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Publicada porInés Villalba Blanco Modificado hace 6 años
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AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN FISCAL DE YUCATÁN
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En el Capítulo VIII. De las Obligaciones de la Dirección de Administración y Recursos; Artículo 23; Fracción L. del Reglamento de la Ley de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán, indica: Implementar políticas de control interno de expedientes, que rija de forma unificada el actuar de todas las unidades administrativas. Y en el Capítulo II. De las obligaciones de transparencia comunes; Artículo 70; Fracción XLV. De la Ley de transparencia y acceso a la información pública indica la obligación de publicar El catálogo de disposición y guía de archivo documental.
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Archivística “Es la ciencia que se ocupa de los archivos en sus aspectos teóricos y prácticos, estableciendo principios inalterables y estudiando técnicas adecuadas de gestión de documentos, administración y tratamiento técnico de archivos, así como la función jurídica, administrativa y científica de los mismos, desde un punto de vista archivístico o de ciencias y técnicas diversas, y su relación con las entidades productoras de los conjuntos orgánicos de documentos a fin de manejar y hacer accesible la información de los fondos documentales”.
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Archivo en Trámite Objetivo : Al finalizar el capacitado organizará y conservará los archivos de trámite a partir de la integración, la clasificación y la ordenación de expedientes por medio del Catálogo de disposición documental y el Catálogo Topográfico, para así poder proporcionar un servicio de calidad.
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Responsabilidades de la Coordinación Archivística
Cuadro de Clasificación General Reglamento o Lineamientos de Archivística Catálogo de Disposición Documental portada y ceja de Expedientes Inventario General y de transferencia primaria Responsabilidades de la Coordinación Archivística portada para los contenedores Boleta de Préstamo de Expediente Reglamento de Consulta
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Unidad documental constituida por uno o varios documentos de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de una dependencia o entidad. Se entenderá por Expediente la integración de la documentación original y esencial que requiera cada una Unidades Administrativas, para cumplir con las atribuciones de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán.
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Archivo en Concentración
VALORACION ARCHIVISTICA Clasificación de la Información Valor Documental Destino Final Vigencia Documental Administrativo Publica Archivo en Tramite Baja Legal Reservada Histórico Archivo en Concentración Contable ó Fiscal Confidencial
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Valor Documental Administrativo:
Este valor es el asignado a los documentos que sirven para realizar operaciones administrativas propias de la AAFY y las relacionadas con los destinatarios de un trámite.
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Valor Documental Legal:
Aquel que contienen los documentos dispositivos del Estado que afectan al orden general. Por ejemplo, los documentos que sustentan derechos como los libros del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
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Valor Documental Contable o fiscal:
El uso que pueden tener algunos documentos de este grupo, están marcados por reglamentos o normas que deben ser atendidas para la vigencia, la retención o guarda precautoria, y para la disposición final.
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Clasificación de la Información
Pública: Toda información que genere el sujeto obligado que involucre el ejercicio de recursos públicos siempre y cuando no sea reservada o confidencial
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Clasificación de la Información
Reservada: De conformidad con el artículo 113, fracción I de la Ley General, podrá considerarse como información reservada, aquella que de difundirse actualice o potencialice un riesgo o amenaza a la seguridad nacional
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Clasificación de la Información
Confidencial: De acuerdo a la Ley de transparencia y acceso a la información pública, en el Capítulo VI. De La Información Confidencial, Trigésimo octavo. Se considera información confidencial I. Los datos personales en los términos de la norma aplicable; II. La que se entregue con tal carácter por los particulares a los sujetos obligados, siempre y cuando tengan el derecho de entregar con dicho carácter la información, de conformidad con lo dispuesto en las leyes o en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y III. Los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos.
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Vigencia Documental Este plazo abarca un tiempo durante el cual se concede al otorgante y al destinatario la posibilidad de revisar algún aspecto que parezca impugnable; es decir, se retienen los expedientes con el fin de responder a posibles reclamaciones administrativas o jurídicas. AT: 1 AÑO AC: Este periodo dependerá de la Normatividad aplicable a la subserie correspondiente y será determinado por cada Unidad Administrativa.
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Destino Final Baja: La eliminación de aquella documentación que haya prescrito en sus valores administrativos, legales, fiscales o contables, y que no contenga valores históricos Histórico: Determinado por el Archivo General del Estado de Yucatán (AGEY).
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Cronograma de Actividades relacionadas a la creación del Catálogo de Disposición Documental (CADIDO)
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EXPEDIENTE JUAN PEREZ X X X X X 1 X X X 03/07/2016
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IMPRESIÓN DE CEJA Y ETIQUETA DE CAJON
CARPETA Ó FOLDER
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Cajón o Caja para Archivos
IMPRESIÓN DE CEJA Y ETIQUETA DE CAJON Cajón o Caja para Archivos
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REGLAMENTO DE CONSULTA
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¡Gracias!
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