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UNCTAD – TRAIN FOR TRADE
UNCTAD – TRAIN FOR TRADE Valencia, Organización del sistema portuario de interés general José Antonio Morillo-Velarde del Peso Jefe de la Asesoría Jurídica de Puertos del Estado
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MODELO CONSTITUCIONAL Y SISTEMA PORTUARIO
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO Estado complejo (Título VIII de la Constitución): Administración del Estado Comunidades Autónomas Provincias, Municipios, Islas
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MODELO CONSTITUCIONAL Y SISTEMA PORTUARIO (II)
COMPETENCIAS ESTATALES (art CE): Puertos de interés general (46) Se enumeran en el Anexo I de la Ley de Puertos del Estado Dársenas pesqueras y deportivas incluidas La competencia para declarar un puerto de interés general corresponde al Estado (STC 40/1998) COMPETENCIAS AUTONÓMICAS (art ª CE) Puertos comerciales NO de interés general Puertos pesqueros, deportivos y de refugio posible segregación de dársenas de puertos de interés general (Art. 3-6 T.R.)
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LA LEGISLACION PORTUARIA EN ESPAÑA
ANTECEDENTES Ley de puertos de 1880 y Decreto-Ley de 19 de enero de 1928 Ley 27/1968, de 20 de junio, de Juntas de Puertos y Puertos con Estatuto de Autonomía Junta de Puertos Comisión Administrativa de Grupo de Puertos. Puertos con Estatuto de Autonomía
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LA LEGISLACION PORTUARIA EN ESPAÑA (II)
LEY 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante Principio de autosuficiencia financiera “Huida del Derecho administrativo” De D. G. de Puertos a Puertos del Estado De Juntas de Puertos a Autoridades Portuarias (28) Las tarifas por servicios: precios privados Régimen de contratación de Derecho privado
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LA LEGISLACION PORTUARIA EN ESPAÑA (III)
Ley 62/1997, de 26 de diciembre Origen político. Propósitos: Reforzar la autonomía funcional AA. PP., gestión empresarial CC. AA. nombran Presidente y resto del Consejo de Admón. (con cuotas Estado, Ayuntamientos y sectores económicos) Potenciar la presencia del sector privado en las operaciones portuarias
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LA LEGISLACION PORTUARIA EN ESPAÑA (IV)
Ley 48/2003, de 26 de diciembre Cataclismo financiero por STC 185/1995, de 14 de diciembre Retorno a las tasas Liberalización de los servicios portuarios, prestados por sector privado: previa licencia y en régimen de competencia
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LA LEGISLACION PORTUARIA EN ESPAÑA (V)
Ley 33/2010, de 26 de diciembre Fruto del consenso político Avanza en los ppos. Ley 48/2003 Refuerza comp. AA. PP. en materia tarifaria. Profundiza en la liberalización de los servicios portuarios. SAGEP (STJUE 14-XII-2014) Autoriza refundición T.R. 2/2011, de 5 de septiembre.
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ORGANIZACIÓN PORTUARIA ESTATAL (I)
Ministerio de Fomento (R. D. 452/2012, de 5 de marzo): Ministra S. E. Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Transportes Puertos del Estado 28 Autoridades Portuarias Gestionan 46 puertos de interés general
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ORGANISMO PUBLICO PUERTOS DEL ESTADO (I)
Es Admón. Pública Sujeto a D. privado si no ejerce potestades públicas (contratación) Órganos de Gobierno: Presidente: Nombrado por Real Decreto Titular de la competencia residual Consejo Rector: Entre 12 y 15 miembros, nombrados por Mto. FOM
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ORGANISMO PUBLICO PUERTOS DEL ESTADO (II)
Competencias: Ejecución política portuaria del Gob. Coordinación y control sistema portuario Formación e investigación en materia portuaria Planificación y control del sist. señalización marítima Funciones: Definir objetivos AA. PP. por plan de empresa: consenso o, en su defecto, aprob. por Mto. Aprobar programación financiera y de inversiones AA. PP.: consolidación presupuestos. Control de legalidad acuerdos AA. PP. (art. 35 T.R.)
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AUTORIDADES PORTUARIAS(I)
Son Admón. Pública, sujetas a D. privado si no ejerce potestades públicas (contratación). Funciones: administración, gestión y explotación de 1 ó más puertos de interés general. Órganos de Gobierno: Presidente: nombrado por CC. AA. Consejo de Administración: Competencia residual
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AUTORIDADES PORTUARIAS(II)
Composición del Consejo de Administración. Presidente Capitán Marítimo (Administración marítima) Vocales (entre 10 y 13, salvo archipiélagos, hasta 16) A.G.E. 4: Capt. Marítimo, Abogado del Estado, representante OPPE y otro. CC.AA.: 4 vocales (además del Presidente) Archipiélagos: cada isla, 1 representante Municipios: 33 % del resto (preferente el que da nombre) 66% resto: Cámara de Comercio, org. Empresariales y sindicales, sectores económicos vinculados con el puerto.
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AUTORIDADES PORTUARIAS(III)
Órgano de gestión: el Director. Nombrado y separado por mayoría absoluta C. de Admón. Impugnación de acuerdos órganos de Gob. (art. 35 T.R.) Recurso de alzada impropio Revisión de oficio Impugnación de acuerdos del Director: Dictamen de la Abogacía General del Estado de
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José Antonio Morillo-Velarde del Peso Jefe de la Asesoría Jurídica
. José Antonio Morillo-Velarde del Peso Jefe de la Asesoría Jurídica Puertos del Estado Web-site: Avenida del Partenón, 10 Madrid Teléfono:
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