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Publicada porChristian Chó Modificado hace 6 años
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VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Es cualquier acción, omisión o conducta, mediante la cual se ocasiona sufrimiento físico, psicológico, sexual y patrimonial, con engaño, seducción, amenaza, acoso, coacción o cualquier otra medida en contra de una persona y/o grupo. Y constituye una violación a los derechos humanos.
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Sanción por el delito de violencia contra la mujer El responsable del delito de violencia contra la mujer (física sexual) será sancionado con prisión de 5 a 12 años; y al responsable por violencia psicológica, será sancionado con prisión de 5 a 8 años.
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Tipos de violencia 1. FÍSICA: Las bofetadas, patadas, manadas, jalones de pelo, arañazos, empujones, intentos de asfixia, quemaduras, todo lo que dañe el cuerpo de la víctima.
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2. PSICOLÓGICA O EMOCIONAL: Los insultos, gritos, humillaciones, control, chantaje, burla entre otros.
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3. PATRIMONIAL O ECONÓMICA: Obligar a la mujer que trabaja a entregarle al agresor su salario o ingresos, destruirle o robarle sus bienes o documentos, obligar a dejar su casa, vender propiedades, aceptar deudas, entre otros.
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4. SEXUAL: Obligar a la esposa o conviviente a tener relaciones sexuales. Tener relaciones sexuales con sus hijas. Obligar a la pareja a realizar actos sexuales de cualquier manera que cause daño u ofensa a la mujer.
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DELITO DE FEMICIDIO La Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer Decreto 22-2008, en el (Artículo 6), establece: “Comete el delito de femicidio quien, en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, diere muerte a una mujer, por su condición de mujer…”
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¿Dónde puedo denunciar? Policía Nacional Civil Juzgados de Paz Ministerio Público Procuraduría de Derechos Humanos Bufete popular
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¿Quiénes pueden denunciar? La propia víctima, un pariente o cualquier persona que haya sido testigo o esté enterada del hecho pueden presentar una denuncia por violencia intrafamiliar.
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¿QUÉ SE NECESITA PARA DENUNCIAR? Acudir a una institución que le reciba su denuncia Si en ese momento no cuenta con su DPI, la autoridad tiene la obligación de recibir su denuncia, ya que lo importante es proteger a la víctima a través de las medidas de seguridad. La misma puede hacerse de forma oral (hablada) o por escrito. No se necesita de la asistencia de un abogado, puede acudir sola o con el acompañamiento de alguna institución de apoyo.
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