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XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN

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Presentación del tema: "XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Los derechos humanos de los migrantes y sus familias Secretaría de Relaciones Exteriores 19 de mayo de 2010

2 Esquema de la presentación
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Esquema de la presentación MARCO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES: Antecedentes. Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias: antecedentes y contenido. Comité para la protección de los trabajadores migratorios. Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo. PRINCIPALES RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A MÉXICO POR LOS MECANISMOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS EN LA MATERIA.

3 Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México
XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN 1. Marco internacional de protección de los derechos humanos de los migrantes ANTECEDENTES. Resolución 1706 (LIII) del Consejo Económico y Social (1972). Resolución 2920 (XXVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1972). Informe de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías sobre la explotación de la mano de obra por medio del tráfico ilícito y clandestino (1976). Conferencia Mundial para combatir el Racismo y la Discriminación Racial (1978). Resolución 34/172 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1979).

4 Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México
XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Entrada en vigor: 1º de julio de 2003. Consta de nueve partes: Alcance y definiciones; No discriminación en el reconocimiento de derechos; Derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; Otros derechos de los trabajadores migratorios y sus familiares que estén documentados o se encuentren en situación regular; Disposiciones aplicables a categorías particulares de trabajadores migratorios; Promoción de condiciones satisfactorias, equitativas, dignas y lícitas en relación con la migración internacional; Aplicación de la Convención; Disposiciones generales; Disposiciones finales.

5 … Convención internacional
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Convención internacional - La parte I de la Convención ofrece la definición más amplia de trabajadores migratorios de las que se encuentran en los instrumentos internacionales relativos a los migrantes. Se define al «trabajador migratorio» como «toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada en un Estado del que no sea nacional». La parte II de la Convención se refiere al principio de no discriminación. En la parte III se señalan los derechos relacionados específicamente con los trabajadores migratorios y sus familiares. La parte IV se refiere a los derechos de los trabajadores migratorios y sus familias que se encuentren en situación regular.

6 Comité para la protección de los trabajadores migratorios
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Comité para la protección de los trabajadores migratorios En el artículo 72 se prevé el establecimiento de un comité encargado de observar la aplicación de la Convención: el Comité de protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. El Comité está integrado por 10 expertos elegidos por los Estados Partes, un mexicano Dr. Francisco Alba) forma parte del Comité. En la Convención se prevé la cooperación estrecha entre el Comité y los organismos internacionales, en particular la Organización Internacional del Trabajo.

7 Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes El mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes fue creado en 1999 por la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la resolución 1999/44. Por medio de la resolución 8/10 del 10 de junio de 2008, el Consejo de Derechos Humanos reforzó el mandato del Relator Especial y decidiría prorrogarlo por un período de tres años. El mandato del Relator Especial abarca todos los países, independientemente de si un Estado ha ratificado la Convención en la materia.

8 Convenios de la Organización Internacional del Trabajo
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Convenios de la Organización Internacional del Trabajo Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (Nº 97), que se basa en el principio de igualdad de trato de los nacionales y los trabajadores migratorios regulares en las esferas relacionadas con el trabajo. Convenio sobre los trabajadores migrantes (Disposiciones complementarias), 1975 (Nº 143), que tiene como fin eliminar la migración ilegal y el empleo ilegal y establece requisitos para el respeto de los derechos de los migrantes en situación irregular, al tiempo que se proponen medidas para poner fin al tráfico clandestino y sancionar a los empleadores de migrantes irregulares.

9 Principales recomendaciones dirigidas a México
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN Principales recomendaciones dirigidas a México Observaciones finales del Comité de protección de los trabajadores migratorios  Considerar adoptar las necesarias medidas legislativas con miras a retirar su reserva al párrafo 4 del artículo 22 de la Convención a fin de garantizar el derecho de los interesados a exponer las razones que les asisten para oponerse a su expulsión, así como a someter su caso a la autoridad competente. También recomienda que el Estado Parte: a) Garantice que los trabajadores migratorios y sus familiares sólo sean expulsados del territorio del Estado Parte, en cumplimiento de una decisión adoptada por la autoridad competente conforme a la ley; b) Comunique la decisión de expulsión a los trabajadores migratorios y sus familiares en un idioma que puedan entender e indique los motivos de la decisión, salvo en circunstancias excepcionales justificadas por razones de seguridad nacional; c) Garantice el derecho a reclamar una indemnización conforme a la ley cuando una decisión de expulsión ya ejecutada sea ulteriormente revocada. Orientar los esfuerzos a la creación de una ley de migración que corresponda a la nueva realidad migratoria del país y se ajuste a lo dispuesto por la Convención y otros instrumentos internacionales aplicables. Esta ley deberá eliminar -inter alia– como delito penado con privación de libertad la entrada irregular de una persona en su territorio.

10 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Estudiar la posibilidad de adherirse cuanto antes a los Convenios Nº 97 y Nº 143 de la OIT sobre los trabajadores migratorios. Continuar capacitando a todos los funcionarios que trabajan en la esfera de la migración, especialmente a nivel local, y en particular al personal del INM y de la Policía Federal involucrados en la labor de apoyo al INM en materia de gestión migratoria, así como a los funcionarios de los Grupos Beta. Proporcionar recursos adecuados, tanto financieros como humanos al INM a fin de que éste pueda implementar adecuadamente todas las actividades previstas en su mandato en al área migratoria. Intensificar los esfuerzos para asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familiares que se encuentren dentro de su territorio o sometidos a su jurisdicción los derechos previstos en la Convención sin distinción alguna, de conformidad con el artículo 7. Intensificar los esfuerzos promoviendo campañas para sensibilizar a los funcionarios públicos que trabajan en el área migratoria, especialmente a nivel local, así como al público en general contra la discriminación de los migrantes y combatir su estigmatización y marginalización social, incluyendo en estas acciones a los medios de comunicación.

11 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Garantizar que en la legislación y en la práctica los trabajadores migratorios y sus familiares, incluso los que están in situación irregular, tengan los mismos derechos que los nacionales del Estado Parte para presentar denuncias y acceder a mecanismos de reparación ante los tribunales de justicia. Garantizar que toda persona cuyos derechos o libertades, reconocidos en la Convención, hayan sido violados pueda obtener una reparación efectiva. Seguir tomando medidas para mejorar las condiciones de detención en las estaciones migratorias de conformidad con los estándares internacionales y solucionar el problema del hacinamiento. No utilizar para el aseguramiento de migrantes locales destinados a la detención preventiva y/o a la privación de libertad de personas en conflicto con la ley. Investigar las denuncias de malos tratos y tratos crueles y degradantes cometidos por funcionarios públicos en las estaciones migratorias y sancione a los responsables.

12 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Informar sin demora a las autoridades consulares o diplomáticas del Estado de origen cuando un trabajador migratorio o un familiar suyo sea arrestado o detenido, si este lo solicita. Asegurar que los migrantes permanezcan privados de la libertad durante el menor tiempo posible. Intensificar los esfuerzos para abordar urgentemente el problema de los malos tratos y otros actos de violencia contra trabajadores migratorios y sus familiares independientemente de quién los cometa. En particular, garantizar la investigación de dichos actos y que los responsables sean procesados y sancionados. Vigilar adecuadamente que la verificación migratoria y el aseguramiento de migrantes sea realizado exclusivamente por las autoridades facultadas para hacerlo y que cada violación en este sentido sea denunciada oportunamente. Continuar tomando medidas adecuadas para proteger a las mujeres trabajadoras domésticas, inclusive el acceso a una situación migratoria regular y un involucramiento más frecuente y sistemático de las autoridades laborales en la supervisión de sus condiciones de trabajo. El Comité recomienda también que las mujeres trabajadoras migratorias del servicio doméstico puedan acceder a mecanismos de denuncia contra los empleadores y que todos los abusos, incluso los malos tratos, sean investigados y sancionados.

13 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Tomar las medidas necesarias incluso enmiendas legislativas, para garantizar a los trabajadores migratorios y a sus familiares el derecho a establecer asociaciones y sindicatos, así como acceder a la dirección de los mismos, de conformidad con el artículo 40 de la Convención. Tomar las medidas necesarias para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores agrícolas de temporada, por ejemplo garantizando que la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo vigile sistemáticamente el cumplimiento de las normas que regulan el trabajo de los jornaleros agrícolas. Intensificar los esfuerzos para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, especialmente mujeres y niños, incluso adoptando medidas adecuadas para detectar los movimientos ilegales o clandestinos de trabajadores migratorios y sus familiares y sancionar las personas y/o grupos que dirijan esos movimientos o presten asistencia a este efecto. Investigar apropiadamente las denuncias de involucramiento de funcionarios públicos en estos crímenes y adecuadamente persiga y sancione a los responsables.

14 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Prestar particular atención a la situación de vulnerabilidad de los menores migrantes no acompañados. En este sentido: a) Fortalecer los programas para la repatriación segura y ordenada de los menores no acompañados, tanto en la frontera sur como en la frontera norte; b) Proporcionar capacitación específica sobre los derechos de los niños a los funcionarios públicos que trabajan en áreas fronterizas y que entran en contacto con menores no acompañados; c) Garantizar que la detención de los niños y adolescentes migrantes —acompañados o no— se lleve a cabo de conformidad con la ley y se utilice tan sólo como medida de último recurso y en el período más breve que proceda; d) Fortalecer la cooperación con la sociedad civil y las organizaciones internacionales, a fin de abordar el fenómeno creciente de menores no acompañados.

15 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Relatoría Especial sobre los derechos humanos de los migrantes Revisar la legislación relativa a la expulsión (artículo 33 de la Constitución y prácticas correspondientes estipuladas en la Ley general de población) y formule políticas de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, y que se expulse a los migrantes únicamente en cumplimiento de una decisión adoptada por la autoridad competente en virtud de la legislación. Además, estudiar la posibilidad de adoptar medidas para retirar su reserva al párrafo 4 del artículo 22 de la Convención sobre los trabajadores migratorios. Calificar la entrada ilegal en el país como falta administrativa y no como delito. Revisar la edad legal de la minoría de edad en los planos federal y estatal y abarcar a todos los niños, independientemente del sexo, menores de 18 años. Adoptar medidas inmediatas en materia de trabajo infantil de los migrantes, a saber: una mejor campaña nacional de educación contra el trabajo infantil, la aplicación de la legislación por la que se tipifica como delito la práctica del trabajo infantil y el enjuiciamiento y el castigo de la contratación de menores de edad en los planos federal y estatal.

16 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Revisar los acuerdos bilaterales con los consulados de los países en los que se encuentra a migrantes en México y formular disposiciones más específicas sobre: a) los gastos ocasionados por el retorno; b) la gestión de la recepción de los migrantes; c) el transporte desde la frontera o la oficina consular hasta el hogar familiar u otro destino seguro; d) la prestación de atención médica de urgencia en caso necesario; y e) el suministro provisional de ropa, alimentos y vivienda, si correspondiera. Adoptar las medidas necesarias para que las autoridades competentes lleven a cabo exclusivamente el control de la migración y el aseguramiento de los migrantes y que se denuncie rápidamente cualquier violación en ese sentido. Dedicar recursos adicionales a mejorar los datos sobre el trabajo de los migrantes en el ámbito doméstico, en particular, aunque no exclusivamente, la investigación del número y la nacionalidad de los trabajadores domésticos y los empleadores de trabajadores migratorios en el servicio doméstico. Examinar los posibles abusos en el proceso de contratación, mediante investigaciones de los organismos de contratación y los sistemas de inscripción de trabajadores migratorios para el servicio doméstico.

17 … Principales recomendaciones
Introducción general sobre la protección de los derechos humanos en México XV CONFERENCIA REGIONAL SOBRE MIGRACIÓN … Principales recomendaciones Crear un mecanismo para que los trabajadores, incluso los que estén en situación irregular, puedan presentar denuncias de abusos en relación con prácticas laborales injustas en el servicio doméstico, y mejore los servicios de apoyo y los centros de acogida para las víctimas de abusos en el servicio doméstico. Introducir reformas legislativas adecuadas contra la impunidad por las violaciones de los derechos humanos, una de las principales deficiencias del sistema judicial. Establecer la obligación de comunicar anualmente el número de actuaciones judiciales, como detenciones y condenas contra autores de violaciones de los derechos humanos de los migrantes, y en particular el número de actuaciones judiciales contra los autores de abusos en relación con el trabajo infantil. Continuar ofreciendo programas de regularización migratorias, asegurando que sean acompañadas de campañas de difusión e información amplias, con el apoyo de la sociedad civil.


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