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IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS

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Presentación del tema: "IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS"— Transcripción de la presentación:

1 IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS
I semestre 2018 1

2 IMPUESTO SOBRE VENTAS LIGSV: Ley de Impuesto General sobre las ventas.
RLIGSV: Reglamento Ley de Impuesto General sobre las ventas. 2

3 IMPUESTO SOBRE VENTAS Características:
Plurifásico: se cobra en varias fases del ciclo económico ( a diferencia ISC que es monófasico) Impuesto indirecto sobre el consumo. No es percibido por el fisco directamente, sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial. Valor Agregado. Para el comerciante-margen de utilidad. Son objetivos. No toman en cuenta las condiciones personales del sujeto pasivo (IVA), los subjetivos sí (renta) 3

4 - Causación instantánea: un momento preciso, Hecho Generador
- Causación instantánea: un momento preciso, Hecho Generador. -Régimen General en mercancías, con excepción algunos servicios. Art.1 Ley PROYECTO se propone gravar todos los servicios, con excepción algunos no se gravan, o con menor tarifa. -El sujeto pasivo económico (consume el bien o servicio) no es el responsable ante el fisco, sino el contribuyente que indica la ley que lo recauda(sujeto pasivo jurídico).

5 Elemento subjetivo En Importaciones: persona física o jurídica, o entidad de hecho, no requiere dedicarse a actividades económicas habituales. Actos aislados. En ventas locales: persona o empresario con actividad gravable habitual. (Art. 4 LIGSV) Actos aislados, pero con habitualidad (frecuencia). 5

6 Elemento objetivo (art.1)
Operaciones Locales: Mercancías: concepto genérico. Servicios: método taxativo. 6

7 Productos exentos Canasta básica tributaria.
Bienes esenciales para educación. Medicamentos. Insumos agropecuarios. (Art. 8 Ley, 4 y 5° RLIGSV) 7

8 Servicios gravados (Art. 1 LIGSV) Restaurantes, cantinas Hoteles
Servicios telefónicos Aparcamiento de vehículos Taller de reparación y pintura vehículos Servicios publicitarios Imprentas, entre otros… 8

9 Hecho generador (i) Venta de mercancías y prestación de servicios:
Transferencia de dominio. Momento facturación o entrega de mercancías, (brindar el servicio) acto que se realice primero. Importaciones: Fecha aceptación de la póliza. Consignación y apartados: Fecha en que la mercadería queda apartada. Artículos 3 de LIGSV y RLIGSV 9

10 Hecho generador (ii) Uso o consumo de mercancías: en la fecha que se retiren de la empresa. Faltantes de mercancía: En la fecha que se realicen los asientos contables, o en la fecha en que los establezca la Administración Tributaria. ¿Precio costo o venta para determinar debido fiscal? Inciso d) art.3 del RLIGSV y art.17 Reglamento, debito se calcula al costo en faltante mercancía. En la práctica---P.vta Arrendamientos financieros (opción de compra) : Fecha de facturación o entrega de bienes. 10

11 Base imponible Ventas y servicios locales
PRECIO DE VENTA: menos: los descuentos, usuales y generales y consignarse por separado en la factura. ( Inciso a, arts. 11 y 12 LIGSV) Más: Impuesto selectivo de consumo. 11

12 Base imponible Importaciones
Valor CIF aduana en Costa Rica, + Derechos de importación + Impuesto selectivo de consumo + Otros tributos y cargos que figuren en el formulario aduanero. (Art. 13 LIGSV) 12

13 Tarifa del impuesto Tarifa general 13% Tarifas especiales Madera 10%
Consumo de energía eléctrica residencial 5%. (superior 250kw) (Art. 10 LIGSV y 17 Reglamento) 13

14 Liquidación y pago Los contribuyentes deben presentar la declaración y pagar el impuesto a más tardar el décimo quinto día natural siguiente, de las ventas correspondientes al mes anterior. (Art. 15 LIGSV) 14

15 Determinación del impuesto por pagar
Débito fiscal impuesto cobrado a los clientes. Menos: Crédito fiscal: Impuesto pagado a proveedores, Compras, importaciones, materias primas, primas de seguros, servicios gravados (Art. 14 LIGSV) 15

16 EJEMPLOS DE CRÉDITOS Impuesto pagado por:
Compra de bienes, materia prima, insumos, envases, materiales de empaque etc Maquinaria y equipo, sus partes, energía eléctrica etc que se utilicen en el proceso de producción, comercialización y distribución de los bienes, sean gravados o exentos (exportación) Primas de seguro que protegen bienes, maquinaria e insumos utilizados en el proceso de producción (bienes y servicios gravados). Incluye tratamiento de desechos. (reforma con Ley No.9128 publicada 12 abril 2013) 16

17 EJEMPLOS DEL CRÉDITO Cuando con motivo de la prestación de servicios no sujetos se utilicen o incorporen mercancías o servicios que han pagado el impuesto en etapas anteriores, lo así pagado no se reconocerá como crédito ni se devolverá al interesado. Tratándose de mercancías que puedan utilizarse indistintamente en servicios gravados y exento, se calcula la proporción correspondiente. Ej. maquinaria o equipo. (Art. 14 LIGSV y art. 21 RLIGSV) 17

18 SALDO A FAVOR (art.14 LIGSV)
Cuando la diferencia entre el débito y el crédito fiscales sea a favor del contribuyente, el saldo existente se transferirá al mes o meses siguientes. 18

19 Cómo calcular IVA en importaciones?
DAI= (CIF*TC)*%DAI SC= (CIF*TC)+DAI)*SC LEY 6946= (CIF*TC) *ley 6946 IVA= (CIF*TC)+DAI+SC+LEY6946)*IVA

20 Ejemplo: cálculo para el mes de marzo del 2018 (1 al 30 de marzo del 2018):
Ventas netas gravadas        (¢ x 13%)                      ¢ Compras  netas del mes      (¢ x 13%) =             -¢ Impuesto neto del período                                                        ¢ Solicito compensar con crédito a mi favor por el monto de       -¢ Impuesto por pagar                                                                  ¢   0.000

21 Ley Forestal. Ejemplo: cálculo para el mes de enero del 2018 (1 al 31 de enero )
Ventas netas gravadas        (¢ x 10%) =                     ¢ Compras  netas del mes      (¢ x 10%) =                    -¢ Impuesto neto del período                                                        ¢ Impuesto por pagar                                                                 ¢  50.000

22 sanción: CIERRE DE NEGOCIOS
Reincidencia en la no emisión y entrega de comprobantes de venta. Retención y no pago del impuesto general del impuesto sobre ventas,. No presentación de declaración jurada del impuesto. Art.86 Código de Normas y Procedimientos Tributarios. 22

23 PRESCRIPCIÓN ART.51 Código Tributario Ejemplos: octubre, noviembre y
Diciembre Cuándo prescribe? Inicia enero-2017? -Modificación Ley dic-2016, 1° del mes sigte a la fecha que corresponde pagar

24 TEMA IMPUESTO DE VENTAS
FIN TEMA IMPUESTO DE VENTAS


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