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Publicada porRosa Acuña Mendoza Modificado hace 6 años
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PROTOCOLO PARA MANEJAR SITUACIONES DE VIOLENCIA DOMÉSTICA EN EL LUGAR DE TRABAJO
Política
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Alcance Empleados Regulares Empleados Temporeros Contratistas
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Propósito Proveer un lugar de trabajo seguro para todos nuestros empleados y personal contratado. Fortalecer los esfuerzos de prevención e intervención. Establecer una herramienta para proveer medidas, procedimientos y la ayuda necesaria a victimas de violencia domestica en su entorno laboral.
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Protocolo Las siguientes personas están a cargo de los asuntos relacionados a situaciones de violencia domestica en el lugar de trabajo: -Representante de Recursos Humanos de su División -Enfermera -Representante de Seguridad -Supervisor Inmediato del empleado/a Estas personas son responsables de velar por el fiel cumplimiento del mencionado Protocolo, incluyendo pero sin limitarse, a coordinar las correspondientes orientaciones sobre el mismo y la búsqueda de ayuda para aquellos empleados que sean victimas de actos de violencia doméstica en el lugar de trabajo. No obstante, usted puede reportar cualquier incidente de violencia doméstica a cualquier Supervisor de la empresa quien será responsable de canalizar la información de manera confidencial a las personas encargadas.
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Definiciones Violencia doméstica- patrón de conducta constante de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación o persecución contra una persona por parte de su conyugue, una persona con quien cohabita o haya cohabitado, una persona con quien sostiene o haya sostenido una relación consensual. O una persona con quien haya procreado hijos, para causarle daño físico a su persona, a sus bienes o a la persona de otro, o para causarle daño emocional. Violencia psicológica- patrón de conducta constante ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal, limitación irrazonable al acceso y manejo de los bienes comunes, chantaje, vigilancia constante, aislamiento, privación de acceso a alimentación o descanso adecuado, amenazas de privar la custodia de los hijos o destrucción de objetos preciados por al victima, excepto aquellos que pertenecen privativamente al ofensor.
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Definiciones Persecución- mantener a una persona bajo vigilancia constante o frecuente con presencia del perseguidor en los lugares inmediatos o relativamente cercanos al hogar, residencia, escuela, trabajo o vehículo en el cual se encuentre la victima, de tal modo que infunda temor o miedo en el animo o miedo en el animo de una persona prudente y razonable. Intimidación- toda acción o palabra que, manifestada en forma recurrente, tenga el efecto de ejercer presión moral sobre el animo de una persona, la cual, por temor a sufrir una daño físico o emocional en su persona, sus bienes o en la persona de otro, es obligada a llevar a cabo un acto contrario a su voluntad. Lugar de trabajo- cualquier espacio en el que una persona realiza funciones cómo empleado y los alrededores de este espacio. Cuando se trate de edificación o estructura física incluye los espacios circundantes cómo almacenes y estacionamientos..
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Definiciones Víctima/ Sobreviviente- cualquier persona que hay sido objeto de violencia doméstica. Violencia en el trabajo- incluye pero no esta limitado a; intimidación, amenazas, ataques físicos, violencia doméstica, daño a la propiedad e incluye cualquier acto de violencia en contra de empleados. Persona que incurre en actos de violencia- persona que emplea fuerza física o violencia psicológica, intimidación o persecución contra su pareja Orden de protección- mandato expedido por escrito bajo el sello del Tribunal, en el cual se dictan medidas a una persona que incurre en actos de violencia doméstica para que se abstenga de llevar a cabo las mismas.
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Definiciones Ataque físico- contacto hostil, no deseado como pegar, empujar, tirar objetos en contra de una persona. Comité para el Manejo de Situaciones de Violencia Domestica en el Lugar de Trabajo-Comité designado para apoyar y establecer el plan de trabajo de las victimas de violencia domestica. Este comité se compone de la Enfermera de turno, el/la Representante de Recursos Humanos de su división, un Representante de Seguridad y el Supervisor del departamento del empleado.
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Declaración De Política Pública
MPROC reafirma se compromiso de mantener un área de trabajo segura para todos sus empleados, clientes, suplidores y visitantes. MPROC no tolerara la violencia domestica en el lugar de trabajo, ni el discrimen por ser victima o ser percibido como victima de violencia domestica, agresión sexual o asecho. MPROC no tomara ninguna acción desfavorable hacia un empleado debido a que este enfrentando una situación de violencia domestica. MPROC esta comprometida en asistir a cualquier empleado que sea victima de violencia domestica en la búsqueda y obtención de los recursos y remedios que necesite para atender situaciones de este tipo. La información que provea la victima se mantendrá en la más completa confidencialidad consistente con las obligaciones de MPROC bajo esta política.
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Base Legal y Aplicabilidad
Ley Num. 217 de 29 de septiembre de 2006, Ley del Protocolo sobre el Manejo de Violencia Domestica en el empleo Ley Num. 538 de 30 de septiembre de 2004, enmienda la Ley Núm. 54 Ley Num. 271 de 21 de diciembre de 2006 Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Domestica Ley Núm. 284 de 24 de agosto de 1999, Ley Contra el Asecho en Puerto Rico. Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Núm. 16 de 5 de agosto de 1975 El Acta de Salud y Seguridad en el Trabajo, OSHA, de 1970
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Responsabilidades Representante de Recursos Humanos: Supervisor:
Coordinar el manejo del protocolo. Servir de apoyo al personal de supervisión para el manejo de situaciones de violencia domestica. Junto al Supervisor y la victima/sobreviviente, preparar un plan de acción y seguridad y coordinar aquella ayuda necesaria para la victima/sobreviviente, ya sea ayuda externa o ayuda interna de la empresa. Supervisor: Atender de forma preliminar aquellos asuntos relacionados con violencia domestica que le informe cualquier empleado o empelada que este siendo afectada por ese tipo de situación aunque se trate de personas que no están bajo su supervisión. Junto a la persona a cargo de los asuntos de violencia domestica, estará a cargo de orientar al empleado o empleada de realizar un análisis de sus necesidades y de preparar un plan de seguridad junto al empleado o empleada. Empleados/Victimas: Notificar a su Supervisor sobre cualquier situación de violencia domestica que puedan observar o de la cual tengan conocimiento, y de abstenerse de dicha conducta. El que comete cualquier acto de violencia domestica, agresión sexual o asecho estará sujeto a acción disciplinaria severa tal como despido. Notificar a un Supervisor o a la persona responsable de cualquier incidente que pudiese representar un riesgo para el o para los demás empleados en el lugar de trabajo
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Procedimiento El empleado que se considere victima de violencia domestica podrá recurrir a cualquier Supervisor, incluyendo su Supervisor inmediato o su Representante de Recursos Humanos para solicitar ayuda. El Supervisor acudirá de inmediato al Representante de Recursos Humanos de su división para solicitar ayuda en el manejo de su situación. El Representante de Recursos Humanos explorará la situación, citará a la persona involucrada y la/ lo entrevistará utilizando el Formulario para Entrevista Inicial y establecerá un Acuerdo de Confidencialidad con la persona firmando ambas personas el formulario provisto para este fin. El Representante de Recursos Humanos, junto a la persona involucrada y su Supervisor(a) prepararán un Plan de Seguridad Individual. Como parte de dicho plan, se determinara si es necesario obtener una orden de protección en los tribunales. El Representante de Recursos Humanos y el Representante de Seguridad le informarán a las personas de las áreas afectadas sobre el Plan de Seguridad. La Enfermera referirá a la victima/ sobrevivientes a aquellas organizaciones y agencias externas que proveen ayuda para este tipo de situación. (Se completará la Hoja de Autorización para Referidos.) El Representante de Recursos Humanos ofrecerá seguimiento a la situación según sea necesario.
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