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Publicada porBenito Serrano Navarrete Modificado hace 6 años
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TEMA 26. GESTIÓN Y CONTROL DE TALONARIOS DE RECETAS EN EL SAS: CIRCULAR 7/93. ADQUISICIÓN DE TALONARIOS DESDE ATENCIÓN PRIMARIA. CENTRO DISTRIBUIDOR DE RECETAS. FACULTATIVOS : CUSTODIA, USO DE TALONARIOS Y SELLOS. EXTRAVÍO O ROBOS. INFORMATIZACIÓN DE TALONARIOS. Dr. Juan Carlos Montero Torrejón Técnico de Salud Especialidad del Medicamento Distrito Sanitario Sevilla Norte
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El ámbito de aplicación: - Servicios Centrales.
La Circular 7/93 de 23 de Diciembre sobre Gestión y Control de Recetas del S.A.S. El ámbito de aplicación: - Servicios Centrales. - Delegaciones Provinciales. - Centros Hospitalarios. - Distritos de Atención Primaria. La aplicación informática que actualmente se utiliza para la gestión y control de talonarios es FARMA en lugar de GESTALON.
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CENTROS DE DISTRIBUCIÓN DE RECETAS (CDR)
La ordenación, supervisión y control de los C.D.R Dirección de Distrito Sanitario Delegación Provincial Responsable del funcionamiento Dirección de los Centros con C.D.R
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Los encargados del C.D.R. son los responsables (I)
De la ordenación, supervisión y control de los C.D.R., así como de la previsión de sus necesidades (Estadillos de necesidades) y el mantenimiento de un stock mínimo de recetas que garantice la asistencia ( Estadillo de existencias). Conocer la asignación de talonarios (presupuestos de talonarios) de los facultativos de su Centro. Entregar los talonarios de forma ordenada según numeración. Entregar los talonarios con la matriz o recibo. Enviar diariamente las matrices firmadas a la Dirección de Distrito o Servicio de Farmacia. Anotar en cuaderno o base de datos los talonarios que entrega. Rellenar la ficha de identificación y adscripción a la plaza a todos los facultativos que presten su servicio en el Centro. Datos mínimos: - Datos identificativos del médico (CNP, nombre y apellidos, fecha de alta y fecha de baja). - Datos identificativos de la plaza médica (clave médica), centro distribuidor de recetas, fecha, firma que identifique a la encargada del C.D.R.
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Los encargados del C.D.R. son los responsables (II)
Los C.D.R. contarán con un sello de caucho con la denominación del Centro y población en que radica, en el que destaquen las siglas “C.D.R.” y el Código que le corresponda. El control informatizado de distribución de talonarios de recetas exige que todos los C.D.R. cuenten con un Código numérico que los identifique inequívocamente. Corresponde a las Delegaciones Provinciales responsables de la gestión y control de talonarios de recetas, la Codificación de los Centros de Distribución de la provincia.
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ADQUISICIÓN DE TALONARIOS DESDE ATENCIÓN PRIMARIA
1.- RECEPCIÓN Y ENVÍO DE TALONARIOS DE RECETAS.
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ADQUISICIÓN DE TALONARIOS DESDE ATENCIÓN PRIMARIA
1.- RECEPCIÓN Y ENVÍO DE TALONARIOS DE RECETAS. 2.- PROCEDIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN DE TALONARIOS
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RESPONSABILIDADES DEL FACULTATIVO EN LA TENENCIA Y USO DE TALONARIOS DE RECETAS
Los talonarios de recetas que se entregan son nominativos y por tanto, personales e intransferibles. Los facultativos están obligados a devolver a su C.D.R. las recetas no consumidas cada vez que cesen en el desempeño de actividades asistenciales en el Centro (en 3 días hábiles). Las devoluciones de recetas se documentarán mediante la cumplimentación, por el C.D.R. que corresponda, para cada tipo de receta y por duplicado, del impreso (Hoja de devolución) donde se identificarán por su numeración todas las recetas y talonarios devueltos. Un ejemplar quedará en posesión del C.D.R y el otro se remitirá al distrito (Servicio de Farmacia), para su gestión y control, mensualmente. Los talonarios completos pueden ser reasignados mediante cumplimentación de la Hoja de reasignación. Una copia de dicha copia quedará en posesión del C.D.R y el otro se remitirá al Distrito (Servicio de Farmacia).
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INFORMATIZACIÓN DE TALONARIOS
Aplicación FARMA (tema 49)
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ASIGNACIÓN DE TALONARIOS DE RECETAS A SUSTITUTOS
Cada vez que causen alta en una clave médica (o sustituyan a un médico diferente), se deberá hacer una nueva ficha de identificación perfectamente cumplimentada.
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ASIGNACIÓN DE TALONARIOS DE RECETAS A SUSTITUTOS
Cada vez que causen alta en una clave médica (o sustituyan a un médico diferente), se deberá hacer una nueva ficha de identificación perfectamente cumplimentada. Aquellas fichas que no estén debidamente cumplimentadas se devolverán al C.D.R. correspondiente. El C.D.R. le facilitará únicamente el número de talonarios de recetas correspondientes al período y a la clave médica en la que va a efectuar la sustitución. El número de talonarios asignados será el estimado según la clave médica y el número de días que va a sustituir. Una vez finalizado su período de contrato, deberá devolver los talonarios de recetas, tanto completos como incompletos, al C.D.R. donde se los entregaron, y se le entregara un justificante de cada devolución . En cada cambio de clave médica (aún dentro del mismo municipio o Z.B.S.), deberá devolver los talonarios completos e incompletos al C.D.R. de la Z.B. y en dicho C.D.R. Cada C.D.R. deberá remitir obligatoriamente al área del medicamento la relación de sustitutos (días trabajados y talonarios entregados) mensualmente .
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EXTRAVÍO O ROBOS DE TALONARIOS DE RECETAS
El médico deberá denunciarlo, de inmediato, ante los Cuerpos de Seguridad del Estado o Juzgado correspondiente. Poniendo el hecho en conocimiento de su C.D.R. en el que se entregará una copia de la denuncia. Los encargados del C.D.R., tanto en el caso de las denuncias recibidas de sus facultativos como de las que hubiesen tenido que hacer ellos mismos, por robo o extravío de recetas o sellos, cumplimentarán, recogiendo el mayor número de datos posible, el actual Modelo de Comunicación de robo/extravío de recetas y sellos que se adjunta, el cual junto a la copia de la denuncia, remitirán en el plazo de 24 horas a la Unidad de Gestión (Distrito Sanitario y Delegación Provincial) de que dependan, la cual procederá a su inmediata informatización en la aplicación informática FARMA.
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