCIDENTE DE TRAYECTO Definición: Es el ocurrido en el trayecto directo (tanto de ida como de regreso) entre la habitación y el lugar de trabajo. Así como aquel que ocurre en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. Sólo se clasifican en esta categoría aquellos accidentes que ocurren en el trayecto directo. Esto quiere decir que, si una persona desvía el camino habitual entre su casa y el trabajo, y le ocurre un accidente, éste deja de considerarse como tal.

12 ACCIDENTE DE TRAYECTO Qué debe hacer el afectado: Acudir al centro de atención de la ACHS donde debe explicar que se trata de un accidente de trayecto e informar al empleador/a apenas sea posible. En este caso, el afectado debe detallar las circunstancias del accidente y acompañarla con medios de prueba (parte policial, constancia de Carabineros, testigos). Si no cuenta con ellas, su declaración puede constituir un medio de prueba suficiente si se encuentra debidamente circunstanciada y de ella se desprendan hechos que permitan probar lo acontecido.

13 ACCIDENTE DE TRAYECTO Qué debe hacer el empleador: Dar aviso antes de 24 horas de conocido el accidente a la mutualidad correspondiente a través del formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT).

14 ENFERMEDAD LABORAL Definición: Es aquella causada de manera directa por el ejercicio del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Qué debe hacer el afectado: Informar a su empleador/a.

15 ENFERMEDAD LABORAL Qué debe hacer el empleador: Tiene 24 horas para hacer la denuncia a la Mutualidad de Empleadores a través del formulario de Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP). Debe enviar a la trabajador/a inmediatamente al centro asistencial de la mutualidad o ISL, según corresponda, para ser evaluado/a y realizar los exámenes necesarios para determinar si la enfermedad es de origen laboral (causada directamente por el trabajo que usted desempeña) o de origen común.

16 QUIEN SE HACE CARGO DE LOS GASTOS??
La mutualidad o el ISL, según corresponda, deberá brindarle el tratamiento adecuado de manera gratuita. Esto incluye atención médica, quirúrgica, dental, hospitalización, medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos, rehabilitación física, reeducación profesional y traslado cuando el médico tratante así lo determine.​

17 Exposición a Fluidos Corporales de Alto Riesgo (EFCAR)
La exposición a fluidos corporales de alto riesgo (EFCAR) se puede dar a través de la exposición: a) Percutánea b) Directa en mucosas o piel no indemne El mayor riesgo de las EFCAR es el de contraer alguna infección, siendo las más importantes la hepatitis B (6-30%), la hepatitis C (3%) y el VIH (0,3%). Es por eso que un manejo temprano del accidente es fundamental.

18 QUE HACER SI USTED ES ALUMNO
Responsabilidad del Estudiante expuesto La responsabilidad primera del estudiante será cumplir las normas involucradas. Frente a una exposición significativa producto de:  Una punción o una pequeña herida debe comprimirse la zona afectada, con el propósito de eliminar la mayor parte de la sangre o fluido inoculado.  Lavar de inmediato la zona afectada con agua y jabón.  Un derrame en membrana mucosas (oral, ocular, nasal) lavar el área expuesta con abundante agua o suero fisiológico por varios minutos.  El estudiante accidentado debe reportar de inmediato el accidente al docente guía.  Acudir a la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), más cercana al sitio de accidente. Existe 2 opciones, Santiago y Melipilla.  Presentarse en ACHS, con su tarjeta de identificación o fotocopia de comprobante de matricula, la muestra de sangre del paciente fuente y el consentimiento informado. Lavar la zona afectada con agua (si fue en mucosas) o agua y jabón (si fue en piel). Avisar inmediatamente a docente guía y/o profesional responsable de la práctica para recibir los primeros auxilios y evaluar en conjunto si la fuente de los fluidos es conocida o desconocida. Contactarse con la enfermera de Campus para seguir el protocolo Alumno debe tomarse muestra de sangre en tubo lila Si la fuente es conocida, se deberá solicitar al usuario el consentimiento informado para la toma de serología. La muestra debe ser en tubo lila Luego de la atención, el alumno tiene un plazo de 5 días hábiles* para comprar los bonos en su sistema previsional correspondientes al costo de la atención médica y exámenes de laboratorio. Con esto Salud Estudiantil cancela lo que no cubre su previsión, es decir, exámenes y consulta con infectólogo tienen un 100% de cobertura. En caso que el alumno no cuente con sistema previsional deberá presentar una declaración jurada que acredite su condición, para acceder a los beneficios que brinda Salud Estudiantil. Los medicamentos son cubiertos por la Facultad o Escuela correspondiente, por lo que no tienen costo para el alumno. Si el alumno se encuentra fuera de la Región Metropolitana, deberá llevar todos los comprobantes de atención y bonos a Salud Estudiantil para ser reembolsados.

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20 FIN PREGUNTAS ????


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