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Recurso de Reconsideración

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Presentación del tema: "Recurso de Reconsideración"— Transcripción de la presentación:

1 Recurso de Reconsideración
Resolución N° OS/CD que fija las Tarifas en Barra para el Período Mayo 2018 – Abril 2019

2 Petitorio Modificar la Liquidación de la Ampliación Adiciona N° 1 correspondiente al periodo mayo 2017 – abril 2018, considerando los siguientes aspectos: Corregir el Factor de Actualización (IPPo/IPP Vigente) considerando que corresponde un factor igual a 1 por ser el primero año operativo. Corregir el periodo de recuperación, el cual corresponde a 20 años conforme al Contrato respectivo. Corregir la metodología de cálculo del Ingreso Esperado Mensual, considerando la fecha de inicio de la operación comercial. Corregir la tasa de actualización para efectos de mensualización y liquidación de los ingresos. Dada las correcciones solicitadas, corresponde modificar el saldo de liquidación anual del periodo en mención.

3 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Cálculo del Factor de Actualización para el periodo mayo abril 2018 Modificar y corregir el Factor de Actualización (IPPo/IPP Vigente) para el periodo mayo 2017 – abril considerado en la liquidación anual de la Ampliación Adicional N°1. Dicho factor debe ser a 1 dado que es el primer año de liquidación de las instalaciones. En el primer período de liquidación de la Ampliación Adicional N°1, se debe de considerar un factor de actualización igual a 1.

4 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Cálculo del Período de Recuperación correspondiente a la Ampliación Adicional N°1 Modificar y corregir el Factor de Anualización considerado en la Liquidación de la Ampliación Adicional N°1. El factor de Anualización correspondiente a Ampliación Adicional N°1 debe de ser calculado para un período de 20 años, según lo indicado en la sección (b) del cálculo de la remuneración anual por ampliaciones, adicionales literal (vi) numeral Régimen tarifario de la Adenda 11 al Contrato BOOT.

5 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Cálculo del Ingreso Esperado por mes para la liquidación de las instalaciones Ampliación Adicional N°1 Costo Total de Transmisión desde la fecha de inicio de operación comercial (05/09/2017) para el período mayo Abril 2018 correspondiente a $ 602, dólares según contrato de concesión. Debido a que se incurre en errores en la estimación del ingreso Esperado por mes La formulación del Osinergmin para el cálculo del Ingreso esperado mensual es =+(H30+J30)*tam/Parametros!$C$10, lo que determina un valor de $ 49, dólares que no garantiza la recuperación de la remuneración, tal como se demuestra a continuación.

6 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Cálculo del Ingreso Esperado por mes para la liquidación de las instalaciones Ampliación Adicional N°1 De lo expuesto, se debe de modificar la metodología de cálculo del ingreso esperado mensual para el período Mayo Abril 2018 para la Ampliación adicional N°1 por una metodología basada en función objetivo, empleada por el organismo regulador para la liquidación de las instalaciones SCT Planicie Industriales. Utilizando el método de función objetivo para determinar el ingreso mensual, se obtiene un valor de $ 74,089.12, con el cual se logra recuperar la remuneración parcial según contrato.

7 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Tasa de actualización para efectos de mensualización y liquidación de los ingresos de la Ampliación Adicional N°1  La tasa para efectos de mensualización y liquidación de los ingresos de la Ampliación Adicional N° 1 debe ser del 12%, según lo indicado en la sección (b) del cálculo de la remuneración anual por ampliaciones, adicionales literal (vi) numeral Régimen tarifario de la Adenda 11 al Contrato BOOT.

8 Fundamentos del Recurso de Reconsideración
Sobre el Saldo de Liquidación Anual de la Ampliación Adicional N°1 para el período mayo – abril 2018. El saldo de liquidación para las instalaciones de la Ampliación Adicional N°1 determinado por el organismo regulador es de $ - 84, dólares. Este valor es erróneo por lo expuesto anteriormente. El monto de liquidación para las instalaciones de la Ampliación Adicional N°1 debe ser igual a $ 82, dólares. Este valor garantizar la remuneración al concesionario para el período mayo 2017 – abril 2018.

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