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SENTENCIA C-858 DE 2006 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. Declarar INEXEQUIBLES los.

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1 SENTENCIA C-858 DE 2006 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9, 10 y 13 en la expresión "En forma voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.

2 DECISION 584 C.AN 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.

3 RESOLUCIÓN 2346 DE 2007 Expedida el 16 de Julio de 2007 por el Ministro de la Protección Social. Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el contenido y manejo de las historias clínicas ocupacionales.

4 EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES
1- Evaluación médica pre-ocupacional 2- Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas: Programadas Cambios de ocupación 3- Evaluación médica de egreso 4- Otras (post- incapacidad o por reintegro) Obligatorias para empleadores públicos y privados

5 EVALUACIONES PREOCUPACIONALES
Se realizan antes de contratación para determinar condiciones de salud física, mental y social Perfil del cargo. Objetivo: Evaluar aptitud desempeño eficiente sin perjuicio su salud o terceros. Médico remite solo certificado médico indicando restricciones o recomendaciones.

6 EVALUACIONES PERIODICAS
A- Programadas : monitoreo factores de riesgo e identificación precoz alteraciones salud trabajador y patologías comunes. Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que estado de salud del trabajador. B- Cambios de ocupación: por cambios tareas, ambiente, funciones o nuevos riesgos. Basados en PVE.

7 EVALUACIONES DE EGRESO
Se realizan al término relación laboral Objetivo: valorar y registrar condiciones de salud al momento retiro del trabajador. Nota: si en la evaluación se encuentra enfermedad o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, el empleador reportará a administradoras y estas inician determinación origen.

8 CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA
1- Fecha, sitio 2- Evaluador 3- Empleador (generales, actividad económica) 4- Administradoras SGSSI 5- Identificación y sociodemográficos Wr. 6- Anamnesis completa 7- Tiempo oficio 8- Listado factores de riesgo 9- Datos resultantes examen físico 10 – Impresión diagnóstica

9 RESPONSABILIDAD EVALUACIONES
Realizadas por médicos especialistas. El médico deberá entregar al trabajador copia de cada evaluación (con recibido). Estarán en su totalidad a cargo del empleador (IPS, EPS o particulares). Si como resultado de evaluación hay Dx de patología común o profesional, el médico remite a servicio de salud. Si se presume EP, patrono la reporta a ARP

10 HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL
Conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y procedimientos ejecutados por equipo de salud. Contiene y relaciona antecedentes laborales y exposición a riesgos durante vida laboral, además de monitoreos ambientales. Forma parte de la historia clínica (reserva).

11 RESERVA En ningún caso el empleador podrá tener acceso a la historia clínica ocupacional. Amparada principio confidencialidad. Acceso A- Orden autoridad judicial B- Autorización escrita del interesado C- Solicitud del médico, previo consentimiento del trabajador D- Por calificador PCL previa autorización Wr.

12 GUARDA La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar el trabajador tendrá la guarda y custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, las cuales serán anexadas a la historia clínica general. Los resultados de las evaluaciones deben remitirse dentro de los dos meses siguientes

13 DIAGNOSTICO DE SALUD Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas.
Información sociodemográfica población Información antecedentes exposición Información exposición laboral actual Sintomatología reportada por trabajadores Resultados monitoreo biológico Diagnósticos población trabajadora Análisis, conclusión, evaluación Recomendaciones Dx. No podrá contener datos personales ni individualizados de cada uno de los trabajadores

14 RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 Aplicable a todos los actores del sistema general de riesgos profesionales. Objeto Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar investigación de incidentes y accidentes de trabajo para identificación de causas e implementación de correctivos

15 OBLIGACIONES APORTANTES
Conformar equipo investigador Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias). Adoptar metodología y formato Registrar información en el formato Implementar medidas correctivas Proveer recursos para implementar corrección Seguimiento medidas implementadas Establecer indicadores de control Remitir a ARP investigaciones graves Llevar archivos de investigaciones

16 OBLIGACIONES ARP Asesoría a sus afiliados
Desarrollar e implementar metodología Remitir formatos aprobación Minprotección Suministrar formatos Analizar y complementar investigaciones Capacitar equipo investigador Participar en investigaciones Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones Realizar seguimiento medidas de control Remitir informe semestral Ministerio Informar sobre resultados de investigaciones

17 EQUIPO INVESTIGADOR Integrado por:
1- Jefe inmediato o supervisor 2- Representante del COPASO o VIGIA 3- Encargado desarrollo PSOE. Cuando no tenga debe conformar equipo Accidente grave: profesional con licencia en salud ocupacional

18 CASOS NO CONTRATO DE TRABAJO
Trabajadores en misión, asociados o independientes serán tanto de la empresa de servicios personales y de la usuaria. El correctivo deberá establecerse para cada una. Los aportantes podrán utilizar metodología acorde con sus necesidades.

19 INFORME DE INVESTIGACION
Contenido: variables Resolución 156/05 Categorías analíticas (ANSI) Descripción del evento (soportes) Causas del accidente o incidente (básicas e inmediatas) Compromiso medidas de intervención Datos investigación (fecha, investigadores, lugar, representante legal, testigos, etc).

20 REMISIÓN INVESTIGACIONES
Aportante ARP (15 días ocurrencia del evento). ARP Evalúa, complementa días Emite concepto hábiles En caso mortal: ARP remite informe 10 días hábiles siguientes Minprotección. Sanciones

21 FORMATO INVESTIGACIÓN
1- DATOS DE LA EMPRESA Razón social…… NIT……. ARP……. Direcciones (admón y centros de trabajo)….. Tarifas por centros trabajo, dependencias…, valor aportes ……, Gerente, administrador S.O

22 Información del trabajador
Nombre, identificación Edad, sexo, estado civil Nivel de escolaridad Cargo, actividad desempeñada Tiempo en el cargo, en el oficio, en la empresa, en la dependencia. Tipo de vinculación ……….

23 INFORMACION ACCIDENTES
DATOS SOBRE EL ACCIDENTE Fecha Día de la semana, hora (jornada) Turno Actividad propia del oficio? Autorizado? Clase de accidente Incapacidad inicial ….

24 VERSIONES Versión del accidentado Versión de testigos
Versiones de terceros (?) VERSION DEL GRUPO INVESTIGADOR

25 INFORME DE INVESTIGACION
Claridad circunstancias de modo, tiempo y lugar. Responde categorías analíticas Descripción concreta, ordenada en el tiempo, del evento. Que ocurrió después? Conclusiones

26 ANALISIS DE CAUSAS CAUSAS BASICAS CAUSAS INMEDIATAS
A- Factores personales B- Factores del trabajo, técnicos, de la organización. CAUSAS INMEDIATAS A- Ambientales Subestándar B- Actos Subestándar

27 RECOMENDACIONES Fuente, medio e individuo. Específicas
Cronograma realización (responsables, fechas, etapas) Verificación Remisión ARP o Ministerio

28 OTROS Soportes documentales Correspondencia relacionada
Firmas responsables Codificación (?)

29 Los documentos que comprende son:
Resolución 2844 de 2007 : Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional basadas en la evidencia Guías De Atencion Integral Basadas En La Evidencia Para Desordenes Musculoesqueleticos (Dme) Relacionadas Con Movimientos Repetitivos De Miembros Superiores (Sindrome De Tunel Carpiano, Epicondilitis Y Enfermedad De Dequervain (Gati-Dme) Guía De Atencion Integral Basada En La Evidencia Para Hipoacusia Neurosensorial Inducida Por Ruido En El Lugar De Trabajo (Gati-Hnir) Guías De Atencion Integral Basada En La Evidencia Para Neumoconiosis (Silicosis, Neumoconiosis Del Minero De Carbon Y Asbestosis (Gati – Neumo) Guías De Atención Integral Basada En La Evidencia Para Hombro Doloroso (Gati – Hd) Relacionada Con Factores De Riesgo En El Trabajo Guías De Atención Integral Basada En La Evidencia Para Dolor Lumbar Inespecífico y Enfermedad Discal relacionados con la Manipulación Manual de Cargas y otros Factores de Riesgo en el Lugar de Trabajo (GATI DLI ED)

30 Decreto 3758-sep-07 GOBIERNO AMPLIA PLAZO A COOPERATIVAS Y COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO PARA AJUSTARSE AL DECRETO 4588 Modifica plazo CTA - Decreto 2417 de 2007 El Gobierno nacional determinó ampliar hasta el 30 de mayo de 2008, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado ajusten sus estatutos y los regímenes de trabajo y compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006 y la Ley 1151 de El nuevo término también opera para presentar las solicitudes de aprobación de los regímenes ante el Ministerio de la Protección Social y de registro ante la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de éstas. En materia de afiliación a cajas de compensación familiar, se hace referencia a la Ley 1151 de 2007 o Plan Nacional de Desarrollo, que en el tema de Sistema de Protección Social señala: “Como partes del sistema de seguridad social integral, las Cajas de Compensación Familiar podrán extender la totalidad de los beneficios, entre ellos, los de subsidios y programas sociales, a los asociados a las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, para lo cual, se deberá contemplar previamente en sus estatutos la afiliación al Sistema de Previsión Social incluido el de compensación y el pago de los aportes respectivos de acuerdo con lo dispuesto en la ley para el sector dependiente.


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