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Reconocimiento Tarifario de Horas de Punta

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Presentación del tema: "Reconocimiento Tarifario de Horas de Punta"— Transcripción de la presentación:

1 Reconocimiento Tarifario de Horas de Punta
Comisión Nacional de Energía CNE Agosto 2018 CNE

2 CONTEXTO GENERAL PRINCIPALES ACTORES DEL SECTOR ELÉCTRICO Generación
Transmisión Distribución Clientes Privado, Precios Energía Libres Privado, Precios Regulados Privado, Precios Regulados Libres Regulados (<5 MW) (libre elección entre 0,5 MW y 5 MW) CNE

3 SEGMENTO DE DISTRIBUCIÓN EN CHILE
Las empresas de distribución operan bajo un régimen de concesión de servicio público, con obligación de servicio y tarifas reguladas para el suministro a clientes “regulados”. NEGOCIO DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA Cliente Regulado = Precio de Licitación + Transmisión + Distribución +CSP Distribución Generación Cliente Libres = Precio Libre + Transmisión + Distribución + CSP CSP: Cargo por Servicio Público. CNE

4 EMPRESAS DISTRIBUIDORAS POR ZONA GEOGRÁFICA
CNE

5 Tarifa = Generación + Transmisión + Distribución + CSP
TARIFAS La legislación vigente establece como premisa básica que las tarifas deben representar los costos de la utilización por parte del usuario de los recursos a nivel producción, transporte y distribución, de modo de entregar las señales adecuadas tanto a las empresas como a los consumidores, a objeto de obtener un óptimo desarrollo de los sistemas eléctricos. Tarifa = Generación + Transmisión + Distribución + CSP CNE

6 TARIFAS Las tarifas se pueden clasificar según:
Nivel de tensión, BT – AT, baja y alta tensión, respectivamente. Requerimientos mínimos en el registro de medidas (medidor), abarcando desde las que sólo cuentan con medición de energía (BT1, BT2, TRAT1 y AT2), hasta las que cuentan con registros de energía y potencia dentro y fuera de horas de punta (BT4.3, AT4.3 y nuevas tarifas “TR”, BT5 y AT5). ¿Hora de punta? El establecimiento de precios diferenciados en la provisión de un bien o servicio de acuerdo a la demanda de éste y a su vez de acuerdo a su escasez, es una práctica muy utilizada mundialmente y en particular en el sector eléctrico. El dar una señal de precios altos cuando la demanda es alta – en las horas de punta - genera en los usuarios el incentivo económico a desplazar su consumo a las horas del día en que el precio es menor - en las horas fuera de punta. Tanto las redes de distribución como la capacidad instalada de generación se deben dimensionar para ser capaces de dar suministro a las horas de máxima exigencia del sistema eléctrico (horas de punta). CNE

7 TARIFAS Y HORAS PUNTA Todas las tarifas están sometidas al régimen de cobros por consumos en horas de punta: Prácticamente todas las opciones tarifarias aplicables a clientes regulados poseen un cargo explícito asociado a los consumos de potencia efectuados durante las horas de punta. Históricamente el cobro de potencia es una estimación que se cobra proporcionalmente al consumo de energía. A partir de la entrada en vigencia del Decreto 11T/2016, en un avance educativo y de transparencia, el cobro comienza a ser explícito en las boletas para todas las opciones tarifarias. Nuevas tarifas residenciales (TR), BT5 y AT5, entregan al cliente tecnológicamente la capacidad de gestionar sus consumos, y tomar así medidas frente a las señales económicas del sector, como es el horario punta. CNE

8 Factores de coincidencia tarifarios
¿QUE PAGAMOS ENTONCES? Demanda máxima de Distribución El Sistema de Distribución se dimensiona para abastecer esta demanda Demanda máxima de Generación A nivel de Generación se remunera esta demanda Distribuidora Aporte a la demanda máxima de la Distribuidora Aporte a la Compra de Generación de la Distribuidora Tarifa X Medición Factores de coincidencia tarifarios Estimación de aporte al total de la Dx CNE

9 OPCIONES TARIFARIAS DE LOS CLIENTES REGULADOS
Los clientes pueden elegir libremente su opción tarifaria, con las limitaciones y condiciones de aplicación establecidas en el Decreto tarifario pertinente y dentro del nivel de tensión que les corresponda. Existe obligación de las empresas distribuidora de aceptar la opción que los clientes elijan. La opción tarifaria contratada por el cliente rige por 12 meses. Existe diferenciación en tarifas destinadas a usuarios residenciales. Cliente Residencial: Potencia conectada inferior o igual a 10 kW o con un limitador de potencia para cumplir dicha condición. Suministro destinado para el abastecimiento eléctrico de su domicilio o residencia y cuyo documento de cobro emitido por la respectiva concesionaria se encuentre a nombre de una persona natural o sucesión hereditaria. CNE

10 OPCIONES TARIFARIAS DE CLIENTES REGULADOS
Residenciales No Residenciales Medición de energía BT1A BT1B Equivalente a BT1 actual, menor o igual a 10 kW, pero en AT. TRAT1 Potencia máxima leída Potencia máxima leída en horas de punta 52 demandas máximas en hp últimos 12 meses Residencial menor o igual a 10 kW. TRBT2 / TRAT2 Residencial mayor a 10 kW. TRBT3 / TRAT3 Medición de energía Potencia máxima contratada BT2 AT2 Potencia máxima leída BT3 AT3 Potencia máxima contratada Potencia máxima contratada en horas de punta BT 4.1 AT4.1 Potencia máxima leída en horas de punta BT4.2 AT4.2 BT4.3 AT4.3 52 demandas máximas en hp últimos 12 meses BT5 / AT5 CNE

11 OPCIÓN DE RECONOCIMIENTO HORARIO DE COSTOS ASOCIADOS AL SUMINISTRO ELÉCTRICO.
Opción de Reconocimiento Horario de costos asociados al suministro eléctrico, incorporada en el Decreto 11T/2016, habilita a los clientes de las empresas distribuidoras a comprar la electricidad en base al aporte real que éstos hacen a la demanda máxima de la empresa que lo abastece y no a través de factores que la estiman. Para esto, aprovecha la tecnología de los sistemas de medición “inteligente” que permiten identificar el aporte real de los clientes a los 52 pulsos máximos del distribuidor (empleados para efectos de compra de potencia). En resumen: El Decreto 11T/2016 innovó al incorporar nuevas opciones tarifarias (TRBT2, TRBT3, TRAT2, TRAT3, BT5 y AT5) que permitirán al cliente que se le facture su aporte real a las compras de potencia realizada por las empresas distribuidoras, a través del uso de sistemas de medición “inteligente”. De este modo se generó la alternativa para que, usuarios con un registro horario de su consumo, paguen lo efectivamente aportado, lo equivale a un costo más barato que lo reconocido por las “Tarifas tradicionales”. CNE

12 LO REALIZADO EN MATERIA DEL HORARIO DE PUNTA EN EL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL.
1. Modificación Decreto de PNCP en lo referente a Horario de Punta: 2016, se modifica el horario de punta de los subsistemas correspondientes al SIC, exceptuándose del horario de control de punta los días sábados de los meses con control de punta, en particular, para las condiciones de aplicación del referido Decreto de PNCP, así como también del decreto que fija opciones tarifarias a clientes finales sujetos a regulación de precios (VAD). 2. Estudio de Determinación de Horarios de Punta: La Comisión se encuentra desarrollando durante 2018 el “Estudio análisis y determinación de horario de punta en el Sistema Eléctrico Nacional”. Objetivo: revisión del concepto de horario de punta, su utilización e impacto en el Sistema Eléctrico Nacional, el o los horarios de punta que correspondan en este sistema, así como las implicancias de esta determinación como parte del mecanismo de control de punta en el mercado eléctrico nacional, con énfasis en el mercado mayorista de potencia de punta y en el traspaso de los cargos a que este mercado da lugar. Se busca así obtener una metodología para la determinación de una señal eficiente de control de punta en el Sistema Eléctrico Nacional. CNE

13 Reconocimiento Tarifario de Horas de Punta
MUCHAS GRACIAS Comisión Nacional de Energía Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Edificio Stgo. Downtown IV, Piso 13 Santiago, Chile Tel. (2) Fax. (2) Santiago - Chile


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